Resolución de Alcaldía Cláusulas de Ejemplo

Resolución de Alcaldía. Nº 000017-2018-MDI, que designa la comisión del concurso público CAS que se encargara del proceso para cubrir puestos de trabajo bajo la modalidad de contrato administrativo de servicios – CAS en la Municipalidad Distrital de independencia, para el periodo 2018.
Resolución de Alcaldía. Resultando que con fecha de 5 xx xxxx de 2022 se aprueba por Decreto de Alcaldía (nº 0944) la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que articula los procesos de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre. Visto que el mencionado Decreto de Alcaldía se publicó en el BOP xx Xxxxx, n.º 90, con fecha de 13 xx xxxx de 2022. Resultando que con carácter posterior se detectaron errores materiales en el Anexo adjunto al Decreto de Alcaldía (n.º 0944) de 5 xx xxxx xx 0000, xxx xxxxxx xe rectificaron por Decreto de Alcaldía (n.º 1222) de 9 xx xxxxx de 2022, publicándose en el BOP xx Xxxxx, n.º 122 de fecha de 28 xx xxxxx de 2022, y por Decreto de Alcaldía (nº2154) de fecha de 18 de octubre de 2022, publicándose en le BOP xx Xxxxx, n.º 211 de fecha de 4 de noviembre de 2022. Visto que se ha detectado error material en el Anexo del Decreto de de Alcaldía (nº 0944) la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que articula los procesos de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre. Resultando que el artículo 109, 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas regula expresamente en los siguientes términos: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”. Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, todo lo cual, como Secretaria General, CERTIFICO. ” Lo que se hace público para general conocimiento. 14/11/22. LA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, ALCALDESA. Fdo./ Dña. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Nº 134.148 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 109, 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, RESUELVO:

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  • RESOLUCIÓN DEL CONTRATO La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista. Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.

  • RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cuando las partes lo acuerden, las controversias originadas por la aplicación de este contrato, podrán ser resueltos a través de los diferentes medios establecidos en la Ley 7727 del 09/12/1997 sobre resolución Alterna de Conflictos y promoción de la Paz Social, en cualquiera de los centros establecidos en el país creados para la dirección y control de este tipo de procesos.

  • RELACIÓN DE ANEXOS DEFINICIONES

  • Efectos de la resolución 1. Contra la resolución dictada en este procedimiento sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No procederá la revisión de oficio regulada en el artículo 34 de esta Ley y en el Capítulo I del Título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la resolución ni de ninguno de los actos dictados por los órganos regulados en el artículo 41. Tampoco estarán sujetos a fiscalización por los órganos de control interno de las Administraciones a que cada uno de ellos se encuentre adscrito.

  • Lugar y plazo de presentación de ofertas Presentación Manual

  • EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos.

  • Plazo y lugar de presentación Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora) fijado y en el domicilio establecido en el presente DBC. Se considerará que el proponente ha presentado su propuesta dentro del plazo, si ésta ha ingresado al recinto en el que se registra la presentación de propuestas hasta la fecha y hora límite establecidas para el efecto. Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado (Courier). En ambos casos, el proponente es el responsable de que su propuesta sea presentada dentro el plazo establecido.