PROHIBICIONES AL PERSONAL Cláusulas de Ejemplo

PROHIBICIONES AL PERSONAL. Queda terminantemente prohibido al personal de la empresa hacer uso indebido de los elementos del Banco.
PROHIBICIONES AL PERSONAL. Queda terminantemente prohibido al personal de la empresa hacer uso indebido de los elementos del Banco. El personal restringirá su circulación, permanencia y desarrollo de tareas en los ámbitos de emplazamiento de las instalaciones atendidas, no permitiéndose el tránsito y/o ingreso a otras dependencias. Si las tareas a realizar así lo exigieren, deberá solicitar la autorización pertinente de la Gerencia de Infraestructura. VII -
PROHIBICIONES AL PERSONAL. El personal deberá permanecer en los lugares de trabajo indicados, no permitiéndose el tránsito y/o ingreso a otras dependencias. Si las tareas a realizar así lo exigieren, deberá solicitar la autorización pertinente a la Supervisión. Además, queda terminantemente prohibido al personal de la empresa hacer uso, en forma particular, de los elementos del Banco.
PROHIBICIONES AL PERSONAL. El personal deberá permanecer en los lugares de trabajo indicados, no permitiéndose el tránsito y/o ingreso a otras áreas del B.C.R.A. Si las tareas a realizar así lo exigieren, deberá solicitar la autorización pertinente a la Supervisión. VIII)
PROHIBICIONES AL PERSONAL. El personal deberá permanecer en los lugares de trabajo indicados, no permitiéndose el tránsito y/o ingreso a otras dependencias. Si las tareas a realizar así lo exigieren, deberá solicitar la autorización pertinente a la Supervisión. Además, queda terminantemente prohibido al personal de la empresa hacer uso de los aparatos telefónicos del Banco en forma particular. XI -
PROHIBICIONES AL PERSONAL. El personal deberá transitar y permanecer por las distintas dependencias y ámbitos del Banco, solo a los efectos de las tareas relacionadas con el servicio Además, queda terminantemente prohibido al personal de la empresa hacer uso de los aparatos telefónicos del Banco en forma particular.
PROHIBICIONES AL PERSONAL. X Está prohibido hacer fuego o emplear elementos que sean fuentes de ignición, en lugares donde se almacenen, manipulen, productos inflamables y/o explosivos, como así también donde exista presencia de gases en el ambiente o cualquier otro lugar considerado de riesgo o no autorizados.
PROHIBICIONES AL PERSONAL. El personal de la concesionaria deberá permanecer en los lugares de trabajo indicados, no permitiéndose el tránsito y/o ingreso a otras dependencias. Si las tareas a realizar así lo exigieren, deberá solicitar la autorización pertinente de la Gerencia de Servicios Generales – Subgerencia de Gestión de Documentación y Suministros.
PROHIBICIONES AL PERSONAL. Queda terminantemente prohibido al personal de la empresa hacer uso de los elementos del Banco, en forma particular de los aparatos telefónicos, tanto de líneas directas como de conmutador. XI -
PROHIBICIONES AL PERSONAL. ✓ Fumar, hacer fuego o emplear elementos que produzcan fuentes de ignición en lugares donde se almacenen, manipulen, carguen, descarguen, transporten, elaboren o traten productos inflamables y/o explosivos; como así también donde exista o pueda existir presencia de gases inflamables en el ambiente o cualquier otro lugar considerado riesgoso. ✓ Introducir y/o consumir bebidas alcohólicas y/o estimulantes de cualquier tipo dentro de la Terminal. No se permitirá desarrollar sus tareas a una persona bajos efectos de drogas peligrosas y/o alcohol, la que deberá abandonar el lugar de trabajo inmediatamente, prohibiéndose su ingreso en el futuro. ✓ Preparar comidas utilizando fuego, salvo que se efectúe en lugares supervisados por el sector de Seguridad y Medio Ambiente. ✓ La portación xx xxxxx blancas o de fuego. ✓ Emplear vehículos para transporte de personal que no estén destinados exclusivamente a ese fin. Tales como autoelevadores, camiones de carga, maquinaria vial, etc. PG-SI-08 v00 – Anexo II INFORMACIÓN RESTRINGIDA Página 2 de 6 Documentación del Sistema Integrado de Gestión PG-SI-08 Procedimiento General Anexo II - Gestión de Control de Contratistas Vigencia: Octubre 2010 ✓ Protegerá a su personal y al personal subcontratista conforme lo dispuesto en la Ley 19587. ✓ Cuando se utilicen sustancias de carácter peligroso, irritantes o tóxicas se tomarán todas las precauciones del caso; además se protegerá al personal con elementos adecuados. ✓ Deberá tener el equipo de protección adecuado cuando se realicen trabajos en altura o en superficies anormales, además de lugares en donde haya gases o vapores tóxicos. La entrada del personal a estos sitios, debe estar permanentemente vigilada por otra persona desde afuera. ✓ Recibirá credenciales magnéticas de seguridad para su personal para el ingreso diario a la Terminal. En caso de pérdida de dichas credenciales sea por la causa que fuere, su reemplazo o la falta de restitución pre-mencionada, da derecho a TRP a descontar de la facturación del Contratista el costo de las credenciales.