RIESGO Y RESPONSABILIDAD Cláusulas de Ejemplo

RIESGO Y RESPONSABILIDAD. Será de exclusivo cargo del contratista todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la administración o a sus empleados, a los efectos transportados, a su propio personal, máquinas o equipos, etc.
RIESGO Y RESPONSABILIDAD. Es de exclusivo cargo del contratado todo riesgo y responsabilidad derivados de la ejecución y cumplimiento del contrato, ya sea a consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus funcionarios, a las personas, a los efectos transportados, a su propio personal y/o vehículos tanto en los casos en que los sufriere como siniestrado o en los que los causare como responsable. También serán de su cargo todos los gastos de funcionamiento de la unidad, tales como combustible, lubricantes, tributos, patentes, repuestos, mantenimientos, jornales, seguros, aportes a la Seguridad Social y cualquier otro gasto inherente al giro de su actividad, presentes o futuros. A todos los efectos, será responsabilidad absoluta del contratado, todo acto o hecho delictivo o no, o cualquier incidente relacionado en el que participe o esté involucrado a cualquier título el chofer del vehículo o el personal de la empresa que esté a su cargo. El contratado queda obligado a resarcir e indemnizar a la I. de M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros. Los antes referidos gastos serán reembolsados a la I. de M. ajustados por el Indice de Precios al Consumo.
RIESGO Y RESPONSABILIDAD. Es de exclusivo cargo del contratista todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus empleados, a los efectos transportados o a su propio personal, máquina o equipo, en los casos que sufriere o causare los mismos. También serán de su cargo en caso que correspondiere, todos los gastos de funcionamiento, tales como repuestos, jornales, seguros, cargas sociales y todo otro insumo que sea necesario para el funcionamiento de los equipos afectados a la tarea objeto de esta licitación. No se pagará ninguna cantidad adicional ni se aceptarán reclamaciones por rubros no previstos.
RIESGO Y RESPONSABILIDAD. El CP indemnizará y mantendrá indemne al COMITENTE por todos los reclamos, da- ños, pérdidas y gastos que surjan o resulten del incumplimiento de las obligaciones asumidas por el CP con motivo de la ejecución de los TRABAJOS, en la medida y con el alcance en que corresponda por derecho.
RIESGO Y RESPONSABILIDAD. Capítulo 14 - REPRESENTANTE DEL PRESTADOR
RIESGO Y RESPONSABILIDAD. -Será de exclusivo cargo del Prestador de Servicios todo riesgo y responsabilidad derivada del contrato ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la administración o a sus empleados, a los efectos transportados, a su propio personal, máquina o equipo, etc. -El Prestador del Servicio, antes de comenzar la prestación, deberá designar un representante que tendrán a su cargo la comunicación con INAU y actuará como nexo entre el Adjudicatario y el INAU para evacuar dudas o consultas que puedan plantearse en cualquier momento por cualquiera de los equipos que se atiendan. Cualquier cambio que se realice a dicha designación, deberá ser comunicado en forma inmediata por escrito a los Departamentos de Compras y Arquitectura de INAU en las direcciones y formatos establecidos (vía mail).
RIESGO Y RESPONSABILIDAD. Será de exclusivo cargo del Contratista todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus empleados, a los efectos transportados o a su propio personal. El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta, la omisión o errores de cálculo en la presentación de la misma no le otorgarán derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
RIESGO Y RESPONSABILIDAD. 1. Hasta el día y hora de la entrega material de los navíos y demás bienes que integran el objeto del presente contrato, Portugal soportará el riesgo y asumirá toda la responsabilidad y los costos emanados de la operación de ambos navíos.
RIESGO Y RESPONSABILIDAD. Será de exclusivo cargo del adjudicatario todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la administración o a sus empleados, con motivo de la ejecución de los trabajos cuando resulten de: - Incumplimiento a los términos y condiciones establecidos en el presente pliego. - Inobservancia a las recomendaciones que I. de M. le haya dado por escrito. - Actos con dolo, mala fe o negligencia. - La pérdida de una pieza o refacción de difícil sustitución. - Detrimento grave en los equipos. - Uso de sustancias peligrosas. - En general por actos u omisiones imputables al oferente o al personal que emplee. Ninguna de las partes será responsable por cualquier retraso o incumplimiento del contrato que resulte de caso fortuito o de fuerza mayor. Una vez superados estos eventos se reanudarará la prestación de los servicios objetos de la presente licitación si así lo manifiesta la I. de M.
RIESGO Y RESPONSABILIDAD. Será de exclusivo cargo del adjudicatario todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la administración o a sus empleados, a los efectos transportados, a su propio personal, máquinas equipos, etc. La falta de cualquier objeto, rotura, daño o desperfecto, en el material o equipos, o deterioro que se produzca, serán de cuenta del contratista cuando se constatare la imposibilidad a sus operarios, ya sea por negligencia o trato inadecuado de los citados equipos y materiales. El adjudicatario deberá reparar a la brevedad y a su costo los desperfectos de cualquier índole que ocasione a los bienes Públicos o Privados al ejecutar los trabajos licitados. La I.M. no se responsabiliza por daños, extravíos o perjuicios que sufran los equipos del adjudicatario.