PLAN DE COMUNICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PLAN DE COMUNICACIÓN. Atento a que los vecinos de los lugares donde se desarrollan los servicios contratados, son los destinatarios de los beneficios que trae aparejada la puesta en marcha de las prestaciones, así como también los receptores primarios de las molestias temporales que pueden derivarse de su ejecución, es deber ineludible de la Administración mantenerlos informados, respecto del comportamiento, previsiones o prevenciones que deben adoptar ante los mismos así como de mantenerlos informados de las acciones u obras ejecutadas. A tal fin, el contratista deberá presentar, una vez adjudicado, un Plan de Comunicación, el cual deberá implementar y cumplir durante la vigencia de todo el contrato. La Autoridad de Aplicación es la encargada de aprobar el Plan de comunicación y el de Publicidad presentado. Asimismo, se reserva la facultad de corregir, modificar, sugerir cambios, ya sea en el diseño o en las cantidades o materiales, todo lo que considere conveniente a fin de generar un plan de comunicación completo del área para todo el año. El Plan de Comunicación deberá ser aprobado por la AutoridaPdLdIEeGA-2p0lic19a-c0ió90n1c9a2d0a4-TGRCEASBA(3-S) ECAYGC meses, con la finalidad de prevenir cambios de diseño, de material y cantidades a disponer. Una vez aprobado y comunicado, el Adjudicatario procederá a producir las piezas. El Contratista deberá presentar una propuesta para el Plan Anual de Comunicación a la Comuna, informando cantidad, calidad, precio y tiempo de producción de las piezas de comunicación dentro de los SESENTA (60) días anteriores a su aplicación, para que sea aprobado por la Autoridad de Aplicación. Los Planes de Comunicación y Publicidad deberán cumplimentarse de la manera que lo establezca el presente Pliego. El Plan de Comunicación y Publicidad será desarrollado y supervisado por la Comuna, quien verificará la programación mensual en días y horarios. La elaboración, ejecución e implementación del mismo quedará bajo exclusivo costo y cargo del Contratista. A tal efecto deberán incluir en la cotización contenida dentro del presupuesto oficial, un ítem referido a la implementación del Plan en cuestión. Para el Plan de Comunicación, el Adjudicatario deberá disponer del DOS POR CIENTO (2%) del monto total que surja de la facturación mensual, de la propuesta adjudicada. A este efecto, el Contratista tendrá la obligación de retener el porcentaje antes indicado, cada vez que la Comuna efectúe el pago de cada certificación correspondiente, a los fines de previsio...
PLAN DE COMUNICACIÓN. 2.1.3.1. Comunicación al frentista
PLAN DE COMUNICACIÓN. El plan de comunicación consta de las actividades concretas a realizar por la empresa durante el transcurso de sus servicios y deberá cumplir las condiciones generales de este documento. La empresa deberá realizar las siguientes actividades:
PLAN DE COMUNICACIÓN. La implantación de los contenedores en la vía pública para la recogida de aceite usado doméstico deberá ira acompañada de acciones de comunicación, propaganda y motivación para el que el contratista deberá presentar un plan detallado de las actuaciones que con dicho fin propone y cuyo coste asume. Asimismo, y de cara a una fase posterior de consolidación, para la cual se prevé va a ser importante incidir en la sensibilización, concienciación y motivación el contratista deberá realizar un plan de campaña de refuerzo que se deberá desarrollar a los largo del contrato y que deberá ser costeado por el adjudicatario. Ambos planes deberán consensuarse con el Ayuntamiento, tanto en lo referente a contenidos como en lo referente a imagen corporativa
PLAN DE COMUNICACIÓN. En el plan de comunicación que presenten las empresas ofertantes se valorarán los perfiles profesionales aportados, los aspectos innovadores, así como el conocimiento general en el sector del transporte público y otras experiencias en el área metropolitana de Granada.
PLAN DE COMUNICACIÓN. El plan de comunicación consta de las actividades concretas a realizar por la empresa durante el transcurso de sus servicios y deberá cumplir las condiciones generales de este documento. ENA SUR realizará la redacción y publicación de anuncios de inicio y finalización de las obras. El arte de los anuncios debe ser aprobado por ENA SUR, S.A. antes de su publicación y una vez publicados se debe enviar un correo con la página donde fue publicado el anuncio como constancia de la publicación. EL CONTRATISTA realizará informes mensuales para la sección de comunicación: en los informes mensuales se deben incluir todas las acciones de comunicación que se han llevado a cabo por la Empresa, los mismos deben incluir fotos y texto con la descripción de las actividades. De igual manera, realizará la colocación xx Xxxxxx en los frentes de Trabajo. EL CONTRATISTA debe colocar una valla identificando el nombre del Proyecto en los frentes de trabajo, la valla debe tener el nombre del Proyecto en ejecución, logo del Proyecto, los datos del proyecto y otros mensajes. El diseño y arte se someterá a ENA SUR, S.A. según el procedimiento especificado dentro del apartado Error! Reference ource not found. de este documento y cumplirá la legislación municipal en relación a estas vallas.
PLAN DE COMUNICACIÓN. 1. La Organización pondrá en práctica un plan de comunicación para el Consejo Ejecutivo basado en sus propios recursos, a través de su web y de sus actividades mediáticas específicas. La siguiente tabla muestra los bienes y servicios en especie que la Organización y el Gobierno deberán suministrar para la Reunión, con su valor razonable en la fecha de conclusión del acuerdo. Finalizado el proyecto, y siempre que sea viable, dichos bienes en especie se devolverán al proveedor correspondiente.
PLAN DE COMUNICACIÓN. El IMD Ermua debe asegurarse una relación fluida con la adjudicataria del servicio, que le permita conocer los datos, detalles y/o circunstancias más relevantes del contrato de la manera más eficaz. La adjudicataria, en su Plan de Comunicación con el IMD Ermua, deberá recoger la obligatoriedad de que durante las horas de contrato mantendrá una localización continua que permita un contacto inmediato con un responsable para subsanar imprevistos y poder minimizar sus consecuencias sobre el servicio deportivo desarrollado. Esta localización se realizará mediante un número de teléfono móvil (no será válido el contestador automático). El coordinador se reunirá al menos una vez por semana con el responsable del contrato del IMD Ermua y siempre que así se le requiera, a fin de poder aportar soluciones a los problemas, planificar y organizar actividades...
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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.