PRESTACIONES DEL ASEGURADOR EN CASO DE SINIESTRO Cláusulas de Ejemplo

PRESTACIONES DEL ASEGURADOR EN CASO DE SINIESTRO. 1. La constitución de las fianzas para responsabilidades civiles exigidas al Asegurado.
PRESTACIONES DEL ASEGURADOR EN CASO DE SINIESTRO. 1. La tasación pericial de los daños materiales sufridos o de los bienes destruidos.
PRESTACIONES DEL ASEGURADOR EN CASO DE SINIESTRO. 1. La constitución de las fianzas para responsabilidades civiles y penales, excepto para multas, exigidas al Asegurado.
PRESTACIONES DEL ASEGURADOR EN CASO DE SINIESTRO. C.1. La tasaciÙn pericial de los daÒos materiales sufridos o de los bienes desaparecidos.
PRESTACIONES DEL ASEGURADOR EN CASO DE SINIESTRO. 1. La constitución de las fianzas para
PRESTACIONES DEL ASEGURADOR EN CASO DE SINIESTRO. 1. La constitución de las fianzas para Allianz Auto v.08

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  • OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO En caso de siniestro, el Asegurado deberá:

  • PRESTACIONES DEL ASEGURADOR 1. La existencia y funcionamiento en días laborables y horario de oficina, de una centralita telefónica a través de la cual el Asegurado pueda solicitar la prestación del servicio garantizado, mediante llamada al número 000 000 000.

  • PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO 1. Al ocurrir algún siniestro que pudiera dar lugar a indemnización conforme a este seguro, el Asegurado tendrá la obligación de:

  • OBLIGACIONES DEL ASEGURADO Conforme dispone el artículo 524 del Código de Comercio, el asegurado estará obligado a:

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS En caso de siniestro, el asegurado, tomador, beneficiario, o sus respectivos representantes legales, directamente o a través de la entidad aseguradora o del mediador de seguros, deberá comunicar, dentro del plazo de siete días de haberlo conocido, la ocurrencia del siniestro, en la delegación regional del Consorcio que corresponda, según el lugar donde se produjo el siniestro. La comunicación se formulará en el modelo establecido al efecto, que está disponible en la página "web" del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), o en las oficinas de éste o de la entidad aseguradora, al que deberá adjuntarse la documentación que, según la naturaleza de los daños, se requiera. Asímismo, se deberán conservar restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse. Se deberán adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños. La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx dispone del siguiente teléfono de atención al asegurado: 902 222 665.

  • OBLIGACIONES DEL USUARIO Además de las obligaciones contenidas en estas Condiciones Generales de Uso, el Usuario se obliga a lo siguiente: - Usar diligentemente el nombre de Usuario y las contraseñas personales asignadas al Usuario, en caso de haberlas. El nombre de Usuario y la contraseña que se asignen a cada Usuario con el fin de acceder a los Sitios Web, o a los Servicios y Materiales, son de carácter confidencial y personal. El uso de este nombre y contraseña está restringido exclusivamente al Usuario a quien este nombre o contraseña son asignados. El Usuario es responsable de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que se ocasionen como consecuencia de la utilización de su nombre de Usuario o contraseña, por parte de un tercero, y que se deriven de la pérdida de los mismos o de la negligencia del Usuario. - Seguir las instrucciones impartidas sobre los Sitios Web. Para propender el correcto funcionamiento de los Sitios Web y el adecuado acceso y uso de los Servicios y Materiales ofrecidos en ellos, la Empresa, en su caso, podrá en cualquier tiempo dirigir instrucciones a los Usuarios. Las instrucciones podrán ser dirigidas vía correo electrónico o bien podrán estar estipuladas directamente en las páginas respectivas. El Usuario se compromete a mantenerse informado respecto de estas instrucciones y a cumplirlas diligentemente. - Usar los Sitios Web y los Servicios y Materiales, en forma correcta y lícita. El Usuario deberá usar los Servicios y los Materiales ofrecidos en conformidad a la ley, a las Condiciones Generales y Particulares de Uso y respetando la moral, las buenas costumbres y el orden público. El Usuario se abstendrá de usar los Sitios Web, los Servicios y los Materiales en cualquier forma que pueda lesionar los derechos e intereses de la Empresa, de otros Usuarios o de terceros, o que pueda dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar o afectar de cualquier otro modo los Sitios Web, los Servicios o los Materiales o el uso de cualquiera de éstos por parte de los Usuarios. - Acceder u obtener Materiales por los procedimientos específicamente establecidos en las páginas web que contienen estos Materiales, y, de no haberse establecido un procedimiento, utilizando procedimientos lícitos y generalmente aceptados en Internet. En caso alguno podrá el Usuario acceder u obtener Materiales mediante formas que impliquen la creación de un riesgo o puedan acarrear daños o perjuicios a los Sitios Web, los Servicios o los Materiales. - No suprimir o alterar de modo que se haga menos visible, la mención o noticia de copyright o propiedad intelectual o cualquier otro dato que identifique a los titulares de los derechos sobre los Materiales, así como los demás mecanismos de protección, identificación u otros equivalentes, referidos a los Materiales. - No utilizar los Materiales para fines de venta, publicidad, propaganda u otros fines de naturaleza comercial. - No recoger, recopilar, descargar, copiar o proporcionar a terceros directorios de Usuarios ni ninguna información acerca de otros Usuarios, incluidas sus direcciones de correo electrónico. - No cargar, enviar por email o transmitir por cualquier otra forma ningún Material ni información que contenga virus de software o archivos o programas diseñados para interrumpir, destruir o limitar la funcionalidad de cualquier software computacional o hardware o equipo de telecomunicación asociados con los Sitios Web.

  • Obligaciones del Arrendatario Prestar el servicio todos los días en el horario establecido, pudiendo continuar abierto hasta la hora fijada por las disposiciones legales vigentes, prohibiendo el uso del resto de las instalaciones al personal que permanezca después del horario de cierre de la Piscina. En concreto, la taquilla deberá estar atendida en los horarios de apertura del vaso. En caso de abandono de la taquilla en el horario establecido, se considerará una falta muy grave, con la consecuente sanción según la clausula decimo séptima. — El arrendatario estará obligado a abrir y cerrar las intalaciones durante todo el año (apertura a las 9 y cierre a las 22, en los meses de apertura del vaso para baño, en el resto de meses se acordará el horario). El bar deberá estar abierto entre los mese xx xxxxx y octubre (ambos inclusive). — La energía eléctrica y el consume de agua será por cuenta de la Sociedad Polideportiva La Plana los meses de apertura del vaso. El resto del tiempo será al 50%, siempre que el bar esté abierto. — El arrendatario podrá realizar obras en el local arrendado para adecuarlo a las necesidades del negocio a desarrollar y su costo será íntegramente a cargo del arrendatario pero previamente deberá someter a La Sociedad Polideportivo La Plana, para su aprobación por escrito, el informe y proyecto de las variaciones que en cada caso el arrendatario desee realizar. Si La Sociedad Polideportiva La Plana otorga autorización al arrendatario para la realización de obras, todas cuantas realice cederán a favor del propietario sin que aquél pudiera alegar derecho a percibir indemnización alguna. El adjudicatario permitirá el acceso a las instalaciones adjudicadas con motivo de la realización de las oportunas inspecciones que La Sociedad Polideportiva La Plana considere oportuno practicar. Las obras autorizadas como se indica en el párrafo anterior quedarán en beneficio de la propiedad sin que el arrendatario tenga derecho a reclamación de clase alguna por tal concepto, ni durante la vigencia de este contrato, ni cuando el mismo finalice. Si La Sociedad Polideportiva La Plana optase porque se repusiese el local al estado que tenía en el momento de la firma de este contrato, se harán las obras por cuenta y pago del arrendatario. — El arrendatario estará obligado a utilizar el inmueble para destinarlo a bar, debiendo solicitar y obtener las licencias que correspondan y utilizará el bien con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, respondiendo de los deterioros que puedan producirse y obligándose a devolver el bien en el mismo estado en que la ha recibido, al terminar el contrato. A éstos efectos, antes de comenzar la explotación y al final del mismo se realizará inventario de los bienes que se ponen a su disposición, que deberá ser firmado por el adjudicatario, respondiendo de la pérdida, deterioro o desperfectos en la instalación o de sus elementos, bien sustituyéndolos por otros de similares características y equivalente valor económico o mediante el pago del mismo. Los bienes aportados por el arrendatario podrán ser retirados por éste al final del contrato a excepción de aquellos que impliquen detrimento para el bien. Todos los gastos que se produzcan para la explotación corresponderá al arrendatario, a excepción de luz y agua, que se gestionará según la clausula anteriormente descrita. — Caso de haberse producido daños en los bienes objeto de arrendamiento imputables al adjudicatario, éste deberá realizar las oportunas reparaciones en el plazo máximo de 15 días a contar desde la notificación correspondiente, y caso de no realizarse en el plazo indicado, se procederá a reparar los desperfectos a su xxxxx, el importe deberá ingresarse por el adjudicatario en el plazo máximo de 10 días desde el recibo de la oportuna notificación. — El arrendatario deberá mantener en condiciones de salubridad e higiene las dependencias del Bar, servicios, cocina y terraza. En caso de que no se cumpla esta condición, la Sociedad Polideportiva La Plana podrá enviar a un servicio de limpieza y será costeado por el adjudicatario. Durante los meses de apertura del vaso, la limpieza de los baños y vestuarios correrá a cargo de la Sociedad. Si durante los meses de apertura del vaso, se produjese algún hecho que requiriera de limpieza fuera del horario de actuación de la empresa de limpieza contratada, correrá por cuenta del adjudicatario dicha limpieza. Durante los meses de no apertura del vaso, la limpieza de los baños y vestuarios, correrá por cuenta del adjudicatario. La limpieza de las Terrazas y los merenderos, será siempre por cuenta del adjudicatario. — Custodiar las llaves de las que se le harán entrega respondiendo personalmente por su perdida y por los posibles perjuicios que su extravío origine, y entregarlas al final de cada temporada. — Informar a La Sociedad Polideportiva La Plana de las irregularidades que se cometan por terceros en cuanto al uso de las instalaciones arrendadas. — El arrendatario deberá cumplir con sus obligaciones en materia laboral, seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo así como respecto a sus deberes tributarios y estar en posesión del correspondiente carnet de manipulador de alimentos, quedando la sociedad exonerada de responsabilidad por eventuales incumplimientos. — El bar estará sujeto al mismo régimen jurídico que cualquier otro establecimiento de este tipo, en particular en materia de horarios, siendo el cierre el contemplado en la normativa sobre la materia (sin perjuicio de los que pueda establecer el Ayuntamiento) — Queda expresamente prohibida la realización en el local de cualquier otro tipo de negocio, industria o actividad. En caso de desarrollarse en el local otra actividad, aunque sea afín a la antedicha, podrá la Sociedad Polideportiva La Plana resolver el contrato por infracción del arrendatario de esta condición. — Se prohíbe expresamente al arrendatario la instalación de máquinas o aparatos que con sus vibraciones, humos o ruidos puedan afectar a la consistencia, solidez o conservación del inmueble, así como almacenar o manipular en el inmueble arrendado sustancias o materias explosivas, tóxicas o inflamables que pudieran ocasionar peligros o malos olores. Además se prohíbe al arrendatario que desarrolle o lleve a cabo en el local actividades nocivas, peligrosas, molestas, insalubres o ilícitas. — El espacio afecto a terraza no podrá utilizarse como almacén u otro uso distinto al de instalación de mesas y sillas desmontables para el servicio de los usuarios del bar. — El arrendatario no podrá expender bebidas alcohólicas ni tabaco a menores de dieciochoaños. — El arrendatario se compromete a prestar el servicio de la taquilla de entrada durante la temporada de piscinas, para lo cual la sociedad proporcionará entradas y abonos. El dinero recaudado por la venta, deberá ingresarse semanalmente en la cuenta bancaria de la Sociedad. En caso de que las ventas de entradas durante la temporada de baño supere los 5.000 euros, el adjudicatario recibirá como contraprestación el 5% de la cantidad total que exceda a esos 5.000 euros. — Los precios de venta en el bar de la Sociedad, deberán ser precios reducidos, poniendo como máximo, los precios fijados en el Centro Cívico de la localidad.

  • OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones del suscriptor y/o usuario, que se entienden incorporadas en el contrato de servicios públicos, las siguientes:

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS CLÁUSULA 17 - El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.