RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de servicios de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para El Contrato De Un Servicio De Apoyo a La Gestión Del Centro De Atención Al Usuario Del Instituto Insular De Atencion Social Y Sociosanitaria De Tenerife , Mediante Procedimiento Abierto, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir El Contrato De Servicio De Redacción De Proyectos Y Direcciones De Obra De Las Actuaciones Comprendidas en El Plan De Infraestructuras Sociosanitarias De La Isla De Tenerife Incluidas en El Marco Estratégico De Desarrollo Insular Medi, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para El Contrato De Servicio De Diseño E Implantación De Un Modelo De Contabilidad Analítica Y Suministro De Un Sistema De Información
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de servicios de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 17 y 19 del Texto Refundido 25 de la Ley LCSP, quedando sometida a dicha ley, a las normas reglamentarias que la desarrollen, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de Contratos del Sector Públicocláusulas administrativas particulares y en el de prescripciones técnicas.
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Samples: mnhlicitaciones.com, mnhlicitaciones.com
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de servicios de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.Público (en adelante LCSP), quedando sometida a dicha ley, así como al
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RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- 4.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de servicios obras de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.6 y
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RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- 4.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de servicios obras de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 6 y 19 del Texto Refundido Real Decreto Legislativo 3/2011 quedando sometida a dicha ley, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público.de las
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