Precios Fijos Cláusulas de Ejemplo

Precios Fijos. La CFE Generación III EPS requiere le sean cotizados precios fijos. Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a variación alguna y se mantienen fijos desde el momento de la presentación de las ofertas y hasta la entrega y pago de los bienes. El incumplimiento de la condición de precio requerida para este procedimiento será motivo de rechazo de la oferta. Una vez que se ha publicado el concurso, el Área Requirente definirá de manera confidencial el Precio Máximo de Contratación. El Área Requirente y el Área Contratante llevarán a cabo la evaluación de las ofertas económicas, cuyo resultado se dará a conocer en el acto de fallo, incorporándose las actas respectivas en el Micrositio de Concursos de CFE ubicado en el sitio xxxxx://xxx.xxx.xx. En caso de que no se reciban ofertas para el presente procedimiento, el sobre que contenga el Precio Máximo de Contratación permanecerá intacto y por lo tanto no se dará a conocer su contenido. El Xxxxxx Xxxxxx de Contratación solo se dará a conocer en el fallo cuando se rechace una oferta económica por haber ofertado un precio mayor al mismo. Las ofertas que presenten un importe superior al Precio Máximo de Contratación serán rechazadas.
Precios Fijos. Los precios permanecerán fijos durante todo el tiempo que dure el proceso de licitación.
Precios Fijos. “EL PROVEEDOR” se obliga a mantener fijo el precio unitario de sus trabajos o servicios de su propuesta económica, no pudiendo incrementarlo, no obstante las variaciones económicas: en salarios mínimos, insumos, pasajes, cuotas, devaluación de la moneda, actos inflacionarios, entre otros, de tipo general que pudieran presentarse con
Precios Fijos. IV.7 (NO APLICA) Precios Sujetos a ajuste
Precios Fijos. Los precios serán fijos durante la vigencia del Contrato, sin opción a cambio alguno.
Precios Fijos. 5. De las verificaciones.
Precios Fijos. Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación y apertura de las proposiciones hasta la entrega y facturación correspondiente del servicio.
Precios Fijos. EL PROVEEDOR" se obliga a mantener fijo el precio [unitario; de su servicio establecido en el ["ANEXO ÚNICO",j no pudiendo incrementarlo, no obstante las variaciones económicas en salarios mínimos, insumos, pasajes, cuotas, devaluación de la moneda, actos inflacionarios, entre otros, que se presenten en el país durante la vigencia del contrato, en cuyo caso, dicho sobreprecio será absorbido por él, sin que ello repercuta de manera cuantitativa o cualitativa eri la prestación del servicio.
Precios Fijos. “EL VENDEDOR” se obliga a mantener fijo el precio del bien conforme a su propuesta económica, no pudiendo incrementarlo, no obstante las variaciones económicas en salarios mínimos, insumos, devaluación de la moneda, actos inflacionarios, entre otros, que se presenten en el país durante la vigencia del contrato, en cuyo caso, dicho sobreprecio será absorbido por él, sin que ello repercuta de manera cuantitativa o cualitativa en la prestación de los servicios.
Precios Fijos. SE ENTIENDE POR PRECIOS FIJOS LOS QUE NO ESTÁN SUJETOS A NINGUNA VARIACIÓN Y SE MANTIENEN ASÍ DESDE EL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES HASTA LA TOTAL PRESTACIÓN Y FACTURACIÓN CORRESPONDIENTE DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. CUANDO CON POSTERIORIDAD A LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO SE PRESENTEN CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS DE TIPO GENERAL, COMO RESULTADO DE SITUACIONES SUPERVENIENTES AJENAS A LA RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES, QUE PROVOQUEN DIRECTAMENTE UN AUMENTO O REDUCCIÓN EN LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS AÚN NO PRESTADOS O AÚN NO PAGADOS, Y QUE POR TAL RAZÓN NO PUDIERON HABER SIDO OBJETO DE CONSIDERACIÓN EN LA PROPOSICIÓN QUE SIRVIÓ DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO CORRESPONDIENTE, EL CIATEJ RECONOCERÁ INCREMENTOS O REQUERIRÁ REDUCCIONES, CONFORME A LOS LINEAMIENTOS QUE EXPIDA LA SFP.