Common use of GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Clause in Contracts

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.

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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO Se establecerá un monto del cinco por ciento (5%) del valor total monto del contrato, con validez de su oferta60 días prorrogables, con 30 días más a solicitud de INISER. Toda oferta con un período de validez menor que el requerido será rechazada por INISER por no cumplir con los requisitos esenciales xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones de la Licitación. En casos especiales INISER podrá solicitar, antes de que venza el caso plazo de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas validez de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso ofertas, a los Licitantes una prórroga de optar por integrar la garantía mediante póliza vigencia de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientestreinta (30) días adicionales, será valida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta contados a partir de la fecha fijada para la recepción y apertura de vencimiento del plazo de mantenimiento ofertas, la solicitud y las respuestas serán por escrito. Esta Garantía debe ser denominada en la moneda de la oferta y deberá ser emitida por una Institución supervisada por la SIBOIF, distinta al INISER.  Si el Licitante retira o modifica su oferta durante el periodo de validez de la misma.  Si el Licitante después de haber sido notificado de la adjudicación no firma o rehúsa firmar el contrato en cursoel plazo establecido. El oferente que manifestara  SI el Licitante no presenta o rehúsa presentar la Garantía de Cumplimiento de Contrato.  Cualquier incongruencia en la presentación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta será causal de rechazo de la oferta. A los Licitantes que no mantendrá resulten seleccionados se les restituirá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección garantía previa solicitud, en un plazo no mayor a (05) cinco días hábiles, contados a partir de la fecha indicada notificación de la Resolución de Adjudicación. Al adjudicatario se le restituirá la Garantía de Mantenimiento de Oferta en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento momento en que deposite en poder de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento INISER la Fianza de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación Ejecución o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la ofertaCumplimiento.

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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza Póliza de cauciónCaución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.

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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán constituir Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía de mantenimiento de a favor del GCABA por la oferta suma equivalente al CINCO POR CIENTO cinco por ciento (5%) del valor monto resultante de multiplicar el canon base mensual por el plazo total de su ofertala concesión (10 años). La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será devuelta una vez adjudicada la concesión obra pública, uso y la explotación de los Espacios a aquellos Oferentes que no hayan resultado adjudicatarios. En el caso de cotizar con descuentosresultar Adjudicatario, alternativas o variantesesta garantía se prolongará hasta la constitución de la Garantía de Cumplimiento del Contrato. En razón de ello, la garantía deberá expresar que mantiene su vigencia por el plazo de Mantenimiento de la Oferta dispuesto por el presente PUBC y de conformidad con las estipulaciones contenidas en este último, las cuales el garante declara conocer y aceptar. La constitución de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá realizarse mediante Póliza de Seguro de Caución, por medio de la cual se deberá calcular sobre desprenda expresamente que la aseguradora se obliga en el mayor valor propuestocarácter de codeudor solidario, liso y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de división y excusión previa del obligado. Dicha La garantía deberá constituirse en algunas ser constituida a entera satisfacción de la Dirección General. No serán rechazadas las formas previstas Ofertas cuando, por error, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta PLIEG-2019-37421133-GCABA-DGCOYP presentada fuera de un importe inferior al que corresponda, siempre que el mismo no supere un veinte por ciento (20%) del monto correcto. De no superar la diferencia mencionada precedentemente, la Comisión Evaluadora intimará al Oferente a constituir de manera correcta la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré plazo que se fije a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la ofertatales fines.

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Samples: Pliego Unico De Bases Y Condiciones Que Rige El Procedimiento De Licitación Pública De Concesión De Obra Pública

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los 12.1. En caso de corresponder los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta. oferta.- En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. propuesto.- Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Único.- Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. público.- La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida válida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Único.- Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. curso.- El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. anterior.- Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.oferta.-

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes A efectos de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 64 del DRVFLCP y en concordancia con el artículo 135 del Reglamento de la citada Ley, los participantes deberán constituir consignar una garantía Garantía de mantenimiento Mantenimiento de la Oferta, anexa a la oferta, expedida por Sociedades de Garantías del Sistema Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y Mediana Empresa, por Entidad Bancaria o Compañía de Seguros, debidamente inscritas en la Superintendencia General de Bancos y otras Instituciones Financieras, o en la Superintendencia de Seguros, según sea el caso; o cheque de gerencia a favor de “LA CONTRALORÍA”, la Caución o la Garantía deberán ser por un monto equivalente al 1,5% con base al monto de la oferta equivalente presentada, para asegurar que no se retirará la oferta durante un período de sesenta (60) días continuos, lapso en el cual se efectuará la suscripción del contrato y consignará la garantía de fiel cumplimiento correspondiente. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta del participante al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total que se le otorgue la adjudicación, le será reintegrada cuando haya suscrito el contrato y presentado conforme la Garantía de Fiel Cumplimiento. Se procederá a ejecutar la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en los siguientes casos:  Si el oferente retira su ofertaoferta durante el período de vigencia de la misma. En el caso de cotizar que un participante favorecido con descuentosla adjudicación, alternativas o variantes, y antes de finalizar el plazo establecido para la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros validez de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso Garantía de Mantenimiento de la firma social o actuare con poderes suficientesOferta, será valida solamente cuando no firme el monto contrato.  Que no presente la Garantía de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la ofertaFiel Cumplimiento.

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Samples: Concurso Abierto N

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán constituir Salvo que se estipule lo contrario en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta el original de una Garantía de Mantenimiento de la OfertaOferta por la cantidad y en la moneda estipulada en los DDL. Oferta A opción del Oferente, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser una garantía de mantenimiento a la vista, y a opción del Oferente, en cualquiera de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total siguientes formas: garantía bancaria incondicional; carta de su oferta. En el caso crédito irrevocable; cheque de cotizar con descuentos, alternativas gerencia o variantes, la cheque certificado; o otra garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse definida en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros los Datos de la Nación y deberá contener la respectiva legalización Licitación, emitida por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso una institución de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida solamente cuando el monto prestigio de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Únicoun país elegible. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la ofertaOferta que presente el Oferente es una fianza emitida por una aseguradora o una compañía afianzadora situada fuera del país del Contratante, la institución que emite la garantía deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si La Garantía de Mantenimiento de Oferta, deberá estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de Licitación, u otro formulario aprobado por el contrarioContratante con anterioridad a la presentación de la Oferta. En cualquier caso el formulario de la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá incluir el nombre completo del Oferente. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta permanecerá válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 18.2 de las IAO. 19.3 Si la Subcláusula 19.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la Oferta , serán rechazadas por el oferente manifestara su voluntad Contratante por incumplimiento. 19.4 Las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no mantener su oferta fuera fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto como sea posible, después que el Oferente al que se haya adjudicado el Contrato suministre la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 41 de las IAO. 19.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimientoOferente al que se adjudica el contrato será devuelta, corresponderá excluirlo del procedimiento tan pronto como sea posible, una vez que dicho Oferente haya firmado el contrato y ejecutar suministrado la garantía de mantenimiento cumplimiento del contrato. 19.6 La Garantía de Mantenimiento de la oferta.Oferta se podrá hacer efectiva Ofertasi: (a) un Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Presentación de Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 18.2 de las IAO; o (b) si el Oferente seleccionado: no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 40 de las IAO; o no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 41 de las IAO. 19.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta Ofertade una APCA deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta Ofertadeberá estar en nombre de todos los futuros socios de la APCA tal como se denomina en la carta de intención mencionada enlas IAO 4.1. 19.8 Si en los DDL no se exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, el Contratante podrá, si así se contempla en los DDL, declarar no elegible al Oferente para la adjudicación de un contrato por el período de tiempo que figure en los DDL, si el Oferente: retira su Oferta durante el período de validez que se señala en el formulario de carta de presentación de Oferta, salvo en los casos contemplados en la Cláusula 18.2 de las IAO; o al que se adjudica el contrato: no firma el contrato de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 40 de las IAL; o no suministra una Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 41 de las IAO;

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Samples: fidic.org

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán constituir El Licitante proporcionará, como parte de su Oferta, una garantía Declaración de mantenimiento Mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total Oferta o bien una Garantía de su oferta. En Mantenimiento de la Oferta, según lo especificado en los DDL, en un formulario original y, en el caso de cotizar con descuentosuna Garantía de Mantenimiento de la Oferta, alternativas o variantespor el monto y en la moneda establecidos en los DDL. Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se utilizará el formulario pertinente incluido en la Sección IV, Formularios de Licitación. Si, según lo especificado en la IAL 19.1, se debe presentar una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, esta debe ser una garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas pagadera a primer requerimiento que tendrá cualquiera de las formas previstas siguientes, a opción del Licitante, y será emitida por una institución de prestigio de un país elegible: una garantía incondicional emitida por un banco o una institución financiera no bancaria (como una compañía de seguros, fianzas o avales); una carta de crédito irrevocable; un cheque de caja o cheque certificado, o otra garantía definida en los DDL, emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si una garantía incondicional es emitida por una institución financiera no bancaria localizada fuera del País del Contratante, la institución financiera no bancaria deberá tener una institución financiera corresponsal ubicada en el artículo 39 xxx Xxxxxx ÚnicoPaís del Contratante para hacerla efectiva, salvo que el Contratante haya acordado por escrito, antes de la presentación de la Oferta, que la existencia de dicha institución financiera corresponsal no es obligatoria. Para el caso Si se trata de optar por integrar la una garantía mediante póliza de cauciónbancaria, la misma deberá ser extendida Garantía de Mantenimiento de Oferta se presentará utilizando el formulario de Garantía de Mantenimiento de Oferta que se incluye en la Sección IV, Formularios de Licitación, o bien otro formato sustancialmente similar aprobado por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por el Contratante con anterioridad a la Superintendencia de Seguros presentación de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano públicoOferta. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso Garantía de Mantenimiento de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida solamente cuando el monto Oferta tendrá una validez de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL veintiocho ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta 28) días a partir a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento extendida de la oferta validez de la Oferta o de cualquier fecha extendida, si esta se hubiera solicitado de conformidad con la IAL 18.2.. Si en curso. El oferente la IAL 19.1 se especifica que manifestara se debe presentar una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, toda Oferta que no mantendrá su oferta quedará excluido vaya acompañada de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que se ajusten sustancialmente a los requisitos pertinentes será rechazada por el Contratante por incumplimiento. Si en la IAL 19.1 se especifica que se debe presentar una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Licitantes no seleccionados se devolverá a estos tan pronto como sea posible, después de que el Licitante seleccionado suscriba el Contrato y proporcione la Garantía de Cumplimiento, y si especificado en los DDL, la Garantía de Cumplimiento de las obligaciones en materia ambiental, social, y de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con la IAL 48. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta del procedimiento Licitante seleccionado se devolverá al Licitante seleccionado tan pronto como sea posible después de selección a partir que este haya suscrito el Contrato y haya proporcionado la Garantía de Cumplimiento, y si especificado en los DDL, la Garantía de Cumplimiento Ambiental y Social exigidas. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar: si un Licitante retira la Oferta antes de la expiración de la fecha indicada de Validez de la Oferta especificada por el Licitante en la Carta de Oferta o durante cualquier prórroga de ese período dispuesta por el párrafo anteriorLicitante; o si el Licitante seleccionado: no subscribe el Contrato con arreglo a lo dispuesto en la IAL 47; o no suministra una Garantía de Cumplimiento, y si establecido en los DDL, la Garantía de Cumplimiento Ambiental y Social (AS), conforme a lo establecido en la IAL 48. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una APCA se emitirán en nombre de la asociación que presenta la Oferta. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento APCA no se hubiera constituido formalmente como entidad jurídica al momento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efectopresentar la Oferta, quedará excluido del procedimiento la Garantía de selección, sin pérdida Mantenimiento de la garantía Oferta o la Declaración de mantenimiento Mantenimiento de la ofertaOferta se emitirán en nombre de todos los futuros miembros que figuren en la carta de intención mencionada en las IAL 4.1 y 11.2. Si en los DDL, de conformidad con la IAL 19.1, no se exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, y si el Licitante retira su Oferta antes de la fecha de expiración de la validez de la Oferta especificada por el contrarioLicitante en la Carta de la Oferta o cualquier fecha extendida otorgada por el Licitante, o si el Licitante seleccionado: no subscribe el Contrato con arreglo a lo dispuesto en la IAL 47 o no suministra una Garantía de Cumplimiento, y si especificado en los DDL, la Garantía de Cumplimiento Ambiental Y Social (AS), conforme a lo establecido en la IAL 48, el oferente manifestara su voluntad Prestatario puede, cuando así se disponga en los DDL, declarar al Licitante no elegible para ser adjudicatario de no mantener su oferta fuera un contrato por parte del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con Contratante durante el período que se establezca en los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento DDL. Formato y ejecutar la garantía de mantenimiento Firma de la ofertaOferta El Licitante preparará un juego original de los documentos que componen la Oferta según se describe en la IAL 11 y lo marcará claramente como “Original”. Las Ofertas alternativas, si se permiten en virtud de la IAL 13, se marcarán claramente como “Alternativas”. Además, el Licitante deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “Copia”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, prevalecerá el texto del original. Los Licitantes marcarán como “Confidencial” la información relativa a sus actividades comerciales consignada en sus Ofertas que tenga ese carácter, como, por ejemplo, la información amparada por patentes, los secretos de fabricación o la información delicada de índole comercial o financiera. El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona debidamente autorizada para firmar en nombre del Licitante. Esta autorización consistirá en una confirmación escrita, según se especifica en los DDL, la cual deberá adjuntarse a la Oferta. El nombre y el cargo de cada persona que firme la autorización deberán escribirse en letra de imprenta o imprimirse bajo su firma. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar firmadas o inicialadas por la persona que suscriba la Oferta. Cuando el Licitante sea una APCA, la Oferta debe estar firmada por un representante autorizado de la APCA en nombre de esta, de manera que sea jurídicamente vinculante para todos los miembros, como lo demuestre un poder suscrito por sus representantes legalmente autorizados. Las interlineaciones, las raspaduras o las enmiendas solo serán válidas si están firmadas o inicialadas por la persona que suscriba la Oferta.

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Samples: aisem.gob.bo

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los Para garantizar el mantenimiento de su oferta, los oferentes deberán constituir agregar a su cotización -a la fecha de apertura-, una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al del CINCO POR CIENTO (5%) del valor económico total de su oferta. En el oferta en caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuestocorresponder. Dicha garantía deberá constituirse en algunas la misma moneda en que se hubiere hecho la oferta. Cuando la cotización se haga en moneda extranjera y la garantía se constituya en efectivo o cheque, el importe de la respectiva garantía deberá consignarse en moneda nacional y su monto deberá calcularse sobre la base del tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al cierre del día anterior a la fecha de constitución de la garantía (artículos 78 y 79 del Anexo que conforma el Decreto N° 1030/16). La omisión de la agregación con la oferta pertinente -en la fecha de apertura-, de la garantía de mantenimiento de oferta que prevé esta cláusula 21.1 o de su constancia fehaciente de constitución, determinará la desestimación -como inadmisible-, de la respectiva oferta incumpliente (artículo 66, inciso “k”, del Anexo que forma parte del Decreto N° 1030/16). La garantía de mantenimiento de la oferta que prevé esta cláusula podrá implementarse en cualquiera de las formas previstas en establecidas por el artículo 39 xxx Xxxxxx Únicodel Anexo que integra el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición ONC N° 63-E/16. Para En el caso de optar por integrar supuesto que la garantía se presente mediante póliza de cauciónpagaré, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso (sin fecha de vencimiento), a nombre del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, con indicación del lugar y de la firma social o actuare fecha en que ha sido firmado y la rúbrica del suscriptor. En ningún caso se podrá implementar la garantía de mantenimiento de la oferta con poderes suficientes, será valida solamente un pagaré cuando el monto de la garantía no supere que surja de la aplicación del citado CINCO POR CIENTO (5%) exceda la suma total de DOSCIENTOS SESENTA (260) MÓDULOS (M. 260), equivalentes al monto total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-ARS 260.000,00) -artículo 39, inciso “g” xxx Xxxxxx único de Bases y Condiciones Generales implementado por el Anexo que conforma la Disposición ONC N° 63-E/16- y artículos 101 y 102 del Decreto Ley Nº 5965/63 que regula el régimen de la Letra de Cambio y el Pagaré). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en demás formas de garantía que prevé el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la ofertacitado artículo 39.

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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida válida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.

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