Common use of MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA Clause in Contracts

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

Appears in 8 contracts

Samples: www.gob.mx, www.gob.mx, www.gob.mx

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los bienes o servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

Appears in 4 contracts

Samples: doc.shf.gob.mx, doc.shf.gob.mx, doc.shf.gob.mx

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet CompraNet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

Appears in 3 contracts

Samples: www.gob.mx, www.gob.mx, www.gob.mx

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 34 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando que ello no se realicen con el tenga por objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse , la convocante podrá modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas difundir dichas modificaciones en Compranet CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones Cualquier modificación a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten derivada como resultado de la o las juntas de aclaraciones, formará parte integrante de la convocatoria misma y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición. Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos. Cualquier modificación a la convocatoria derivada de la junta de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la presente convocatoria.

Appears in 2 contracts

Samples: Carta Compromiso De Confidencialidad, Carta Compromiso De Confidencialidad

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en lo señalado en el artículo 33 33, de “LA LEY”, la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, convocante siempre y cuando que ello no se realicen con el tenga por objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse , podrá modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas difundir dichas modificaciones en Compranet el sistema CompraNet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en el que se efectúen. Las modificaciones a , las cuales sólo podrán versar sobre plazos u otros aspectos enunciados en la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en sin que dichas modificaciones impliquen la sustitución o variación sustancial de los servicios convocados bienes a adquirir originalmente, adición de otros de distintos rubros o en la variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación“LA LICITACIÓN”, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

Appears in 1 contract

Samples: omawww.sat.gob.mx

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la al sustitución de los servicios bienes convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Compraventa

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios SERVICIOS convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

Appears in 1 contract

Samples: doc.shf.gob.mx

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios las SERVICIOS convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

Appears in 1 contract

Samples: doc.shf.gob.mx

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en lo señalado en el artículo 33 de “LA LEY” , la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, Convocante siempre y cuando que ello no se realicen con el tenga por objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse , podrá modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas difundir dichas modificaciones en Compranet el sistema CompraNet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en el que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso efectúen y sólo podrán consistir sobre plazos u otros aspectos enunciados en la Convocatoria, sin que ello constituya la sustitución o variación sustancial de los servicios bienes convocados originalmente, en adición de otros de distintos rubros o en la variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

Appears in 1 contract

Samples: omawww.sat.gob.mx