Common use of GESTIÓN AMBIENTAL Clause in Contracts

GESTIÓN AMBIENTAL. El CONCESIONARIO deberá cumplir, como parte de su gestión ambiental, con las normas legales referidas al manejo de residuos sólidos y residuos sólidos peligrosos, manejo de materiales peligrosos, uso de agua, vertimiento de agua y residuos líquidos, ruido, calidad de agua, calidad de aire, consumo de hidrocarburos, zonificación, entre otros aspectos ambientales regulados por la legislación peruana. El CONCESIONARIO, previo al inicio de una Rehabilitación deberá presentar una Evaluación Ambiental a la DGASA con copia a OSITRAN. La DGASA, tendrá un plazo de cuarenta y cinco (45) Días Calendario, contados a partir de su presentación, para evaluar y aprobar la indicada Evaluación, de acuerdo a los procedimientos establecidos en las leyes que rigen la materia. EL CONCESIONARIO debe incluir en su organigrama un Área Socio Ambiental con finalidad de garantizar la viabilidad socio ambiental de toda actividad aeroportuaria y del cumplimiento de la legislación ambiental nacional e internacional vigente durante la etapa de construcción y operación de los aeropuertos. Esta área deberá estar constituida por dos unidades (ambiental y social) y conformada por personal de ambas especialidades. A través de esta área, el CONCESIONARIO deberá presentar a la DGASA, con copia a OSITRAN, informes trimestrales que den cuenta de las actividades de la gestión ambiental en los Aeropuertos. Así también participará en el monitoreo socio ambiental que realizará el equipo de especialistas de la DGASA durante la etapa de operación, para asegurar un manejo ambiental apropiado de los Aeropuertos.

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Samples: Contrato De Concesión Delsegundo Grupo De Aeropuertos De Provincia De La República Del Perú, Contrato De Concesión Delsegundo Grupo De Aeropuertos De Provincia De La República Del Perú

GESTIÓN AMBIENTAL. El CONCESIONARIO deberá cumplir, como parte de su gestión ambiental, con las normas legales referidas al manejo de residuos sólidos y residuos sólidos peligrosos, manejo de materiales peligrosos, uso de agua, vertimiento de agua y residuos líquidos, ruido, calidad de agua, calidad de aire, consumo de hidrocarburos, zonificación, entre otros aspectos ambientales regulados por la legislación peruana. El CONCESIONARIO, previo al inicio de una Rehabilitación deberá presentar una Evaluación Ambiental a la DGASA con copia a OSITRAN. La El OSITRAN, en coordinación la DGASA, tendrá un plazo de cuarenta y cinco (45) Días Calendario, contados a partir de su presentación, para evaluar y aprobar la indicada Evaluación, de acuerdo a los procedimientos establecidos en las leyes que rigen la materia. EL CONCESIONARIO debe incluir en su organigrama un Área Socio Ambiental con finalidad de garantizar la viabilidad socio ambiental de toda actividad aeroportuaria y del cumplimiento de la legislación ambiental nacional e internacional vigente durante la etapa de construcción y operación de los aeropuertos. Esta área deberá estar constituida por dos unidades (ambiental y social) y conformada por personal de ambas especialidades. A través de esta área, el CONCESIONARIO deberá presentar a la DGASA, con copia a OSITRAN, informes trimestrales que den cuenta de las actividades de la gestión ambiental en los Aeropuertos. Así también participará en el monitoreo socio ambiental que realizará el equipo de especialistas de la DGASA durante la etapa de operación, para asegurar un manejo ambiental apropiado de los Aeropuertos.

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Samples: Contrato De Concesión Delsegundo Grupo De Aeropuertos De Provincia De La República Del Perú

GESTIÓN AMBIENTAL. El CONCESIONARIO deberá cumplirOPERADOR LOGÍSTICO está obligado a elaborar el Instrumento de Gestión Ambiental, como parte en base a los lineamientos establecidos en el Anexo 6 de su gestión ambiental, con las normas legales referidas al manejo de residuos sólidos y residuos sólidos peligrosos, manejo de materiales peligrosos, uso de agua, vertimiento de agua y residuos líquidos, ruido, calidad de agua, calidad de aire, consumo de hidrocarburos, zonificación, entre otros aspectos ambientales regulados por la legislación peruanapresente Oferta. El CONCESIONARIO, previo al inicio de una Rehabilitación OPERADOR LOGÍSTICO deberá presentar una Evaluación el Instrumento de Gestión Ambiental a la DGASA con copia Autoridad Ambiental Competente, como máximo a OSITRAN. La DGASA, tendrá un plazo de cuarenta y cinco los treinta (4530) Días Calendario, Calendarios contados a partir de su presentación, para evaluar y aprobar la indicada Evaluación, Fecha de acuerdo a los procedimientos establecidos Cierre. El Instrumento de Gestión Ambiental deberá ser elaborado por una entidad debidamente inscrita en las leyes que rigen la materia. EL CONCESIONARIO debe incluir en su organigrama un Área Socio Ambiental con finalidad el registro de garantizar la viabilidad socio ambiental de toda actividad aeroportuaria y del cumplimiento entidades autorizadas de la legislación Autoridad Ambiental Competente. La implementación de las condiciones y/o medidas establecidas en el Instruments de Gestión Ambiental, serán de exclusiva responsabilidad y costo del OPERADOR LOGÍSTICO, debiendo dar cumplimiento a toda la normativa ambiental nacional e internacional vigente vigente. El OPERADOR LOGÍSTICO, previa aprobación de la Autoridad Ambiental Competente, podrá incorporar mejoras y/o nuevas medidas ambientales a las exigidas, que a su juicio contribuyan a la protección del medio ambiente durante la etapa vigencia del Contrato. En caso el Expediente Técnico aprobado sufra modificaciones, o se requiera la Operación en nuevas áreas o la ejecución de construcción y operación nuevas actividades u obras no comprendidas en los Instrumentos de los aeropuertos. Esta área deberá estar constituida por dos unidades (ambiental y social) y conformada por personal de ambas especialidades. A través de esta áreaGestión Ambiental aprobados, será necesario que el CONCESIONARIO deberá presentar a OPERADOR LOGÍSTICO cuente con la DGASA, con copia a OSITRAN, informes trimestrales que den cuenta de las actividades aprobación de la gestión ambiental en los Aeropuertos. Así también participará Autoridad Ambiental Competente previo a su intervención, en el monitoreo socio ambiental que realizará el equipo de especialistas marco de la DGASA durante la etapa de operación, para asegurar un manejo normatividad ambiental apropiado de los Aeropuertosvigente.

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