Common use of Esfuerzos de Colocación Clause in Contracts

Esfuerzos de Colocación. La Compañía y los Colocadores realizarán esfuerzos de colocación en relación con la oferta de las Obligaciones Negociables, de acuerdo a lo previsto por la Ley de Obligaciones Negociables, la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, las Normas de la CNV, y demás normativa aplicable. Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas únicamente en la República Argentina. Los esfuerzos de colocación consistirán en una variedad de métodos y acciones de marketing utilizados en operaciones similares, que entre otros podrían incluir uno o varios de los siguientes: (i) la realización de presentaciones (“road show”) a potenciales inversores institucionales ya sea en forma presencial o virtual, a través de los mecanismos usuales como Webinar, Zoom, entre otros; (ii) la realización de una conferencia telefónica con aquellos potenciales inversores que no hayan participado del road show, donde tendrán la oportunidad de formular preguntas sobre los negocios de la Compañía y sobre las Obligaciones Negociables; (iii) el personal directivo de la Compañía estará disponible para los potenciales inversores, vía llamadas personales o reuniones virtuales; (iv) la puesta a disposición y la distribución (en versión electrónica del Prospecto y del Suplemento de Prospecto (y versiones preliminares del Suplemento de Prospecto), y los avisos que se publiquen; así como también un resumen de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables, y una síntesis de la Compañía); (v) la puesta a disposición de potenciales inversores, ante su solicitud, de copias del Prospecto y del Suplemento de Prospecto, y (vi) realizar otros actos que cada Colocador considere convenientes y/o necesarios. La colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará de conformidad con lo establecido en los artículos 27, Sección IV, Capítulo V, Título II, y 1º, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. Asimismo, se dará cumplimiento con las pautas mínimas previstas en el artículo 8, Sección II, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. Para tal fin, los Colocadores llevarán adelante las actividades usuales para la difusión pública de la información referida a la Compañía y a las Obligaciones Negociables, y para invitar a potenciales inversores a presentar las correspondientes órdenes de compra para suscribir Obligaciones Negociables (las “Órdenes de Compra”). La colocación será realizada a través del proceso licitatorio denominado “subasta o licitación pública” (la “Subasta”), conforme a los parámetros y condiciones que a continuación se detallan:

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Samples: Contrato De Colocación

Esfuerzos de Colocación. La Compañía Emisora y los Agentes Colocadores realizarán Argentinos en Argentina, implementarán una serie de esfuerzos de colocación en relación con la oferta y venta de las Obligaciones Negociables, Negociables Adicionales que se ofrecen a través del presente Suplemento de Prospecto exclusivamente en Argentina de acuerdo a con lo previsto por la Ley de Obligaciones Negociables, la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, las Normas de la CNV, CNV y demás normativa aplicablenormas aplicables. Adicionalmente, la Emisora, los Compradores Iniciales fuera de Argentina y los Agentes Colocadores Argentinos, exclusivamente en Argentina, ofrecerán las Obligaciones Negociables Adicionales a una base amplia de inversores de acuerdo con lo previsto por las leyes aplicables de las jurisdicciones en donde las Obligaciones Negociables Adicionales se ofrezcan. Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas únicamente Adicionales se ofrecerán a personas fuera de los Estados Unidos de acuerdo con lo previsto por la Regulación S, y en los Estados Unidos a compradores institucionales calificados (QIBs) de acuerdo con lo previsto por la República ArgentinaRegla 144A de la Ley de Títulos Valores Estadounidense. Los esfuerzos de colocación consistirán pueden consistir en una variedad de métodos y acciones de marketing utilizados comerciales que han probados ser exitosos en operaciones similaresel pasado con otras transacciones, que entre otros podrían incluir uno o varios de los siguientes: (i) la realización de presentaciones (“road show”) a potenciales inversores institucionales ya sea en forma presencial o virtual, a través de los mecanismos usuales como Webinar, Zoomcuales se incluyen, entre otros: un road show local o internacional en el que los potenciales inversores, como compañías de seguro o sociedades de bolsa, sean invitados a participar; (ii) la realización de una llamada en conferencia telefónica con aquellos global donde los potenciales inversores, incluyendo potenciales inversores argentinos que no hayan hubieren participado del de las reuniones de road show, donde tendrán show tengan la oportunidad de formular realizar preguntas sobre los negocios al personal directivo de la Compañía y sobre las Obligaciones NegociablesEmisora; (iii) el personal directivo de la Compañía Emisora también estará disponible para los potenciales inversores, en Argentina y en otros países, vía llamadas personales o reuniones virtuales; (iv) personales, o reuniones grupales, a través de un road show electrónico, una presentación audiovisual a través de Internet que permita a los potenciales inversores que no pudieron asistir a las reuniones del road show y a la puesta conferencia telefónica global referidas precedentemente, tener acceso a disposición y la distribución (presentación efectuada por la Emisora en versión electrónica el road show, distribución, en forma física o electrónica, del Prospecto y del Suplemento de Prospecto (y versiones preliminares del Suplemento de Prospecto)preliminar o final, y los avisos que se publiquen; así como también un resumen de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociablessegún sea el caso, y una síntesis de la Compañía); (v) la puesta correspondiente a disposición de potenciales inversores, ante su solicitud, de copias del Prospecto y del Suplemento de Prospecto, y (vi) realizar otros actos que cada Colocador considere convenientes y/o necesarios. La colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará Adicionales, en idioma Español en la Argentina y substancialmente similares documentos de conformidad oferta en idioma Inglés en otros países, encontrándose los mismos a disposición a potenciales inversores argentinos, a requerimiento, en las oficinas de la Emisora; designación de una persona que responda a todas las preguntas de los inversores; cumpliendo con las comunicaciones y notificaciones locales que fueran necesarias de acuerdo con lo establecido en los artículos 27, Sección IV, Capítulo V, Título II, y 1º, Sección I, Capítulo IV, Título VI de previsto por las Normas de la CNV. AsimismoCNV para la oferta pública de valores en Argentina (incluyendo, se dará cumplimiento con sin limitación, las pautas mínimas previstas publicaciones en periódicos argentinos de circulación general y en el artículo 8, Sección II, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. Para tal fin, los Colocadores llevarán adelante las actividades usuales para la difusión pública de la información referida a la Compañía Boletín Diario del MERVAL y a las Obligaciones Negociables, y para invitar a potenciales inversores a presentar las correspondientes órdenes de compra para suscribir Obligaciones Negociables (las “Órdenes de Compra”en el sitio web del MAE). La colocación será realizada a través del proceso licitatorio denominado “subasta o licitación pública” (la “Subasta”), conforme a los parámetros y condiciones que a continuación se detallan:.

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Samples: www.bacs.com.ar

Esfuerzos de Colocación. La Compañía El Emisor, junto con el Colocador Local, efectuará una serie de actos y los Colocadores realizarán esfuerzos de colocación en relación con la oferta de marketing y ofrecerán las Obligaciones Negociables, Negociables mediante oferta pública en Argentina en los términos de acuerdo a lo previsto por la Ley de Obligaciones Negociables, la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, las Normas de la CNV y la demás normas aplicables, incluyendo, sin carácter limitativo, el capítulo IV del título VI de las Normas de la CNV. Adicionalmente, y demás normativa aplicable. Las el Banco, junto con los Colocadores Internacionales, realizará esfuerzos de colocación en relación con las Obligaciones Negociables serán ofrecidas únicamente en los mercados internacionales fuera de la República Argentina. Todo ello, a un amplio grupo de inversores, de acuerdo con las leyes aplicables de las jurisdicciones en las que se ofrecen las Obligaciones Negociables (en base a la Regla 144A y a la Regulación S de la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos). Los esfuerzos de colocación consistirán en una variedad de métodos y acciones de marketing comercialización utilizados en operaciones similares, que entre otros podrían incluir uno o varios de los siguientes: (i) la realización de presentaciones internacionales y/o locales (“road showshows”) a potenciales inversores institucionales ya sea en forma presencial o virtual, a través de los mecanismos usuales como Webinar, Zoom, entre otrosinstitucionales; (ii) la realización de una llamadas telefónicas en conferencia telefónica individuales o grupales con aquellos potenciales inversores que no hayan participado del road showinstitucionales, donde tendrán la oportunidad de formular preguntas sobre los negocios de la Compañía del Banco y sobre las Obligaciones Negociables; (iii) el personal directivo la realización de “road shows electrónicos”, una presentación audiovisual por Internet que permita a los inversores potenciales acceder a la Compañía estará disponible para los potenciales inversores, vía llamadas personales o reuniones virtualespresentación del Banco; (iv) la puesta a disposición publicación de una versión resumida del Prospecto y del Suplemento del Precio en el Boletín Diario del Merval y la publicación de otras comunicaciones y avisos en periódicos y boletines; (v) la distribución (en versión electrónica impresa y/o electrónica) del Prospecto y del Suplemento de Prospecto (Precio en castellano en la Argentina y de los documentos de la oferta en idioma inglés, los cuales contendrán sustancialmente la misma información, en otros países, así como de las versiones preliminares del Suplemento de Prospecto)dichos documentos, y los avisos que se publiquen; así como también un resumen de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociablesen Argentina y/o en otros países, y una síntesis de la Compañía)según corresponda en cada caso; (vvi) la puesta a disposición de potenciales inversoresinversores radicados y/o domiciliados en la Argentina, ante su solicitudsolicitud en las oficinas del Colocador Local (en las direcciones que se detallan en la última hoja del presente), de copias del Prospecto y del presente Suplemento de Prospecto, y (vi) realizar otros actos que cada Colocador considere convenientes y/o necesariosPrecio. La colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará de De conformidad con lo establecido en los artículos por el Artículo 27, Sección IV, Capítulo V, Título IIII de las Normas de la CNV, y 1º, Sección I, la colocación de valores negociables en la Argentina debe realizarse por alguno de los mecanismos previstos en el Capítulo IV, IV del Título VI de las Normas de la CNV. Asimismo, se dará cumplimiento el Artículo 1 de la Sección I del Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV (modificado por la Resolución N° 662/2016 de la CNV) establece que las emisoras podrán optar por colocar los valores negociables por medio de los sistemas de (i) formación de libro; o (ii) subasta o licitación pública. La colocación de las Obligaciones Negociables será realizada a través del proceso denominado formación de libro conocido internacionalmente como "book building” (el “Mecanismo de Formación de Libro”), que estará a cargo de los Colocadores Internacionales. El Colocador Local será el encargado de recibir y enviar a los Colocadores Internacionales las Manifestaciones de Interés recibidas de los potenciales inversores en la Argentina de conformidad con los procedimientos que determinen los Colocadores Internacionales. El Colocador Local recibirá exclusivamente Manifestaciones de Interés de inversores que sean residentes en Argentina y los beneficiarios finales de las Obligaciones Negociables adquiridas a través de la Oferta Local deberán ser residentes en Argentina. En la Argentina, los potenciales inversores podrán presentar manifestaciones de interés para la compra de las Obligaciones Negociables ante el Colocador Local en los domicilios indicados en el presente, las que deberán indicar el monto de suscripción de las Obligaciones Negociables solicitado que no podrá ser inferior a Ps 1.000.000 o múltiplos enteros de Ps. 1.000 en exceso de dicho monto, y el margen solicitado para las Obligaciones Negociables a ser adicionado a la Tasa de Referencia (el “el Margen Solicitado”, y dichas manifestaciones de interés, las “Manifestaciones de Interés”). Sujeto a las Normas de la CNV y demás normas aplicables, los Colocadores Internacionales y el Colocador Local podrán requerir que los potenciales inversores que presenten Manifestaciones de Interés provean garantías del pago de sus suscripciones. Los Colocadores Internacionales volcarán las Manifestaciones de Interés recibidas de los potenciales inversores fuera de la Argentina y las recibidas por el Colocador Local en la Argentina en un libro de registro llevado de conformidad con las pautas mínimas previstas prácticas habituales y normativa aplicable para este tipo de colocaciones internacionales en los Estados Unidos según lo previsto en el artículo 8Artículo 1º de la Sección I del Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV (el “Registro”). El Registro se llevará en la Ciudad de Nueva York a través de la plataforma informática de los Colocadores Internacionales e identificará en forma precisa la siguiente información de conformidad con lo requerido por el Artículo 9, Sección II, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. Para tal fin: nombre del potencial inversor, los Colocadores llevarán adelante las actividades usuales para la difusión pública país donde se encuentra dicho inversor, el tipo de institución o persona de que se trata, el monto de la información referida a Manifestación de Interés recibida, el Margen Solicitado y la Compañía fecha y a las Obligaciones Negociables, y para invitar a potenciales inversores a presentar las correspondientes órdenes de compra para suscribir Obligaciones Negociables (las “Órdenes de Compra”). La colocación será realizada a través del proceso licitatorio denominado “subasta o licitación pública” (la “Subasta”), conforme a los parámetros y condiciones hora en que a continuación se detallan:fue efectuada.

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Samples: content-us-8.content-cms.com

Esfuerzos de Colocación. La Compañía y los Colocadores realizarán esfuerzos de colocación en relación con la oferta de las Obligaciones Negociables, de acuerdo a lo previsto por la Ley de Obligaciones Negociables, la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, las Normas de la CNV, y demás normativa aplicable. Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas únicamente en la República Argentina. Se espera que el perfil de crédito de la Compañía y su historia constituyan una herramienta de marketing efectiva para los inversores, a fin de familiarizarse con el negocio de la Compañía, su condición financiera y sus estrategias. Los esfuerzos de colocación consistirán en una variedad de métodos y acciones de marketing comercialización utilizados en operaciones similares, que entre otros podrían incluir uno o varios de los siguientes: (i) la realización de presentaciones (“road showshows”) a potenciales inversores institucionales ya sea en forma presencial o virtual, a través de los mecanismos usuales como Webinar, Zoom, entre otrosinstitucionales; (ii) la realización de una conferencia telefónica con aquellos potenciales inversores que no hayan participado del road show, donde tendrán la oportunidad de formular preguntas sobre los negocios de la Compañía y sobre las Obligaciones Negociables; (iii) el personal directivo de la Compañía estará disponible para los potenciales inversores, vía llamadas personales o reuniones virtualespersonales; (iv) la puesta a disposición publicación del Suplemento de Prospecto y del Aviso de Suscripción en la Página Web de la CNV, en el Boletín Electrónico del MAE, en el micro sitio web de licitaciones del sistema SIOPEL y en los sistemas de información de los mercados autorizados donde listen y/o negocien las Obligaciones Negociables, y la publicación de otras comunicaciones y avisos en dichos boletines, así como en un diario de amplia circulación; (v) la distribución (en versión electrónica impresa y/o electrónica) del Prospecto y del Suplemento de Prospecto (y versiones preliminares del Suplemento de Prospecto), y los avisos que se publiquen; así como también un resumen de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables, y una síntesis de la Compañía)Precio; (vvi) la puesta a disposición de potenciales inversores, ante su solicitudsolicitud en las oficinas de la Compañía y/o en las oficinas de los Colocadores (en las direcciones que se detallan en la última hoja del presente), de copias del Prospecto y del Suplemento de Prospecto, y (vi) realizar otros actos que cada Colocador considere convenientes y/o necesarios(vii) toda otra actividad que la Emisora en conjunto con los Colocadores consideren conveniente y adecuada con relación a la colocación de las Obligaciones Negociables. La colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará de conformidad con lo establecido en los artículos 27, Sección IV, Capítulo V, Título II, y 1º, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. Asimismo, se dará cumplimiento con las pautas mínimas previstas en el artículo 8, Sección II, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. Para tal fin, los Colocadores llevarán adelante las actividades usuales para la difusión pública de la información referida a la Compañía y a las Obligaciones Negociables, y para invitar a potenciales inversores a presentar las correspondientes órdenes de compra para suscribir Obligaciones Negociables (las “Órdenes de Compra”). La colocación será realizada a través del proceso licitatorio denominado “subasta o licitación pública” (la “Subasta”), conforme a los parámetros y condiciones que a continuación se detallan:

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