Transbordos Cláusulas de Ejemplo

Transbordos. Se entiende como tal, el traslado del Tripulante de un buque a otro de la misma Empresa, dentro del transcurso del período de embarque. Los transbordos podrán ser:
Transbordos. Todo transbordo en el que intervenga un arrastrero congelador de fondo deberá notificarse a las autoridades mozambiqueñas responsables de la pesca con dos días hábiles de antelación y deberá realizarse en los puertos de Beira o de Maputo en presencia de las autoridades responsables de pesca y aduanas de Mozambique. Los arrastreros congeladores de fondo que deseen salir de la ZEE de Mozambique con sus capturas a bordo deberán someterse a un control de la pesca, a la certificación necesaria para el tránsito de los productos y a un control adua- nero en los puertos de Beira o de Maputo, que deberán solicitar con dos días hábiles de antelación. Las actividades de transbordo, control de la pesca o control aduanero en los puertos de Beira o Maputo no influirán en el origen comunitario de las capturas en cuestión.
Transbordos. Todo buque comunitario que desee efectuar un transbordo de capturas en aguas de Kiribati deberá efectuar la operación en la rada de los puertos de Kiribati. — Los armadores de estos buques deberán notificar a las autoridades competentes de Kiribati, como mínimo con 48 horas de antelación, la información mencionada en el apéndice IV. — El transbordo será considerado una salida de la zona de pesca de Kiribati. Por lo tanto, los buques deberán entregar sus cuadernos diarios de pesca a las autoridades competentes de Kiribati y notificar su intención de continuar faenando o de salir de la zona de pesca de Kiribati, de conformidad con los apéndices III A y III B. — En la zona de pesca de Kiribati estará prohibido cualquier transbordo de capturas realizadas en la zona de pesca de Kiribati o no contemplado en los puntos anteriores. Todo contraventor de esta disposición estará expuesto a las sanciones previstas por la legislación de Kiribati.
Transbordos. 8.1. Los buques de la UE solo podrán efectuar el transbordo de capturas en aguas de las Xxxxx Xxxxxxx en los puertos previstos de las Xxxxx Xxxxxxx.
Transbordos. 8.1. En la zona de pesca de Marruecos estará prohibida cualquier operación de transbordo de capturas en el mar. No obstante, los arrastreros pelágicos comunitarios que deseen efectuar un transbordo de capturas en aguas marroquíes efectuarán esta operación en un puerto marroquí o cualquier otro lugar designado por las autoridades competentes marroquíes, una vez obtenida la autorización del Departamento. Dicho transbordo se efectuará bajo la supervisión del observador o de un representante de la Delegación de pesca marítima y de las autoridades de control. Todo aquel que infrinja esta disposición se expondrá a las sanciones establecidas en la legislación marroquí vigente en la materia.
Transbordos. Proiektuaren lehen fase honetan mantendu egin dira txartel bakarra abian jarri aurretik zeuden autobus-aldaketak, konpainia bereko autobusen artean eginez gero. Autobus aldaketa egiteko, beharrezkoa da bi bidaiak txartelarekin indargabetzea. Dena den, autobus aldaketarekin egiten den bidaiaren kostua egindako bi bidaietatik garestiena izango da. Gipuzkoako Foru Aldundiaren asmoa da, autobus aldaketen abantailak zabaltzea, garraio publikoa erabiltzea sustatzeko neurri eraginkor bezala ahalik eta gehien. Nolanahi ere, hori ezinezkoa izango da hiri garraioetan edo beste garraio motetan eskumenak dituzten administrazioekin akordioak egiten ez baditugu. En esta primera fase del Proyecto se han mantenido los transbordos, dentro de la misma compañía, existentes con anterioridad a la entrada en operación del Billete Único. Para transbordar, es necesario cancelar ambos viajes con la tarjeta, si bien el coste del viaje con transbordo será el del viaje más caro de los dos realizados. Es voluntad de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa, extender el tratamiento ventajoso de los transbordos, todo lo posible, como medida eficaz de fomento de la utilización del transporte público, aunque esto, no será posible sin acuerdos con otras administraciones competentes en los transportes urbanos, o transportes en otros modos. Kontsumo bat egiten den bakoitzean (balidatu), jaisterakoan (ohiko balidazio igotzerakoan eta jaisterakoan) edo igotzerakoan (lagundutako eragiketa denean) erregistratzen da eguna, ordua, eragilea, linea eta geltokia eta baita deskontutako zenbatekoa eta bidaiari kopurua, talde bat denean. Cada vez que se consume (valida) un viaje, se registra en la bajada (si se trata de un consumo habitual de validación en subida y bajada) o en la subida (cuando es una operación asistida) la fecha, hora, operador, línea y parada, así como el importe descontado y el número de viajeros si se trata de un consumo agrupado. Beste kontsumo bat egiten denean (balidazioa) programazioan egiaztatzen da autobus aldaketa egin daitekeen, hau da, hasierako eragiletik, lineatik eta geltokitik egungora xxxx daitekeen, aldaketa egiten zenbat denbora igaro den kontuan hartuta. Ahal izanez gero egin behar duzun bidaiaren prezioa kalkulatzen da (deskontuekin) eta aurrekoarekin aldentzen da. Egin behar duzun bidaiaren prezio aurrekoarena baino txikiago edo xxxxxxx xxxx, ez dago deskonturik; aldiz, prezioa handiagoa bada, egin behar duzun bidaiaren eta aurrekoaren artean dagoen prezio diferentzia des...

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  • LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Deberá usarse el sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras o servicios relacionados se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor estimado de dichos bienes u obras, sea igual o exceda los montos establecidos en las Estipulaciones Especiales de este Contrato.

  • Traslados Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y podrán estar determinados por alguna de las siguientes causas:

  • Licitación Pública Nacional No. LO-824057978-E12-2016

  • Trabajos nocturnos 1. El personal que trabaje entre las veintidós horas y las seis de la mañana, percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25 por 100 xxx xxxxxxx base de su categoría.

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  • Cobertura Cuando en la carátula de la póliza se haga constar la contratación de esta cobertura, la Compañía se obliga a amparar la responsabilidad civil en que incurra el asegurado o cualquier persona que con su consentimiento expreso o tácito use el vehículo descrito en la carátula de esta póliza y que a consecuencia de dicho uso cause daños materiales a terceros en sus bienes siempre y cuando dicha responsabilidad sea consecuencia de un hecho de tránsito terrestre que no se encuentre expresamente excluido por el contrato. La Compañía responderá por los daños ocasionados que se encuentran cubiertos por esta cobertura, sin condicionar al pago previo de deducibles que se hayan contratado y se encuentren estipulados en la carátula de la póliza. En adición, sin exceder el límite máximo de responsabilidad contratado y que se establece en la carátula de la póliza y hasta por una cantidad igual al 30% de la reparación del daño a que fuere condenado el asegurado, ésta cobertura se extiende a cubrir por concepto de daño moral a que fuere sentenciado a pagar el asegurado o cualquier persona que con su consentimiento expreso o tácito use el vehículo asegurado, en caso de juicio civil seguido en su contra con motivo de la responsabilidad civil amparada por esta cobertura. La cobertura de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus Bienes y en sus Personas (LUC), se extiende a amparar al conductor habitual persona física de la póliza cuyo nombre se indica en la carátula de la misma y figure como asegurado, contra los mismos riesgos y bajo las mismas bases, límites, deducibles y exclusiones, estipulados en la cobertura de Responsabilidad Civil, en caso de conducir un vehículo de características similares al asegurado. Esta extensión de cobertura, nunca será sustitutiva, ni concurrente a cualquier otro seguro, que contra los mismos riesgos se tenga en vigor sobre la unidad siniestrada, ya que la presente operará solo en exceso o por inexistencia de lo amparado por aquel seguro. En caso de que una persona moral figure como asegurado de esta póliza, esta extensión de cobertura se otorgará a la persona física que se indique como conductor habitual y se especifique en la presente póliza.

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Punta Umbría (Servicio de Atención al Ciudadano SAC) en horario de 09,00 h a 14,00 h, en el plazo que se indique en la invitación a participar en el procedimiento. Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Cada candidato no podrá presentar más de una oferta [sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 1º) Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el candidato y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para negociar la contratación del suministro mediante la modalidad de renting de 5 vehículos». La denominación de los sobres es la siguiente: Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.

  • Información adicional Las causas generales de suspensión o interrupción contempladas en el artículo L. 114-2 del Código de Seguros francés se retoman en los artículos 2240 a 2246 del Código Civil francés, reproducidos a continuación. Para más información acerca de cualquier posible actualización de las condiciones anteriormente mencionadas, le invitamos a consultar la página web oficial: «xxx.xxxxxxxxxx.xxxx.xx». El hecho de que el deudor reconozca el derecho de la persona contra la que invocaba el plazo de prescripción, interrumpe dicho plazo de prescripción. El recurso judicial, incluido de urgencia, interrumpe el plazo de prescripción así como el plazo de caducidad. Lo mismo ocurre cuando se interpone un recurso ante una jurisdicción incompetente o cuando el acta de recurso ante la jurisdicción se cancela con motivo de un vicio de procedimiento. La interrupción derivada de un recurso judicial produce sus efectos hasta que acabe el procedimiento. La interrupción queda sin valor ni efecto alguno si el demandante cancela su demanda, si deja vencer el plazo del recurso, o si se desestima definitivamente su demanda. El plazo de prescripción o de caducidad se interrumpe igualmente cuando se adopta una medida cautelar de acuerdo con el Código francés de Enjuiciamiento Civil dedicado a los casos de Ejecución o de un acta de ejecución forzosa. La interpelación de un deudor solidario en el ámbito de un recurso judicial o de un acta de ejecución forzosa, o el reconocimiento por este deudor del derecho de la persona contra la que invocaba el plazo de prescripción, interrumpe dicho plazo de prescripción en cuanto a los demás deudores, incluidos los herederos de los mismos. En cambio, la interpelación de uno de los herederos de un deudor solidario, o el reconocimiento por parte de este deudor, no interrumpe el plazo de prescripción en cuanto a los demás herederos, incluso en el caso de una garantía hipotecaria, siempre y cuando la obligación sea divisible. Dicha interpelación o reconocimiento interrumpe el plazo de prescripción en cuanto a los demás deudores únicamente en lo relativo a la parte correspondiente a dicho heredero. Para interrumpir el plazo de prescripción de manera global en cuanto a los demás deudores, deberán interpelarse todos los herederos del deudor fallecido u obtenerse el reconocimiento por parte de todos estos herederos. La interpelación del deudor principal o el reconocimiento por su parte interrumpe el plazo de prescripción contra el fiador.

  • Segunda Etapa Evaluación por puntaje.-