PROCEDIMIENTOS. (La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza. “La Beneficiaria” podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta, Convenio Privado De Propuesta Conjunta, Contrato Abierto Para La Prestación Del Servicio Integral De Jardinería 2023 2024
PROCEDIMIENTOS. (La “"Afianzadora” " o la “"Aseguradora”") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza. “DÉCIMA PRIMERA. -RECLAMACIÓN. "La Beneficiaria” " podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta, Convenio Privado De Propuesta Conjunta, Convenio Privado De Propuesta Conjunta
PROCEDIMIENTOS. (La “"Afianzadora” " o la “"Aseguradora”") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza. “La Beneficiaria” podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
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Samples: Contrato Cerrado Para La Prestación Del "Servicio De Diagnóstico Relacionado Con El Tratamiento en Materia Fiscal en Todo Lo Relacionado Con Las Operaciones De Sociedad Hipotecaria, Formato De Declaración De Integridad
PROCEDIMIENTOS. (La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas Fianzas, para hacer efectiva la fianza. “La Beneficiaria” podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
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Samples: Contrato Abierto Para La Contratación Del “Servicio De Soporte Al Sistema GRP Sap, www.gob.mx
PROCEDIMIENTOS. (La “"Afianzadora” " o la “"Aseguradora”") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza. “"La Beneficiaria” " podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
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Samples: Contrato Para La Prestacion Del Servicio De, www.gob.mx
PROCEDIMIENTOS. (La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.; (k) DÉCIMA PRIMERA. -RECLAMACIÓN “La Beneficiaria” podrá presentar la reclamación lar exclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.; y (l) DÉCIMA SEGUNDA. -
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PROCEDIMIENTOS. (La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza. “La Beneficiaria” El INSABI podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
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Samples: Convenio De Participación Conjunta
PROCEDIMIENTOS. (La “"Afianzadora” " o la “"Aseguradora”") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza. “"La Beneficiaria” " podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
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Samples: www.itsoeh.edu.mx