Common use of IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN Clause in Contracts

IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN. De conformidad con lo previsto en el artículo 20 inc. b), xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los interesados podrán formular impugnaciones a la preselección o preadjudicación dentro del plazo de TRES (3) días de su publicación en el BAC, previo deposito de la garantía de impugnación a la preadjudicación de ofertas. Será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la preadjudicación, el depósito del CINCO POR CIENTO (5%) del monto de la oferta del renglón o de los renglones impugnados, en la Cuenta N° 200.581/2 debiendo entregarse el correspondiente comprobante en la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Gobierno sita en Uspallata 3160, ventanilla única- según lo establecido en el artículo 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. En caso contrario, la presentación no será considerada como impugnación. Dado este supuesto, se resolverá conforme los dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su artículo 20, dando de esa manera intervención a la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.

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IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN. De conformidad con lo previsto en el artículo art. 20 inc. b), ) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los interesados podrán formular impugnaciones a la preselección o preadjudicación dentro del OFERENTES tendrán un plazo de hasta TRES (3) días de para formular impugnaciones, contados desde su publicación a través de BAC. Las impugnaciones a la preadjudicación podrán efectuarse mediante los formularios disponibles en el BAC, BAC y previo deposito depósito de la garantía de impugnación a la preadjudicación de ofertas. Será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la preadjudicación, el depósito del CINCO POR CIENTO correspondiente al cinco por ciento (55 %) en los términos del monto artículo 101 de la oferta del renglón o de los renglones impugnados, en la Cuenta Ley 200.581/2 debiendo entregarse el correspondiente comprobante en 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, acreditada ante la Unidad Operativa Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de Adquisiciones del Ministerio la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno sita en Uspallata 3160la calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx X° 0000, ventanilla única- según lo establecido en el artículo 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. En caso contrario, la presentación no será considerada como impugnación. Dado este supuesto, se resolverá conforme los dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su artículo 20, dando de esa manera intervención a la Procuración Xxxxxxx Xxxx 0° xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.Xxxxx de conformidad con lo dispPuLeIEsGto-2e0n18e-2l 9A6r7t.022505,- in-cS.EbC)DyC2I 1 del PCG y el artículo 111 del Decreto N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18. La mentada garantía será devuelta solo en los casos en que la impugnación prospere totalmente. Las presentaciones que no cumplan con el recaudo previsto en el presente artículo no serán consideradas como impugnaciones a la preadjudicación. En caso de deducirse impugnaciones, éstas se resolverán conjuntamente con el dictado del acto de adjudicación

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IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN. De conformidad con lo previsto en el artículo art. 20 inc. b), ) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los interesados podrán formular impugnaciones a la preselección o preadjudicación dentro del OFERENTES tendrán un plazo de hasta TRES (3) días de para formular impugnaciones, contados desde su publicación a través de BAC. Las impugnaciones a la preadjudicación podrán efectuarse mediante los formularios disponibles en el BAC, BAC y previo deposito depósito de la garantía de impugnación a la preadjudicación de ofertas. Será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la preadjudicación, el depósito del CINCO POR CIENTO correspondiente al cinco por ciento (55 %) en los términos del monto artículo 101 de la oferta del renglón o de los renglones impugnados, en la Cuenta Ley 200.581/2 debiendo entregarse el correspondiente comprobante en 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, acreditada ante la Unidad Operativa Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de Adquisiciones del Ministerio la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno sita en Uspallata 3160la calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx X° 0000, ventanilla única- según lo establecido en el artículo 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. En caso contrario, la presentación no será considerada como impugnación. Dado este supuesto, se resolverá conforme los dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su artículo 20, dando de esa manera intervención a la Procuración Xxxxxxx Xxxx 0° xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.Xxxxx de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20, inc. b) y 21 del PCG y el artículo 111 del Decreto N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18. La mentada garantía será devuelta solo en los casos en que la impugnación prospere totalmente. Las presentaciones que no cumplan con el recaudo previsto en el presente artículo no serán consideradas como impugnaciones a la preadjudicación. En caso de deducirse impugnaciones, éstas se resolverán conjuntamente con el dictado del acto de adjudicación

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN. De conformidad con La garantía de impugnación a la preadjudicación de ofertas será del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, conforme lo previsto en establecido por el artículo 20 incArtículo 17.1. b)inciso f) del PBCG. Es requisito necesario de toda impugnación que la misma sea autosuficiente, xxx Xxxxxx Único contenga la fundamentación adecuada y se individualizan los elementos de Bases y Condiciones Generales, los pruebas que hagan al derecho del impugnante. Los interesados podrán formular impugnaciones a la preselección o al Dictamen de preadjudicación dentro del en el plazo de TRES tres (3) días de su publicación en el a través de BAC, previo deposito depósito de la garantía pertinente, de impugnación a la preadjudicación de ofertasconformidad con los Artículos 20 y 21 del PBCG. Será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la preadjudicación, el El depósito del CINCO POR CIENTO (5%) del monto de la oferta del renglón o de los renglones impugnados, deberá efectuarse en la Cuenta N° 200.581/2 debiendo entregarse “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el correspondiente comprobante Banco Ciudad de Buenos Aires, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente. La documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Gobierno sita en Uspallata 3160Xxxx. Xxxxxx Xxxxxx 346, ventanilla única- según lo establecido en el artículo 20 xxx Xxxxxx Único 5to Piso, CABA, de Bases forma previa a formalizar la impugnación, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y Condiciones Generales. En original de la constancia de constitución; caso contrario, la presentación impugnación no será considerada como impugnación. Dado este supuesto, se resolverá conforme los dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su artículo 20, dando de esa manera intervención a la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxconsiderada.

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