Common use of Tribunal Clause in Contracts

Tribunal. El Tribunal encargado de juzgar el concurso-oposición estará compuesto según se determina en el artículo 21.3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, en lo que no contradiga el art. 60 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, procurando la presencia equilibrada de hombres y mujeres, y deberá hacerse público con antelación al inicio de las pruebas. Este Tribunal podrá proponer la designación de asesores especiales según establece el artículo 21.5 del referido Convenio. Al Tribunal designado competerá la elaboración y evaluación de las pruebas. El Tribunal designado será soberano para resolver cuantas cuestiones no se especifiquen en la presente convocatoria. El Tribunal tendrá su sede administrativa en el Rectorado de la Universidad xx Xxxxxxx, sito en Avda. Xxxxxx Xxxxxxx s/n, en cuya página web se harán públicos, en su caso, los actos, acuerdos y resoluciones que se deriven del procedimiento de selección. El tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Anexo V, punto 2, del presupuesto de la Universidad para el ejercicio económico 2017. En ningún caso el Tribunal Calificador podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará pública una resolución en la que se consignará la calificación final de los aspirantes que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, y hará propuesta de adjudicación de plazas a los aspirantes de mayor calificación final. Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde la publicación de la misma en la página web xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx/xxx-xxxxxxx. En caso de empate, se dirimirá éste a favor del aspirante que haya obtenido mayor calificación en la fase de oposición. En caso de subsistir el empate se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de concurso. El número de promocionados, por orden de calificación final, no podrá ser superior al número de plazas convocadas, excepto en caso de renuncia, en que la plaza se adjudicaría al aspirante que le siguiera en mayor calificación final. En cualquier caso, los efectos administrativos y económicos del cambio de categoría e incorporación al puesto de trabajo del Personal Laboral que haya superado el concurso-oposición serán los establecidos en la resolución rectoral por la que se declare concluido el procedimiento y aprobada la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. Los aspirantes seleccionados obtendrán destino en el mismo Departamento o Servicio en el que venían desarrollando sus funciones. El trabajador promocionado, deberá realizar las funciones propias de su grupo y categoría profesional, y la de la categoría inferior. Cualquier falsedad que se descubra en las solicitudes podrá ser causa de exclusión del aspirante, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Transcurrido un año sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la Administración procederá a la devolución de la documentación a los interesados que lo hayan solicitado, procediéndose a la destrucción de la restante. Córdoba, 27 xx xxxxx de 2018. EL RECTOR Código plaza: UCO01L084 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Servicio de Animales de Experimentación. Observaciones: Acreditación Animales de Experimentación Código plaza: UCO19L812 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Agronomía. Código plaza: UCO19L816 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Anatomía y Anatomía Patológica Comparadas Observaciones: Manejo grandes animales Código plaza: UCO19L819 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Electrónica y de Computadores Código plaza: UCO19L823 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código plaza: UCO19L824 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código Plaza: UCO19L871 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Forestal Código Plaza: UCO19L888 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Medicina y Cirugía Animal

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Tribunal. Los miembros del Tribunal serán nombrados mediante Decreto por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente. El Tribunal encargado estará constituido por funcionarios xx xxxxxxx; un Presidente, un Secretario y tres vocales. Los órganos de juzgar selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el concurso-oposición estará compuesto según se determina personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. No podrá formar parte del órgano de selección el personal funcionario que hubiera realizado tareas de formación de aspirantes a pruebas selectivas en el artículo 21.3 los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Todos los miembros del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral Tribunal deberán tener un nivel de las Universidades Públicas de Andalucíatitulación igual o superior al exigido para la plaza a cubrir, debiendo respetarse, en lo que no contradiga posible, el artprincipio de especialización. 60 A efectos de percepción de asistencias por los miembros del órgano de selección, se fijan las establecidas en el Real Decreto Legislativo 5/2015462/2002, de 30 24 xx xxxx, sobre indemnización por razón del servicio, de octubre, conformidad con la resolución de la Secretaría de Estado por la que se revise el importe de las indemnizaciones establecidas en el mismo para el año natural en el que se aprueba tenga lugar el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, procurando la presencia equilibrada de hombres y mujeres, y deberá hacerse público con antelación al inicio proceso selectivo. El Tribunal podrá nombrar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Este Tribunal podrá proponer la designación de asesores especiales según establece el artículo 21.5 del referido Convenio. Al Tribunal designado competerá la elaboración y evaluación de las pruebas. El Tribunal designado será soberano para resolver cuantas cuestiones no se especifiquen en la presente convocatoria. El Tribunal tendrá su sede administrativa en el Rectorado de la Universidad xx Xxxxxxx, sito en Avda. Xxxxxx Xxxxxxx s/n, en cuya página web se harán públicosLos miembros y, en su caso, el personal asesor de los actostribunales de selección deberán abstenerse de formar parte de los mismos, acuerdos pudiendo también las personas aspirantes recusarlos, cuando concurran las causas previstas en la legislación básica sobre régimen jurídico del sector público, notificándolo a la autoridad convocante. Cuando por causas justificadas y resoluciones que se deriven del procedimiento apreciadas por el propio órgano de selección. El tribunal tendrá , hubiera una circunstancia que impidiera la categoría tercera asistencia prolongada de las recogidas alguno de sus miembros, podrá acordar que actúe en el Anexo V, punto 2, del presupuesto de su puesto la Universidad para el ejercicio económico 2017. En ningún caso el Tribunal Calificador podrá aprobar ni declarar persona que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará pública una resolución en la que se consignará la calificación final de los aspirantes que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, y hará propuesta de adjudicación de plazas a los aspirantes de mayor calificación final. Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde la publicación de la misma en la página web xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx/xxx-xxxxxxx. En caso de empate, se dirimirá éste a favor del aspirante que haya obtenido mayor calificación en la fase de oposición. En caso de subsistir el empate se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de concurso. El número de promocionados, por orden de calificación final, no podrá ser superior al número de plazas convocadas, excepto en caso de renuncia, en que la plaza se adjudicaría al aspirante que le siguiera en mayor calificación final. En cualquier caso, los efectos administrativos y económicos del cambio de categoría e incorporación al puesto de trabajo del Personal Laboral que haya superado el concurso-oposición serán los establecidos en la resolución rectoral por la que se declare concluido el procedimiento y aprobada la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. Los aspirantes seleccionados obtendrán destino en el mismo Departamento o Servicio en el que venían desarrollando sus funciones. El trabajador promocionado, deberá realizar las funciones propias de figura como su grupo y categoría profesional, y la de la categoría inferior. Cualquier falsedad que se descubra en las solicitudes podrá ser causa de exclusión del aspirante, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Transcurrido un año sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la Administración procederá a la devolución de la documentación a los interesados que lo hayan solicitado, procediéndose a la destrucción de la restante. Córdoba, 27 xx xxxxx de 2018. EL RECTOR Código plaza: UCO01L084 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Servicio de Animales de Experimentación. Observaciones: Acreditación Animales de Experimentación Código plaza: UCO19L812 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Agronomía. Código plaza: UCO19L816 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Anatomía y Anatomía Patológica Comparadas Observaciones: Manejo grandes animales Código plaza: UCO19L819 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Electrónica y de Computadores Código plaza: UCO19L823 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código plaza: UCO19L824 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código Plaza: UCO19L871 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Forestal Código Plaza: UCO19L888 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Medicina y Cirugía Animalsuplente.

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Tribunal. El Tribunal encargado de juzgar el concurso-oposición estará compuesto según se determina en el artículo 21.3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, en lo que no contradiga el art. 60 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, procurando la presencia equilibrada de hombres y mujeres, y deberá hacerse público con antelación al inicio de las pruebas. Este Tribunal podrá proponer la designación de asesores especiales según establece el artículo 21.5 del referido Convenio. Al Tribunal designado competerá la elaboración y evaluación de las pruebas. El Tribunal designado será soberano para resolver cuantas cuestiones no se especifiquen en la presente convocatoria. El Tribunal tendrá su sede administrativa en el Rectorado de la Universidad xx Xxxxxxx, sito en Avda. Xxxxxx Xxxxxxx s/n, en cuya página web se harán públicos, en su caso, los actos, acuerdos y resoluciones que se deriven del procedimiento de selección. El tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Anexo V, punto 2, del presupuesto de la Universidad para el ejercicio económico 20172018. En ningún caso el Tribunal Calificador podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará pública una resolución en la que se consignará la calificación final de los aspirantes que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, y hará propuesta de adjudicación de plazas a los aspirantes de la plaza al aspirante con mayor calificación final. Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde la publicación de la misma en la página web xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx/xxx-xxxxxxx. En caso de empate, se dirimirá éste a favor del aspirante que haya obtenido mayor calificación en la fase de oposición. En caso de subsistir el empate se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de concurso. El número de promocionados, por orden de calificación final, no podrá ser superior al número de plazas convocadas, excepto en caso de renuncia, en que la plaza se adjudicaría al aspirante que le siguiera en mayor calificación final. En cualquier caso, los efectos administrativos y económicos del cambio de categoría e incorporación al puesto de trabajo del Personal Laboral que haya superado el concurso-oposición serán los establecidos en la resolución rectoral por la que se declare concluido el procedimiento y aprobada la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. Los aspirantes seleccionados obtendrán destino en el mismo Departamento o Servicio en el que venían desarrollando sus funciones. El trabajador promocionadola Unidad de Apoyo Tecnológico, deberá realizar siendo preceptivo por parte de los mismos la firma del compromiso de desempeño de las funciones propias descritas para la categoría de su grupo y categoría profesional, y la técnico especialista de STOEM de la categoría inferiorUnidad de Apoyo Tecnológico, recogidas en las normas de ejecución de la relación de puestos de trabajo (anexo V). Cualquier falsedad que se descubra en las solicitudes podrá ser causa de exclusión del aspirante, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Transcurrido un año sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la Administración procederá a la devolución de la documentación a los interesados que lo hayan solicitado, procediéndose a la destrucción de la restante. Córdoba, 27 xx xxxxx de 2018. EL RECTOR Código plaza: UCO01L084 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Servicio de Animales de Experimentación. Observaciones: Acreditación Animales de Experimentación Código plaza: UCO19L812 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Agronomía. Código plaza: UCO19L816 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Anatomía y Anatomía Patológica Comparadas Observaciones: Manejo grandes animales Código plaza: UCO19L819 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Electrónica y de Computadores Código plaza: UCO19L823 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código plaza: UCO19L824 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código Plaza: UCO19L871 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Forestal Código Plaza: UCO19L888 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Medicina y Cirugía Animal.

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Tribunal. Presidente: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx. Presidente suplente: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx. - Tres Vocales : - Vocal 1: Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx - Suplente: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx - Xxxxx 0: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Vocal 3: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx: Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx - Secretario, el de la Corporación, Xx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx: Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx El Tribunal encargado no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de juzgar el concurso-oposición estará compuesto según más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones se determina adoptarán por mayoría. En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará la composición del órgano de selección a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación de sus miembros. La resolución se anunciará en el artículo 21.3 tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su página web. Los miembros del IV Convenio Colectivo Tribunal, podrán ser recusados por las personas aspirantes de conformidad con lo previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Personal Laboral Sector Público Para aquellas pruebas que lo requieran el órgano de selección podrá nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control directos, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección con voz, pero sin voto. Los asesores y especialistas estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros del órgano de selección Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las Universidades Públicas bases de Andalucíala convocatoria, en de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no contradiga previstos, serán resueltas por el artTribunal, por mayoría. De conformidad con el artículo 60 de Real Decreto Legislativo 5/2015, del R.D. legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, procurando la presencia equilibrada los órganos de hombres selección serán colegiados y mujeressu composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y deberá hacerse público con antelación al inicio se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. La pertenencia a los órganos de las pruebas. Este Tribunal podrá proponer la designación selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de asesores especiales según establece el artículo 21.5 del referido Convenio. Al Tribunal designado competerá la elaboración y evaluación de las pruebasnadie. El Tribunal designado procedimiento de selección de los aspirantes se desarrollará en dos fases: oposición y concurso. La fase de oposición será soberano previa a la de concurso, siendo eliminatoria y obligatoria para resolver cuantas cuestiones no se especifiquen los aspirantes, celebrándose en la presente convocatoriafecha distinta por cada una de los puestos a cubrir. El Tribunal tendrá su sede administrativa Los aspirantes serán convocados en el Rectorado llamamiento único, siendo excluidos de la Universidad xx Xxxxxxxoposición quienes no comparezcan, sito en Avdasalvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el tribunal. Xxxxxx Xxxxxxx s/n, en cuya página web se harán públicosEn cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán de acudir provistos del DNI o, en su casodefecto, pasaporte o carné de conducir. Finalizada la fase de oposición, el tribunal procederá a valorar los actos, acuerdos méritos y resoluciones que se deriven del procedimiento de selección. El tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Anexo V, punto 2, del presupuesto de la Universidad para el ejercicio económico 2017. En ningún caso el Tribunal Calificador podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará pública una resolución en la que se consignará la calificación final servicios de los aspirantes que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, y hará propuesta de adjudicación de plazas a los aspirantes de mayor calificación final. Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde la publicación de la misma hayan sido considerados como aptos en la página web xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx/xxx-xxxxxxx. En caso de empate, se dirimirá éste a favor del aspirante que haya obtenido mayor calificación en la citada fase de oposición. En caso de subsistir el empate se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la La fase de concursooposición constará de dos ejercicios. El número de promocionados, por orden de calificación final, no podrá ser superior al número de plazas convocadas, excepto en caso de renuncia, en que la plaza se adjudicaría al aspirante que le siguiera en mayor calificación final. En cualquier caso, los efectos administrativos y económicos del cambio de categoría e incorporación al puesto de trabajo del Personal Laboral que haya superado el concurso-oposición serán los establecidos en la resolución rectoral por la que se declare concluido el procedimiento y aprobada la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. Los aspirantes seleccionados obtendrán destino en el mismo Departamento o Servicio en el que venían desarrollando sus funciones. El trabajador promocionado, deberá realizar las funciones propias de su grupo y categoría profesional, y la de la categoría inferior. Cualquier falsedad que se descubra en las solicitudes podrá ser causa de exclusión del aspirante, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Transcurrido un año sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la Administración procederá a la devolución de la documentación a los interesados que lo hayan solicitado, procediéndose a la destrucción de la restante. Córdoba, 27 xx xxxxx de 2018. EL RECTOR Código plaza: UCO01L084 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Servicio de Animales de Experimentación. Observaciones: Acreditación Animales de Experimentación Código plaza: UCO19L812 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Agronomía. Código plaza: UCO19L816 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Anatomía y Anatomía Patológica Comparadas Observaciones: Manejo grandes animales Código plaza: UCO19L819 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Electrónica y de Computadores Código plaza: UCO19L823 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código plaza: UCO19L824 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código Plaza: UCO19L871 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Forestal Código Plaza: UCO19L888 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Medicina y Cirugía AnimalAmbos ejercicios tienen carácter eliminatorio.

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Tribunal. El 1. O Tribunal encargado foi nomeado pola Dirección da Autoridade Portuaria de juzgar el concurso-oposición estará compuesto según se determina Vigo, e está formado por: Presidente: Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx: Xxxxxx Cruces Xxxxxxx (Suplente: Xxxx Xxxx Xxxxx Desojo) Vogal: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx (Suplente: Xxxxxxxx Xxxxxx Vila) Vogal: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx (Suplente: Xurxo Xxxxx Xxxxx) Vogal: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx (Suplente: Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx) Secretaria: Xxxxxxxxx Xxxx Tapia publicación del anuncio de la presente convocatoria en el artículo 21.3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral Diario Oficial xx Xxxxxxx para la presentación de solicitudes. 2. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas, el Tribunal, mediante resolución, aprobará las Universidades Públicas listas de Andalucíaadmitidos y excluidos al proceso de selección con carácter provisional. 3. Con la publicación de la citada resolución se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados. Si no se subsana el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, se archivará la solicitud sin más trámite y no podrán seguir participando en lo el proceso de selección. 4. Los candidatos excluidos, dispondrán de un plazo que no contradiga comunicará el artTribunal en el momento de la publicación de la lista provisional, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de la lista de admitidos o para efectuar las reclamaciones que estimen oportunas. 60 Dichas peticiones de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por subsanación se presentarán ante el Tribunal. 5. Las reclamaciones que se aprueba el Texto Refundido formulen contra la Resolución de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, procurando lista provisional de admitidos y excluidos serán aceptadas o rechazadas por medio de la presencia equilibrada de hombres y mujeres, y deberá hacerse público con antelación al inicio de las pruebasResolución que apruebe la lista definitiva. Este Tribunal podrá proponer la designación de asesores especiales según establece el artículo 21.5 del referido Convenio. Al Tribunal designado competerá la elaboración y evaluación de las pruebas6. El Tribunal designado será soberano para resolver cuantas cuestiones hecho de figurar en la relación de admitidos no presupone que se especifiquen reconozca a los candidatos la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. El Tribunal tendrá su sede administrativa en el Rectorado de la Universidad xx Xxxxxxx, sito en Avda. Xxxxxx Xxxxxxx s/n, en cuya página web se harán públicos, en su caso, los actos, acuerdos y resoluciones que se deriven del procedimiento de selección. El tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Anexo V, punto 2, del presupuesto de la Universidad para el ejercicio económico 2017. En ningún caso Si el Tribunal Calificador podrá aprobar ni declarar tuviera conocimiento de que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará pública una resolución en la que se consignará la calificación final alguno de los aspirantes que vendrá determinada no posee la totalidad de los requisitos exigidos, previa audiencia del interesado, xxxxxx publicar resolución excluyendo al candidato del proceso de selección, comunicando las inexactitudes o falsedades formuladas por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, y hará propuesta de adjudicación de plazas a los aspirantes de mayor calificación final. Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde la publicación de la misma aspirante en la página web xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx/xxx-xxxxxxxsolicitud de admisión a las pruebas selectivas. En caso de empate, se dirimirá éste a favor del aspirante que haya obtenido mayor calificación en la fase de oposición. En caso de subsistir el empate se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de concurso. El número de promocionados, por orden de calificación final, no podrá ser superior al número de plazas convocadas, excepto en caso de renuncia, en que la plaza se adjudicaría al aspirante que le siguiera en mayor calificación final. En cualquier caso, los efectos administrativos y económicos del cambio de categoría e incorporación al puesto de trabajo del Personal Laboral que haya superado el concurso-oposición serán los establecidos en la resolución rectoral por la que se declare concluido el procedimiento y aprobada la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. Los aspirantes seleccionados obtendrán destino en el mismo Departamento o Servicio en el que venían desarrollando sus funciones. El trabajador promocionado, deberá realizar las funciones propias de su grupo y categoría profesional, y la de la categoría inferior. Cualquier falsedad que se descubra en las solicitudes podrá ser causa de exclusión del aspirante, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Transcurrido un año sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la Administración procederá a la devolución de la documentación a los interesados que lo hayan solicitado, procediéndose a la destrucción de la restante. Córdoba, 27 xx xxxxx de 2018. EL RECTOR Código plaza: UCO01L084 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Servicio de Animales de Experimentación. Observaciones: Acreditación Animales de Experimentación Código plaza: UCO19L812 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Agronomía. Código plaza: UCO19L816 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Anatomía y Anatomía Patológica Comparadas Observaciones: Manejo grandes animales Código plaza: UCO19L819 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Electrónica y de Computadores Código plaza: UCO19L823 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código plaza: UCO19L824 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Biología Celular, Fisiología e Inmunología Código Plaza: UCO19L871 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Ingeniería Forestal Código Plaza: UCO19L888 Categoría Profesional: Técnico Especialista de Laboratorio Grupo Profesional: III Departamento y/o Servicio: Departamento de Medicina y Cirugía AnimalVII.

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Samples: Bases Da Convocatoria De Selección Dun Posto De “Administrativo