Revisión anual. Se examinará anualmente la adecuación de la vigente clasificación profesional en la Empresa a las modificaciones producidas como consecuencia de la evolución tecnológica o de organización de trabajo. En los supuestos de desacuerdo entre la Empresa y los Representantes de los Trabajadores se procederá como se indica en el artículo anterior.
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Samples: www.boe.es, Convenio Colectivo De Perfumería Y Afines, www.uso-fim.es
Revisión anual. Se examinará anualmente la adecuación de la vigente clasificación profesional en la Empresa a las modificaciones producidas como consecuencia de la evolución tecnológica o de organización de trabajotra- bajo. En los supuestos de desacuerdo entre la Empresa y los Representantes de los Trabajadores se procederá como se indica en el artículo anterior.
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Samples: industria.ccoo.es
Revisión anual. Se examinará anualmente la adecuación de la vigente clasificación profesional en la Empresa empresa a las modificaciones producidas como consecuencia de la evolución tecnológica o de organización de trabajo. En los supuestos de desacuerdo entre la Empresa empresa y los Representantes la representación legal de los Trabajadores personas trabajadoras se procederá como se indica en el artículo anterior.
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Samples: www.boe.es
Revisión anual. Se examinará anualmente la adecuación de la vigente clasificación profesional en la Empresa empresa a las modificaciones producidas como consecuencia de la evolución tecnológica o de organización de trabajo. En los supuestos de desacuerdo entre la Empresa empresa y los Representantes representantes de los Trabajadores trabajadores se procederá como se indica en el artículo anterior.
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Samples: www.boe.es