Reclamaciones y quejas Cláusulas de Ejemplo

Reclamaciones y quejas. URSUS-3 CAPITAL dispone de un Servicio de Atención al Cliente al que corresponde la resolución de las quejas o reclamaciones que el CLIENTE pudiera presentarle, en el marco de las responsabilidades determinadas en el presente contrato y respecto de sus legítimos intereses y derechos. El CLIENTE podrá ponerse en contacto con el citado Servicio en el domicilio de la Sociedad, sito en Madrid, X/ Xxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx, 15, posterior, entreplanta derecha, Servicio de Atención al Cliente, así como en la siguiente dirección de correo electrónico, Asimismo, URSUS-3 CAPITAL dispone de un Reglamento para la Defensa del Cliente, que se encuentra a disposición del CLIENTE en el domicilio de la Sociedad, así como en las páginas Web de la CNMV (xxx.xxxx.xx) y de la Sociedad (www.ursus - 0xxxxxxx.xxx). Contra las resoluciones de dicho Servicio de atención al cliente, se puede reclamar ante la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. La reclamación ante dicho Servicio de atención al cliente debe ser siempre previa a la reclamación ante la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores.
Reclamaciones y quejas. La SOCIEDAD, de conformidad con la Orden ECO/734/2004, de 11 xx xxxxx, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, dispone de un Servicio de Atención al Cliente para la resolución de las quejas y reclamaciones que el CLIENTE pudiera presentar por la lesión de sus legítimos intereses y derechos derivados del presente Contrato. Asimismo, la SOCIEDAD cuenta con un Reglamento para la Defensa del Cliente el cual se encuentra a su disposición en las oficinas de la SOCIEDAD y en la página web xxx.xxxxxxxxx.xx. El procedimiento para la resolución de quejas y reclamaciones por parte del CLIENTE podrá llevarse a cabo mediante escrito presentado de forma presencial en las oficinas de la SOCIEDAD o remitido por correo ordinario a la dirección X/ Xxxxxx 0, 0x Xxxxxx, 00000 (Xxxxxx) o a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx. En el supuesto de que el CLIENTE no obtenga una respuesta favorable por parte del Servicio de Atención al Cliente de la SOCIEDAD o en el plazo de dos (2) meses no haya recibido contestación, podrá interponer la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la CNMV de forma presencial o mediante correo postal en la dirección X/ Xxxxxx 0, 00000 (Xxxxxx) o en la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxXXXX@xxxx.xx. Para poder interponer quejas o reclamaciones ante el citado organismo es preceptiva la presentación previa ante el Servicio de Atención al Cliente de la SOCIEDAD.
Reclamaciones y quejas. Las partes acuerdan que el arrendatario podrá enviar cualquier reclamación o queja del servicio al correo electrónico del arrendador proporcionado en el Anexo del presente contrato o, en su defecto, presentarla en el domicilio descrito en el documento mencionado. En cualquier circunstancia el arrendador deberá dar respuesta al arrendatario en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de la recepción de la reclamación o queja.
Reclamaciones y quejas. EVER CAPITAL INVESTMENTS dispone de un Servicio de Atención al Cliente al que corresponde la resolución de las quejas o reclamaciones que el CLIENTE pudiera presentarle, en el marco de las responsabilidades determinadas en el presente contrato y respecto de sus legítimos intereses y derechos. El CLIENTE podrá ponerse en contacto con el citado Servicio en el domicilio de la Sociedad, sito en Madrid, X/ Xxxxxx 0. Xxxxxxxx X. Xxxx. X. Xxxxxx Xxxx. Xx Xxxx xx la Moraleja. Alcobendas, así como en la siguiente dirección de correo electrónico, xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx Asimismo, EVER CAPITAL INVESTMENTS dispone de un Reglamento para la Defensa del Cliente, que se encuentra a disposición del CLIENTE en el domicilio de la Sociedad, así como en la página Web de la CNMV ( xxx.xxxx.xx) y de la Sociedad (..) Contra las resoluciones de dicho Servicio de atención al cliente, se puede reclamar ante la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. La reclamación ante dicho Servicio de atención al cliente debe ser siempre previa a la reclamación ante la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores.
Reclamaciones y quejas. Para la resolución de cuantas reclamaciones o quejas pueda plantear el Cliente, en relación con la interpretación, aplicación, cumplimiento y ejecución de este contrato, sin perjuicio de las acciones judiciales que le correspondan, podrá dirigirse al Servicio de Atención al Cliente del Banco, calle Xxxxxxx 4 con C.P. 28001 de Madrid, o por correo electrónico a xxx@xxxxxx.xx, incluyendo: nombre apellidos, NIF, firma, dirección del cliente y el motivo de la misma. El Servicio de Atención Cliente dispone de un plazo máximo de dos (2) meses para resolver las quejas y reclamaciones recibidas. Asimismo, tiene a su disposición el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente en internet: xxx.xxxxxx.xx. Sin perjuicio de lo anterior y para el caso de que el Cliente considere desatendida su queja, no reciba respuesta en el plazo de dos (2) meses a contar desde la presentación de la misma o no esté conforme con la decisión del Banco al respecto, podrá formular la correspondiente queja o reclamación ante el organismo competente, en particular al Servicio de Reclamaciones del Banco de España (calle Xxxxxx 00, X.X. 00000 Xxxxxx) para las reclamaciones derivadas de los contratos de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos bancarios.
Reclamaciones y quejas. Para la resolución de cuantas reclamaciones o quejas pueda plantear el Cliente, en relación con la interpretación, aplicación, cumplimiento y ejecución de este contrato, sin perjuicio de las acciones judiciales que le correspondan, podrá dirigirse al Servicio de Atención al Cliente, cuyos datos podrá consultar en la página web del Banco. Sin perjuicio de lo anterior y para el caso de que el Cliente considere desatendida su queja, y salvo que se establezca un plazo distinto en las Condiciones Generales de cada producto, no reciba respuesta en el plazo de dos (2) meses a contar desde la presentación de la misma o no esté conforme con la decisión del Banco al respecto, podrá formular la correspondiente queja o reclamación ante el organismo competente, en particular al Servicio de Reclamaciones del Banco de España para las reclamaciones derivadas de los contratos de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos bancarios.
Reclamaciones y quejas. Sin perjuicio de lo dispuesto en las Condiciones Generales, y para el caso de que el Cliente considere desatendida su queja o no reciba respuesta por parte del Servicio de Atención al Cliente en el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde la presentación de la misma o no esté conforme con la decisión del Banco al respecto, podrá formular la correspondiente queja o reclamación relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, y que deriven de presuntos incumplimientos por parte del Banco de la LSP, normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España o la entidad de resolución de alternativa de litigios que le sustituya. En situaciones excepcionales, si el Servicio de Atención al Cliente no puede ofrecer una respuesta al Cliente en el plazo de quince (15) días hábiles por razones ajenas a la voluntad del Banco, éste enviará una respuesta provisional, en la que indique claramente los motivos del retraso y especificará el plazo en el cual el Cliente recibirá la respuesta definitiva. En cualquier caso, el plazo para la recepción de la respuesta definitiva no excederá de un (1) mes.
Reclamaciones y quejas. El Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, atiende xx xxxx- ra gratuita las consultas, quejas y reclamaciones que presenten los ciudadanos en relación a los seguros, siguiendo el procedimiento establecido en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre. Documentación necesaria para presentar la Queja o Reclamación (es necesario que se presente uno de los Ley 50/1980, de Contrato de Seguro siguientes documentos): ATENCIÓN AL CONSUMIDOR
Reclamaciones y quejas. La ENTIDAD dispone de un departamento de atención al (a los) cliente(s) que tramita y resuelve las quejas y reclamaciones de los clientes. Los datos de contacto de dicho departamento donde se pueden presentar los escritos de quejas o reclamaciones son los siguientes, tal y como figura en la página web de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores (xxx.xxxx.xx): Titular: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Domicilio: Xxxxx xx Xxxxxx, 00. 00000 Xxxxxx. Xxxxxx Teléfono: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00 Email: xxx@xxxxxxxxxxxx.xx Todo ello de conformidad con la Orden Ministerial ECO/734/2004, de 11 xx xxxxx, sobre los departamentos y servicios de atención al (a los) cliente(s) y el defensor del (de los) cliente(s) de las entidades financieras. Contra las resoluciones de dicho departamento de atención al (a los) cliente(s), se puede reclamar ante la Comisión Nacional xxx Xxxxxxxx de Valores. La reclamación ante dicho departamento de atención al (a los) cliente(s) debe ser siempre previa a la reclamación ante la citada Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores.
Reclamaciones y quejas. Para la resolución de cuantas reclamaciones o quejas pueda plantear el Cliente, en relación con la interpretación, aplicación, cumplimiento y ejecución de este contrato, sin perjuicio de las acciones judiciales que le correspondan, podrá dirigirse al Servicio de Atención al Cliente, cuyos datos podrá consultar en la página web del Banco. Sin perjuicio de lo anterior y para el caso de que el Cliente considere desatendida su queja, y salvo que se establezca un plazo distinto en las Condiciones Generales de cada producto, no reciba respuesta en el plazo de dos (2) meses a contar desde la presentación de la misma o no esté conforme con la decisión del Banco al respecto, podrá formular la correspondiente queja o reclamación ante el organismo competente, en particular al Servicio de Reclamaciones del Banco de España para las reclamaciones derivadas de los contratos de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos bancarios, o, cuando se cree, ante la entidad de resolución alternativa en el ámbito de la actividad financiera a la que hace referencia la disposición adicional primera de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 xx xxxx de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.