INFORMACIÓN RELATIVA A LA LICITACIÓN Cláusulas de Ejemplo

INFORMACIÓN RELATIVA A LA LICITACIÓN. No. LA-006G3A001-E134-2017 Información relativa a la licitación No. LA-006G3A001-E135-2017
INFORMACIÓN RELATIVA A LA LICITACIÓN. De las propuestas.
INFORMACIÓN RELATIVA A LA LICITACIÓN. A) COSTO DE PARTICIPACIÓN Y DISPONIBILIDAD DE LAS BASES DE LICITACIÓN.
INFORMACIÓN RELATIVA A LA LICITACIÓN 

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  • Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.

  • Información Específica De La Licitación 3.1. En caso de que el licitante elija presentar a través de medios remotos de comunicación electrónica, sus dudas a la convocatoria, la propuesta técnica y económica y la documentación legal, deberá observar lo siguiente: Los licitantes interesados en participar en esta licitación deberán enviar por Compranet sus dudas para la junta de aclaraciones, propuesta técnica y económica, así como recibir por este medio el fallo y comunicado de fallo. El licitante deberá presentar sus propuestas técnica y económica, así como la documentación complementaria, a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán ajustarse a las disposiciones emitidas por la Secretaría de la Función Pública (SFP) plasmadas en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 xx xxxxxx del año 2000”. En este caso los licitantes deberán previamente haber certificado sus medios de identificación electrónica en la Secretaria de la Función Pública. Los licitantes para certificarse deberán acudir a las oficinas de la Secretaría de la Función Pública, sita en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx # 0000, 0° xxxx xxx xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, C.P. 01020, Xxxxxx Xxxxxxx, México D.F., teléfono 0000-0000, con el propósito de que obtengan, la certificación del medio de identificación electrónica para lo cual exhibirán, entre otra documentación, la que se indica en el “Acuerdo”, disposición cuarta. Asimismo, los licitantes deberán elaborar sus propuestas en cualquiera de los siguientes formatos: WORD 2000 (versión 8 o superior), en su caso, compactadas en formato Zip. EXCEL 2000 (versión 8). PDF (versión 4). HTML. En su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera. Preferentemente deberán identificarse cada una de las páginas que integran las propuestas, con el Registro Federal de Contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de las propuestas técnicas y económicas. En el caso de licitantes que participen a través de medios remotos, se tendrán por no presentadas sus proposiciones y la demás documentación requerida por la convocante, cuando los sobres en los que se contenga dicha información, tengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. La convocatoria estará a disposición de los interesados para su consulta y obtención gratuita, con fundamento en lo dispuesto, en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el Sistema CompraNet, en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, asimismo se pone a disposición para consulta, copia del texto de la convocatoria en en la Subgerencia de Servicios Generales ubicada en Av. de los Insurgentes Sur No. 2416, segundo piso, ala sur, Xxx. Xxxxxxx xx Xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000 Xxxxxx, X.X., en días hábiles y en horario de 9:00 a 13:00 horas; siendo responsabilidad exclusiva de los interesados obtenerlas durante el periodo del XX de XXXX al XX de del 2011, seis días previos al evento de presentación y apertura de proposiciones siendo responsabilidad exclusiva de los interesados la obtención oportunamente durante este periodo. Asimismo, los licitantes que participen por medios remotos de comunicación electrónica deberán obtener las actas de los eventos de Junta de Aclaraciones, de Apertura de Propuestas mediante la funcionalidad del programa informático módulo licitante de COMPRANET que permite obtener el Acta Técnica.

  • Información adicional Las causas generales de suspensión o interrupción contempladas en el artículo L. 114-2 del Código de Seguros francés se retoman en los artículos 2240 a 2246 del Código Civil francés, reproducidos a continuación. Para más información acerca de cualquier posible actualización de las condiciones anteriormente mencionadas, le invitamos a consultar la página web oficial: «xxx.xxxxxxxxxx.xxxx.xx». El hecho de que el deudor reconozca el derecho de la persona contra la que invocaba el plazo de prescripción, interrumpe dicho plazo de prescripción. El recurso judicial, incluido de urgencia, interrumpe el plazo de prescripción así como el plazo de caducidad. Lo mismo ocurre cuando se interpone un recurso ante una jurisdicción incompetente o cuando el acta de recurso ante la jurisdicción se cancela con motivo de un vicio de procedimiento. La interrupción derivada de un recurso judicial produce sus efectos hasta que acabe el procedimiento. La interrupción queda sin valor ni efecto alguno si el demandante cancela su demanda, si deja vencer el plazo del recurso, o si se desestima definitivamente su demanda. El plazo de prescripción o de caducidad se interrumpe igualmente cuando se adopta una medida cautelar de acuerdo con el Código francés de Enjuiciamiento Civil dedicado a los casos de Ejecución o de un acta de ejecución forzosa. La interpelación de un deudor solidario en el ámbito de un recurso judicial o de un acta de ejecución forzosa, o el reconocimiento por este deudor del derecho de la persona contra la que invocaba el plazo de prescripción, interrumpe dicho plazo de prescripción en cuanto a los demás deudores, incluidos los herederos de los mismos. En cambio, la interpelación de uno de los herederos de un deudor solidario, o el reconocimiento por parte de este deudor, no interrumpe el plazo de prescripción en cuanto a los demás herederos, incluso en el caso de una garantía hipotecaria, siempre y cuando la obligación sea divisible. Dicha interpelación o reconocimiento interrumpe el plazo de prescripción en cuanto a los demás deudores únicamente en lo relativo a la parte correspondiente a dicho heredero. Para interrumpir el plazo de prescripción de manera global en cuanto a los demás deudores, deberán interpelarse todos los herederos del deudor fallecido u obtenerse el reconocimiento por parte de todos estos herederos. La interpelación del deudor principal o el reconocimiento por su parte interrumpe el plazo de prescripción contra el fiador.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax Correo Electrónico

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo En aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación complementaria, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax: Correo Electrónico:

  • INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN

  • PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN El Contratista deberá proporcionar a la CNH, sin costo alguno, la Información Técnica que es propiedad de la Nación. La Nación también será propietaria de cualquier muestra geológica, mineral o de cualquier otra naturaleza, obtenida por el Contratista en las Actividades Petroleras, las cuales deberán ser entregadas por el Contratista a la CNH con la Información Técnica, inmediatamente después de que el Contratista haya concluido los estudios y evaluaciones que haga al respecto. El original de dicha información deberá ser entregado a la CNH de conformidad con la Normatividad Aplicable. El Contratista podrá mantener copia únicamente para efectos del cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato. No serán propiedad de la Nación los procesos por medio de los cuales el Contratista hubiese generado la Información Técnica. El Contratista podrá usar la Información Técnica, sin costo alguno y sin restricción, para el procesamiento, evaluación, análisis y cualquier otro propósito relacionado con las Actividades Petroleras (pero no para otro uso ni para su venta), en el entendido que el Contratista deberá también entregar cualquier reporte de los resultados de dicho procesamiento, evaluación o análisis. Nada de lo previsto en el presente Contrato limitará el derecho de la CNH de usar, vender o de cualquier otra forma disponer de la Información Técnica, en el entendido que la CNH no podrá vender ni hacer del conocimiento de terceras Personas ninguna información que implique secreto industrial; una marca registrada, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del Contratista regulado por la Ley Federal de Derechos de Autor, la Ley de la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales de los cuales México sea parte.

  • Otras informaciones En base a los parámetros que se establecen en el anterior apartado, los técnicos municipales valorarán las propuestas presentadas y emitirán un informe en el que propondrán, al órgano de contratación competente, la más ventajosa a juicio del informante, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 138 apartado 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN PERFIL DE CONTRATANTE: xxx.xxxxxx.xxx / perfil de contratante. Contrato de la Administración / Contratos del Ayto. xx Xxxxxx / Consulta de licitaciones. • Publicación en Diarios Oficiales: Boletín Oficial de Bizkaia: Si DOUE, BOE: No procede