Common use of Uniones Temporales de Empresas Clause in Contracts

Uniones Temporales de Empresas. Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a MADRID DESTINO deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicará: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. No obstante lo anterior y si así se establece en el Apartado 12 del Anexo I al presente Documento, todas y cada una de las empresas que vayan a constituir una Unión Temporal de Empresas, deberán acreditar el cumplimiento de los criterios de solvencia expresamente indicados en el citado apartado. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en el artículo 52 del RGLCAP. Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión de empresas nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación y estos últimos su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresas, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

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Uniones Temporales de Empresas. Para En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, cada empresa participante aportará la fase previa declaración responsable correspondiente. Adicionalmente a la adjudicación sea eficaz declaración, se aportará el compromiso de constituir la unión temporal frente a MADRID DESTINO deberán presentar, todos y cada uno por parte de los empresariosempresarios que sean pare de la misma de conformidad con lo exigido en el art. 3 de la Ley 69 de LCSP, los documentos exigidos en con una duración que será coincidente, al menos, con la presente cláusula, además de un del contrato hasta su extinción. En el escrito de compromiso en el que se indicaráindicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; , así como la xxxxxxxx del compromiso de del constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxx xxx Río. 41440 (Sevilla). Tfno. 000000000/000000000. Fax: 000000000 adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se derivencontrato. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera, financiera y técnica o profesional, profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la mismamisma A los efectos de valorar y apreciar la concurrencia de la clasificación, respecto de los empresarios que concurran agrupados, se atenderá, en la forma que reglamentariamente se determine, a las características acumuladas de cada uno de ellos, expresadas en sus respectivas clasificaciones. No obstante En todo caso, será necesario para proceder a esta acumulación que todas las empresas hayan obtenido previamente la clasificación como empresa de servicios, sin perjuicio de lo anterior establecido para los empresarios no españoles de Estados miembros de la UE y si así se establece de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en el Apartado 12 apartado 4 del Anexo I al presente Documento, todas y cada una de las empresas que vayan a constituir una Unión Temporal de Empresas, deberán acreditar el cumplimiento de los criterios de solvencia expresamente indicados en el citado apartadoartículo. En caso de exigirse clasificación, el El régimen de acumulación de las mismas clasificaciones será el establecido en el artículo 52 del RGLCAPde forma reglamentaria. Para los casos en los que, exigiéndose que aportándose clasificación, concurran en la unión de empresas empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro miembro de la Unión Europea UE ni de un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro miembro de la Unión EuropeaUE o de un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación clasificación, y estos últimos su solvencia económica y económica, financiera y técnica o profesional. Cód. Validación: 377M3PSGAW777L4KML3J3MKEX | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 68 En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresasempresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión antes de unión, una vez efectuado la formalización adjudicación del contratocontrato a su favor. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contrato De Servicios Sujeto a Regulación Armonizada Por Procedimiento Abierto Del Servicio De Ayuda a Domicilio

Uniones Temporales de Empresas. Para En el supuesto de que varias empresas presente una oferta conjunta de licitación, se someterán al régimen de las uniones temporales de empresas. En este caso cada una de ellas acreditará su personalidad, habilitación y capacidad de obrar para X/ Xxxxx Xxxxxx, s/n – 49003 ZAMORA Tf.: 000 000 000 – Fax: 000 000 000 PCA Exp: A2015/003029 Pg. 11 contratar con arreglo a lo dispuesto en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a MADRID DESTINO deberán presentarlos apartados precedentes, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicará: debiendo hacerse constar los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan; suscriban, la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios adjudicatarios, y la designación de un quién durante la vigencia del contrato ostentará la condición de representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se derivenderiven hasta la extinción del mismo. El citado documento Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una unión temporal de empresarios la oferta deberá de estar firmado firmada por todos y cada uno de los representantes miembros que la componen. Asimismo, cada uno de cada una los miembros que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, conforme a los artículos 54, 55, 58, 62, 72, 74 y 79 del TRLCSP, acumulándose a efectos de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, de la unión temporal y a sus efectostemporal, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. No obstante , según lo anterior y si así se establece establecido en el Apartado 12 artículo 67.5 del Anexo I al presente Documento, todas TRLCSP y cada una de las empresas que vayan a constituir una Unión Temporal de Empresas, deberán acreditar el cumplimiento de los criterios de solvencia expresamente indicados en el citado apartado. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en el artículo 52 del RGLCAP. Para los casos Si el licitador fuese persona jurídica, deberá acreditarse que quién firma la proposición en los que, exigiéndose clasificación, concurran su nombre tiene poder bastante en la unión de empresas nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan derecho para representar a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación y estos últimos su solvencia económica y financiera y técnica o profesionalaquella (Artículo 21 del RGLCAP). En el supuesto general, quien comparezca o firme proposiciones en nombre de que el contrato se adjudicase a otro o actúe como su mandatario u ostente la representación de una unión temporal de empresasempresarios que suscriba la licitación, ésta acreditará su constitución deberá presentar poder bastante al efecto, acompañado de D.N.I. LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA se acreditará, de conformidad con lo dispuesto en escritura públicael artículo 75 del TRLCSP , así como y artículo 11 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el NIF asignado a dicha unión antes que se aprueba el Reglamento general de la formalización Ley, por la concurrencia de la declaración relativa al volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, por un importe de VEINTE MIL EUROS (20.000,00 €) anuales de media. En todo caso, el caso de uniones temporales de empresarios la duración acumulación de la solvencia por los miembros de ésta sólo será válida si se cumplen las dos condiciones siguientes: • Que cada miembro de la unión será coincidente con temporal acredite un mínimo de solvencia propia. • Que, al menos, un miembro de la del contrato hasta su extinciónunión temporal cumpla íntegramente el requisito de solvencia exigido.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Uniones Temporales de Empresas. Para En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, cada empresa participante aportará la fase previa declaración responsable del apartado uno de esta cláusula y certificado de inscripción en el ROLECE. Adicionalmente a la adjudicación sea eficaz declaración, se aportará el compromiso de constituir la unión temporal frente a MADRID DESTINO deberán presentar, todos y cada uno por parte de los empresariosempresarios que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 LCSP, los documentos exigidos en con una duración que será coincidente, al menos, con la presente cláusula, además de un del contrato hasta su extinción. En el escrito de compromiso en el que se indicaráindicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; , así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se derivencontrato. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera, financiera y técnica o profesional, profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. No obstante A los efectos de valorar y apreciar la concurrencia de la clasificación, respecto de los empresarios que concurran agrupados, se atenderá, en la forma que reglamentariamente se determine, a las características acumuladas de cada uno de ellos, expresadas en sus respectivas clasificaciones. En todo caso, será necesario para proceder a esta acumulación que todas las empresas hayan obtenido previamente la clasificación como empresa de servicios, sin perjuicio de lo anterior establecido para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea y si así se establece de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en el Apartado 12 apartado 4 del Anexo I al presente Documento, todas y cada una de las empresas que vayan a constituir una Unión Temporal de Empresas, deberán acreditar el cumplimiento de los criterios de solvencia expresamente indicados en el citado apartadoartículo. En caso de exigirse clasificación, el El régimen de acumulación de las mismas clasificaciones será el establecido en el artículo 52 del RGLCAPde forma reglamentaria. Para los casos en los que, exigiéndose que aportándose clasificación, concurran en la unión de empresas empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro miembro de la Unión Europea ni de un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro miembro de la Unión EuropeaEuropea o de un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación clasificación, y estos últimos su solvencia económica y económica, financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresasempresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión antes de unión, una vez efectuada la formalización adjudicación del contratocontrato a su favor. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Se incluirá en este sobre la documentación relativa a criterios de adjudicación no valorables mediante cifras o porcentajes del apartado 8.2. Además, deberá presentarse una muestra de cada uno de los productos componentes de cada lote al que se presente el licitador. SOBRE Nº 3 “CRITERIOS EVALUABLES POR MEDIO DE FORMULA O PORCENTAJE. PROPOSICION ECONOMICA. En el sobre nº 3 se incluirán los criterios de valoración evaluables por medio de formula o porcentaje y la proposición económica. En concreto se incluirá en el sobre la oferta económica del apartado 8.1 xxx xxxxxx administrativo. La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado al final de esta cláusula, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, excediese cualquiera de las cuotas máximas de licitación, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. D./Xx ............................................, con DNI nº , en nombre propio / en representación de ... (denominación de la empresa licitadora) ......................................... con C.I.F. / N.I.F. .................... y domicilio fiscal en ... (municipio) ................................., en ... (nombre de la vía pública) .......................... nº ........, enterado del ANUNCIO DE LICITACIÓN publicado en la plataforma de contratación del Sector Público y/o anuncio publicado en el DOUE del día de ................ de ........ , si procede, por el que se convoca licitación para la adjudicación ordinaria del contrato que tiene por objeto el “SUMINISTRO DE DIFERENTES ARTÍCULOS PROMOCIONALES PARA LOS EVENTOS REALIZADOS DESDE LA SECCIÓN DE FESTEJOS”, se compromete a tomar a su cargo la ejecución de los mismos con estricta sujeción a los requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares que lo rigen, de acuerdo con el siguiente cuadro de licitación: LOTES PRECIO LICITACION 2 AÑOS (IVA excluido) BAJA % PRECIO OFERTADO (IVA excluido) IVA TOTAL CON IVA LOTE 1 11.157,02 € LOTE 2 1.074,38 € LOTE 3 6.611,57 € LOTE 4 2.148,76 € LOTE 5 4.958,68 € Fecha y firma del licitador Para cada uno de los lotes, se asignará la mayor puntuación a la oferta económicamente más ventajosa y al resto proporcionalmente conforme la siguiente expresión matemática: V  Ofmin xV max , dónde: Para determinar la posible temeridad de las ofertas se estará a los criterios y porcentajes del art. 85 del Reglamento General a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La declaración de ofertas anormalmente bajas requerirá la previa solicitud de información a todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.

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Samples: Contrato Suministro

Uniones Temporales de Empresas. Cuando varios licitadores o empresas acudan a una licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme establece la LCSP. Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a MADRID DESTINO deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos INTERBIAK bastará que en la presente cláusula, además de un el escrito de compromiso en el que proposición se indicará: indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan; suscriban, la participación porcentual de cada uno de ellos; , que se designe la xxxxxxxx persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a INTERBIAK y que asuman el compromiso de constituirse formalmente constituir una unión temporal de empresas en el caso de resultar adjudicatarias del contrato, indicando el domicilio social donde en su caso tendrá su sede la unión temporal de empresas. Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la unión de empresas deberán éstas acreditar la constitución formal de la misma en escritura pública ante INTERBIAK. La clasificación de los licitadores que acudan a la licitación en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y empresas se verificará mediante la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una acumulación de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación características de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes asociados expresadas en sus respectivas clasificaciones, de acuerdo a lo establecido en los artículos 56.5 de la misma. No obstante lo anterior LCSP y si así se establece en el Apartado 12 del Anexo I al presente Documento, todas y cada una de las empresas que vayan a constituir una Unión Temporal de Empresas, deberán acreditar el cumplimiento de los criterios de solvencia expresamente indicados en el citado apartado. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en el artículo 52 del RGLCAP. Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en que sea posible la unión acumulación de empresas nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europealas clasificaciones, los licitadores que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación y estos últimos su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una acudan en unión temporal de empresas, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así empresas deberán estar todos ellos clasificados como el NIF asignado a dicha unión antes contratistas de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinciónobras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación

Uniones Temporales de Empresas. Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a MADRID DESTINO deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la el presente cláusulaapartado, además de un escrito de compromiso en el que se indicará: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. No obstante lo anterior y si así se establece en el Apartado 12 13 del Anexo I al presente Documentodocumento, todas y cada una de las empresas que vayan a constituir una Unión Temporal de Empresas, deberán acreditar el cumplimiento de los criterios de solvencia expresamente indicados en el citado apartado. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en el artículo 52 del RGLCAP. Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión de empresas nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación y estos últimos su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresas, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

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Samples: www.madrid-destino.com

Uniones Temporales de Empresas. Para Estarán igualmente capacitadas para contratar las uniones de empresarios que en se constituyan temporalmente al afecto, de conformidad con el artículo 69 de la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a MADRID DESTINO deberán presentar, todos y cada LCSP. Cada uno de los empresariosempresarios que componen la agrupación, los documentos exigidos deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, debiendo indicar en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicará: documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan; desean concurrir integrados en unión temporal, la participación de cada uno de ellos; ellos y la xxxxxxxx persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Ayuntamiento, y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en Unión Temporal de Empresas, caso de resultar adjudicatarios [artículos 69.3 y 140.1.e) de la designación LCSP y artículo 24 del RGLCAP]. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. Las empresas que concurran agrupadas en uniones temporales quedarán obligadas solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se derivenderiven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. El citado documento deberá estar firmado por los representantes La mesa o el órgano de cada una de contratación requerirán a las empresas concurrentes en UTE para que componen justifiquen, de forma expresa y motivada, las razones para concurrir agrupadas, en caso de que se apreciaran posibles indicios de colusión. En este sentido, cuando la unión. Respecto mesa o el órgano de contratación, a la determinación vista de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán justificación evacuada por las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. No obstante lo anterior y si así se establece en el Apartado 12 del Anexo I al presente Documento, todas y cada una de las empresas que vayan a constituir una Unión Temporal de Empresas, deberán acreditar el cumplimiento de los criterios de solvencia expresamente indicados en el citado apartado. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en el artículo 52 del RGLCAP. Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión de empresas nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación y estos últimos su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresas, ésta acreditará su constitución estime que existen indicios fundados de colusión entre ellas, dará traslado a la autoridad competente en escritura públicamateria de competencia, así como el NIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinciónpara que se pronuncie sobre ello.

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Samples: ayuntamientoelalamo.org