ORIGEN Y DESTINO Cláusulas de Ejemplo

ORIGEN Y DESTINO. El servicio de transporte se prestará de la siguiente forma: (Se debe relacionar las ciudades de origen y destino a nivel nacional y con relación a la ciudad de Bogotá, mencionar las localidades y el aeropuerto). QUINTA: OBLIGACIONES.-
ORIGEN Y DESTINO. Cualquier embarque dentro de la República Mexicana. Embarques internacionales desde cualquier punto de la República Mexicana hasta cualquier parte del mundo y viceversa.
ORIGEN Y DESTINO. Cualquier embarque dentro de la República Mexicana en cualquier punto de la república mexicana, así como embarques internacionales desde y/o hasta la República Mexicana de cualquier parte del mundo, incluyendo embarques dentro de la República Mexicana entre filiales de “EL ASEGURADO”, quedarán amparados sin declaración.
ORIGEN Y DESTINO. 14.3.1.4. Tipo de tarifa y descripción.
ORIGEN Y DESTINO. Desde cualquier punto de la república mexicana y hasta cualquier parte del mundo y viceversa, incluyendo embarques entre unidades administrativas y operativas de “EL ASEGURADO”.
ORIGEN Y DESTINO. El origen y destino será determinado por las direcciones de residencia o punto de abordaje cercano definido por el contratista, y la entidad educativa indicada en el encabezado del presente contrato. La hora de abordaje en cada una de las direcciones será determinada por la empresa de transporte y siempre en procura de una logística eficiente y segura de operación.
ORIGEN Y DESTINO. Dentro de la República Mexicana. Limite que opera de forma independiente al LMR, amparando las obras (según relación anexa) propiedad de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social. $1´500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100M.N.). Incendio y/x xxxx y explosión: $ 1,000.00 M.N. (Un mil pesos 00/100 M.N.) por toda y cada pérdida. Extensión de cubierta y fenómenos hidrometeorológicos: 1% sobre el valor de la obra afectada con mínimo de 50 veces el valor de la UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN y máximo de 1,000 veces el valor de la UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN. Terremoto: 3% sobre valor convenido de la obra afectada Robo con violencia y/o asalto: 10% sobre la pérdida con mínimo de 50 veces el valor de la UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN. Demás coberturas: 10% sobre la pérdida con mínimo de 50 veces el valor de la UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN. Terremoto y erupción volcánica: 25% sobre la pérdida Fenómenos hidrometeorológicos: 10% sobre la pérdida La indemnización por daño o pérdida parcial será el costo de la reparación y/o restauración. La indemnización por pérdida total será por el valor convenido. Se cuenta con relación de obras y se conviene que en caso de indemnización por siniestro se tomarán dichos valores en moneda nacional.
ORIGEN Y DESTINO. Dentro de la republica mexicana y/o viceversa
ORIGEN Y DESTINO. Desde y hasta cualquier parte del mundo.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.