Common use of PROPONENTES Clause in Contracts

PROPONENTES. Las Empresas proponentes deberán acreditar su personería conforme lo establecido en las leyes en vigencia para la clase o tipo de sociedad a la que pertenezcan, debiendo adjuntar la autorización de los órganos societarios para la presentación en la presente REQUERIMIENTO, como así también acompañar los poderes que acrediten la representación de la firma, tanto social como de su representante legal. Si la presentación la realizare una UT, las empresas que la integren deberán cumplir además las siguientes condiciones y presentar la documentación que se menciona: Un compromiso de UT, constituido por no más de tres (3) empresas, el cual deberá plasmarse en un contrato Constitutivo de UT de acuerdo con el Código Civil y Comercial, la que deberá ser suscripta por todos los integrantes y certificadas las firmas por Escribano Público. Además de las disposiciones legales en vigencia citadas, en dicho acuerdo las Empresas deberán indicar las Empresas que la integran y el porcentaje en que cada una de ellas participará en esa UT, el cual no podrá variar desde su presentación al llamado a Licitación Pública hasta la finalización de los servicios, en caso de resultar Contratista de la misma. Deberá constar en dicho compromiso como único objeto de constitución de la UTE, la ejecución de los servicios objeto de la presente Contratación. Las Empresas integrantes de la UT deberán declarar en forma expresa que la responsabilidad es asumida en forma mancomunada e ilimitadamente solidaria por todos sus integrantes, renunciando a los beneficios de exclusión y división. También, el compromiso formal de no modificar los términos del documento constitutivo de la UT hasta la Recepción Definitiva de los Bienes y Servicios, en caso de adjudicarse el contrato. Si la UT resultare adjudicataria de los Servicios, antes de la firma del contrato deberá presentar, OBLIGATORIAMENTE, la correspondiente inscripción en el Registro Público. Asimismo, deberá denunciar el Representante de la UT, quién acreditará su calidad de tal mediante copia certificada del acta de designación. En caso de revocación de la designación, deberá comunicar al Comitente, en forma fehaciente, dentro de los dos (2) días de producida. Una empresa no podrá formar parte de más de una UT. Asimismo, si se presenta en asociación con otra empresa, no podrá presentarse sola. Una Empresa Nacional, podrá presentarse junto con una Empresa Extranjera, sin necesidad de conformar una UT, siempre que en la presentación conjunta se realice una única PROPUESTA TÉCNICA-FUNCIONAL y una única PROPUESTA ECONÓMICA COMERCIAL en la cual, la Empresa Nacional cotice los rubros: ““I.4. Servicio de Soporte Técnico y Garantía”, “II.1. Equipamiento Hardware de origen nacional”, “II.2 Materiales de instalación origen nacional, “II.3. Mano de Obra”, “II.4. Operación Asistida” y “II.5. Capacitaciones” y la Empresa Extranjera cotice los rubros “II.1. Equipamiento Hardware de origen extranjero”, “II.2. Materiales de instalación de origen extranjero”, “II.3. Licencias”. A los efectos de la presente, la Propuesta realizada en forma conjunta por dos Proponentes, será considerada como única Propuesta, no pudiendo presentar dos rubros iguales entre los mismos proponentes.

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Samples: Pedido De Propuesta Pública

PROPONENTES. Los proponentes podrán ser Empresas nacionales o provinciales, admitiéndose su presentación en forma individual o en Uniones Transitorias de Empresas que cumplan con las condiciones de este Pliego. Las Empresas proponentes deberán acreditar su personería conforme lo establecido en las leyes en vigencia para la clase o tipo de sociedad a la que pertenezcan, debiendo adjuntar la autorización de los órganos societarios para la presentación en la presente REQUERIMIENTOlicitación, como así también acompañar los poderes que acrediten la representación de la firma, tanto social como de su representante legal. Si la presentación la realizare una UTUTE, las empresas que la integren deberán cumplir además las siguientes condiciones y presentar la documentación que se menciona: Un mencionada en el párrafo precedente, y además, un compromiso de UTUTE, constituido por no más de tres dos (32) empresas, el cual deberá plasmarse en un contrato Constitutivo de UT UTE de acuerdo con el Código Civil y ComercialComercial de la Nación, la que deberá ser suscripta por todos los integrantes y certificadas las firmas por Escribano Públicoescribano público. Además de las disposiciones legales en vigencia citadas, en dicho acuerdo deberán indicarse las Empresas deberán indicar las Empresas empresas que la integran y el porcentaje en que cada una de ellas participará participara en esa UTUTE, el cual no podrá variar desde su presentación al llamado a Licitación Pública hasta la finalización de los serviciosdel servicio, en caso de resultar Contratista contratista de la misma. Deberá constar en dicho compromiso como único objeto de la constitución de la UTE, la ejecución de los servicios del servicio objeto de la presente Contratacióncontratación. Las Empresas empresas integrantes de la UT UTE deberán declarar en forma expresa que la responsabilidad es asumida en forma mancomunada solidaria e ilimitadamente solidaria ilimitada por todos sus integrantes, renunciando a los beneficios de exclusión y división. También, el compromiso formal de no modificar los términos del documento constitutivo de la UT UTE hasta la Recepción Definitiva de los Bienes y Serviciosconclusión del servicio, en caso de adjudicarse adjudicársele el contrato. Si la UT UTE resultare adjudicataria de los Serviciosdel servicio, antes de la firma del contrato deberá presentar, OBLIGATORIAMENTEobligatoriamente, la correspondiente inscripción en el Registro PúblicoPúblico de Comercio. Asimismo, Asimismo deberá denunciar el Representante representante de la UTUTE, quién quien acreditará su calidad de tal mediante copia certificada del acta de designación. En caso de revocación de la designación, deberá comunicar al Comitente, en forma fehaciente, dentro de los dos (2) días de producida. Una empresa no podrá formar parte de más de una UTUTE. Asimismo, Asimismo si se presenta en asociación con otra empresa, no podrá presentarse sola. Una Empresa Nacional, podrá presentarse junto con una Empresa Extranjera, sin necesidad de conformar una UT, siempre que en la presentación conjunta se realice una única PROPUESTA TÉCNICA-FUNCIONAL y una única PROPUESTA ECONÓMICA COMERCIAL en la cual, la Empresa Nacional cotice los rubros: ““I.4. Servicio de Soporte Técnico y Garantía”, “II.1. Equipamiento Hardware de origen nacional”, “II.2 Materiales de instalación origen nacional, “II.3. Mano de Obra”, “II.4. Operación Asistida” y “II.5. Capacitaciones” y la Empresa Extranjera cotice los rubros “II.1. Equipamiento Hardware de origen extranjero”, “II.2. Materiales de instalación de origen extranjero”, “II.3. Licencias”. A los efectos de la presente, la Propuesta realizada en forma conjunta por dos Proponentes, será considerada como única Propuesta, no pudiendo presentar dos rubros iguales entre los mismos proponentes.

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Samples: diputadossanjuan.gob.ar

PROPONENTES. Las Empresas Podrán ser proponentes deberán acreditar su personería conforme dentro del presente proceso de Convocatoria Pública, toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera domiciliadas o con sucursal en Colombia, de forma individual o asociativa o con promesa de sociedad futura, que no se encuentren incursas en causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar con la ESE, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993, en el artículo 18 de la ley 1150 de 2007, los artículos 1 a 5 de la Ley 1474 de 2011, y en el Estatuto y Manual de contratación de la entidad (Acuerdo 227 de 2014 y Acuerdo 240 de 2015), lo cual se afirmará bajo juramento, que se entenderá prestado con la presentación de la oferta. En el evento de presentarse alguna inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente, las leyes partes actuarán de conformidad con lo señalado en vigencia el artículo 9º de la Ley 80 de 1993, sin que en ningún caso pueda válidamente efectuarse acto dispositivo alguno por parte del proponente o contratista respecto de los derechos y obligaciones derivados del presente proceso, sin el consentimiento previo y expreso del contratante. El contratista será responsable por haber ocultado al momento de proponer, las inhabilidades e incompatibilidades en que se encuentre incurso o por haber suministrado información falsa. Si habiéndose escogido el proponente y antes de celebrar el contrato, el contratante, tuviere conocimiento o comprobase que el favorecido incurrió en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición contempladas en las normas colombianas o suministro información falsa, rechazará su aceptación y escogencia para celebrar el contrato, sin perjuicio de las acciones legales que corresponda. Si el contrato estuviera en ejecución, dará por terminado el contrato y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, sin que haya lugar a reconocimiento o pago de indemnización alguna. A partir de la clase fecha de terminación del contrato, no se autorizará ningún giro o tipo de sociedad pago, salvo el correspondiente a la deuda que pertenezcanresulte reconocida en su liquidación. En el caso de que el proponente sea una persona natural, debiendo adjuntar esta deberá ser mayor de edad, estar domiciliada en Colombia, y plenamente capaz. En el evento que el proponente sea una persona jurídica, por el acto de firmar la autorización propuesta, declara que no se encuentra incurso en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, y demás normas concordantes. Las personas que pretendan presentar propuesta deberán tener dentro de su objeto social, su actividad económica o dentro del giro ordinario de sus negocios, el objeto que se pretende contratar, so pena de rechazo de sus ofertas. Cuando se trate de propuestas presentadas en consorcio o unión temporal, por lo menos uno de los órganos societarios para la presentación en la presente REQUERIMIENTO, como así también acompañar los poderes que acrediten la representación de la firma, tanto social como consorciados deberá cumplir con el requisito anterior. Las personas jurídicas deberán acreditar además a través de su representante certificado de existencia y representación legal. Si , que el término de su duración no será inferior a la presentación la realizare una UT, las empresas que la integren deberán cumplir además las siguientes condiciones y presentar la documentación que se menciona: Un compromiso del plazo de UT, constituido por no más de tres (3) empresas, el cual deberá plasmarse en un contrato Constitutivo de UT de acuerdo con el Código Civil y Comercial, la que deberá ser suscripta por todos los integrantes y certificadas las firmas por Escribano Público. Además de las disposiciones legales en vigencia citadas, en dicho acuerdo las Empresas deberán indicar las Empresas que la integran y el porcentaje en que cada una de ellas participará en esa UT, el cual no podrá variar desde su presentación al llamado a Licitación Pública hasta la finalización de los servicios, en caso de resultar Contratista de la misma. Deberá constar en dicho compromiso como único objeto de constitución de la UTE, la ejecución de los servicios objeto de la presente Contratación. Las Empresas integrantes de la UT deberán declarar en forma expresa que la responsabilidad es asumida en forma mancomunada e ilimitadamente solidaria por todos sus integrantes, renunciando a los beneficios de exclusión y división. También, el compromiso formal de no modificar los términos del documento constitutivo de la UT hasta la Recepción Definitiva de los Bienes y Servicios, en caso de adjudicarse el contrato. Si la UT resultare adjudicataria de los Servicios, antes de la firma del contrato deberá presentar, OBLIGATORIAMENTE, la correspondiente inscripción en el Registro Públicoy un (1) año más. Asimismo, deberá denunciar el Representante de la UT, quién acreditará su calidad de tal mediante copia certificada del acta de designación. En caso de revocación de la designación, deberá comunicar al Comitente, en forma fehaciente, dentro de los dos (2) días de producida. Una empresa no Ninguna persona podrá formar parte de más de un Consorcio o Unión Temporal que presenten Propuesta para la presente Invitación Pública. De la misma manera tampoco podrá una UTmisma persona presentar más de una oferta o hacer una combinación de esta dos posibilidades – individual y conjuntamente. AsimismoEn caso que se incurra en esta prohibición, si se presenta en asociación con otra empresapor sí o por interpuesta persona, no podrá presentarse sola. Una Empresa Nacional, podrá presentarse junto con una Empresa Extranjera, sin necesidad de conformar una UT, siempre que en la presentación conjunta se realice una única PROPUESTA TÉCNICA-FUNCIONAL y una única PROPUESTA ECONÓMICA COMERCIAL en la cual, la Empresa Nacional cotice los rubros: ““I.4. Servicio de Soporte Técnico y Garantía”, “II.1. Equipamiento Hardware de origen nacional”, “II.2 Materiales de instalación origen nacional, “II.3. Mano de Obra”, “II.4. Operación Asistida” y “II.5. Capacitaciones” y la Empresa Extranjera cotice los rubros “II.1. Equipamiento Hardware de origen extranjero”, “II.2. Materiales de instalación de origen extranjero”, “II.3. Licencias”. A los efectos de la presente, la Propuesta realizada en forma conjunta por dos Proponentes, será considerada como única Propuesta, no pudiendo presentar dos rubros iguales entre los mismos proponentesel contratante rechazará las ofertas.

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Samples: www.hrplopez.gov.co

PROPONENTES. Las Empresas proponentes CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX 11. Por la sola circunstancia de formular la oferta, se tendrá al oferente por conocedor de las bases y condiciones del llamado y de las características de los trabajos requeridos, por lo que no podrá con posterioridad invocar en su favor los errores en que pudiere haber incurrido al formular la oferta, o duda o desconocimiento de las LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL GNEA N° 02/2018: “INSPECCIÓN DE OBRA, INSPECCIÓN DEL MONTAJE, CONTROL DE CALIDAD DE SUMINISTRO Y PUESTA EN MARCHA GNEA EPC 1 (Tramo 1)” 12 cláusulas y disposiciones legales aplicables. La sola presentación de la oferta implicará la aceptación de las condiciones establecidas en la documentación licitatoria. HABILIDAD 12. Pueden ser oferentes las personas físicas o sociedades regularmente constituidas, presentadas de manera individual o asociadas bajo la forma de Uniones Transitorias (UT) o Consorcio de Cooperación, que reúnan los requisitos establecidos en el PLIEGO. En los últimos supuestos, esto es UT o Consorcio de Cooperación, deberá unificarse la personería por los medios legales pertinentes a los fines de su responsabilidad frente a IEASA, otorgando poder especial al representante común con facultades suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite licitatorio. Cada uno de los oferentes o en su caso los integrantes quedarán obligados ilimitada y solidariamente por toda y cualquier obligación o responsabilidad emergente de la presentación de la oferta, la Adjudicación y suscripción del contrato, debiendo así declararlo expresamente en su carta de presentación y en su caso, en los poderes acordados al representante común. La responsabilidad de quien resulte contratista no se limita necesariamente a las obligaciones asumidas con IEASA en virtud de la relación contractual, sino también a los eventuales daños a terceros derivados de su acción u omisión, resultando de aplicación las disposiciones de la legislación argentina sobre responsabilidad. Para presentarse a esta licitación, los oferentes deberán acreditar su personería conforme lo establecido no hallarse incursos en ninguna de las leyes causales de inhabilidad previstas por el apartado b del presente Artículo. A tal efecto las personas físicas, y, en vigencia para el caso de personas jurídicas, sus presidentes, directores, directores suplentes, síndicos, socios gerentes y representantes deberán presentar, integrando las Declaraciones Juradas contenidas en los XXXXX XX y XXXXX XXX. Los oferentes que se presenten asociados bajo un contrato de colaboración empresaria deberán hacerlo mediante la clase constitución de un Consorcio de Cooperación, o tipo de sociedad a la que pertenezcan, debiendo adjuntar la autorización de los órganos societarios para la presentación en la presente REQUERIMIENTO, como así también acompañar los poderes que acrediten la representación de la firma, tanto social como de su representante legal. Si la presentación la realizare una UT, las empresas que acompañando a su oferta el contrato constitutivo de la integren deberán cumplir además las siguientes condiciones y presentar la documentación que se menciona: Un compromiso de UT, constituido por no más de tres (3) empresas, el cual deberá plasmarse en un contrato Constitutivo de UT de acuerdo con el Código Civil y Comercial, la que deberá ser suscripta por todos los integrantes y certificadas las firmas por Escribano Público. Además de las disposiciones legales en vigencia citadasmisma o, en dicho acuerdo las Empresas deberán indicar las Empresas que la integran y el porcentaje en que cada una de ellas participará en esa UT, el cual no podrá variar desde su presentación al llamado a Licitación Pública hasta la finalización de los servicios, en caso de resultar Contratista de la misma. Deberá constar en dicho compromiso como único objeto de constitución de la UTE, la ejecución de los servicios objeto de la presente Contratación. Las Empresas integrantes de la UT deberán declarar en forma expresa que la responsabilidad es asumida en forma mancomunada e ilimitadamente solidaria por todos sus integrantes, renunciando a los beneficios de exclusión y división. Tambiéndefecto, el compromiso formal de no modificar los términos del documento constitutivo su constitución. El compromiso de la UT hasta la Recepción Definitiva constitución de los Bienes y ServiciosConsorcios de Cooperación o las UT podrá otorgarse en instrumento privado con firmas certificadas, en caso mientras que el contrato constitutivo del mismo deberá otorgarse por instrumento público y, además de adjudicarse el contrato. Si la UT resultare adjudicataria de los Servicioslo requerido por sus regímenes particulares, antes de la firma del contrato deberá presentar, OBLIGATORIAMENTE, la correspondiente inscripción en el Registro Público. Asimismo, deberá denunciar el Representante de la UT, quién acreditará su calidad de tal mediante copia certificada del acta de designación. En caso de revocación de la designación, deberá comunicar al Comitente, en forma fehaciente, dentro de los dos (2) días de producida. Una empresa no podrá formar parte de más de una UT. Asimismo, si se presenta en asociación con otra empresa, no podrá presentarse sola. Una Empresa Nacional, podrá presentarse junto con una Empresa Extranjera, sin necesidad de conformar una UT, siempre que en la presentación conjunta se realice una única PROPUESTA TÉCNICA-FUNCIONAL y una única PROPUESTA ECONÓMICA COMERCIAL en la cual, la Empresa Nacional cotice los rubros: ““I.4. Servicio de Soporte Técnico y Garantía”, “II.1. Equipamiento Hardware de origen nacional”, “II.2 Materiales de instalación origen nacional, “II.3. Mano de Obra”, “II.4. Operación Asistida” y “II.5. Capacitaciones” y la Empresa Extranjera cotice los rubros “II.1. Equipamiento Hardware de origen extranjero”, “II.2. Materiales de instalación de origen extranjero”, “II.3. Licencias”. A los efectos de la presente, la Propuesta realizada en forma conjunta por dos Proponentes, será considerada como única Propuesta, no pudiendo presentar dos rubros iguales entre los mismos proponentes.contener expresamente:

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Samples: www.ieasa.com.ar