RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. 1.- La resolución anticipada del contrato se regirá por las causas previstas en el derecho privado. En todo caso serán causa de resolución anticipada del contrato sin que exista derecho a indemnización o compensación alguna, la infracción de los deberes establecidos en la cláusula 13 de este Pliego.
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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Sobre La Contratación Del Alquiler, Transporte, Montaje Y Desmontaje De Diverso Material, Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Sobre La Contratación Del Alquiler, Transporte, Montaje Y Desmontaje De Diverso Material
RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. 1.- La resolución anticipada del contrato se regirá por las causas previstas en el derecho privadoDerecho Privado. En todo caso serán causa de resolución anticipada del contrato sin que exista derecho a indemnización o compensación alguna, la infracción de los deberes establecidos en la cláusula 13 de este Pliego.
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RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. 1.- La resolución anticipada del contrato se regirá por las causas previstas en el derecho privado. En todo caso serán causa de resolución anticipada del contrato sin que exista derecho a indemnización o compensación alguna, la infracción de los deberes establecidos en la cláusula 13 14 de este Pliego.
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RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. 1.- La resolución anticipada del contrato se regirá por las causas previstas en el derecho privado. En todo caso serán causa de resolución anticipada del contrato sin que exista derecho a indemnización o compensación alguna, la infracción de los deberes establecidos en la cláusula 13 11 de este Pliego.
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