Protección y Seguridad Cláusulas de Ejemplo

Protección y Seguridad. El Proveedor será responsable por cualquier lesión, pérdida o daño causado por él o por sus empleados, agentes o cualquier de sus subcontratistas y, en caso de tales lesiones, pérdidas o daños deberá hacer inmediatamente las reparaciones o reemplazos sin costo adicional para el Comprador de acuerdo a lo que le solicite el representante del Comprador. El Proveedor es también responsable por los riesgos o daños originados por productos químicos contaminantes, venenosos, tóxicos, explosivos, etc., que maneje o utilice con motivo o en ocasión de la Orden de Compra y/o Descripción de Tareas y aun cuando dichos productos químicos hayan sido entregados por el Comprador. En el evento de tener que trabajar en dependencias del Comprador, el Proveedor deberá cooperar con el Coordinador de Seguridad de IBM en cuestiones relacionadas con medidas de Seguridad. En caso que las especificaciones del Comprador requieran que el Proveedor emplee materiales o sustancias químicas que no sean de uso común en sus operaciones o actividades, antes de comenzar a trabajar en el proceso o elaboración del producto final, deberá manifestar al Comprador por escrito que cuenta con los conocimientos necesarios para usar, controlar y disponer de cualquiera de tales materiales o de los desechos que se generen en el proceso de producción, si los hubiere, de conformidad con todas las leyes y reglamentos aplicables y pertinentes referidos al medio ambiente. En caso que el Comprador consigne cualquier material o sustancia química a fin de que el Proveedor lo emplee en los procesos relativos a una Orden de Compra, el Proveedor acuerda lo siguiente:
Protección y Seguridad. Todo el personal auxiliar y Técnico será instruido en el Plan de Autoprotección diseñado para la realización de los conciertos en cuya implantación se les asigna cometidos específicos. El citado Plan se pondrá en conocimiento de la empresa adjudicataria previamente al comienzo de la prestación de su servicio para que sea transmitido a todo su personal. Son obligaciones de adjudicatario, (Según Plan de Autoprotección), las siguientes: Extintores: El adjudicatario proveerá extintores en número y eficacia suficiente para cumplir la normativa vigente contra incendios, de acuerdo con su ubicación según lo especificado en el Plan de Autoprotección. Señalización de salida de evacuación y emergencia de todos los recintos según lo especificado en el Plan de Autoprotección.
Protección y Seguridad. LA CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ exige a las personas que atiendan a sus clientes actuales, y potenciales trabajar en un ambiente seguro, protegido y agradable, para ello deberá cumplir con las políticas y procedimientos de protección y seguridad de La Cámara de Comercio de Bogotá. Cada sitio suministrará una credencial de identificación con foto a todos los empleados, y limitará el acceso a las instalaciones destinadas a la Cámara de Comercio de Bogotá a través tarjeta electrónica u otro medio de identificación.
Protección y Seguridad. 1. Se contratará una póliza de seguro de accidentes que cubra tanto los accidentes que se puedan producir durante el servicio como los producidos durante el trayecto “in itínere”. También cubrirá los daños producidos en el vehículo del personal trabajador por accidente de tráfico cuando su utilización hubiera sido autorizada para el desempeño de sus funciones.
Protección y Seguridad. Se continuará con la póliza de seguro de accidentes en vigencia con continuación de las co- berturas e importes actuales.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.