Depósito Cláusulas de Ejemplo

Depósito. El depósito mínimo requerido para esta cuenta especial será la establecida en el tarifario de LA CAJA publicado en la página web de LA CAJA, o la suma que de cuando en cuando así determine la Junta Directiva o el Gerente General de LA CAJA.
Depósito. Para la constitución legal del depósito, bastará la recepción física por parte del Banco de los Valores. Cada depósito se comprobará con los resguardos que el Banco otorgue y los reembolsos con los recibos firmados por el Cliente o por cualquier otro medio. El retiro físico o transferencia de los Valores depositados en el Banco se podrá realizar u ordenar por el Cliente, por cualquiera de sus apoderados o representantes legales o por el representante de la sucesión en caso de muerte (tratándose de personas físicas), mediante la suscripción de los documentos que le solicite el Banco para comprobar la devolución o transferencia, a entera conformidad de quien recibe, previa legitimación de la personalidad con que comparezca el representante legal o apoderado del Cliente, a entera satisfacción del Banco.
Depósito. El depósito mínimo requerido para esta cuenta será de B/.5.00 o la suma que de cuando en cuando así determine la Junta Directiva o el Gerente General.
Depósito. 9.1. Además de las obligaciones establecidas en La Circular, el Gerente General y el Contador General de LA EP son designados, conjuntamente con LA EP, depositarios de todos los documentos representativos de los créditos materia de la Operación a que se refiere el numeral 6.1 de la Cláusula Sexta que antecede y, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a LA EP, dichos funcionarios quedan sujetos a las responsabilidades civiles y penales que puedan surgir como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones de custodia y depósito establecidas en el Contrato Marco, en el Contrato Específico y en La Ley, las mismas que asumen con carácter solidario. En tal sentido, los documentos y títulos que integran la cartera de créditos serán mantenidos en custodia a cargo y bajo responsabilidad conjunta y solidaria de LA EP y de los funcionarios antes indicados, cuyos nombres quedarán consignados en el Contrato Específico.
Depósito. 5.1.4.1 Tanto recibida la solicitud de alta en el servicio ADSL como en cualquier momento de la vigencia del contrato, MOVISTAR podrá, con la única finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato: • solicitar al cliente la constitución de una garantía, mediante depósito no remunerado en efectivo o aval bancario; • asignar al cliente un límite de crédito.
Depósito. Aclaración: Esta información se añade para poder ac- tuar tajántemente ante casos incívicos, algo que por des- gracia ocurre a veces por clientes que no respetan el mo- biliario y el servicio que Kampaoh y el camping ofrecen. Es algo a lo que hay que recurrir en ciertas ocasiones y por ello es necesario incluirlo en las condiciones. El cliente autoriza expresamente a que el gestor de las tiendas “Kampaoh” lleve a cabo una retención o un cargo en la tarjeta utilizada para la compra, en concepto de depósito o fianza, por importe de hasta 200 € por persona, para responder de daños, desper- fectos, desórdenes o altercados que pudiera causar el huésped de las tiendas “Kampaoh”. Este cargo SOLO se hará efectivo de forma defini- tiva en caso de que se produzcan alguna de las situa- ciones descritas. Esto quiere decir que si no ocurre ningún daño o desperfecto no se tomará ni un solo euro de su tarjeta. Los depósitos de seguridad no se cobran definitivamente de forma automática, ya que el gestor de las tiendas “Kampaoh” contactará primero con el huésped para detallarle los daños y so- licitarle que reembolse el dinero correspondiente a la reparación o sustitución del elemento dañado. De no ser así, se hará efectivo de manera definitiva el cobro del depósito preautorizado. El gestor de las tiendas “Kampaoh” podrá cargar en la tarjeta de forma defini- tiva una parte o el total del depósito en los 15 días posteriores a la fecha de salida (incluido el día de la salida). Si el valor de los daños hubiera sido superior al importe del depósito, el cliente quedará obligado al pago del importe restante hasta cubrir la totalidad del daño causado. El cliente, con la aceptación de estas condiciones, acepta que estos cargos se reali- cen en la misma tarjeta u otra donde el cliente haya formalizado los pagos anteriores y que este cargo lo realice el gestor de las tiendas “Kampaoh” desde el momento en el que demuestra el daño provocado. Los costes de referencia por daños en los princi- pales elementos utilizados por el cliente son los sigu- ientes: • Tienda: desde 20€ hasta 10.000€ en función del tipo xx xxxxxx y los daños causados. • Limpieza de la tienda: desde 30€ hasta 200€ en función del tipo xx xxxxxx y el nivel de suciedad. • Colchón: hasta 120€ • Ropa de cama: hasta 35€ • Almohada: hasta 22€ • Toalla de baño: hasta 12€ • Lámpara: hasta 40€ • Alfombra: hasta 150€ • Mesa: hasta 100€ • Silla: hasta 90€ • Espejo: hasta 25€ • Merendero: hasta 130€ • Frigorífico: hasta 200€ • N...
Depósito. Con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que le corresponden por razón del presente Contrato, la ARRENDATARIA entrega en este mismo acto a la ARRENDADORA la cantidad de [IMPORTE EN LETRA] EUROS [(IMPORTE EN Nº,00] €) mediante la entrega de cheque bancario o conformado que por fotocopia firmada por la ARRENDATARIA queda unido al presente documento como ANEXO 4.. Las partes convienen que la ARRENDADORA, al igual que la fianza arrendaticia, podrá imputar la citada garantía adicional para atender el pago -total o parcial- de las deudas de cualquier tipo que tenga contraída con ella la ARRENDATARIA, reparación de daños o desperfectos, reposición de elementos e instalaciones de la vivienda, reposición de la misma al estado previsto para su entrega a la finalización del Contrato, así como de cualesquiera responsabilidad de la ARRENDATARIA que se hubieran podido derivar del presente Contrato, sin perjuicio de poder instar -además-, las acciones que, por tal motivo, le pudieran corresponder. La ARRENDATARIA faculta expresamente a la ARRENDADORA para que la misma pueda, a la finalización del Contrato, automáticamente y sin necesidad de más trámites, proceder a la incautación de la garantía adicional hasta el importe máximo de las cantidades que en ese momento le adeude la ARRENDATARIA.
Depósito. Las villas que se muestran en nuestra página web tienen cada una diferentes reglas sobre el pago de depósitos. Puede encontrar información sobre esto en la página de cada villa en nuestra página web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx y también en las condiciones especiales mencionadas en el punto 17 de estos términos y condiciones.
Depósito. El CESIONARIO entrega en este acto a LA CÁMARA la cantidad de xxx € (TRES MENSUALIDADES) por cada uno de los puestos de trabajo contratados en concepto de depósito para responder por los gastos originados por los servicios comunes aludidos en ESTIPULACIÓN CUARTA o para el cumplimiento de las restantes condiciones del presente contrato. Dicha suma podrá ser destinada por LA CÁMARA, en caso de impago o incumplimiento, al pago de cualquiera de dichos conceptos, en caso contrario será devuelta al CESIONARIO en el momento de abandono definitivo del puesto de trabajo, una vez hechas las comprobaciones oportunas.
Depósito. Todas las piezas fabricadas y hasta su expedición, se guardarán bajo techo, sobre plataformas, tirantes u otros elementos que las separen del piso. En caso de depositarse a la intemperie se protegerán debidamente contra polvo y agua mediante cubiertas impermeables