TIPO DE INTERÉS DE DEMORA Cláusulas de Ejemplo

TIPO DE INTERÉS DE DEMORA. Las cantidades adeudadas por la disposición de crédito que no hayan sido satisfechas en las respectivas fechas de vencimiento devengarán diariamente, sin necesidad de previo aviso o requerimiento, interés de demora, al tipo de interés previsto en las Estipulaciones particulares de tarjetas de crédito. Su cálculo se efectuará multiplicando el importe de cada deuda vencida pendiente de pago por el tipo de interés de demora que corresponda a dicha deuda por el número de días transcurridos hasta su liquidación, y dividiendo el resultado por treinta y seis mil. Estos intereses se liquidarán y pagarán cuando se satisfaga la deuda en xxxx y, en su defecto, cuando se resuelva el crédito.
TIPO DE INTERÉS DE DEMORA. Las cantidades adeudadas por la disposición de crédito que no hayan sido satisfechas en las respectivas fechas de vencimiento devengarán diariamente, sin necesidad de previo aviso o requerimiento, interés de demora, al tipo de interés previsto en las Estipulaciones particulares de tarjetas de crédito. ANDBANK ESPAÑA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xx 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 1544, R. M. de Madrid T. 31.181, F. 115, S. 8 H. M-561.208, Insc. 1 Su cálculo se efectuará multiplicando el importe de cada deuda vencida pendiente de pago por el tipo de interés de demora que corresponda a dicha deuda por el número de días transcurridos hasta su liquidación, y dividiendo el resultado por treinta y seis mil. Estos intereses se liquidarán y pagarán cuando se satisfaga la deuda en xxxx y, en su defecto, cuando se resuelva el crédito.
TIPO DE INTERÉS DE DEMORA. El tipo de interés de demora mensual de las Cédulas Hipotecarias correspondientes a la PITCH- Serie 1 será el resultado de la suma de los siguientes conceptos: (i) el mayor de (a) el tipo de interés ordinario de las Cédulas Hipotecarias correspondientes a la PITCH-Serie 1, y (b) el EURIBOR a un (1) mes que resulte de la pantalla que refleja el contenido de la página “EURIBOR=” en el REUTERS MONEY RATES SERVICE, o cualquier otra página que pudiera reemplazarla en ese servicio en el futuro, a las 11:00 horas de la mañana (C.E.T.) de la Fecha de Cobro de la PITCH-Serie 1 en que se produzca el impago de los intereses ordinarios o del principal de la Cédula Hipotecaria correspondiente a la PITCH-Serie 1 afectada, o de la fecha en que tenga lugar la Amortización Anticipada de la Cédula Hipotecaria correspondiente a la PITCH-Serie 1, según sea el caso; y (ii) uno coma cinco (1,5) puntos porcentuales. El tipo de interés de demora será revisable mensualmente, estableciéndose como fecha de fijación el segundo Día Hábil anterior al inicio del correspondiente período de fijación mensual.

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  • Tasa de Interés Toda transacción a cargo de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la tasa de interés anual dividido trescientos sesenta y cinco días por cada día financiado. El tarjetahabiente declara que El Emisor le ha brindado toda la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor; la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto de la Línea de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto de otros cargos que se apliquen por única vez, el resultado del desarrollo de tal fórmula puede verse en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro de los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros en efectivo efectuadas y si fue a plazos realizadas por el tarjetahabiente o los tenedores de tarjetas suplementarias y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión de fondos o reintegro de pagos por consumos así como por cualquier otro concepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;

  • CESIÓN DE DERECHOS Los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato no podrán cederse en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “LA PROCURADURÍA”, con fundamento en el último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

  • CONFLICTOS DE INTERÉS Deberá entenderse que existe un conflicto de interés cuando se produzca la concurrencia en una misma persona o ámbito de decisión de, al menos, dos intereses contrapuestos que podría comprometer la prestación imparcial de un servicio de inversión o auxiliar o de una actividad de inversión (en adelante, prestación de servicios o actividades de inversión). Además, para que se de un conflicto de interés no es suficiente que la Entidad pueda obtener un beneficio si no existe también un posible prejuicio para un cliente, o que un cliente pueda obtener una ganancia o evitar una pérdida, si no existe la posibilidad de pérdida para otro cliente. En la política se desarrollan las posibles situaciones susceptibles de provocar conflictos de interés en detrimento de los clientes de la Entidad. Asimismo, se detallan los procedimientos que deben seguirse y las medidas que deben adoptarse con el fin de que la Entidad pueda controlar y mitigar los conflictos de interés que pudieran darse en el desarrollo de su actividad:  procedimientos eficaces para impedir o controlar el intercambio de información entre personas competentes que participen en actividades que comporten el riesgo de un conflicto de intereses, cuando el intercambio de esta información pueda ir en detrimento de los intereses de uno o más clientes;  la supervisión separada de las personas competentes cuyas funciones principales sean la realización de actividades o la prestación de servicios por cuenta o en favor de clientes con intereses contrapuestos, o que representen intereses distintos que puedan entrar en conflicto, incluidos los de la empresa;  la supresión de cualquier relación directa entre la remuneración de las personas competentes que desarrollan principalmente una actividad y la remuneración de otras personas competentes que desarrollan principalmente otra actividad, o los ingresos generados por estas, cuando pueda surgir un conflicto de intereses en relación con estas actividades;  medidas para impedir o limitar a cualquier persona ejercer una influencia inadecuada sobre la forma en que una persona competente realiza servicios o actividades de inversión o auxiliares;  medidas para impedir o controlar la participación simultánea o consecutiva de una persona competente en diversos servicios o actividades de inversión o auxiliares cuando dicha participación pueda ir en detrimento de una gestión adecuada de los conflictos de intereses. Con el fin de llevar un control exhaustivo de las situaciones susceptibles de crear algún conflicto de interés que suponga un riesgo importante de perjuicio de los intereses de uno o más clientes, la presente política será revisada anualmente.

  • TIPO DE LICITACIÓN Este proceso de contratación se refiere a una licitación pública nacional "mixta", en los términos estipulados en la fracción III del artículo 26 bis y fracción I del artículo 28 de la Ley.

  • EQUIPO DE TRABAJO Por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, el Departamento de Desarrollo Económico nombrará un director del contrato o responsable del proyecto, que será la persona encargada de coordinar, supervisar y dirigir los trabajos realizados por la empresa adjudicataria durante el periodo de ejecución del contrato y en los términos comprometidos. La empresa licitadora deberá presentar en su oferta al equipo de trabajo que llevará a cabo el servicio a prestar si es la empresa adjudicataria del contrato. Este equipo de trabajo estará liderado por un Coordinador del proyecto que actuará como único interlocutor ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. La empresa licitadora deberá presentar un Organigrama de Gestión Organizativa en la que se detallen, mediante currículum vitae, los perfiles profesionales del equipo de trabajo que prestará el servicio. Asimismo, se valorará en la inclusión de la oferta del currículum de los asesores, formadores, mentores e inversores que formarán parte del programa de aceleración. Cabe destacar que tanto el equipo de trabajo presentado por la empresa adjudicataria como el equipo de asesores, formadores y mentores únicamente tendrán relación contractual con la empresa adjudicataria, siendo por tanto responsabilidad directa de la misma. El Organigrama de Gestión Organizativa incluirá igualmente las funciones a desarrollar por cada uno de los miembros del equipo de trabajo y del equipo de asesores, formadores, mentores e inversores. La empresa adjudicataria aportará el personal necesario para el funcionamiento de la aceleradora. En cualquier caso, la empresa licitadora deberá presentar un equipo de trabajo compuesto, como mínimo, por:

  • Contrato de interinidad Se considera como tal el celebrado para sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. El contrato especificará el nombre del sustituido y las causas de su sustitución.

  • EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

  • Pago de anticipo y Garantía 36.1 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía Bancaria para Pago de Anticipo.

  • Período de Validez de las Ofertas 18.1 Las Ofertas deberán mantener su validez durante el período determinado en los DDL a partir de la fecha límite para la presentación de Ofertas establecida por el Contratante. Toda Oferta con un plazo menor será rechazada por el Contratante por incumplimiento. 18.2 En casos excepcionales, antes del vencimiento del período de validez de la Oferta, el Contratante podrá solicitar a los Licitantes que extiendan dicho período de validez. Tanto la solicitud como las respuestas se harán por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Seriedad de Oferta de conformidad con la cláusula 19 de las IAL, ésta deberá extenderse por un tiempo determinado. Los Licitantes podrán rechazar la solicitud sin que la Garantía de Seriedad de su oferta se ejecute. A los Licitantes que acepten la solicitud no se les pedirá ni permitirá modificar su Oferta. 18.3 En el caso de los contratos a precio fijo, si la adjudicación se retrasa por más de cincuenta y seis (56) días después de que venza la validez inicial de la Oferta, el precio contractual se ajustará por un factor o factores especificados en la solicitud de prórroga. La evaluación se basará en el precio de la Oferta sin tomar en cuenta la corrección mencionada.