PÉRDIDA TOTAL DEL VEHÍCULO ASEGURADO. Cuando hayan sido contratadas dos o más coberturas y antes del fin del periodo de vigencia pactado ocurriera la pérdida total, el presente contrato se considerará terminado anticipadamente a partir de la fecha del Siniestro y la Institución deberá devolver la parte proporcional de las primas de las coberturas no afectadas por Siniestro, correspondiente al tiempo en que el vehículo ya no estará a riesgo.
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