NOTIFICACIONES A LAS PARTES Cláusulas de Ejemplo

NOTIFICACIONES A LAS PARTES. Para efectos de la notificación a las partes se tendrán en cuenta los datos registrados en la herramienta SECOP II. De conformidad con el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás normas concordantes, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a EL MINISTERIO a remitir notificaciones electrónicas al correo electrónico registrado en la herramienta SECOP II Por lo anterior, toda notificación a realizar por parte de EL MINISTERIO se remitirá a las últimas direcciones informadas, por lo que los efectos que ellas conlleven serán asumidos por EL CONTRATISTA en caso de que se allane a no actualizar la información en la citada herramienta en caso de cambios en la misma.
NOTIFICACIONES A LAS PARTES. Para efectos de la notificación a las partes se tendrán en cuenta los siguientes datos: Dirección: Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 Xxxxxx Teléfono: Dirección: xxxxxxxxx Ciudad: xxxxxxx Teléfono: xxxxxxxxxx De conformidad con el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás normas concordantes, EL CONTRATISTA autoriza expresamente LA JEP a remitir notificaciones electrónicas al siguiente correo electrónico: xxxxxxxxx@xxx.xx Igualmente, EL CONTRATISTA se obliga durante el plazo de ejecución del contrato y durante el plazo para su liquidación, a actualizar su información de notificación física y electrónica. Por lo anterior, toda notificación a realizar por parte de LA JEP se remitirá a las ultimas direcciones informadas, por lo que los efectos que ellas conlleven serán asumidos por EL CONTRATISTA en caso que se abstenga de actualizar la información.
NOTIFICACIONES A LAS PARTES. EL MINISTERIO Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxx X.X. Tel: 0000000 EL CONTRATISTA Xxxxxxxxxxxxxxxxxx Para los efectos del artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás normas concordantes, LA CONTRATISTA autoriza expresamente a EL MINISTERIO a remitir notificaciones electrónicas al siguiente correo electrónico: XXXXXXXXXX Igualmente, LA CONTRATISTA se obliga durante el plazo de ejecución del contrato y durante el plazo para su liquidación, a actualizar su información de notificación física y electrónica. Por lo anterior, toda notificación a realizar por parte de EL MINISTERIO se remitirá a las ultimas direcciones informadas, por lo que los efectos que ellas conlleven serán a sumidos por LA CONTRATISTA en caso que se allane a no actualizar la información.
NOTIFICACIONES A LAS PARTES. Las notificaciones y cualquier otro tipo de comunicación que deban remitirse a cualquiera de las partes de conformidad con el presente Contrato deberán ser enviadas a la dirección o el número de fax señalado a continuación, o a aquella otra dirección que una parte haya comunicado por escrito a las restantes: Para el Banco Atención: Operational Directorate / Global Partners / Public sector / Latin America 000 xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx L-2950 Luxemburgo Fax no: +000 0000 00000 Para el Acreditado Atención: Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales Xxxxxxxx Xxxxxxxx 000, Xx. 0000, X0000XXX, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Correo electrónico: xxxxx@xxxx.xxx.xx Todas las notificaciones y cualquier otro tipo de comunicación bajo este Contrato deberán realizarse por escrito. Las notificaciones y comunicaciones para las que se haya establecido un plazo específico en el Contrato o que fijen un período obligatorio para el destinatario, podrán efectuarse mediante entrega en mano o correo certificado o por correo electrónico. Se entenderá que dichas notificaciones y comunicaciones han sido recibidas por la otra parte:(i) en la fecha de entrega en relación con las entregas en mano o el correo certificado, (ii) en la fecha de envío de la transmisión y únicamente en relación con correos electrónicos enviados por el Banco y (iii) en caso de correo electrónico del Acreditado al Banco, cuando sea confirmado al Acreditado por correo electrónico por una persona autorizada del Banco la correcta recepción en forma legible del correo electrónico. Las notificaciones y comunicaciones podrán efectuarse mediante entrega en mano, correo certificado o correo electrónico, en la medida que las partes lo hayan acordado por escrito, por correo electrónico u otro medio electrónico de comunicación. Sin perjuicio de la validez de las notificaciones efectuadas de conformidad con lo establecido en los párrafos anteriores, deberá remitirse por correo a la otra parte una copia de cualquier notificación efectuada no más tarde del día hábil siguiente. Las notificaciones enviadas por el Acreditado de conformidad con el presente Contrato serán remitidas al Banco, cuando éste así lo requiera, junto con evidencia satisfactoria de las facultades de la persona o personas autorizadas para la firma de esa notificación en representación del Acreditado así como con una muestra de la firma de dicha persona o personas.
NOTIFICACIONES A LAS PARTES. ANEXO 6 Notificaciones
NOTIFICACIONES A LAS PARTES. Para efectos de la notificación a las partes se tendrán en cuenta los siguientes datos: EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL: Dirección: Calle 43-57-14 Tel. 000 00 00 Ciudad: Bogotá D.C. EL CONTRATISTA Dirección: Ciudad: . Teléfono: . De conformidad con el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás normas concordantes, EL CONTRATISTA autoriza al MINISTERIO a remitir notificaciones electrónicas al siguiente correo electrónico: . Igualmente, EL CONTRATISTA se obliga durante el plazo de ejecución del contrato y durante el plazo para su liquidación, a actualizar su información de notificación física y electrónica. Por lo anterior, toda notificación a realizar por parte del MINISTERIO se remitirá a las ultimas direcciones informadas, por lo que los efectos que ellas conlleven serán a sumidos por EL CONTRATISTA en caso que se allane a no actualizar la información.
NOTIFICACIONES A LAS PARTES. EL MINISTERIO Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxx X.X. Tel: 0000000 EL CONTRATISTA xxxxxxxxxxxxxxxxxx

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.