Fiscalización Cláusulas de Ejemplo

Fiscalización. (Para contratos de ejecución de obra) Las actividades de fiscalización, las cuales podrán ser contratadas en el caso de no disponer de personal calificado para el efecto, propenderán a la verificación y supervisión del uso de una adecuada técnica y correcta ejecución de la obra, en aplicación de los términos y condiciones previstas en la oferta adjudicada a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, rubros contractuales, subcontratación, especificaciones técnicas, participación ecuatoriana mínima, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores, transferencia tecnológica, cuando corresponda, y normas técnicas aplicables, con sujeción a lo previsto en el contrato. La fiscalización será responsable de asegurar el debido y estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas de diseño y materiales por parte del contratista, debiendo en todo momento observar las que hacen parte de los diseños definitivos y el contrato. La fiscalización no podrá cambiar las especificaciones generales o técnicas de diseño o de materiales sin la justificación técnica correspondiente. En el caso de existir diferencias entre la fiscalización y el contratista, éste último podrá solicitar la intervención del administrador del contrato a fin de que dirima la situación o desavenencia que se hubiera presentado. Únicamente en los procedimientos cuya cuantía se igual o superior al de Licitación, para asegurar y evidenciar el cumplimiento de los resultados del estudio de desagregación tecnológica, los funcionarios responsables de la administración y fiscalización del contrato constatarán, validarán y exigirán que en las planillas de ejecución de trabajos o avance de obra, se incluyan los resultados de verificación del origen de los componentes y elementos (mano de obra, materiales, equipos y servicios) utilizados para la ejecución de los trabajos a ser planillados, con base a la supervisión in situ de los trabajos, las facturas de provisión de materiales y servicios, y formularios de pago de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social - IESS de la mano de obra. En las Actas de Entrega-Recepción de las obras contratadas, cuya cuantía sea igual o superior al previsto para Licitación, sean estas parciales, provisional o definitiva, se incluirá la declaración del contratista respecto de la aplicación e implementación de los resultados de los Estudios de Desagregación Tecnológica y cumplimiento del porcentaje de participación ecuatoriana mínimo...
Fiscalización. Las actividades de fiscalización, las cuales podrán ser contratadas en el caso de no disponer de personal calificado para el efecto, propenderán a la verificación y supervisión del uso de una adecuada técnica y correcta ejecución de la obra, en aplicación de los términos y condiciones previstas en la oferta adjudicada a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, rubros contractuales, subcontratación, especificaciones técnicas, participación ecuatoriana mínima, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores, transferencia tecnológica, cuando corresponda, y normas técnicas aplicables, con sujeción a lo previsto en el contrato.
Fiscalización. Las actividades de fiscalización, las cuales podrán ser contratadas en el caso de no disponer de personal calificado para el efecto, propenderán a la verificación y supervisión del uso de una adecuada técnica y correcta ejecución de la obra, en aplicación de los términos y condiciones previstas en la oferta adjudicada a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, rubros contractuales, subcontratación, especificaciones técnicas, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores, transferencia tecnológica, cuando corresponda, y normas técnicas aplicables, con sujeción a lo previsto en el contrato. La fiscalización será responsable de asegurar el debido y estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas de diseño y materiales por parte del contratista, debiendo en todo momento observar las que hacen parte de los diseños definitivos y el contrato. La fiscalización no podrá cambiar las especificaciones generales o técnicas de diseño o de materiales sin la justificación técnica correspondiente. En el caso de existir diferencias entre la fiscalización y el contratista, éste último podrá solicitar la intervención del administrador del contrato a fin de que dirima la situación o desavenencia que se hubiera presentado.
Fiscalización. Los trabajos materia del presente CONTRATO estarán sujetos a la FISCALIZACIÓN permanente de la ENTIDAD, quien nombrará como FISCAL DE OBRA a un (registrar la especialidad del profesional) quien tendrá a su cargo:
Fiscalización. Velará por la correcta ejecución de la obra, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables. La fiscalización podrá ser realizada por servidores de la entidad o por terceros, de ser el caso.
Fiscalización. (De acuerdo con la magnitud y complejidad del proyecto, para la etapa de construcción la entidad contratante deberá establecer la supervisión obligatoria y permanente, con el objeto de asegurar el cumplimiento del diseño y especificaciones, en las obras contratadas, es este espacio, utilizando algunas o todas las atribuciones que constan a continuación):
Fiscalización. El Fiscalizador velará por la correcta ejecución del objeto del contrato, a fin de que los estudios y diseños definitivos cumplan con lo establecido en los Términos de Referencia, las especificaciones técnicas, cronogramas de trabajo y normas técnicas aplicables. La Secretaría del Agua designará como fiscalizador del Contrato a un funcionario o servidor público, profesional afín al objeto de la contratación, miembro del Equipo de Agua y Saneamiento de la Demarcación Hidrográfica correspondiente, asignados al PAS-EE.
Fiscalización. Los trabajos materia del presente CONTRATO estarán sujetos a la FISCALIZACIÓN permanente de la ENTIDAD, la cual nombrará como FISCAL DE OBRA al Profesional en Proyectos de Ingeniería Civil, quien tendrá a su cargo: Exigir a través del SUPERVISOR el cumplimiento del Contrato de Xxxx. Exigir directamente el cumplimiento del Contrato de SUPERVISIÓN TÉCNICA, realizando seguimiento y control de los actos del SUPERVISOR en la SUPERVISIÓN Técnica de la OBRA. Exigir el buen uso de los recursos asignados a la Obra. Tomar conocimiento y en su caso pedir aclaraciones pertinentes sobre los Certificados de Obra aprobados por el SUPERVISOR. Coordinar todos los asuntos relacionados con los Contratos de Construcción y SUPERVISIÓN. (Xxxxxxxx el siguiente inciso cuando el proponente adjudicado NO haya sido beneficiado con el margen de preferencia por la generación de empleo establecido en el inciso b) del parágrafo II del Artículo 30 de las NB-SABS). Aprobar el informe de seguimiento y control emitido por el SUPERVISOR o en su caso solicitará la complementación del mismo. El FISCAL tiene funciones diferentes a las del SUPERVISOR, por lo que no está facultado para suplantar en el ejercicio de sus funciones específicas y responsabilidades al SUPERVISOR. Reemplazo del FISCAL DE OBRAS y SUPERVISOR: En caso de renuncia o muerte del FISCAL DE OBRAS, o en caso de que la ENTIDAD y el CONTRATISTA coincidieran en que el FISCAL DE OBRA y/o SUPERVISOR no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, un nuevo FISCAL DE OBRA y/o SUPERVISOR será nombrado por la ENTIDAD.
Fiscalización. El Fiscal del Servicio será un funcionario de la Unidad de Innovación Tecnológica del Ministerio de Planificación del Desarrollo, designado mediante memorándum. Forma de pago De manera mensual a la presentación de la factura previo informe y/o acta de conformidad del servicio prestado en el mes, por la Unidad de Innovación Tecnológica. Garantía de Cumplimiento de Contrato En caso de que el proveedor no presente boleta de garantía de cumplimiento de contrato, se realizara la retención del 7% del monto total de cada pago mensual, montos que serán devueltos a la finalización del servicio, previa conformidad de la Unidad de Innovación Tecnológica, (Manifestar Aceptación). Multas En caso de que el corte del servicio supere las 24 horas se aplicara una multa del 1% por día de servicio no prestado. Esta penalización no se aplicará x xxxxxx no atribuibles a la empresa ni a los programados y autorizados por la ATT. Tiempo de duración del servicio a ser contratado El servicio deberá estar operando a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021. Responsabilidad por la Instalación y puesta en marcha Todo daño y/o perjuicio ocasionado a los bienes de la institución producto de los servicios de Instalación, materia del presente proceso de contratación, será de responsabilidad del proveedor, estando obligado a reponer y/o reparar el daño ocasionado en forma inmediata. Forma de Adjudicación Por el Total Método de Evaluación Precio evaluado mas bajo En caso de que la contratación se efectúe por Ítems o Lotes, se deberá repetir el cuadro para cada Ítem o Lote. (*)La Entidad Convocante deberá incluir las Especificaciones Técnicas y Condiciones Técnicas señaladas en el Numeral 27 de presente DBC. (**)El proponente podrá ofertar características superiores a las solicitadas en el presente Formulario, que mejoren la calidad del servicio ofertado, siempre que estas características fuesen beneficiosas para la entidad y/o no afecten para el fin que fue requerido.