Common use of NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER Clause in Contracts

NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios suministro que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios servicio que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios suministro que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2.011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contratopreparatoria, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares, eadmin.dipualba.es, Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios obras que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP, y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.Apartado Segundo.

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Samples: Contrato De Obras, eadmin.dipualba.es, Contrato De Obras

NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2.011, de 14 de noviembre , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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Samples: eadmin.dipualba.es, app.dipualba.es

NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios suministro que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares De Expedientes De Contratación De Edusi Albacete, eadmin.dipualba.es

NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto legislativo 3/2.011, de 14 de noviembre , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de gestión de servicios públicos que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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Samples: app.dipualba.es

NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/2.007el Real Decreto legislativo 3/2.011, de 30 14 de octubrenoviembre , por el que se aprueba el Texto Refundido de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.1

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/2.007el Real Decreto Legislativo 3/2.011, de 30 14 de octubrenoviembre , por el que se aprueba el Texto 1 Sello de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 18/11/2016 13:44:23 FECHA Y HORA UTC 18/11/2016 12:44:23

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de gestión de servicios públicos que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios servicio que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios servicio que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Resal Decreto Legislativo 3/2.011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

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Samples: app.dipualba.es

NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2.011, de 14 de noviembre , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.2º. FIRMADO POR: NIF: P0200300B

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/2.007el Real Decreto Legislativo 3/2.011, de 30 14 de octubrenoviembre , de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP y por el que se concretan en aprueba el Anexo I, apartado 2º.Texto

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios servicio que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/2.007, de 30 de octubre, de Contratos el artículo 22 del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.Resal

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NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato de servicios servicio que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria del contrato, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/2.007el artículo 22 del Resal Decreto Legislativo 3/2011, de 30 14 de octubrenoviembre, de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, LCSP y por el que se concretan en aprueba el Anexo I, apartado 2º.FIRMADO POR: NIF: P0200300B

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