Common use of Inspecciones de la INSTALACIÓN Clause in Contracts

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadros, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas. Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de (ayto) tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) el acceso a la INSTALACION y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto), dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.

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Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios Energéticos en Las Instalaciones De Alumbrado Exterior Del Municipio De (Ayto), Contrato Mixto De Suministro Y Servicios Para La Prestación Del Servicio Integral De Iluminación Exterior Del Municipio De (Ayto

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadrosarmarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiendo debiéndose presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas. Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de (ayto) Leioa tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) Leioa el acceso a la INSTALACION INSTALACIÓN y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)Leioa, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Del Contrato De Servicio Integral Deiluminación Exterior

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, nocturnas como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN instalación como el estado de la totalidad de los soportes, cuadrosarmarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones conexiones, redes de distribución, aislamientos, válvulas, sistemas de control y regulación y sus tarados y accionamientos y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado públicopublico. Así mismoEn el caso del alumbrado exterior, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la presentación al Ayuntamiento del primer informe de inspección sobre la totalidad de la zona INSTALACIÓN será de tres mesesmeses a partir del inicio del contrato, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con debiéndose reflejar las deficiencias detectadas y el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadasmismas. Las inspecciones se realizarán conforme al programa que, elaborado por la ESE, que deberá ser sea aprobado previamente por el Ayuntamiento. La ESE elaborará y presentará al Ayuntamiento xx XXXXXXXXX DEL RIO un informe semestral sobre las inspecciones y actuaciones realizadas. El Ayuntamiento de (ayto) PALOMARES DEL RIO tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACIONlas instalaciones. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) el acceso a la INSTALACION las instalaciones y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos, asistiéndole durante las visitas reglamentarias. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será , siendo ésta la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamientode los Servicios Técnicos Municipales, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinosLocal, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE ), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por R.D. 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y por organismos de control, autorizados para este campo reglamentario según lo dispuesto en el R.D. 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial. La ESE se obliga llevará a comunicar cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento de (ayto), dentro PALOMARES DEL RIO a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados en el momento en el que se obtengan. El adjudicatario estará obligado a la presentación de un plazo plan de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción Gestión de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes Calidad y Medio Ambiente que sea de aplicación a la corrección de todas las condiciones insatisfactorias observadas serán programados tareas a realizar y normalizados como a todas las demás operaciones de conservación preventivainstalaciones y que certifiquen que se cumplen las normativas vigentes y las obligaciones previstas en el presente Pliego.

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Samples: smart-lighting.es

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones Inspecciones, tanto nocturnas, nocturnas como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadros, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la presentación al Ayuntamiento del primer informe de inspección sobre la totalidad de la zona INSTALACIÓN será de tres mesesmeses a partir de la firma del acta de inicio, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con debiéndose reflejar las deficiencias detectadas y el resultado de los trabajos realizados realizados, o pendientes por causa justificada, para subsanar las deficiencias detectadasmismas. Las inspecciones se realizarán seguirán realizando trimestralmente conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. Las inspecciones se realizarán conforme al programa aprobado previamente por el Ayuntamiento, a iniciativa propia o a propuesta de la ESE. El Ayuntamiento de (ayto) tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) el acceso a la INSTALACION y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)Ayuntamiento, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva. En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, y por organismos de control autorizados para este campo reglamentario. El calendario será el que se indica a continuación: Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones. Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada. Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.

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Samples: Modelo De Pliego De Prescripciones Técnicas

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadros, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la presentación al Ayuntamiento del primer informe de inspección sobre la totalidad de la zona INSTALACIÓN será de tres mesesmeses a partir del inicio del contrato, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con debiéndose reflejar las deficiencias detectadas y el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadasmismas. Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el AyuntamientoXxxxxxxxxxxx.Xx ESE elaborará y presentará al Ayuntamiento de UMBRETE un informe semestral sobre las inspecciones y actuaciones realizadas. El Ayuntamiento de (ayto) UMBRETE tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACIONlas instalaciones. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) el acceso a la INSTALACION y las instalacionesy a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos, asistiéndolo durante las visitas reglamentarias. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será , siendo ésta la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamientode los Servicios Técnicos Municipales, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinosLocal, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga llevará a comunicar cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento de UMBRETE a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados en el momento en el que se obtengan. Se deberán realizar las revisiones mediante un organismo de control autorizado (ayto), dentro OCA) de las diversas instalaciones del contrato (baja y media tensión incluyendo sus centros de transformación así como pararrayos diversos) así como las salas de producción térmica. El adjudicatario estará obligado a la presentación de un plazo plan de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción Gestión de Calidad y Medio Ambiente que sea de aplicación a todas las tareas a realizar y a todas las instalaciones y que certifiquen que se cumplen las normativas vigentes y las obligaciones previstas en el presente Pliego. La ESE conservará constantemente en funcionamiento y en buen estado el material y los componentes de la INSTALACIÓNinstalación, haciendo cuantas reparaciones o reposiciones sean necesarios, con la mayor brevedad y sin necesidad de requerimiento previo, cualquiera que sea la causa que lo motivó. Reparando y/o sustituyendo todos los elementos deteriorados. Para el buen fin de esta prestacion P3, la ESE podrá disponer de seguro que cubra los riesgos descritos. La cobertura del servicio de garantía total de los equipos e instalaciones objeto del presente pliego incluirán: la mano de obra y desplazamientos de todas y cada una de las operaciones de cualquier índole realizadas sobre cualquier instalación o equipo así como todo accidente causado el material necesario para llevar a cabo las reparaciones o renovaciones necesarias. Todos los materiales y repuestos necesarios para las reparaciones, tanto preventivas como correctivas, de los equipos principales serán suministrados y con cargo al adjudicatario sea cual fuere su importe. Para ello el adjudicatario deberá realizar la gestión de repuestos y materiales para conseguir la máxima rapidez en las reparaciones. Las piezas reemplazadas en reparaciones y/o revisiones serán retiradas por parte del adjudicatario. Si durante la vigencia del contrato se modificasen los elementos de las instalaciones o se adoptasen nuevos sistemas de control de las mismas, la ESE quedará obligada a aceptar la conservación de los mismos. En el caso del que el Ayuntamiento considere que el material que debe reponerse es de características anticuadas o inadecuadas a las circunstancias del momento, podrá exigir a la ESE que los sustituya por los productos ajustados a la actual tecnología. Así mismo, las soluciones adoptadas en las tareas de mantenimiento y reposición deberán guardar la estética y la uniformidad del resto de las instalaciones del área. La ESE queda obligada a la localización y reparación a su cargo de todas las averías que puedan originarse en las instalaciones objeto de este contrato. La ESE propondrá al Ayuntamiento la organización del servicio xx xxxxxxx y el número de equipos necesarios en función de las características del municipio. El Ayuntamiento deberá dar su visto bueno. El adjudicatario se compromete a ejecutar durante el periodo contractual las obras de mejora y renovación de las instalaciones. La ESE, tras agotarse la vida útil de los elementos pertenecientes a la instalación o, si se diese el caso de que la instalación no cumpla los requerimientos mínimos fijados por las Normativas y Reglamentos que le sean de aplicación, procederá a sustituir los mismos. La ESE inspeccionará y supervisará por su cuenta las fases de suministro, montaje y puesta en marcha de la nueva instalación y de sus pruebas de funcionamiento y legalización, asumiendo las responsabilidades que se pudieran derivar por cualesquiera daños y/o perjuicios, ya sean directos o indirectos que pudieran causarse en el proceso de renovación de la instalación por ella misma o sus proveedores. El calendario de ejecución, puesta en marcha y pruebas podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre la ESE y el Ayuntamiento de UMBRETE, en el caso de que concurrieran causas de fuerza mayor o surgieran imprevistos que impidieran el cumplimiento de los plazos inicialmente estipulados. La aceptación de la nueva instalación por parte del Ayuntamiento de UMBRETE tendrá lugar una vez se hubiere verificado su correcto y adecuado funcionamiento, mediante la realización de las pruebas adecuadas para cada equipo y para el conjunto de la instalación. Dichas pruebas serán realizadas bajo responsabilidad de la ESE y de sus proveedores en presencia de un representante del Ayuntamiento. Las mismas verificarán el cumplimiento de la normativa vigente. En virtud de lo pactado en el presente contrato, a la finalización del mismo todos los elementos y componentes adquiridos por la ESE para las nuevas instalaciones, serán propiedad del Ayuntamiento de UMBRETE. Consecuentemente, la ESE no podrá contraer préstamos, tomar créditos ni asumir obligaciones de ninguna especie por las que cualquier elemento o la instalación en su conjunto, pueda quedar afecto como garantía de su cumplimiento de las mismas. El adjudicatario ejecutará, a su cargo, las inversiones de ahorro propuestas en la Memoria Técnica presentada en su propuesta para la mejora y renovación de las instalaciones e inversión en ahorro energético y energías renovables. Asimismo inspeccionará y supervisará por su cuenta las fases de suministro, montaje y puesta en marcha de las nuevas instalaciones y de sus pruebas de funcionamiento, asumiendo las responsabilidades que se pudieran derivar por cualesquiera daños y/o perjuicios, ya sean directos o indirectos que pudieran causarse en el proceso de renovación de las instalaciones por ella misma o sus proveedores. El calendario de ejecución, puesta en marcha y pruebas podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento de UMBRETE, en el caso de que concurrieran causas de fuerza mayor o surgieran imprevistos que impidieran el cumplimiento de los plazos inicialmente estipulados. La aceptación de las nuevas instalaciones por parte del Ayuntamiento de UMBRETE tendrá lugar una vez se hubiere verificado su correcto y adecuado funcionamiento, mediante la realización de las pruebas adecuadas para cada equipo y para el conjunto de la instalación. Dichas pruebas serán realizadas bajo responsabilidad del adjudicatario y de sus proveedores en presencia de un representante del Ayuntamiento. Las mismas verificarán el cumplimiento de preceptos recogidos en la normativa que sea de aplicación para cada una de las nuevas instalaciones. Una vez resulten satisfactorias las pruebas y mediciones, el Ayuntamiento suscribirá conjuntamente con aquéllael adjudicatario, por duplicado, un Certificado de Aceptación de las nuevas instalaciones, por el que se entenderá a los efectos de este contrato como reconocimiento expreso del primero de haber recibido éstas a su entera satisfacción. Una vez suscrito el Certificado de Aceptación, la empresa adjudicataria asume las responsabilidades de gestión, mantenimiento y garantía de las nuevas instalaciones en las mismas condiciones contempladas en el contrato para las Prestaciones P1, P2 y P3. En virtud de lo pactado en el presente contrato, a la finalización del mismo todos los elementos y componentes adquiridos por la empresa adjudicataria para las nuevas instalaciones, serán propiedad del Ayuntamiento de UMBRETE. Consecuentemente, el adjudicatario no podrá contraer préstamos, tomar créditos ni asumir obligaciones de ninguna especie por las que cualquier elemento, o la instalación en su conjunto, puedan quedar afecto como garantía de su cumplimiento de las mismas. Los trabajos correspondientes licitadores podrán proponer la realización de aquellas otras obras de mejora y renovación que supongan un ahorro energético y que serán ejecutadas y financiadas por el adjudicatario x xxxxx de los ahorros energéticos que obtenga durante la vigencia del contrato. En la oferta del adjudicatario habrá de indicarse cómo la subvención que se conceda será trasladada a la corrección Administración admitiéndose sólo dos opciones que serán o una reducción en el precio del servicio energético, o mediante una modificación del tiempo de vigencia del contrato. En cualquiera de los dos casos, se deberá aportar la información necesaria que permita comprobar que la disminución de ingresos de la ESE asociados a la reducción final de la cuota o la ampliación de plazo aplicado es, como mínimo, igual a la subvención recibida. En líneas generales, para cada propuesta de ejecución se presentará una memoria técnica que contendrá como mínimo la inversión propuesta y cuadro de amortización de dicha inversión para el periodo de vigencia del contrato, un estudio energético con los ahorros previstos o la producción de energía renovable, el estudio técnico-económico, el plan de ejecución (incluyendo suministro, reforma y montaje de las instalaciones) y, en su caso posibles condiciones insatisfactorias observadas para su ejecución. Estas instalaciones serán programados estudiadas, propuestas, ejecutadas y normalizados como financiadas por los ahorros en los consumos de iluminación, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el precio de este contrato. Para la realización de estos trabajos la empresa adjudicataria facilitara la documentación requerida por la consultora, para la elaboración de sus informes mensuales, y responderá a las demás operaciones cuestiones que la consultora le realice en aras de conservación preventivaun mejor funcionamiento de proyecto, según los alcances determinados enla descripcion de la prestacion P6. En caso de discrepancias técnicas entre el ayuntamiento y la empresa adjudicataria, la consultora emitirá un informe técnico, que deberá ser asumido por ambas partes. La consultora, en sus informes mensuales, también contemplara acciones de mejora que deberán ser estudiadas por la empresa adjudicataria, siempre y cuando no vayan en detrimento de sus retribuciones y si en la mejora del contrato para ambas partes.

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Que Han De Regir en El Contrato Del Servicio Integral Con Garantia Total De Los Edificios Municipalesdel Ayuntamiento De Umbrete Mediante Procedimiento Abierto

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadrosarmarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la presentación al AYUNTAMIENTO del primer informe de inspección sobre la totalidad de la zona INSTALACIÓN será de tres mesesmeses a partir del inicio del contrato, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con debiéndose reflejar las deficiencias detectadas y el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadasmismas. Las inspecciones se realizarán seguirán realizando periódicamente conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el AyuntamientoAYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento de (ayto) AYUNTAMIENTO tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) AYUNTAMIENTO el acceso a la INSTALACION y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades penalizaciones si, mediante comprobación del personal del AyuntamientoAYUNTAMIENTO, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)AYUNTAMIENTO, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.

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Samples: Contrato Mixto De Suministros Y Servicios

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones Inspecciones, tanto nocturnas, nocturnas como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadros, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas. Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de (ayto) tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACIONINSTALACIÓN. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) el acceso a la INSTALACION INSTALACIÓN y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Durante toda la vigencia del contrato, la empresa adjudicataria, se encargará de mantener y dotar de un vehículo de inspección al encargado municipal del alumbrado público, para la realización de las labores de inspección y control. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE , que será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades penalizaciones si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)Ayuntamiento, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.

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Samples: Pliego De Prescripciones Tecnicas Para La Licitación Del Contrato Mixto De Suministro Y Servicios

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadrosarmarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas. Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de (ayto) Soto del Real tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) xx Xxxx del Real el acceso a la INSTALACION y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)Soto del Real, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.

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Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios Energéticos en Las Instalaciones De Alumbrado Exterior

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará presentará, en el primer mes desde la firma de contrato, tal como se indica anteriormente, un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadros, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismoAsímismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas. Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de (ayto) tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) el acceso a la INSTALACION y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)Ayuntamiento, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva. La ESE efectuará las inspecciones necesarias a fin de descubrir situaciones que puedan ocasionar deficiencias en la prestación del servicio, averías, o accidentes a personas o cosas.  Inspección operativa diaria. La comprobación diaria del encendido de las instalaciones será efectuada en su totalidad durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico, realizándose la misma operación tras el apagado.  Inspección nocturna de puntos de luz. Tres veces por semana, en días alternos, se revisarán todas las instalaciones para detectar las lámparas que estén fuera de servicio, o por debajo de su nivel útil.  Inspección diurna. El adjudicatario dará partes trimestrales del estado de los soportes, reposiciones del pavimento, puertas de báculos, tapas de arquetas, colocación y estado de las luminarias, conexiones en soportes y sobre fachada, y en general, de todos los elementos o componentes visibles de las instalaciones de alumbrado.  Inspección de niveles de iluminación Se efectuarán las mediciones de la iluminancia que programe el Ayuntamiento mediante luxómetro especialmente después de las limpiezas de luminarias o después de las reposiciones masivas de lámparas En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y por organismos de control autorizados para este campo reglamentario. El calendario será el que se indica a continuación:  Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones.  Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.  Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada.  Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.

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Samples: Contrato Mixto De Servicio Integral Con Garantía Total De Las Instalaciones De Alumbrado Público Del Término Municipal De San Juan De Aznalfarache

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones Inspecciones, tanto nocturnas, nocturnas como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadros, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la presentación al Ayuntamiento del primer informe de inspección sobre la totalidad de la zona INSTALACIÓN será de tres mesesmeses a partir de la firma del acta de inicio, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con debiéndose reflejar las deficiencias detectadas y el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadasmismas. Las inspecciones se seguirán realizando trimestralmente conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de (ayto) tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) el acceso a la INSTALACION y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)Ayuntamiento, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva. En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, y por organismos de control autorizados para este campo reglamentario. El calendario será el que se indica a continuación: – Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones. – Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. – Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada. – Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada. La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.

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Samples: Modelo De Pliego De Prescripciones Técnicas

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadrosarmarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas. Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de (ayto) xx Xxxx del Real tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) xx Xxxx del Real el acceso a la INSTALACION y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)xx Xxxx del Real, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.

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Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios Energéticos en Las Instalaciones De Alumbrado Exterior

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadrosarmarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la presentación al Ayuntamiento del primer informe de inspección sobre la totalidad de la zona INSTALACIÓN será de tres mesesmeses a partir del inicio del contrato, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con debiéndose reflejar las deficiencias detectadas y el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadasmismas. Las inspecciones se realizarán seguirán realizando periódicamente conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de (ayto) tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) el acceso a la INSTALACION y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades penalizaciones si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)Ayuntamiento, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.

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Samples: Contrato Mixto De Suministro Y Servicios Para La

Inspecciones de la INSTALACIÓN. La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, cuadros, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público. Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo. El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiendo presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas. Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de (ayto) xx Xxxxxx tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACIONINSTALACIÓN. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de (ayto) xx Xxxxxx el acceso a la INSTALACION INSTALACIÓN y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos. Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica. La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de (ayto)xx Xxxxxx, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla. Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.

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Samples: Contrato Mixto De Suministro Y Servicios Para La Prestación Del Servicio Integral De Iluminación Exterior Del Municipio De Gálvez