MEDIOS DE CONDUCCION Cláusulas de Ejemplo

MEDIOS DE CONDUCCION. Todos los vehículos terrestres propios y de terceros. ORIGEN Y DESTINO: Dentro de la República Mexicana. LIMITES MÁXIMOS DE RESPONSABILIDAD: Limite que opera de forma independiente al LMR, amparando las obras (según relación anexa) propiedad de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social. SUMA ASEGURADA: (Se entregará en la Junta de Aclaraciones) DEDUCIBLES: Incendio y/x xxxx y explosión: $ 1,000.00 M.N. (Mil pesos 00/100 M.N.) toda y cada pérdida. Extensión de cubierta y fenómenos hidrometeorológicos: 1% sobre el valor de la obra afectada con mínimo de 50 DSMVDF y máximo de 1,000 DSMVDF Terremoto: 3% sobre valor convenido de la obra afectada Robo con violencia y/o asalto: 10% sobre la pérdida con mínimo de 50 DSMVDF. Demás coberturas: 10% sobre la pérdida con mínimo de 50 DSMVDF. COASEGUROS: Terremoto y erupción volcánica: 25% sobre la pérdida Fenómenos hidrometeorológicos: 10% sobre la pérdida OBSERVACIONES: La indemnización por daño o pérdida parcial será el costo de la reparación y/o restauración. La indemnización por pérdida total será por el valor convenido. Se cuenta con relación de obras y se conviene que en caso de indemnización por siniestro se tomarán dichos valores en moneda nacional.
MEDIOS DE CONDUCCION. Todos los vehículos terrestres propios y de terceros.
MEDIOS DE CONDUCCION. Cualquier medio de conducción.

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  • CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 3.1 Cronograma del procedimiento 3.2 Vigencia de la oferta 3.3 Precio de la oferta 3.4 Plazo de ejecución 3.5 Alcance de la oferta 3.6 Forma de pago

  • PRESTACIONES DEL ASEGURADOR 1. La existencia y funcionamiento en días laborables y horario de oficina, de una centralita telefónica a través de la cual el Asegurado pueda solicitar la prestación del servicio garantizado, mediante llamada al número 000 000 000.

  • Condiciones de Licitación Requisitos de participación de los licitadores Titulo habilitante Licenciatura o Grado en Psicología. Lugar de ejecución País España Subentidad Nacional Valencia/València Código de Subentidad Territorial ES523 Presupuesto base de licitación Importe 214,17 EUR. Importe (sin impuestos) 177 EUR. Clasificación CPV 92000000 - Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos.

  • INFRACCIONES Y SANCIONES 15.1 El (los) licitante(s) o prestador del servicio que infrinjan las disposiciones y demás, serán sancionados por la Contraloría Interna, en los términos de los artículos 59, 60 y 61, de la Ley.

  • Secciones de los Documentos de Licitación 6.1 Los Documentos de Licitación están compuestos por las Partes 1, 2, y 3 incluidas sus respectivas secciones que a continuación se indican y cualquier enmienda emitida en virtud de la Cláusula 8 de las IAO.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • CONDICIONES DE TRABAJO CAPÍTULO I

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)