Common use of PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS Clause in Contracts

PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS. El pago anticipado aplica al capital del crédito y permite reducir el monto de las cuotas restantes o el plazo del crédito, mientras que el pago para adelanto de cuotas permite pagar las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo incluyendo los intereses, comisiones y gastos de dichas cuotas. EL CLIENTE tiene derecho a efectuar pagos anticipados y adelanto de cuotas. Se podrán realizar pagos anticipados de los saldos, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses al día de pago, deduciendo asimismo las comisiones, gastos y penalidades derivados de las cláusulas contractuales pactadas con BanBif al día de pago, sin que le sean aplicables comisiones, gastos o penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar por el hecho de realizar el respectivo pago anticipado o prepago. En caso el pago anticipado haya sido parcial, el cronograma de pagos original será modificado. El procedimiento para el pago anticipado se encuentra publicado en xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el módulo Saldomático de las oficinas BanBif a nivel nacional. De acuerdo a dicho procedimiento, luego de efectuado el pago, si EL CLIENTE solicita el nuevo cronograma de pagos, deberá regresar al sétimo día para la entrega del mismo. El Área de Atención de Reclamos de BanBif responderá dentro del plazo de 30 días calendarios de su recepción, los reclamos que le dirija EL CLIENTE. Dicho plazo podrá extenderse siempre que la naturaleza del reclamo lo justifique, previa comunicación a EL CLIENTE dentro del mencionado plazo explicando las razones de la demora y precisando el plazo estimado de respuesta. Las distintas instancias ante las que también podría recurrir EL CLIENTE para presentar reclamos y/o denuncias por las operaciones y servicios que realice son: el Defensor del Cliente Financiero, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones y el INDECOPI.

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Samples: Contrato De Préstamo Personal

PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS. El pago anticipado aplica al capital del crédito y permite reducir el monto Cliente podrá realizar pagos anticipados de las cuotas restantes o saldos, en forma total o parcial con la correspondienre reducción de intereses, comisiones y gastos al día de pago. Cuando se produzca un pago anticipado parcial de la deuda, El Cliente podrá reducir el importe de las cuotas o disminuir el plazo del créditocrédito por periodos. El Cliente también podrá efectuar pagos adelantados, mientras que el pago para adelanto de cuotas permite pagar cual trae como consecuencia la aplicación del monto pagado a las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo incluyendo periodo, sin que se produzca una reducción de los intereses, las comisiones y los gastos. En ambos tipos de pagos no se generan cobros de comisiones o penalidades al realizar los pagos. De acuerdo con el artículo 10° de la Ley de Títulos Valores, , así como en el contrato respectivo, el Banco, estará facultado a completar el título valor emitido y suscrito en forma incompleta de la siguiente manera: a) En el Importe se consignará el valor del saldo deudor a la Fecha de Vencimiento más los intereses compensatorios y moratorios por los días transcurridos desde el vencimiento de la cuota y más las comisiones y gastos detallados. b) Se consignará como Fecha de dichas cuotasVencimiento, la fecha en que se tenga por vencidas y liquidadas las cuotas del crédito que contengan el íntegro del saldo de deuda. EL CLIENTE tiene derecho a efectuar pagos anticipados y adelanto c) en el lugar de cuotaspago se consignará el domicilio de el Banco o en el lugar que se presente al cobro. Se podrán realizar pagos anticipados de los saldos, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses al día de pago, deduciendo asimismo las comisiones, gastos y penalidades derivados de las cláusulas contractuales pactadas con BanBif al día de pago, sin Cómo desea que le sean aplicables comisiones, gastos o penalidades entreguemos las CGC (Condiciones Generales de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar por el hecho de realizar el respectivo pago anticipado o prepago. En caso el pago anticipado haya sido parcial, el cronograma de pagos original será modificado. El procedimiento para el pago anticipado se encuentra publicado en xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el módulo Saldomático de las oficinas BanBif a nivel nacional. De acuerdo a dicho procedimiento, luego de efectuado el pago, si EL CLIENTE solicita el nuevo cronograma de pagos, deberá regresar al sétimo día para la entrega del mismo. El Área de Atención de Reclamos de BanBif responderá dentro del plazo de 30 días calendarios de su recepción, los reclamos que le dirija EL CLIENTE. Dicho plazo podrá extenderse siempre que la naturaleza del reclamo lo justifique, previa comunicación a EL CLIENTE dentro del mencionado plazo explicando las razones de la demora y precisando el plazo estimado de respuesta. Las distintas instancias ante las que también podría recurrir EL CLIENTE para presentar reclamos y/o denuncias por las operaciones y servicios que realice son: el Defensor del Cliente Financiero, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones Contratación) y el INDECOPICertificado del Seguro de Desgravamen? Físico Virtual(1) (al correo electrónico señalado en este documento). Estos documentos también están a su disposición en la página web del banco: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx.

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Samples: scotiabankfiles.azureedge.net

PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS. El pago anticipado aplica EL(LOS) CLIENTE(S) tiene(n) derecho a efectuar pagos, que a su elección pueden ser considerados como: a) Pagos A nticipados: Que puede ser total o parcial e implica la aplicac ión del monto al capital del crédito de l crédito, con reducción de intereses, comisione s y permite reducir el monto gastos derivados de las cuotas restantes o el plazo del créditoc láusulas contractuales a l día de pago, mientras que el pago para adelanto b) Adelanto de cuotas permite pagar cuotas: Que implica la aplicación de l monto pagado a las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible ex igib le en el periodo incluyendo los periodo, sin reducción de intereses, comisiones y gastos derivados de dichas l as cláusulas contractuales. Se precisa que los pagos mayores a dos cuotas (incluida la cuota exig ible según cronograma) se consideran com o pagos antic ipados y los pagos menores o iguales al equivalente a dos cuotas (incluida la cuota exigible según cronograma) se consideran como ad elanto de cuotas. ; sin per juic io que EL CLIENTE tiene derecho a (LOS) CLIENTE(S) antes o al efectuar el pago pueda(n) solicitar que dichos pagos anticipados y se consideren como pago anticipado o adelanto de cuotas. Se podrán En el caso de efectuar el pago anticipado parcial EL(LOS) CLIENTE(S) puede(n) elegir si debe procederse a: a) Reducir el monto de las cuotas manteniendo el p lazo or iginal; b) Reducir el número de cuotas y en consecuencia reducir el p lazo del crédito. EL(LOS) CLIENTE(S) deben dejar constancia de su elecc ión a través de los formatos habilitados por la CMAC CUSCO S.A., de no expresar su elección dentro de los quince (15) días de realizado el pago se procederá a la reducción del número de cuotas; asimismo, EL(LOS) CLIENTE(S) puede(n) solicitar la entrega de los cronogramas de pagos modificados, considerando el pago realizado, cuya entrega se efectuará en un plazo no mayor a siete (7) días de efectuada la solicitud. EL CLIENTE podrá efectuar los pagos señalados en la presente c láusula en cualquiera de las ofic inas de atención al público de LA CAJA; sin que ello implique pago a lguno por concepto de penalidad, gasto o co misión y sin establecer condiciones o limitaciones para el ejercic io del derecho. El procedimiento establec ido por LA CAJA para realizar pagos anticipados o adelanto de los saldos, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses al día de pago, deduciendo asimismo las comisiones, gastos y penalidades derivados de las cláusulas contractuales pactadas con BanBif al día de pago, sin que le sean aplicables comisiones, gastos o penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar por el hecho de realizar el respectivo pago anticipado o prepago. En caso el pago anticipado haya sido parcial, el cronograma de pagos original será modificado. El procedimiento para el pago anticipado cuotas se encuentra publicado en xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el módulo Saldomático a disposic ión de las oficinas BanBif a nivel nacional. De acuerdo a dicho procedimiento, luego de efectuado el pago, si EL CLIENTE solicita el nuevo cronograma en las ofic inas de pagos, deberá regresar al sétimo día para la entrega del mismo. El Área de Atención de Reclamos de BanBif responderá dentro del plazo de 30 días calendarios de LA CAJA o mediante su recepción, los reclamos que le dirija EL CLIENTE. Dicho plazo podrá extenderse siempre que la naturaleza del reclamo lo justifique, previa comunicación a EL CLIENTE dentro del mencionado plazo explicando las razones de la demora y precisando el plazo estimado de respuesta. Las distintas instancias ante las que también podría recurrir EL CLIENTE para presentar reclamos y/o denuncias por las operaciones y servicios que realice son: el Defensor del Cliente Financiero, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones y el INDECOPIpágina web xxxx://xxx.xxxx-xxxxx.xxx.xx.

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Samples: Contrato De Mutuo

PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS. El pago anticipado aplica al capital del crédito y permite reducir el monto de las cuotas restantes o el plazo del crédito, mientras que el pago para adelanto de cuotas permite pagar las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo incluyendo los intereses, comisiones y gastos de dichas cuotas. EL CLIENTE tiene derecho a efectuar pagos anticipados y adelanto adelantos de cuotas. Se podrán realizar pagos anticipados de los saldos, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses al día de pago, deduciendo asimismo las comisiones, gastos y penalidades e intereses moratorios derivados de las cláusulas contractuales pactadas con BanBif al día de pago, sin que le sean aplicables comisiones, comisiones ni gastos o penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar por el hecho de realizar el respectivo pago anticipado o prepagoanticipado. En caso el pago anticipado haya sido parcial, el cronograma de pagos original será modificado. El procedimiento para el pago anticipado se encuentra publicado en xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el módulo Saldomático de los módulos informativos físicos o virtuales dispuestos en las oficinas BanBif a nivel nacional. De acuerdo a dicho procedimiento, luego de efectuado el pago, si EL CLIENTE solicita el nuevo cronograma de pagos, deberá regresar al sétimo día para la entrega del mismo. El Área de Atención de Reclamos de BanBif responderá dentro del plazo de 30 días calendarios de su recepción, los reclamos que le dirija EL CLIENTE. Dicho plazo podrá extenderse siempre que la naturaleza del reclamo lo justifique, previa comunicación a EL CLIENTE dentro del mencionado plazo explicando las razones de la demora y precisando el plazo estimado de respuesta. Las distintas instancias ante las que también podría recurrir EL CLIENTE para presentar reclamos y/o denuncias por las operaciones y servicios que realice son: el Defensor del Cliente Financiero, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones y el INDECOPI.

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Samples: Contrato De Préstamo Personal

PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS. El pago anticipado aplica al capital del crédito xxx xxxxxxxx y permite reducir el monto de las cuotas restantes o el plazo del créditoxxx xxxxxxxx, mientras que el pago para adelanto de cuotas permite pagar las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo incluyendo los intereses, comisiones y gastos de dichas cuotas. EL CLIENTE tiene derecho a efectuar pagos anticipados y adelanto de cuotas. Se podrán realizar pagos anticipados de los saldos, en forma total o parcial, previa coordinación con su EMPLEADOR a fin de evitar inconvenientes con futuros descuentos, con la consiguiente reducción de los intereses al día de pago, deduciendo asimismo las comisiones, gastos y penalidades e intereses moratorios derivados de las cláusulas contractuales pactadas con BanBif al día de pago, sin que le sean aplicables comisiones, comisiones ni gastos o penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar por el hecho de realizar el respectivo pago anticipado o prepagoanticipado. En caso el pago anticipado haya sido parcial, el cronograma de pagos original será modificado. El procedimiento para el pago anticipado se encuentra publicado en xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el módulo Saldomático los módulos informativos físicos o virtuales dispuestos en de las oficinas BanBif a nivel nacional. De acuerdo a dicho procedimiento, luego de efectuado el pago, si EL CLIENTE solicita el nuevo cronograma de pagos, deberá regresar al sétimo día para la entrega del mismo. El Área de Atención de Reclamos de BanBif responderá dentro del plazo de 30 días calendarios de su recepción, los reclamos que le dirija EL CLIENTE. Dicho plazo podrá extenderse siempre que la naturaleza del reclamo lo justifique, previa comunicación a EL CLIENTE dentro del mencionado plazo explicando las razones de la demora y precisando el plazo estimado de respuesta. Las distintas instancias ante las que también podría recurrir EL CLIENTE para presentar reclamos y/o denuncias por las operaciones y servicios que realice son: el Defensor del Cliente Financiero, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones y el INDECOPI.

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Samples: www.banbif.com.pe

PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS. Tratándose de obligaciones bajo el sistema de cuotas, EL CLIENTE podrá realizar pagos por encima de la cuota exigible del periodo, ya sea a través de pagos anticipados o adelanto de cuotas, en forma total o parcial, sin cobro alguno, condiciones, limitaciones, gastos, comisiones o penalidades de ningún tipo, considerando para ello lo siguiente: (i) El pago anticipado aplica Pago Anticipado conlleva a la aplicación del monto al capital del crédito y permite reducir el monto de las cuotas restantes o el plazo del crédito, mientras que con la consiguiente reducción de los intereses, comisiones y gastos al día del pago. Los pagos mayores a dos cuotas (incluyendo la exigible en el pago para adelanto periodo) se consideran pagos anticipados. (ii) El Adelanto de cuotas permite pagar supone la aplicación del monto pagado a las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo incluyendo periodo, sin que se produzca una reducción de los intereses, comisiones y gastos al día del pago. Los pagos menores o iguales a dos cuotas (que incluyen aquella exigible en el período) se consideran adelanto de dichas cuotas. EL CLIENTE tiene derecho sin embargo podrá requerir a efectuar ILC de que los pagos mayores a dos cuotas sean considerados un “Adelanto de Cuotas” o que los pagos menores o iguales a dos cuotas sean considerados como “Pago Anticipado”. En el caso de pagos anticipados y adelanto parciales, ILC requerirá a EL CLIENTE, al momento de realizar el pago, que señale si debe procederse a la reducción del monto de las cuotas restantes o la reducción del número de cuotas. Se podrán realizar pagos anticipados De no manifestar su decisión dentro de los saldos, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción 15 días de los intereses al día de realizado el pago, deduciendo asimismo las comisiones, gastos y penalidades derivados ILC procederá a la reducción del número de las cláusulas contractuales pactadas con BanBif cuotas. EL CLIENTE podrá solicitar al día de pago, sin que le sean aplicables comisiones, gastos o penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar por el hecho momento de realizar el respectivo pago anticipado o prepagoun nuevo Cronograma de Xxxxx considerando el pago realizado y el plazo xxx Xxxxxxxx, el cual será entregado a EL CLIENTE en el plazo legal establecido. En caso el pago anticipado haya sido parcialse realice por un tercero, el cronograma de pagos original será modificado. El procedimiento para estará a disposición de EL CLIENTE en la agencia en la que solicitó el pago anticipado se encuentra publicado en xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el módulo Saldomático de las oficinas BanBif a nivel nacionalcrédito. De acuerdo generarse obligaciones bajo el sistema revolvente, conforme a dicho procedimientolo establecido en las Condiciones Especiales aplicables a los préstamos sujetos a dicha modalidad; los pagos anticipados totales y parciales por encima del pago mínimo que EL CLIENTE eventualmente realice conllevarán a una reducción de los intereses, luego de efectuado comisiones y los gastos pactados a la fecha en la que se realice el pago, si de así corresponder. Los pagos anticipados parciales que cubran cuotas futuras, en caso de haberlas, serán aplicados a la reducción del número de cuotas, salvo que EL CLIENTE solicita señale expresamente su decisión de reducir el nuevo cronograma monto de pagos, deberá regresar las cuotas al sétimo día para la entrega del mismo. El Área momento de Atención de Reclamos de BanBif responderá dentro del plazo de 30 días calendarios de su recepción, los reclamos que le dirija EL CLIENTE. Dicho plazo podrá extenderse siempre que la naturaleza del reclamo lo justifique, previa comunicación a EL CLIENTE dentro del mencionado plazo explicando las razones de la demora y precisando efectuar el plazo estimado de respuesta. Las distintas instancias ante las que también podría recurrir EL CLIENTE para presentar reclamos y/o denuncias por las operaciones y servicios que realice son: el Defensor del Cliente Financiero, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones y el INDECOPIpago.

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Samples: Contrato De Prestamo Multiproducto Con Garantia Mobiliaria