GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ ENTREGAR AL ÁREA CONTRATANTE EN EL DOMICILIO DE LA ENTIDAD DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO, UNA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL, O UN SEGURO DE DAÑOS A TERCEROS, POR LOS DAÑOS O PERJUICIOS QUE SUS EMPLEADOS U OTROS POR MOTIVO DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PUDIERA CAUSAR A LOS BIENES MUEBLES O INMUEBLES O A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE PRONÓSTICOS, POR LA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 10% DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO ANTES DE I.V.A., SI LOS DAÑOS O PERJUICIOS EXCEDEN ESE IMPORTE LA EMPRESA SE HARÁ CARGO DE ELLOS. EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR UN ESCRITO EN PAPEL PREFERENTEMENTE MEMBRETADO DEL LICITANTE, CON FIRMA AUTÓGRAFA DE SU REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL, EN LA QUE DECLARE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, SE COMPROMETE A ADQUIRIR UNA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL, O UN SEGURO DE DAÑOS A TERCEROS, POR LOS DAÑOS O PERJUICIOS QUE SUS EMPLEADOS U OTROS POR MOTIVO DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PUDIERA CAUSAR A LOS BIENES MUEBLES O INMUEBLES O A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE PRONÓSTICOS, POR LA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 10% DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO ANTES DE I.V.A., SI LOS DAÑOS O PERJUICIOS EXCEDEN ESE IMPORTE LA EMPRESA SE HARÁ CARGO DE ELLOS. ANEXO 8-A CON BASE A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO 1 DE LA CONVOCATORIA. ANEXO 8-B
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El Operador entrega una Garantía de Responsabilidad Civil por la suma de US$ 3´500,000.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 00/100) para cubrir daños a terceros (en su persona o bienes), en caso de accidentes, negligencias o mala ejecución de los trabajos contratados por parte del personal del Operador, siempre y cuando dichos daños sean consecuencia directa de la gestión del Operador, y provengan de demandas contractuales y extracontractuales que deriven en resoluciones y sentencias en contra de la MIMG, de la ATM, de la fiscalización y/o del Operador. El Operador se obliga a mantenerla vigente desde que se expida la Orden de Inicio de Construcción hasta la conclusión del plazo de vigencia del Contrato. El Operador deberá justificar que cuenta con una póliza de responsabilidad civil contra daños a terceros y/o usuarios y sus bienes para garantizar a quienes puedan resultar perjudicados en el desarrollo de la actividad materia del Contrato. Queda claramente entendido que la obtención y vigencia de este seguro no relevará en forma alguna al aliado estratégico de la responsabilidad directa que le corresponde siempre por siniestros cuyos montos sean superiores al seguro contratado; así como responderá aun en el caso de que la aseguradora no pagare la indemnización contratada por cualquier motivo que alegare. Esta garantía no exime, pues, al aliado estratégico de la reparación total por daños producidos, en función de cualquier reclamación de terceros efectivamente perjudicados, sea que haya o no sentencia ejecutoriada.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El invitado adjudicado se obliga a entregar a favor de la convocante dentro de los 15 días posteriores a la fecha de formalización del contrato, una póliza de seguro de responsabilidad civil general por un monto de $500.000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.) que garantice los daños que puedan causarse a la convocante y a terceros en sus bienes o personas dicho seguro deberá ser expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional, durante la vigencia del contrato. En caso de que el invitado adjudicado ya cuente con un seguro de responsabilidad civil expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional, antes de la firma del contrato celebrado entre la convocante y el invitado adjudicado, tendrá como beneficiario a la convocante en los términos del párrafo anterior, presentando el endoso correspondiente. La convocante se libera de los daños y perjuicios a personas o a los bienes que serán utilizados por el invitado adjudicado en el desarrollo de los servicios objeto de esta invitación. Queda expresamente estipulado que el personal encargado del servicio, estará bajo la responsabilidad directa del invitado que resulte adjudicado y por lo tanto, en ningún momento se considerará patrón sustituto, ni tampoco al invitado como intermediario, por lo que la convocante no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente queda liberada de cualquier responsabilidad de las reclamaciones que se pudieran presentar en contra de la convocante.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ CONTAR CON PÓLIZA DE SEGURO VIGENTE CON COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, QUE DEBERÁ ESTAR VIGENTE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DEBERÁ CONTAR CON UNA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL VIGENTE, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO TÉCNICO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El Licitante ganador deberá presentar un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que causen sus empleados y/o operarios (o el personal de sus subcontratistas, en su caso) a LA CONVOCANTE y/o a terceros, en sus bienes o en su persona, provocados por actos y/o hechos intencionales y/o imprudenciales, voluntarios y/o involuntarios o directa o indirectamente causados por la prestación de los servicios, incluyendo el daño o indemnización a los ocupantes permanentes u ocasionales, sus bienes y pertenencias y la restitución de los perjuicios hasta su total satisfacción. La vigencia del seguro será por el periodo de tiempo comprendido entre la fecha de inicio de la prestación de los servicios y el día en que LA CONVOCANTE los reciba de conformidad. La cobertura del seguro deberá cubrir los riesgos indicados con un límite de responsabilidad hasta por la cantidad de 20% del monto total del contrato, y con el mismo límite para cada evento y/o siniestro. Esta póliza deberá ser entregada a LA CONVOCANTE, a más tardar a la firma del contrato. La póliza deberá ser otorgada por Compañía Aseguradora legalmente constituida y autorizada conforme a las Leyes Mexicanas, y se mantendrá vigente durante todo el tiempo que dure la ejecución de los trabajos. En lo general y lo particular, la contratación del seguro, deberá efectuarse conforme a lo especificado en el modelo de contrato que acompaña a la presente convocatoria.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. Ampliación de la cobertura
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El operador deberá constituir una Garantía de Responsabilidad Civil por la suma de USD $ 10 000 (diez mil dólares de los Estados Unidos de América 00/100) para cubrir daños a terceros (en su persona o bienes), en caso de accidentes, negligencias o mala ejecución de los trabajos contratados por parte del personal del operador, siempre y cuando dichos daños consecuencia directa de la gestión del operador, quien se obliga a mantenerla vigente por todo el plazo de vigencia del contrato. Queda claramente entendido que la obtención de este seguro no revelara en forma alguna al Operador de la responsabilidad que le corresponde por siniestros cuyos montos sean superiores al seguro contratado, por franquicias, exclusiones, deducciones, entre otros, estipuladas en la póliza, así como en el caso de que la aseguradora no pagare la indemnización por cualquier motivo alegare.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ CONTAR CON PÓLIZA DE SEGURO VIGENTE CON COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, ESTE DEBERÁ CUBRIR LOS DAÑOS (BIENES Y PERSONAS) QUE PUDIERAN PRESENTARSE DURANTE EL PERIODO DE LA PRESTACION DEL SERVICIO, MISMA QUE DEBERÁ ESTAR VIGENTE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.