Operativa Cláusulas de Ejemplo
Operativa. La Distribuidora realizará semanalmente la planificación de descargas necesarias en función de las programaciones/ nominaciones recibidas de la Comercializadora de acuerdo con las NGTS en vigor y sus protocolos de detalle. En caso de incumplimiento en el envió puntual de la citada información:
a) La Comercializadora exime a la distribuidora de cualquier responsabilidad que se pudiera derivar del desabastecimiento en la planta satélite para cubrir las necesidades de gas con destino a los clientes de esa comercializadora.
b) La Comercializadora deja indemne a la Distribuidora de cualquier reclamación por desabastecimiento de otras comercializadoras y de clientes de otras comercializadoras. Las programaciones y nominaciones se harán por cisternas completas y la energía se repartirá conforme a lo establecido en el Protocolo de Repartos de las NGTS. El calendario de las programaciones, nominaciones y renominaciones será el establecido en los Protocolos de Detalle correspondientes de las NGTS. Cuando como consecuencia de ulterior modificación de las NGTS se produzca un cambio en la forma de programar la carga, el transporte y la descarga de GNL con destino al mercado de la Comercializadora o en la forma de calcular el GNL transportado, descargado, consumos, balances, etc. se renegociarán de buena fe las condiciones de este contrato de forma que ninguna de las partes sufra un quebranto económico ni un beneficio sobrevenido.
Operativa. Con la firma del presente Contrato el “CLIENTE” podrá suscribir productos o servicios de captación, a través de los diferentes canales presenciales y digitales (medios dispuestos por el Banco Popular por medio de los cuales el “CLIENTE” se puede comunicar o transar), sin que requiera para ello, la firma de nuevos Contratos. Asimismo, el BANCO pone a disposición del “CLIENTE”, diferentes canales para evacuar consultas, observaciones o sugerencias referentes al Contrato.
Operativa. La operativa en Fondos de Inversión se regirá por lo dispuesto en su documentación legal. Cuando las órdenes del CLIENTE se refieran a Fondos de Inversión denominados en una divisa distinta del euro, el depositario acudirá al mercado de divisas para para poder llevar a cabo las operaciones de suscripción, reembolso y traspaso. Cuando la operación consista en un traspaso en el que la divisa del fondo de origen y destino sea la misma, y ésta sea distinta del euro, la misma podría conllevar el cambio de la divisa del fondo de origen a euros y la posterior suscripción de nuevo en la misma divisa del fondo de destino, con el consiguiente cambio de divisa de euros a la divisa del fondo. Si el cliente tiene posición de fondos en una divisa distinta del euro, se mostrará en el sitio web de SELF BANK el valor liquidativo de los fondos en euros, al tipo de cambio facilitado por el proveedor de precios. Este tipo de cambio puede diferir con el aplicado finalmente por el depositario en una operación de reembolso o traspaso del fondo. En el caso de que el servicio de inversión se refiera a Fondos de Inversión que puedan ser considerados instrumentos financieros complejos, conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable, SELF BANK solicitará al CLIENTE información sobre sus conocimientos y experiencia en el ámbito de inversión correspondiente al tipo concreto de producto o servicio ofrecido o solicitado, con la finalidad de que SELF BANK pueda evaluar si el servicio o producto de inversión es adecuado. Cuando, sobre la base de dicha información, SELF BANK considere que el producto o servicio de inversión no es adecuado para el CLIENTE, se lo advertirá. Cuando el CLIENTE no proporcione la información o ésta sea insuficiente, SELF BANK le advertirá que no puede determinar si el producto o servicio es adecuado para él. En caso de cotitularidad, SELF BANK, solicitará información sobre los conocimientos y experiencia financieros a cada uno de los titulares y/o intervinientes en la cuenta, en función de quien quiera tramitar las órdenes en cada momento. SELF BANK no será responsable de los errores y/o retrasos en la transmisión de órdenes que se deban a causas de fuerza mayor o cualquier otra circunstancia que se pueda escapar a su control razonable, como interrupciones o disfunciones en las comunicaciones entre SELF BANK y el CLIENTE o entre SELF BANK y las Sociedades Gestoras de los Fondos de Inversión. La adjudicación de los valores adquiridos o el ajuste en el número qu...
Operativa. Las actividades diarias de mantenimiento irán a cargo de la D.G. de Patrimonio y Sector Público. La empresa adjudicataria no tendrá que encargarse de las actividades preventivas diarias como el abastecimiento de carburante, la limpieza interior, la limpieza exterior, la verificación de los niveles de aceite (motor), líquido de frenos y presiones de aire. A pesar de eso, la empresa adjudicataria sí lo hará cuando se lleve el vehículo al taller del servicio oficial de la marca y se pida la verificación y ajuste de los niveles de aceite, de líquido refrigerante, de líquidos de frenos y presión de aire de los neumáticos. Las actividades semanales de mantenimiento irán a cargo de la D.G. de Patrimonio y Sector Público. La empresa adjudicataria no tendrá que encargarse de las actividades preventivas semanales como el rellenado del líquido limpiaparabrisas y la limpieza exterior del vehículo. A pesar de eso, la empresa adjudicataria sí lo hará cuando se lleve el vehículo al taller y se pida el ajuste del nivel del líquido del limpiaparabrisas. Cada vez que se haga el mantenimiento o se repare el vehículo en el taller, éste deberá limpiarse tanto por el interior como por el exterior, de manera que, a su entrega a la D.G. de Patrimonio y Sector Público, esté limpio y en buen estado para utilizarlo. Con respecto a otras actividades y de acuerdo con las instrucciones del fabricante del vehículo y la legislación vigente, se llevará a cabo el mantenimiento preventivo de cambio de aceite, cambio de neumáticos, engrasado de elementos móviles de chasis y carrocería; así como el mantenimiento correctivo ▇▇ ▇▇▇▇▇ o gran reparación. Será la empresa adjudicataria la que indicará a la D.G. de Patrimonio y Sector Público todos los mantenimientos preventivos y correctivos necesarios para el correcto funcionamiento de los vehículos y la D.G. de Patrimonio y Sector Público determinará si hay que añadir alguno más de manera razonada y de acuerdo con el servicio de representación que hay que ofrecer. De cara al informe anual de los vehículos que debe presentar la empresa adjudicataria y en especial, para aquellos vehículos que han de pasar la Inspección Técnica periódica (ITV), se hará un estudio de las emisiones contaminantes de los vehículos y el grado de cumplimiento con respecto a la legislación vigente.
Operativa. 2.1. Identificación del CLIENTE
Operativa. El Asegurado, al que previamente se la haya diagnosticado alguna enfermedad grave, deberá contactar con el Centro de Coordinación Médica de BEST DOCTORS, en el teléfono ▇▇▇-▇▇▇▇▇▇, donde será atendido por personal especializado y contará con los recursos técnicos suficientes para: • Prestar atención telefónica a los asegurados beneficiarios de este servicio durante 24 horas los 365 días del año. • Informar y asesorar sobre los servicios ofrecidos por BEST DOCTORS y el modo de su utilización. • Requerir a los asegurados beneficiarios de los servicios la documentación precisa para tramitar sus solicitudes. • Trasladar a los asegurados beneficiarios las respuestas obtenidas. • Contactar con los equipos médicos a petición de los asegurados beneficiarios, con el fin de resolver cualquier duda sobre el servicio prestado o a prestar. • Coordinar, a petición de los asegurados beneficiarios, las entrevistas o contactos entre sus equipos médicos y los médicos especialistas contactados por BEST DOCTORS. En todo caso, la documentación o pruebas médicas que sean originales y de las cuales no se puedan obtener copias, serán enviadas directamente por los asegurados beneficiarios a BEST DOCTORS en Madrid, no existiendo responsabilidad por parte de ésta en caso de pérdida o extravío en el envío.
Operativa. El Cliente hará llegar a la Entidad las órdenes de suscripción, reembolso y traspaso mediante correo electrónico, de forma presencial, telefónicamente, con firma digital o a través del Área de Clientes de la web de la Entidad. Las dos primeras opciones deberán estar debidamente firmadas. La hora límite para la recepción de órdenes (en adelante, “▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇”) será la que en cada caso figure en el folleto informativo vigente de la correspondiente IIC. Las órdenes recibidas por la Entidad con posterioridad a la ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ se entenderán recibidas el inmediato día hábil siguiente. En el caso de suscripciones de IIC nacionales, se tomará como fecha valor a los efectos del cálculo del valor liquidativo la que corresponda a la recepción definitiva del dinero en la cuenta corriente del fondo. En el caso de IIC extranjeras se estará a lo previsto en el correspondiente folleto y legislación aplicable a la IIC correspondiente. La Entidad podrá rechazar las órdenes o instrucciones que sean cursadas por el Cliente, en el caso de que, en opinión de la Entidad, la, ejecución de esta sea contraria a la normativa aplicable o esté sujeta a alguna limitación o restricción.
Operativa. Las Direcciones de las Empresas, cuando consideren necesario un cambio de personal de un Grupo Funcional a otro, lo comunicarán al Comité de Empresa del Centro donde sea requerido dicho cambio, aportando la documentación justificativa que acredite dicha necesidad. No obstante, cuando el motivo de la movilidad funcional atienda/se deba a la existencia de necesidades de cobertura de puestos en un determinado grupo funcional y de excedentes en otro, las Direcciones de las Empresas negociarán, en el plazo máximo de cinco días hábiles, con el Comité de Empresa los términos en los que dicho cambio deba realizarse. Si transcurrido dicho plazo se alcanzase acuerdo entre las partes, las medidas serán de aplicación automática. En caso contrario se presentará la propuesta y las argumentaciones de ambas partes a la comisión de resolución de conflictos externa a las empresas firmantes del V Convenio Colectivo la cual emitirá un dictamen en el plazo máximo de siete días hábiles, siendo el mismo vinculante para ambas partes. Con carácter previo a la negociación con el Comité de Empresa, la Dirección facilitará información detallada donde incluirá: Causas que motivan el cambio. Puesto de trabajo que se pretenda cubrir y su justificación. Personal afectado. Cursos de formación (contenido y duración) que permitan la adquisición de los conocimientos necesarios para desempeñar las nuevas funciones. Los cambios de Grupo Funcional respetarán los derechos que vienen recogidos en el Convenio Colectivo y demás legislación aplicable. Quienes tengan reconocidos por el servicio de prevención propio una disminución física, se podrán reciclar a trabajos acordes con sus capacidades.
Operativa. Una vez recibidas las solicitudes de Cetursa, el adjudicatario deberá trasladar a ésta los siguientes datos:
1.- Nombre y teléfono de contacto del Coordinador responsable del Grupo.
2.- Nombre y teléfono de contacto del monitor acompañante adscrito al Grupo.
Operativa. Las operaciones sobre bonos y obligaciones subordinados se pueden realizar tanto en mercado primario como en mercado secundario. En el mercado primario, las emisiones de valores se realizan a través de colocaciones, ofertas públicas o privadas, en las que el emisor utiliza las redes de diferentes entidades financieras
