Presentación de Sobres Cláusulas de Ejemplo

Presentación de Sobres. Los participantes deberán examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos del concurso, los cuales constituyen la fuente de información para su preparación. La documentación requerida en los sobres N° 1 y N° 2, debe ser consignada en físico y en formato digital en un disco compacto (CD). Los documentos se deben presentar firmados y foliados en sobres cerrados y separados (Sobre N°1 y N°2) y su correspondiente disco compacto (CD) para cada carpeta con la misma información digitalizada, colocando en la parte exterior de cada sobre la identificación del oferente (el nombre de la empresa, PyMIS, cooperativas y cualquier otra persona jurídica participante, dirección y teléfonos de contacto) y a su vez colocar la siguiente leyenda (con las mismas características): Los participantes deberán consignar el sobre Nº1, el cual debe contener tres (3) carpetas con la documentación necesaria para efectuar la calificación de los oferentes, debidamente FOLIADAS la totalidad de las páginas de cada carpeta. Cada carpeta debe estar identificada y contener la siguiente información: • Carpeta N°1 - ASPECTOS LEGALES: Abstenerse de participar aquellas empresas venezolanas que tengan vencida la Solvencia del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), la Solvencia Laboral y el Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Contratistas.
Presentación de Sobres. D. Presentación de Documentos El formato para la presentación de esta información se detalla en la sección II de los DDL. 23.Documentación a presentar “Sobre A
Presentación de Sobres. D. Presentación de Documentos
Presentación de Sobres a. Los Oferentes presentarán los Sobres, en las fechas previstas en el Cronograma, en el lugar y hora prevista en la Convocatoria. La Secretaría de la Comisión Técnica recibirá los Sobres y conferirá un comprobante de recepción con su rúbrica, y anotará tanto en el comprobante, como en los Sobres, la fecha y hora de recepción con su rúbrica.
Presentación de Sobres. 20.1 El Oferente deberá preparar un original de los documentos que constituyen su oferta, conforme a la Cláusula 11 de esta Sección I (IAO), y marcar claramente en dicho ejemplar la palabra “ORIGINAL”. Adicionalmente, el Oferente deberá presentar tantas fotocopias simples como indique El Ayuntamiento del Distrito Nacional en la sección II de los DDL, y marcar cada una claramente con la palabra “COPIA”. En caso de cualquier discrepancia entre el original y las copias, prevalecerá el original.
Presentación de Sobres. 21.1 La presentación de los documentos contenidos en el “Sobre A” y “Sobre B” se efectuará ante la Unidad de Compras de la Entidad Contratante, en la fecha, hora y lugar establecidos, en la sección II de los DDL del presente documento. En caso de que el procedimiento sea de etapas múltiples, la recepción de Sobres, tanto “Sobre A” como “Sobre B”, se realizará el mismo día, lo que se indicará en el Cronograma de Licitación presentado en la sección II de los DDL, y se realizará el acto de apertura del “Sobre A” y, en otro día, se llevará a cabo el acto de apertura del “Sobre B”, fechas especificadas de igual forma en el Cronograma de Licitación presentado en la sección II de los DDL. Si por el contrario, el procedimiento es de etapa única, el acto de apertura de ambos sobres se realizará un mismo día, readaptando el Cronograma de Licitación presentado en la sección II de los DDL a procedimiento de etapa única. 21.2 El Oferente presentará la oferta en sobres cerrados y debidamente identificados como “Sobre A” y “Sobre B”. En la Oferta los documentos deberán estar claramente identificados con los términos “ORIGINAL” o “COPIA”, según corresponda. 21.3 El “Sobre A” deberá contener en su cubierta lo siguiente: a) Indicar el nombre y dirección del Oferente; b) Estar dirigidos a la Entidad Contratante; c) Indicar la identificación específica del procedimiento mencionada en la Sección II (DDL); y d) Contener la advertencia de que los sobres no deberán ser abiertos antes de la hora y fecha de apertura de las ofertas, presentada Cronograma de Licitación mostrado en la Sección II (DDL). El formato para la presentación de esta información se detalla en la sección II de los DDL. 21.4 La Entidad Contratante no recibirá sobres que no estuviesen debidamente cerrados e identificados según lo dispuesto anteriormente. 21.5 La Entidad Contratante podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una adenda a los Pliegos de Condiciones, de conformidad con la Cláusula 8 de esta Sección I, IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones de la Entidad Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada.
Presentación de Sobres. 20.1 El plazo para la ejecución de los trabajos será detallado por la Entidad Contratante en el Cronograma de ejecución estimado, presentado en la sección V Alcance de las Obras, del presente documento. El replanteo deberá iniciarse dentro de la cantidad de días, indicados en la sección II DDL, contados a partir de la fecha de la notificación al Contratista del registro del Contrato en la Contraloría General de la República.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.