INFORME DE FISCALIZACIÓN DE INTERVENCIÓN Cláusulas de Ejemplo

INFORME DE FISCALIZACIÓN DE INTERVENCIÓN. D./Xx , Interventor/a del Ayuntamiento de , en el ejercicio de la función fiscalizadora del gasto que la normativa me reconoce, de conformidad con lo previsto en el artículo 213 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, emito el presente, Fiscalización del Gasto: . Existe crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto con cargo a la aplicación presupuestaria . A los efectos de fiscalización del expediente, el/la Interventor/a firmante suscribe el contenido del informe de Xxxxxxxxxx. El órgano de contratación competente es el/la Alcalde/sa, de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Segunda de la LCSP. Nota: En , a de de . El/La Interventor/a Considerando que, a los efectos previstos en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-, esta Alcaldía entiende necesario que se tramite un contrato mixto de ejecución de las obras de _ y de suministro de , mediante lotes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99. Visto el informe de los Servicios Técnicos municipales, en el que se detallan los aspectos técnicos del mismo, así como la viabilidad de dicha actuación, recogiéndose en el correspondiente Proyecto de Obras los Pliegos de Prescripciones Técnicas por los que se regirá la licitación. Considerando que, mediante Resolución de Alcaldía de fecha , se procedió a aprobar el Proyecto de obras, de conformidad con lo previsto en el artículo 236.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Vista la retención de crédito con cargo a la aplicación presupuestaria , por importe de Visto el acta de replanteo de la obra, los efectos previstos en el artículo 236 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Visto el informe jurídico emitido por la Secretaría de este Ayuntamiento. Vista la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares por los que debe regirse el contrato en cuestión. Vista la fiscalización emitida por la Intervención de este Ayuntamiento. Visto que, de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, es la Alcaldía el órgano de contratación competente. Nota: Según lo antedicho, en virtud de las competencias conferidas por la legislación vigente y, en concreto, en virtud de lo dispuesto en la Disposición ...
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE INTERVENCIÓN. D./Xx , Interventor/a del Ayuntamiento de , en el ejercicio de la función fiscalizadora del gasto que la normativa me reconoce, de conformidad con lo previsto en el artículo 213 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, emito el presente, Fiscalización del Gasto: . Existe crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto con cargo a la aplicación presupuestaria . A los efectos de fiscalización del expediente, el/la Interventor/a firmante suscribe el contenido del informe de Xxxxxxxxxx. El órgano de contratación competente es el/la Alcalde/sa (o el Pleno, según lo dispuesto en la Disp. Adic. 2ª LCSP 2017) de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. En , a de de . El/La Interventor/a

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.