Common use of SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES Clause in Contracts

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. En caso de presentarse controversias o diferencias durante la vigencia del contrato, se podrá recurrir a los mecanismos de solución directa de controversias contractuales previstos en el artículo 68 de la Ley 80 de 1993 y en la Ley 446 de 1998, de acuerdo con los procedimientos legales establecidos por las normas vigentes. Las partes acuerdan que en todo caso, el Juez del contrato será la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y que en ningún caso se acudirá a Tribunales de Arbitramento.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestacion De Servicios, community.secop.gov.co