OBSERVANCIA DE LA LEY Cláusulas de Ejemplo

OBSERVANCIA DE LA LEY. El contratista observará todas las leyes, ordenanzas y normas y todos los reglamentos atinentes al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato. Además, el contratista observará todas las obligaciones que conlleva su inscripción como proveedor seleccionado de bienes o servicios a las Naciones Unidas, obligaciones que se establecen en los procedimientos de inscripción de los proveedores de las Naciones Unidas.
OBSERVANCIA DE LA LEY. El Contratista observará todas las leyes, ordenanzas y normas y todos los reglamentos atinentes al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato. El Contratista deberá corregir rápidamente cualquier violación de las mismas y deberá mantener informada a la FAO de cualquier conflicto o problema que surja en relación con las autoridades nacionales. Además, el Contratista observará todas las obligaciones que conlleva su inscripción como proveedor seleccionado de bienes o servicios a la FAO, obligaciones que se establecen en los procedimientos de inscripción de los proveedores de la FAO.
OBSERVANCIA DE LA LEY. El Contratista observará todas las leyes, ordenanzas y normas y todos los reglamentos atinentes al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato. Además, el Contratista observará todas las obligaciones que conlleva su inscripción como proveedor seleccionado de bienes o servicios al PNUD, obligaciones que se establecen en los procedimientos de inscripción de los proveedores del PNUD.
OBSERVANCIA DE LA LEY. El contratista observará todas las leyes, ordenanzas y normas y todos los reglamentos atinentes al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato. Además, el contratista observará todas las obligaciones que conlleva su inscripción como proveedor seleccionado de bienes o servicios a UNOPS, obligaciones que se establecen en los procedimientos de inscripción de los proveedores de UNOPS.
OBSERVANCIA DE LA LEY. El Contratista observará todas las leyes, ordenanzas, normas y reglamentaciones atinentes al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato. Además, el Contratista observará todas las obligaciones que conlleva su inscripción como proveedor seleccionado de bienes o servicios al PNUD, obligaciones que se establecen en los procedimientos de inscripción de los proveedores del PNUD. TRABAJO INFANTIL: El Contratista declara y garantiza que no realiza, como tampoco sus entidades matrices (si procede), ni sus subsidiarias o filiales (si las hubiera), prácticas incompatibles con los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, comprendido su artículo 32, que, entre otras disposiciones, exige que el niño esté protegido contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. MINAS: El Contratista garantiza y declara que ni él, ni sus entidades matrices (de haberlas), ni alguna de las entidades subsidiarias o filiales del Contratista (de haberlas), se dedica a la venta o fabricación de minas antipersonales o de componentes que se utilicen en la fabricación de minas antipersonales.