Common use of Uniones Temporales de Empresas Clause in Contracts

Uniones Temporales de Empresas. Podrán concurrir al presente procedimiento las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se hay efectuado la adjudicación del contrato en su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación en cada caso, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratada. La duración de las uniones temporales de empresarios deberá extenderse hasta cubrir la totalidad de las actividades realizadas al amparo del presente procedimiento. En relación a las Uniones Temporales de Empresarios, la alteración de su composición, así como los supuestos de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto en el artículo 69, apartados 8 y siguientes de la LCSP. En los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya el contrato, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que reúna las condiciones de capacidad, ausencia de prohibición de contratar, y la solvencia exigida al acordarse la adjudicación o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provengan el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquellas de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario. A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producido.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares, Pliego De Cláusulas Particulares

Uniones Temporales de Empresas. Podrán concurrir al presente procedimiento las uniones En el caso de empresarios presentar la oferta como UTE, deberá presentar la documentación requerida en la forma determinada por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria aprueba el Texto Refundido de la formalización Ley de las mismas en escritura pública hasta que se hay efectuado la adjudicación Contratos del contrato en su favorSector Público y demás normativa de aplicación. Los empresarios criterios de solvencia técnica deberán ser cumplidos de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación y en relación con los criterios en materia ambiental deberán ser cumplidos por todas las empresas que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único formen parte de la uniónUTE. Los medios de acreditación podrán ser sustituidos por los que consten en el certificado de inscripción en el Registro de Contratistas Oficial correspondiente que el licitador aporte, o por la acreditación de una clasificación suficiente, salvo lo relativo a la solvencia técnica del presente Pliego. En el caso de presentarse dicho certificado con poderes bastantes para ejercitar los derechos carácter sustitutivo, deberá aportarse certificación EN VIGOR expedida por el órgano encargado del Registro Oficial de Licitadores y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta Empresas Clasificadas correspondiente, donde conste la extinción del mismo, sin perjuicio de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa. A efectos clasificación de la licitaciónempresa anteriormente señalada, los empresarios debiendo ser ORIGINAL O COPIA DEBIDAMENTE COMPULSADA, junto con una declaración responsable en la que deseen concurrir integrados el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en una unión temporal deberán indicar los nombres la certificación del Registro Oficial de Licitadores y circunstancias Empresas Clasificadas no han experimentado variación El no cumplimiento de los criterios obligatorios o la no aportación del aval correspondiente que acredite el cumplimiento de los mismos, descarta automáticamente la constituyan y consideración de la participación oferta para las siguientes fases en cada casoel procedimiento de adjudicación, así como que asumen en el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados que por cualquier medio el ayuntamiento verifique que no se cumplen con los criterios obligatorios. Contendrá la oferta del licitador, y deberá estar compuesta por la documentación que a continuación se determina y de la manera que se refleja: Referida a: . Deberá figurar el precio global ofertado por el licitador para el conjunto de los servicios a realizar en ejecución del contrato (IVA no incluido), referido a todas las anualidades de duración prevista del contrato, y su desglose por precios unitarios de cada actuación a realizar. EN CUALQUIER CASO DEBERÁ AJUSTARSE AL MODELO QUE La oferta económica deberá estar justificada y desglosada por precios unitarios, conforme al anexo II. El precio global de la oferta, se valorará con un máximo de 60 puntos: Se valorará en función de la media de las ofertas presentadas, en más o menos el 5% obteniendo puntuación solamente los que se encuentren en el citado tramo, otorgándose la mayor puntuación- proporcionalmente- a la oferta más económica, comprendida en el citado tramo. No obstante, ha de tenerse en cuenta que la mesa de contratación entenderá como empresa contratadabaja desproporcionada o temeraria, aquella oferta que no se encuentre en el tramo del 5% citado. Reflejará la oferta relativa del licitador en cuanto a los criterios ambientales que a continuación se señalan. Se valorará las ofertas, otorgándose los puntos reflejados en los siguientes apartados. A estos efectos, licitador tendrá que aportar la siguiente documentación y del modo especificado a continuación: Anexo IV debidamente cumplimentado, firmado y sellado y justificantes que avalen el cumplimiento de los criterios valorables a los que se compromete el licitador (de acuerdo con las instrucciones que se señalan en el anexo IV). La duración de las uniones temporales de empresarios deberá extenderse hasta cubrir la totalidad de las actividades realizadas al amparo no aportación del presente procedimiento. En relación a las Uniones Temporales de Empresarios, la alteración de su composición, así como los supuestos de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto en aval correspondiente que evidencie el artículo 69, apartados 8 y siguientes cumplimiento de la LCSP. En los casos de fusión de empresas en los que participe especificación anulará la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del puntuación asociada al mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya el contrato, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que reúna las condiciones de capacidad, ausencia de prohibición de contratar, y la solvencia exigida al acordarse la adjudicación o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provengan el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquellas de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario. A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producido.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del “Mantenimiento De Zonas Verdes, Huertos De Ocio, Fincas Y Caminos Municipales

Uniones Temporales de Empresas. Podrán concurrir En el supuesto de que varias empresas presente una oferta conjunta de licitación, se someterán al presente procedimiento régimen de las uniones temporales de empresas. En este caso cada una de ellas acreditará su personalidad, habilitación y capacidad de obrar para X/ Xxxxx Xxxxxx, s/n – 49003 ZAMORA Tf.: 000 000 000 – Fax: 000 000 000 PCA Exp: A2015/003120 Pg. 11 contratar con arreglo a lo dispuesto en los apartados precedentes, debiendo hacerse constar los nombres y circunstancias de los empresarios que se constituyan temporalmente al efectola suscriban, sin la participación de cada uno de ellos y que sea necesaria asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios, y la formalización designación de las mismas en escritura pública hasta que se hay efectuado quién durante la adjudicación vigencia del contrato en su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un ostentará la condición de representante o apoderado único de la unión, unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven del Contrato hasta la extinción del mismo. Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una unión temporal de empresarios la oferta deberá de estar firmada por todos y cada uno de los miembros que la componen. Asimismo, sin perjuicio cada uno de los miembros que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa. A componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, conforme a los artículos 54, 55, 58, 62, 72, 74 y 79 del TRLCSP, acumulándose a efectos de la licitacióndeterminación de la solvencia de la unión temporal, las características acreditadas para cada uno de los empresarios integrantes de la misma, según lo establecido en el artículo 67.5 del TRLCSP y en el artículo 52 del RGLCAP. Si el licitador fuese persona jurídica, deberá acreditarse que deseen concurrir integrados quién firma la proposición en su nombre tiene poder bastante en derecho para representar a aquella (Artículo 21 del RGLCAP). En general, quien comparezca o firme proposiciones en nombre de otro o actúe como su mandatario u ostente la representación de una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación en cada caso, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratada. La duración de las uniones temporales de empresarios que suscriba la licitación, deberá extenderse hasta cubrir la totalidad presentar poder bastante al efecto, acompañado de las actividades realizadas al amparo del presente procedimiento. En relación a las Uniones Temporales D.N.I. LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA se acreditará, de Empresarios, la alteración de su composición, así como los supuestos de modificación durante la licitación se estará a conformidad con lo dispuesto en el artículo 6975 del TRLCSP , apartados 8 y siguientes artículo 11 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la LCSP. En los casos de fusión de empresas en los que participe Ley, por la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante concurrencia de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos declaración relativa al volumen global de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya el contrato, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que reúna las condiciones de capacidad, ausencia de prohibición de contratar, y la solvencia exigida al acordarse la adjudicación o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, por un importe de VEINTE MIL EUROS (20.000,00 €) anuales de media. En el caso de subsistir, uniones temporales de empresarios la sociedad acumulación de la que provengan el patrimonio, empresas o ramas segregadas, solvencia por los miembros de ésta sólo será válida si se responsabilicen solidariamente con aquellas cumplen las dos condiciones siguientes: • Que cada miembro de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones unión temporal acredite un mínimo de solvencia necesariaspropia. • Que, se resolverá al menos, un miembro de la unión temporal cumpla íntegramente el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto requisito de resolución por culpa del adjudicatario. A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producidosolvencia exigido.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Uniones Temporales de Empresas. Podrán concurrir al presente procedimiento las En el caso de uniones temporales de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas deberán presentar, relativos a todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en escritura pública hasta que se hay efectuado la adjudicación del contrato presente cláusula. pie_firma_corto_dipu_01 Página 15 de 36 E5B935B8DF56C124032E Este documento es una copia en su favorpapel de un documento electrónico. Los empresarios que concurran agrupados El original podrá verificarse en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx Firmado por El Secretario Acctal. (Resol. 191/2016, de 26 de enero) XXXXXX XXXXX XXXX el 29/1/2016 Respecto a la determinación de la uniónsolvencia económica, con poderes bastantes financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para ejercitar cada uno de los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta integrantes de la extinción del mismo, sin perjuicio misma. En el supuesto de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en el contrato se adjudicase a una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación empresarios, ésta acreditará su constitución en cada casoescritura pública, así como que asumen el compromiso CIF asignado a dicha unión, antes de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratadala formalización del contrato. La duración de las uniones temporales la unión será coincidente, como mínimo, con la del contrato, hasta su extinción. Por lo que los licitadores deberán acreditar su solvencia en la forma indicada. La inscripción en el Registro Oficial de empresarios deberá extenderse hasta cubrir Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado permitirá sustituir la totalidad presentación de las actividades realizadas al amparo documentaciones relativas a condiciones de aptitud del presente procedimiento. En relación empresario en cuanto a las Uniones Temporales su personalidad y capacidad de Empresariosobrar, la alteración de su composiciónrepresentación, habilitación profesional o empresarial, así como los supuestos la concurrencia o no concurrencia de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto las prohibiciones de contratar que deban constar en el artículo 69mismo (Cláusulas 14.2.1, apartados 8 14.2.2, 14.2.3 y siguientes 14.2.4 del presente Xxxxxx), o cualquier otra circunstancia exigida en el Pliego y que conste en dicho Registro. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la LCSPComunidad Autónoma de Andalucía, acreditará idénticas circunstancias a efectos de contratación señaladas en el punto anterior. En La prueba del contenido de los casos Registros Oficiales de fusión Licitadores y Empresas Clasificadas se efectuará mediante una certificación expedida por él, acompañada de empresas una declaración responsable formulada por el licitador en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya manifieste que las circunstancias reflejadas en el contratocertificado no han experimentado variación. En todo caso, el órgano y mesa de contratación podrán comprobar que quedará subrogada los datos y circunstancias que figuren en la certificación siguen siendo coincidentes con los que recoja el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas. La certificación que expida el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado deberá contener todos los datos que obren en él de conformidad con lo establecido en los derechos artículos 10, 12, 15 y obligaciones dimanantes 16 del mismoReal Decreto 817/2009, siempre de 8 xx xxxx, por el que reúna las condiciones se desarrolla parcialmente la Ley de capacidadContratos del Sector Público. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido por medios electrónicos, ausencia de prohibición de contratar, y la solvencia exigida al acordarse la adjudicación informáticos o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones ytelemáticos. Los licitadores deben presentar, en caso de subsistirtodo caso, la sociedad de la que provengan declaración responsable formulada por el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquellas de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a licitador en la que se atribuya manifieste que las circunstancias reflejadas en el contrato las condiciones certificado no han experimentado variación. pie_firma_corto_dipu_01 Página 16 de solvencia necesarias36 E5B935B8DF56C124032E Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx Firmado por El Secretario Acctal. (Resol. 191/2016, se resolverá de 26 de enero) XXXXXX XXXXX XXXX el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario. A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producido.29/1/2016

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Contrato

Uniones Temporales de Empresas. Podrán concurrir al presente procedimiento las En el caso de uniones temporales de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas deberán presentar, relativos a todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en escritura pública hasta que se hay efectuado la adjudicación del contrato en su favorpresente cláusula. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único Respecto a la determinación de la uniónsolvencia económica, con poderes bastantes financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para ejercitar cada uno de los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta integrantes de la extinción del mismo, sin perjuicio misma. En el supuesto de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en el contrato se adjudicase a una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación empresarios, ésta acreditará su constitución en cada casoescritura pública, así como que asumen el compromiso CIF asignado a dicha unión, antes de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratadala formalización del contrato. La duración de las uniones temporales la unión será coincidente, como mínimo, con la del contrato, hasta su extinción. Por lo que los licitadores deberán acreditar su solvencia en la forma indicada. pie_firma_corto_dipu_01 586361494F28EC4456A2 Este documento es una copia en papel de empresarios deberá extenderse hasta cubrir un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx Firmado por El Secretario Acctal. (Resol. 191/2016, de 26 de enero) XXXXXX XXXXX XXXX el 31/3/2016 La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado permitirá sustituir la totalidad presentación de las actividades realizadas al amparo documentaciones relativas a condiciones de aptitud del presente procedimiento. En relación empresario en cuanto a las Uniones Temporales su personalidad y capacidad de Empresariosobrar, la alteración de su composiciónrepresentación, habilitación profesional o empresarial, así como los supuestos la concurrencia o no concurrencia de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto las prohibiciones de contratar que deban constar en el artículo 69mismo (Cláusulas 28.2.1, apartados 8 28.2.2, 28.2.3 y siguientes 28.2.4 del presente Xxxxxx), o cualquier otra circunstancia exigida en el Pliego y que conste en dicho Registro. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la LCSPComunidad Autónoma de Andalucía, acreditará idénticas circunstancias a efectos de contratación señaladas en el punto anterior. En La prueba del contenido de los casos Registros Oficiales de fusión Licitadores y Empresas Clasificadas se efectuará mediante una certificación expedida por él, acompañada de empresas una declaración responsable formulada por el licitador en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya manifieste que las circunstancias reflejadas en el contratocertificado no han experimentado variación. En todo caso, el órgano y mesa de contratación podrán comprobar que quedará subrogada los datos y circunstancias que figuren en la certificación siguen siendo coincidentes con los que recoja el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas. La certificación que expida el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado deberá contener todos los datos que obren en él de conformidad con lo establecido en los derechos artículos 10, 12, 15 y obligaciones dimanantes 16 del mismoReal Decreto 817/2009, siempre de 8 xx xxxx, por el que reúna las condiciones se desarrolla parcialmente la Ley de capacidadContratos del Sector Público. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido por medios electrónicos, ausencia de prohibición de contratar, y la solvencia exigida al acordarse la adjudicación informáticos o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones ytelemáticos. Los licitadores deben presentar, en caso de subsistirtodo caso, la sociedad de la que provengan declaración responsable formulada por el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquellas de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a licitador en la que se atribuya manifieste que las circunstancias reflejadas en el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario. A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producidocertificado no han experimentado variación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Concesión De Obra Pública De “Construcción Y Explotación De Pistas De Padel en El Pabellón Polideportivo De La Avda

Uniones Temporales de Empresas. Podrán concurrir al presente procedimiento las En el caso de uniones temporales de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas deberán presentar, relativos a todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en escritura pública hasta que se hay efectuado la adjudicación del contrato en su favorpresente cláusula. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único Respecto a la determinación de la uniónsolvencia económica, con poderes bastantes financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para ejercitar cada uno de los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta integrantes de la extinción del mismo, sin perjuicio misma. En el supuesto de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en el contrato se adjudicase a una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación empresarios, ésta acreditará su constitución en cada casoescritura pública, así como que asumen el compromiso CIF asignado a dicha unión, antes de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratadala formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente, como mínimo, con la del contrato, hasta su extinción. Para las uniones temporales empresas extranjeras, una declaración de empresarios deberá extenderse hasta cubrir someterse a la totalidad jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al solicitante. De conformidad con el artículo 65.1.c) del TRLCSP, en la redacción dada por el número tres de la disposición final tercera de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, no será exigible la clasificación del empresario. Por lo que los licitadores deberán acreditar su solvencia en la forma indicada. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado permitirá sustituir la presentación de las actividades realizadas al amparo documentaciones relativas a condiciones de aptitud del presente procedimiento. En relación empresario en cuanto a las Uniones Temporales su personalidad y capacidad de Empresariosobrar, la alteración de su composiciónrepresentación, habilitación profesional o empresarial, así como los supuestos la concurrencia o no concurrencia de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto las prohibiciones de contratar que deban constar en el artículo 69mismo (Cláusulas 14.2.1, apartados 8 14.2.2, 14.2.3 y siguientes 14.2.4 del presente Xxxxxx), o cualquier otra circunstancia exigida en el Pliego y que conste en dicho Registro. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la LCSPComunidad Autónoma de Andalucía, acreditará idénticas circunstancias a efectos de contratación señaladas en el punto anterior. En pie_firma_corto_dipu_01 Página 15 de 36 CB6FB7829E65A49EC3B0 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx Firmado por Secretario Acctal. (Resol. 3476/2016, de 24 de noviembre) XXXXXX XXXXX XXXX el 28/11/2016 La prueba del contenido de los casos Registros Oficiales de fusión Licitadores y Empresas Clasificadas se efectuará mediante una certificación expedida por él, acompañada de empresas una declaración responsable formulada por el licitador en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya manifieste que las circunstancias reflejadas en el contratocertificado no han experimentado variación. En todo caso, el órgano y mesa de contratación podrán comprobar que quedará subrogada los datos y circunstancias que figuren en la certificación siguen siendo coincidentes con los que recoja el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas. La certificación que expida el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado deberá contener todos los datos que obren en él de conformidad con lo establecido en los derechos artículos 10, 12, 15 y obligaciones dimanantes 16 del mismoReal Decreto 817/2009, siempre de 8 xx xxxx, por el que reúna las condiciones se desarrolla parcialmente la Ley de capacidadContratos del Sector Público. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido por medios electrónicos, ausencia de prohibición de contratar, y la solvencia exigida al acordarse la adjudicación informáticos o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones ytelemáticos. Los licitadores deben presentar, en caso de subsistirtodo caso, la sociedad de la que provengan declaración responsable formulada por el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquellas de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a licitador en la que se atribuya manifieste que las circunstancias reflejadas en el contrato certificado no han experimentado variación. Asimismo, el licitador podrá entregar en el Negociado xx Xxxxxx y Exacciones del Ayuntamiento de La Xxxxxxx, el modelo de autorización (Anexo III) para que este Ayuntamiento, en calidad de Administración Pública, pueda recabar datos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Para ello seguirá las condiciones instrucciones indicadas en citado Xxxxx XXX. Se declara el carácter no obligatorio de solvencia necesarias, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario. A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia entregar este Anexo siempre que se hubiere producidojustifique con aportación del certificado correspondiente. (en el caso de de que no se tenga el propósito de subcontratar ninguna parte del contrato también ser hará constar esta circunstancia).

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