FALLO Cláusulas de Ejemplo
FALLO. El fallo se celebrará el día y hora indicado en la página 3 de esta convocatoria y podrá reducirse o diferirse por una sola vez, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. En junta pública, se dará a conocer el fallo de la Licitación; se levantará el acta de fallo de Licitación en la que “LA CONVOCANTE” establecerá la información que señala en Articulo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico Dicha acta será firmada por los funcionarios asistentes al acto, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma. Concluido el evento se publicar el acta respectiva a través de COMPRAENT con lo cual los licitantes participantes se tendrán por notificados, de la misma forma a los licitantes, se les enviara por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en COMPRANET. De conformidad con el Articulo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en esta convocatoria por lo que el(los) licitante(s) adjudicado(s) podrá iniciar en forma inmediata la entrega de los bienes y/o servicios objeto del presente procedimiento, lo anterior no modificara la obligación del proveedor de asistir a la firma del pedido y/o contrato. Derivado de lo anterior, y con fundamento en el Artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, la entrega de los bienes o servicios objeto de la presente licitación podrá realizarse a partir del día siguiente de la fecha de notificación del fallo de la presente licitación.
FALLO. En el lugar, día y hora señalados en el acta de presentación y apertura de proposiciones, se dará a conocer el fallo, en presencia de LOS LICITANTES que hubieren presentado proposiciones y que libremente asistan al acto entregándose copia del mismo, y se levantará el acta respectiva, en los términos de los artículos 39 de LA LEY y 68 de EL REGLAMENTO, el acta se firmará por los asistentes, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, en la que se hará constar en su caso, el nombre de EL LICITANTE ganador como adjudicatario del contrato y monto total de su proposición o la declaración de que la licitación ha quedado desierta, señalando en el fallo las razones que lo motivaron. Se proporcionará copia del acta a los asistentes, dicha acta surte los efectos de notificación en forma para el adjudicatario. Al finalizar el acto se fijará un ejemplar del acta en las oficinas de LA CONVOCANTE ubicadas en ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇), ▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. ▇▇▇▇▇, Delegación ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, México, D.F., el acta estará visible 5 días hábiles a partir de la fecha del fallo. Así mismo LA CONVOCANTE, difundirá un ejemplar de dicha acta en COMPRANET para efectos de su notificación a LOS LICITANTES que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Adicionalmente a LOS LICITANTES que no hayan asistido al acto se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en COMPRANET. En caso de que EL LICITANTE no haya proporcionado una dirección de correo electrónico, LA CONVOCANTE queda eximida de la obligación de realizar el aviso anteriormente referido. Conforme a lo establecido en el artículo 74 de LA LEY, las proposiciones desechadas durante la licitación podrán ser devueltas a LOS LICITANTES que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se de a conocer el fallo de la licitación, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso LA DEPENDENCIA las conservará hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos LA CONVOCANTE podrá, a solicitud de EL LICITANTE el cual tendrá un plazo de hasta treinta días naturales contados a partir de la conclusión de los términos señalados para requerir su devolución, de no ser así LA CONVOCANTE podrá proceder a su destrucción, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo...
FALLO. EL FALLO DE LA PRESENTE LICITACIÓN SE DARÁ A CONOCER DE MANERA ELECTRÓNICA, EL DÍA ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇, ▇ ▇▇▇ 17:00 HORAS CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 35 FRACCIÓN III Y 37 DE “LA LEY” ASÍ COMO 39 FRACCIÓN III INCISO “▇” ▇▇ “▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇”, ▇▇ DICHO EVENTO SE LEVANTARÁ UN ACTA EN LA CUAL SE CONTENDRÁ LA INFORMACIÓN CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 37 DE “LA LEY”. DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 37 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE “LA LEY” CONTRA EL FALLO NO PROCEDERÁ RECURSO ALGUNO, SIN EMBARGO PROCEDERÁ LA INCONFORMIDAD EN TÉRMINOS DEL TÍTULO SEXTO, CAPÍTULO PRIMERO DE “LA LEY”. EL PLAZO PARA LA EMISIÓN DEL FALLO PODRÁ DIFERIRSE, SIEMPRE Y CUANDO NO EXCEDA DE 20 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO ESTABLECIDO ORIGINALMENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35, FRACCIÓN III, DE “LA LEY” Y 48 ÚLTIMO PÁRRAFO DE “EL REGLAMENTO”. LAS PROPOSICIONES QUE FUERON DESECHADAS CONFORME A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 56 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE “LA LEY” PODRÁN SER DEVUELTAS A LOS LICITANTES QUE LO SOLICITEN, UNA VEZ TRANSCURRIDOS SESENTA DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE DE A CONOCER EL FALLO RESPECTIVO, EXCEPTO QUE EXISTA ALGUNA INCONFORMIDAD EN TRÁMITE, EN CUYO CASO LAS PROPOSICIONES DEBERÁN CONSERVARSE HASTA LA TOTAL CONCLUSIÓN DE LA INCONFORMIDAD E INSTANCIAS SUBSECUENTES; AGOTADOS DICHOS TÉRMINOS “LA CONVOCANTE” PODRÁ PROCEDER A SU DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN. PARA SOLICITAR A “LA CONVOCANTE” LA DEVOLUCIÓN DE PROPOSICIONES DESECHADAS ASÍ COMO, DE SER EL CASO, LAS MUESTRAS PRESENTADAS, LOS LICITANTES CONTARÁN CON UN PLAZO DE HASTA TREINTA DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 56 ÚLTIMO PÁRRAFO DE “LA LEY”, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 104 DE “EL REGLAMENTO”.
FALLO. La Convocante con base a la revisión de las Propuestas Técnicas y Económicas presentadas, determinará cuál de ellas es la más conveniente para el Municipio ▇▇ ▇▇▇▇, Guanajuato, elaborando una tabla comparativa relativa a aspectos técnicos específicos y una tabla comparativa de precios, mismas que servirán para determinar el Fallo, conforme a lo establecido en los artículos 87 y 88 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio ▇▇ ▇▇▇▇, Guanajuato. El Fallo se dará a conocer a los participantes en la Sala de Juntas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicadas en ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ #▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇, Guanajuato el día 01 de septiembre del 2022 a las 10:00 horas. En apego al Artículo 93 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio ▇▇ ▇▇▇▇, Guanajuato, el cual señala que se podrá diferir la fecha de fallo hasta por quince días hábiles más, previa notificación por escrito a los participantes, cuando menos con dos días hábiles antes de la fecha fijada.
FALLO. En el fallo se informo de la resolución técnica y económica emitida por el área requirente de los servicios conforme a la Convocatoria y junta de aclaraciones del procedimiento. Así mismo se elaboró dictamen de fallo, donde se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los proveedores adjudicados y los que no resultaron adjudicados,
FALLO. 14.1.- La Dirección de Adquisiciones de Bienes y Servicios, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 88 y 90 de la Ley, comunicará vía correo electrónico (el establecido por el licitante en el ANEXO G), el acta de fallo a los licitantes cuyas propuestas fueron susceptibles de evaluarse técnicamente, a partir del plazo señalado en el PUNTO 8 del calendario establecido al inicio de las bases que rigen el presente procedimiento de licitación pública Y HASTA CINCO DÍAS NATURALES SIGUIENTES.
14.2.- Si resultare que 2 o más propuestas satisfacen la totalidad de los requerimientos de la Convocante, y exista un empate en el precio, se adjudicará el servicio a aquel licitante que, siendo persona física o moral, tenga establecido su domicilio fiscal dentro del territorio del Estado de Puebla; entendido como tal, el que se
14.3.- Si una vez verificado lo establecido en el punto anterior, apareciere que más de un licitante tiene su domicilio fiscal dentro del territorio del Estado de Puebla, la partida o partidas se dividirán entre los participantes empatados y en caso de que no sea susceptible de ser dividido, se establecerá el procedimiento de puja a la baja, en el cual todos los Licitantes en empate, podrán en ese mismo acto reevaluar sus propuestas y otorgar un nuevo precio mismo que por ningún motivo deberá ser superior al originalmente presentado, de conformidad con el Artículo 89 de la Ley en la materia.
14.4.- Una vez que el Acta de ▇▇▇▇▇ es enviada, es responsabilidad del licitante adjudicado confirmar la recepción de la misma, de no hacerlo, se da por entendido que fue recibida y comunicada para cualquier efecto.
FALLO. Se dará a conocer a los participantes en la Sala de Juntas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales , ubicada en ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇-▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 1, León, Gto., (a un costado del Taller Mecánico Municipal) el día 28 de Noviembre a las 11:00 hrs. El Comité podrá diferir la fecha de fallo hasta por quince días hábiles más, previa notificación por escrito a los participantes, cuando menos 3 días antes de la fecha.
FALLO. El fallo se emitirá de conformidad con el artículo 37 de la LAASSP, el cual contendrá el lugar y horario para la firma del instrumento contractual en la fecha y hora establecida en el numeral 3.2 de la presente Convocatoria, en caso de que en la fecha originalmente prevista no se pueda emitir, el mismo podrá ser diferido en los términos del artículo 35 fracción III de la LAASSP. El contenido de dicho fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita, en el entendido de que esta publicación sustituye a la notificación personal, asimismo, podrá ser consultado en el mural de comunicación ubicado en el domicilio de la Convocante, en donde se fijará copia de un ejemplar del acta por un término no menor de cinco días hábiles.
FALLO. El fallo que emita la convocante se apegará a lo establecido en el artículo 37 de “La Ley”.
FALLO. Por todo lo expuesto, en nombre ▇▇▇ ▇▇▇ y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo nº 4890/2016, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don (…), en nombre y representación de la Comunidad ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, contra el acuerdo de 23 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2015, de la Junta Arbitral del Convenio Económico ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, por el que se resuelve el conflicto n° 68/2013, promovido por el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en relación con la determinación del domicilio fiscal de don AAA, condenando a la Administración recurrente al pago de las costas procesales devengadas en este proceso, en los términos y hasta el límite cuantitativo establecido en el último fundamento jurídico. Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa. Así se acuerda y firma. PUBLlCACIÓN.- ▇▇▇▇▇ y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado Ponente, Excmo. Sr. Don. (…), estando constituida la Sala en Audiencia Pública, de lo que certifico. Conflicto: 65/2013 Promotor: Administración General del Estado Administraciones en conflicto: Administración General del Estado y Comunidad ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Objeto: IRPF. Cambio de domicilio fiscal de contribuyente Fecha de la resolución: 17 de diciembre de 2015
