EMPRESAS SUBCONTRATADAS Cláusulas de Ejemplo

EMPRESAS SUBCONTRATADAS. En los procesos de contratación con las empresas de subcontratación que se regulen por el presente convenio colectivo se debe evitar fomentar un sistema dé competencia que dé lugar a la precarización del empleo y la reducción de las condiciones laborales de los trabajadores de las subcontratas, especialmente en materia de salarios, jornada y seguridad social. En estos casos, las empresas contratistas velaran por que las empresas subcontratistas garanticen a los trabajadores afectados por la contrata o subcontrata, durante el tiempo en que presten servicios adscritos a la misma, las condiciones laborales y de empleo esenciales previstas en el presente convenio colectivo. A estos efectos se consideran condiciones laborales y de empleo esenciales, entre otras, las referidas a remuneración y cuantía salarial, condiciones de contratación, tiempo de trabajo y descanso, igualdad, protección de maternidad, lactancia y paternidad y frente a riesgos laborales. La contratación y subcontratación de actividades y/o servicios se realizarán según lo dispuesto en el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores.
EMPRESAS SUBCONTRATADAS. DECLARO bajo mi responsabilidad: Que dispongo de una modalidad de protección y prevención de riesgos profesionales. Que he cumplido mis obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que prestan servicios a la Universitat de València. Que los equipos de trabajo puestos a disposición de los trabajadores son adecuados para el trabajo que han que realizar y están convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garantizo la seguridad y la salud de mis trabajadores cuando los utilicen. Que he garantizado a mis trabajadores que prestan servicios a la Universidad la vigilancia periódica de su estado de salud respeto a los riesgos inherentes al trabajo. Que garantizo, respecto a mis trabajos a la Universidad, la disponibilidad de recursos de prevención en caso de ser exigibles, de acuerdo con el artículo 32 bis de la ley 31/1995 y con el artículo 22 bis del Real Decreto 39/1997. Acreditar a petición de la Universitat de València, durante la ejecución del contrato, la evaluación específica de riesgos laborales para los trabajos contratados así como la planificación de la actividad preventiva realizada. Proporcionar a mis trabajadores equipos de protección individual adecuados para la realización de sus funciones en la Universitat de València, y velar por su uso efectivo cuando por la naturaleza de los trabajos realizados sean necesarios. Participar, en caso de ser requerido por la Universidad, en los planes de autoprotección o de medidas de emergencia, tal como se determine de acuerdo con la Ley 2/1982, de protección civil, la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales, y las normativas de desarrollo. En ……….., a………..de……………………………..de 20…… Firmado y sellado: INFORMACIÓN SOBRE LOS TRABAJOS A REALIZAR MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES que debe cubrir las prestaciones de los trabajadores: TRABAJOS A REALIZAR Y LUGAR DE EJECUCIÓN: EQUIPOS DE TRABAJO Y SUSTANCIAS QUÍMICAS (adjuntar fichas de seguridad)

Related to EMPRESAS SUBCONTRATADAS

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.