Personal Técnico Especializado Cláusulas de Ejemplo

Personal Técnico Especializado. El Proveedor deberá contar por cada frente de trabajo y durante la vigencia de los servicios, con personal suficiente, capacitado, calificado y experimentado para realizar todas las actividades que se requieran para el buen desarrollo de los servicios que se describen en este Anexo Técnico “A”. El personal del Proveedor debe contar con habilidades comprobables según sus funciones a desarrollar. El Proveedor deberá de considerar el personal necesario para el adecuado desarrollo de los servicios, y será el único responsable de las condiciones de contratación del personal requerido para ejecutar el servicio y cumplimiento de los objetivos señalados en las especificaciones particulares del servicio. El personal del Proveedor estará siempre bajo su responsabilidad y en ningún momento se considerarán empleados del IMP. El personal del Proveedor de manera general deberá contar, según sus funciones, con habilidades de coordinación de grupos de trabajo, de realización de trabajos de maniobras mecánicas, de operación, mantenimiento y calibración de los equipos de medición, de interpretación de resultados y de supervisión en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental. El Licitante deberá presentar junto con su propuesta técnica, el curriculum vitae y documentación que demuestre que el personal que prestará los servicios cuenta con lo siguiente: • Un (1) Representante Técnico que cuente con experiencia laboral máxima comprobable de 60 (sesenta) meses acumulados en la coordinación, administración y/o supervisión de contratos relacionados con servicios de rehabilitación, diagnóstico, mantenimiento y/o calibración de los sistemas de medición, con formación académica profesional de licenciatura y/o ingeniería petrolera, químico petrolero, químico industrial, químico, mecánico, electrónico en instrumentación o en carreras afines, demostrando dicha formación académica y experiencia laboral acumulada mediante copia simple de la cédula profesional y título o documento apostillado equivalente en caso de ser extranjero, además, oficios de designación como representante técnico, superintendente del servicio o similares, constancias laborales con fechas de inicio y termino de la relación laboral, constancias de capacitación, certificados, diplomas de cursos, talleres y/o de diplomados de actualización en temas relacionados con los servicios de rehabilitación, mantenimiento y/o calibración de sistemas de medición. • Cuatro (4) Ayudantes de especialista que cu...

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  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 24 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 30 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

  • Uniones temporales de empresarios Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatario. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en el artículo 52 del RGLCAP. Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación y estos últimos su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

  • CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS Ambas partes se comprometen a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información o documentos que mutuamente se proporcionen como consecuencia de la ejecución del presente contrato, comprometiéndose a no divulgarlos o publicarlos directa o indirectamente a terceros sin previo consentimiento por escrito de la otra parte, salvo que tales actuaciones vengan impuestas por una disposición normativa o por un requerimiento de una autoridad con competencia para exigir dicha información o documentos. La presente limitación no resultará de aplicación para aquella información o documentos que sean accesibles al público en general. Ambas partes informarán a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad establecidas, garantizando, siempre y en cualquier caso, frente a la otra parte el cumplimiento de este acuerdo. Las partes se obligan para el caso de que tengan acceso a datos de carácter personal con ocasión del cumplimiento de este convenio, al estricto cumplimiento de la normativa vigente en materia de tratamiento de datos de carácter personal, informando bajo su responsabilidad a las personas cuyos datos personales comuniquen a la otra parte, y con carácter previo a dicha comunicación, de todos los aspectos recogidos en esta estipulación.. A los efectos de la citada normativa, SIGFITO informa a EMPRESA que los datos personales que le sean facilitados por EMPRESA en el marco de este convenio, incluidas las direcciones electrónicas, así como los del firmante del presente convenio, serán incluidos en un fichero titularidad de la sociedad. Estos datos serán tratados con la finalidad de desarrollar los servicios y prestaciones indicadas en el presente convenio, así como cualquier otra que fuese necesario para la correcta gestión por parte del Sistema Integrado de Gestión SIGFITO, así como para enviarle información de la Sociedad o de terceros, por cualquier medio, incluidos los electrónicos, relacionada con el sector del reciclaje y el medio ambiente, que pudiese ser considerada de su interés, para lo que EMPRESA consiente en modo expreso, preciso e inequívoco a la firma de este convenio. Asimismo, EMPRESA consiente en que su nombre o denominación social sean incluidos en la página web de SIGFITO (xxx.xxxxxxx.xx o en cualquier otra que la sustituyera), y en sus comunicaciones públicas de los gestores contratados. De la misma forma el EMPRESA presta su consentimiento para el tratamiento de los datos contenidos en el fichero a aquellas empresas cuya intervención sea necesaria para la ejecución del contrato. , SIGFITO informa a EMPRESA de que tanto él como las personas cuyos datos fuesen facilitados a SIGFITO pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando una carta a la sede social de SIGFITO.

  • PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES El Plan Anual de Adquisiciones es independiente del rubro presupuestal que se afecte, ya sea de funcionamiento o de inversión, debe contener la lista de bienes, obras y servicio que La Alcaldía Municipal de Los Patios pretende adquirir durante el año de acuerdo a lo establecido en el TÍTULO I, CAPÍTULO IV, ARTÍCULO 4. DEL DECRETO 1510 DE 2013: “La Entidad Estatal debe publicar su Plan anual de Adquisiciones y las actualizaciones del mismo en su página web y en el SECOP, en la forma que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. En el Plan Anual de Adquisiciones, La Alcaldía Municipal de Los Patios debe señalar la necesidad y cuando conoce bien, obra o servicio que satisface esa necesidad debe identificarlo utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, e indicar el valor estimado del contrato, el tipo de recursos con cargo a los cuales La Alcaldía Municipal de Los Patios pagará el bien, obra o servicio, la modalidad de selección del contratista, y la fecha aproximada en la cual la Entidad Estatal iniciará al Proceso de Contratación. Colombia Compra Eficiente establecerá los lineamientos y el formato que debe ser utilizado para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones”. La planeación de las adquisiciones se fundamenta en el Plan de Desarrollo, pero se va perfilando o detallando con instrumentos como el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) y el Presupuesto Anual de Gastos, pasando de ser proyecciones, hasta finalmente llegar al detalle completo de las necesidades que se registran en los estudios de costos de los Estudios Previos de cada proceso contractual. El Plan Anual de Adquisiciones para La Alcaldía Municipal de Los Patios, debe ser una herramienta de gestión administrativa efectiva para el uso racional y estratégico de los recursos públicos, y así desarrollar habilidades y competencias para su programación, elaboración, ejecución, control y evaluación dentro de un marco de gerencia efectiva. El Plan Anual de Adquisiciones es un elemento que está integrado al presupuesto y al plan de acción institucional, por lo tanto debe guardar coherencia con estos dos instrumentos de planeación y control. La oficina xx Xxxxxxx es el encargado de coordinar y consolidar tanto la formulación como el seguimiento a dicho plan.

  • Habilitación empresarial En el caso de que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial de conformidad con lo dispuesto en el apartado 13 del Anexo I al presente pliego, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma.

  • CONSULTAS Y ACLARACIONES Los interesados que se hubiesen registrado conforme se indica en la cláusula prece- dente, podrán formular consultas relativas al pliego de licitación hasta siete (7) días antes del vencimiento de plazo fijado para la presentación de las Ofertas sino se indi- cara otra fecha en el PCP. Las consultas deberán efectuarse por correo electrónico a la dirección que se le co- municará oportunamente, adjuntando el archivo de la nota en formato compatible con el programa Word de Microsoft, requisito sin el cual se la dará por no presentada; ello sin perjuicio de que quienes lo consideraran conveniente lo hicieran paralelamente por nota en la Mesa de Entradas de SBASE. Será responsabilidad de los Licitantes ase- gurarse la recepción por parte de SBASE de los correos electrónicos que envíen. Las consultas efectuadas por los Licitantes serán contestadas por SBASE como “Cir- culares con Consulta”, en lo posible, dentro de los cinco (5) días de recibidas. No obs- tante lo señalado, SBASE podrá a su solo criterio, extender el plazo indicado para responderlas, cuando por su naturaleza u otras razones lo hicieren aconsejable. Las Circulares se publicarán en el sitio oficial de SBASE: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx y su emisión le será comunicada a los Licitantes por correo electrónico a la dirección denunciada al solicitar la documen- tación licitatoria. SBASE si lo juzga necesario, formulará aclaraciones o modificaciones de oficio en la documentación de la licitación, emitiendo “Circulares sin Consulta” hasta dos (2) días antes de la fecha de presentación de las Ofertas cuyo objeto será corregir y subsanar errores materiales, aclarar conceptos, enmiendas o suplir cualquier omisión, siempre que las mismas no impliquen una alteración sustancial ni desnaturalicen el objeto principal de la Licitación. Las Circulares que se emitan llevarán numeración corrida y pasarán a formar parte xxx Xxxxxx de la Licitación. Los Licitantes y los Oferentes no podrán alegar reclamos basados en el desconoci- miento del contenido de dichas Circulares, las cuales podrán verificar y compulsar en las oficinas de SBASE antes de la fecha fijada para la presentación de las Ofertas. Tanto el pliego como las circulares y demás documentación que se publique en el sitio oficial de SBASE, en relación a la licitación, deberá ser agregada a la oferta en un ejemplar firmado. Los planos podrán imprimirse en tamaño A3.

  • CONDICIONES ESPECIALES Normas de carácter especial que, en ocasiones, se incluyen en la póliza para modificar alguna circunstancia contenida en la misma. Estas condiciones tienen prelación sobre las Generales.

  • HECHO GENERADOR El hecho generador es el presupuesto establecido por la Ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.

  • Enmiendas De considerarlo necesario, por iniciativa propia o como consecuencia de una Consulta, el Comité de Compras y Contrataciones podrá modificar, mediante Enmiendas, el Pliego de Condiciones Específicas, formularios, otras Enmiendas o anexos. Las Enmiendas se harán de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes y se publicarán en el portal institucional y en el administrado por el Órgano Rector. Tanto las Enmiendas como las Circulares emitidas por el Comité de Compras y Contrataciones pasarán a constituir parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones y en consecuencia, serán de cumplimiento obligatorio para todos los Oferentes/Proponentes.