Common use of PLAZO DE GARANTIA Clause in Contracts

PLAZO DE GARANTIA. El plazo de garantía será de Un año y comenzará a partir de la fecha de recepción Durante este plazo se aplicará lo establecido en el artículo 167 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a las obligaciones del contratista, así como en lo relativo a la facultad de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conservación de la obras . Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía serán del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayor, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación 28.LIQUIDACIÓN Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el articulo 169del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas 29.-DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.- De conformidad con el art. 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez finalizado el contrato y transcurrido el plazo de garantía que será de un de un mes a partir de la fecha de recepción ,se practicará la liquidación del contrato y sin que existan objeciones por parte de la Administración por el cumplimiento del mismo, se dará curso a la devolución de la garantía definitiva en los términos previstos por la vigente legislación, siempre que la misma no se halle afecta a responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

PLAZO DE GARANTIA. El plazo de garantía será de Un un año y comenzará a partir de la fecha de recepción Durante este plazo se aplicará lo establecido en el artículo 167 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a las obligaciones del contratista, así como en lo relativo a la facultad de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conservación de la obras . Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía serán del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayor, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación 28.LIQUIDACIÓN Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el articulo 169del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas 29.-DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.- De conformidad con el art. 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez finalizado el contrato y transcurrido el plazo de garantía que será de un de un mes a partir de la fecha de recepción ,se practicará la liquidación del contrato y sin que existan objeciones por parte de la Administración por el cumplimiento del mismo, se dará curso a la devolución de la garantía definitiva en los términos previstos por la vigente legislación, siempre que la misma no se halle afecta a responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

PLAZO DE GARANTIA. El plazo de garantía será de Un año y comenzará a partir de tendrá la fecha de recepción Durante este plazo se aplicará lo establecido duración prevista en el artículo 167 Cuadro de Características salvo que el contratista oferte una superior. Dentro del Reglamento General plazo de la Ley 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de Contratos garantía, el director facultativo, de las Administraciones Públicas en cuanto oficio o a las obligaciones instancia del contratista, así como en lo relativo a la facultad de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conservación de la obras . Todos los gastos que se ocasionen por la conservación redactará un informe sobre el estado de las obras durante obras. Si éste fuera favorable, el periodo contratista quedará relevado de garantía serán del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayortoda responsabilidad, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación 28.LIQUIDACIÓN Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a salvo lo dispuesto en el articulo 169del Reglamento General artículo 219 de la Ley 30/2007, de Contratos 30 de las Administraciones Públicas 29.-DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.- De conformidad con el art. 90 de la Ley octubre, de Contratos del Sector Público. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se deban a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, una vez finalizado el contrato y transcurrido durante el plazo de garantía que será el Director Facultativo dictará las oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un de un mes a partir plazo para ello durante el cual continuará encargado de la fecha conservación de recepción ,las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía. Durante el plazo de garantía el contratista será responsable por los defectos o vicios que puedan manifestarse en la obra, y estará obligado a guardarla y conservarla con arreglo a lo previsto en el Pliego de Condiciones Técnicas y a las instrucciones que dicte el Director Facultativo, siendo responsable de los daños intrínsecos que en ella se practicará produzcan. Si la liquidación obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos en la construcción, debido a incumplimiento del contrato y sin que existan objeciones por parte del contratista, éste responderá de los daños y perjuicios durante el plazo de 15 años a contar desde la recepción de la Administración por el cumplimiento del mismo, se dará curso a la devolución de la garantía definitiva en los términos previstos por la vigente legislación, siempre que la misma no se halle afecta a responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la mismaobra.

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Samples: Contrato De Obras. Procedimiento Abierto

PLAZO DE GARANTIA. El Sin perjuicio de la responsabilidad decenal establecida en el artículo 1591 del Código Civil, así como de la responsabilidad civil prevista en el artículo 17 de la L.O.E. y de las garantías previstas en el artículo 19 apartado 1, letras b) y c) de la mencionada Ley el plazo de garantía del presente contrato no será inferior al señalado en el apartado E) del Cuadro Resumen de Un año Características y comenzará a contar a partir de la fecha recepción del mismo, ya sea total o parcial. Durante el primer año del plazo de recepción Durante este plazo se aplicará lo establecido en el artículo 167 del Reglamento General de garantía, la Ley de Contratos persona o empresa contratista queda obligado a su xxxxx a la conservación y guardería de las Administraciones Públicas obras, siendo responsable de los daños que en cuanto a las obligaciones del contratistaella se produzcan, así como en lo relativo a la facultad salvo que expresamente sea relevado de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conservación de la obras . Todos los gastos que se ocasionen tal obligación por la conservación de Administración, por haber sido entregadas al uso o al servicio correspondiente las obras objeto del contrato. En cualquier caso, la persona o empresa contratista vendrá obligado a conservar, durante el periodo primer año del plazo de garantía serán del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayorgarantía, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación 28.LIQUIDACIÓN Transcurrido jardinería incluidas en el contrato, realizando a tales efectos y para su debido desarrollo los cuidados, riegos, trabajos y reposiciones que sean necesarios. Antes de la finalización del plazo de garantía la Administración podrá requerir a la persona o empresa contratista la subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo para ello y quedando, en este caso, en suspenso el plazo de garantía a hasta que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el articulo 169del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas 29.-DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.- De conformidad con el art. 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez finalizado el contrato y transcurrido el plazo de garantía que será de un de un mes a partir de la fecha de recepción ,se practicará la liquidación del contrato y sin que existan objeciones por parte de la Administración por el cumplimiento del mismo, empresa se dará curso a haya efectuado la devolución subsanación de conformidad para la garantía definitiva en los términos previstos por la vigente legislación, siempre que la misma no se halle afecta a responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la mismaAdministración.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Mixta De Suministros Y Obras, Mediante Procedimiento Abierto O Restringido

PLAZO DE GARANTIA. El plazo de garantía será de Un año y comenzará a partir de la fecha de recepción Durante este plazo se aplicará lo establecido en el artículo 167 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a las obligaciones del contratista, así como en lo relativo a la facultad de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conservación de la obras . Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía serán del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayor, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación 28.LIQUIDACIÓN 27.LIQUIDACIÓN Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el articulo 169del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas 29.-DEVOLUCIÓN 28-DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.- De conformidad con el art. 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez finalizado el contrato y transcurrido el plazo de garantía que será de un de un mes a partir de la fecha de recepción ,se practicará la liquidación del contrato y sin que existan objeciones por parte de la Administración por el cumplimiento del mismo, se dará curso a la devolución de la garantía definitiva en los términos previstos por la vigente legislación, siempre que la misma no se halle afecta a responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares