Common use of DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Clause in Contracts

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido Se considerará domiciIio deI OFERENTE, aqueI que oportunamente constituya en el su OFERTA, eI cuaI deberá encontrarse dentro deI ejido de Ia Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De Io contrario, se estará por aqueI decIarado ante eI Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores deI Sector PúbIico de Ia Ciudad, dependiente deI Ministerio de PLIEG-2018-16756731- -DGRGIEG Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Artículo xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación). Asimismo, se considera considerará domicilio electrónico constituido por el oferenteconstituido, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABAGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a los términos establecidos en el Artículo 6˚ xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N˚ 1274ƒDGCYCƒ117. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya cual deberá ser estar situado dentro del ámbito geográfico territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires El COMITENTE constituye domicilio en Xx. Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, 346 5˚ piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC. C.A.B.A. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx − Departamento Cédulas y Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresNº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06Nº 77ƒPGƒ06. Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (Art. 7º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales).

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Samples: Pliego De Especificaciones Técnicas

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará como único domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio válido - el declarado por el mismo en oportunidad calidad de inscribirse constituido en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad). Teniendo en consideración, que la presente contratación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 85 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto Nº 207/GCABA/19, se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por encontrara efectivamente inscripto en el GCABARIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego De Contratación Directa Por Exclusividad

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará como único domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio válido - el declarado por el mismo en oportunidad calidad de inscribirse constituido en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad). Teniendo en consideración, que la presente licitación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 76 del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador PLIEG-2021-10270011-GCABA-DGTA5LINF legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por encontrara efectivamente inscripto en el GCABARIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego De Contratacion Menor

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido Se considerará domicilio del OFERENTE, aquel que oportunamente constituya en su OFERTA, el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos cual deberá encontrarse dentro del ejido de la presente contrataciónCiudad Autónoma de Buenos Aires. De lo contrario, se considera domicilio electrónico constituido estará por aquel declarado ante el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Artículo 6º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales). Asimismo, se considerará domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABAGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a los términos establecidos en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1274/DGCYC/17. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya cual deberá ser estar situado dentro del ámbito geográfico territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires El COMITENTE constituye domicilio en Xx. Xxxxxx Xxxxxx N346 5° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC. C.A.B.A. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Aires - Departamento Cédulas y Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresNº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06. Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (Art. 7º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales).

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Samples: documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido del oferente, la dirección de correo electrónico declarada por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la CiudadCiudad (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABAG.C.A.B.A.. Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el oferente en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, concomitante con lo dispuesto en el artículo 85 del Anexo I del Decreto Nº 326/GCABA/17. Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen Toda comunicación entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarioso proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan efectuará a través de la plataforma Buenos Aires Compras (BAC). Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Decreto Nº 326/GCABA/17, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Para cuestiones relativas al cumplimiento del presente el G.C.A.B.A. constituye domicilio en las oficinas de la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores sito en la xxxxx Xxxxxxxx X° 000, XXXX. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA G.C.A.B.A., respecto de las notificaciones judiciales que, para nPoLtIifEicGa-c2i0o1n8e-2s1J5u4d5i6c3ia1l-es-DqGueP,EIpSara tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato contratación el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0x, xx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Una vez perfeccionado el contrato el GCABA constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Nº 313 Piso 10°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresAires (Dirección General Recursos Físicos en Salud). Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley el Capítulo II del Anexo I Decreto 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario1145-GCABA/09. Conforme el Artículo artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen ANEXO - DISPOSICIÓN N° 91/DGADC/15 (continuación) entre el organismo contratante y los interesados, oferentes oferente y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, adjudicatario se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresNº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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Samples: Pliego De Especificaciones Técnicas Generales

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público Proveedores, de la Ciudad)Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, en adelante RIUPP, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el oferente en el RIUPP (artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición Nº 1.274/DGCYC/17). Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la CABA y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires RIUPP y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobiernomismo. En tal supuestoLa Dirección General Técnica, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro Administrativa y Legal del ámbito geográfico Ministerio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación Justicia y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Seguridad constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx Nla Xx. Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx X° 16591142, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACCABA. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidosconstituidos que aquí se refiere, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración estar dirigidas PaLlIEdGo-m20ic1i9lio-09d4e77l7a99P-GroCcAurBaAc-ióDnGTALMJYS General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresAires - Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay Nº 458, CABA, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio legal que hubiera declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires El GCBA constituye domicilio en la xxxxx Xxxxxx Xxxxxx NXxxxxxxxxx 313 4° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOLpiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones ; y notificaciones se rigen por lo dispuesto una vez perfeccionado el contrato constituye domicilio en la reglamentación sede de la Ley NDirección General Recursos Físicos en Salud sita en Xxxxxx Xxxxxxxxxx X° 2.095 (Texto consolidado por Ley N000 Xxxx 00° 5.666) y su Decreto Reglamentarioxx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único A los efectos de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que contratación el oferente deberá constituir domicilio dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en caso de no hacerlo se realicen entre considerará domicilio constituido el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea denunciado como especial en el transcurso Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del procedimiento Sector Público de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACCiudad. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCBA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresN0 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06. Las notificaciones y comunicaciones podrán adelantarse a la firma oferente, en virtud de la modalidad de contratación y en función del principio de celeridad, a la dirección de correo electrónico de la empresa denunciada en el RIUPP, y en su caso, en la oferta, a tenor de lo establecido en el artículo 81 de la Ley N° 2095/06, (texto consolidado por Ley N ° 6017), Decreto Reglamentario N° 168/19 (BOCBA 5623).

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Samples: documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará como único domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio válido - el declarado por el mismo en oportunidad calidad de inscribirse constituido en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad). Teniendo en consideración, que la presente licitación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 76 del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por encontrara efectivamente inscripto en el GCABARIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser PLIEG-2021-16447638-GCABA-DGTA5LINF comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego De Contratacion Menor

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases Se considerarán domicilios del OFERENTE, aquellos domicilios físico y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido declarados por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad)RIUPP, en el los que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que (ya sean físicas o electrónicas) cursadas por el GCABAGCBA. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno fijado dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará comunicado fehacientemente al GCBA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobiernonotificación. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen Toda comunicación entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarioso proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del PLIEG-2019-06120853-GCABA-DGTALAVJG contrato, se efectúan efectuará a través de B.A.C. - cuando el sistema así lo permita – y al domicilio electrónico constituido por la Autoridad de Aplicación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 del BACpresente PCP. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante B.A.C. Para cuestiones relativas al cumplimiento del presente el GCABA constituye domicilio en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno sita en la calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx X° 0000, Xxxx 0° xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y respecto al domicilio electrónico, el mismo será constituido al momento de la suscripción de la correspondiente Orden de Compra. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan efectuaran en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito Cédulas, sita en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresN° 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06-PG/06 (BOCBA N° 2.430).

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABAGCBA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0x, xx xx Xxxxxx NXxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Una vez perfeccionado el contrato el GCBA constituye domicilio en Xxxxxxxxxx X° 1659000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (Dirección General de Coordinación, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresTecnologías y Financiamiento en Salud). Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación el Artículo 85 del Anexo I Decreto N° 326-GCBA/17 reglamentario de la Ley N° 2.095 2095 (Texto texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario6017). Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la PLIEG-2018-29479708- -DGADCYP presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCBA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en la calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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Samples: Pliego De Especificaciones Técnicas

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido del OFERENTE, la dirección de correo electrónico declarada por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la CiudadCiudad (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 85 del Decreto Nº 326/17. Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio Todas las notificaciones que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico hayan de la Ciudad Autónoma efectuarse en virtud de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación las disposiciones de la Ley N° 2.095 2095 (Texto texto consolidado por Ley N° 5.666) y su el Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contratoNº 326/17, se efectúan entienden realizadas a través partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430). La/s póliza/s correspondiente/s, así como los endosos que pudieran ser solicitados, deberán ser entregadas en la Dirección General de Compras y Contrataciones, sito en Av. Rivadavia Nº 524 - Piso 4° Oficina N° 428 de la C.A.B.A.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse o registrarse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público Gobierno de la CiudadCiudad Autónoma de Buenos Aires), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires GCABA y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobiernonotificación. En tal supuesto, El domicilio deberá quedar establecido en el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires El GCABA constituye domicilio en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) respectiva, sita en Xx. Xxxxxx Xxxxxx N346, 5° 1659Piso, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, CABA y como domicilio electrónico la siguiente casilla de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACcorreo: xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidosconstituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresXxxxxxx X° 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 20 de la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y Resolución N.º 77/PG/06.

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido Se tomará como domicilio del oferente el que hubiera declarado en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales). Es condición que dicho domicilio esté constituido en el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todo cambio de domicilio, el que se deberá efectuar en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá ser comunicado fehacientemente al GCABA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El GCABA constituye domicilio en calle República de la India N° 3.000, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto respecto de las notificaciones judiciales para el GCABA que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay N° 458, de conformidad con el artículo 20 de la Ley N° 1.218 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347 y su reglamentación), y lo dispuesto por la Resolución N° 77-GCABA-PG/06. Asimismo, se considerará domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoAires, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, conforme a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado términos establecidos en el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx Nartículo 6° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido del OFERENTE, la dirección de correo electrónico declarada por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la CiudadCiudad (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. PLIEG-2019-24934950-GCABA-DGABRGIEG Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda comunicación entre el Organismo Contratante y los oferentes, en el nuevo domicilio que transcurso del procedimiento de selección, se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico efectuará a través de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de plataforma Buenos Aires constituye domicilio Compras (BAC). Durante la ejecución del contrato, toda comunicación se realizara a través de correo electrónico a la cuenta declarada por el adjudicatario ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, virtud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación las disposiciones de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado Consolidado por Ley N° 5.6666.017) reglamentada por Decreto N° 168/19 y su modificatorio Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contratoN° 207/19, se efectúan entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Para cuestiones relativas al cumplimiento del presente el G.C.A.B.A. constituye domicilio en Av. Xxxxxx Xxxxxx 346 4° piso C.A.B.A., en caso de modificarse por la autoridad de aplicación el mismo se notificará fehacientemente a los interesados a través de cualquier medio oficial contemplado en la normativa vigente. Todas otras notificaciones, se darán por cumplidas a través del BACcorreo electrónico enviado por la Dirección General Administración de Bienes, Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno del Ministerio de Economía y Finanzas de la Ciudad de Buenos Aires y el que la empresa tenga declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). PLIEG-2019-24934950-GCABA-DGABRGIEG Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato contratación el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0x, xx xx Xxxxxx NXxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Una vez perfeccionado el contrato el GCABA PLIEG-2019-34684367-GCABA-DGADCYP constituye domicilio en Xxxxxxxxxx X° 1659000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (Dirección General de Coordinación, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresTecnologías y Financiamiento en Salud). Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley el Artículo 85 del Anexo I Decreto 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario168-GCABA/19. Conforme el Artículo artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, adjudicatario se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a A los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferenteOferente, el correo electrónico declarado por el mismo en la Oferta o en su defecto en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad)RIUPP, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABAGCBA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato licitación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659la Dirección General Técnica, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, Administrativa y Legal de la Ciudad Autónoma Jefatura de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto Gabinete de Ministros, sita en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentarioxxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para PLIEG-2019-09019204-GCABA-SECAYGC Para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante Órgano Contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contratoselección, se efectúan a través del BACdomicilio electrónico constituido como parte integrante de la oferta, bajo declaración jurada. Asimismo, al momento de la firma de la Contrata el Adjudicatario y cada una de las Autoridades de Aplicación constituirán los domicilios electrónicos donde serán válidas todas las comunicaciones que se realicen entre las partes durante la ejecución del contrato. Se deja establecido que toda aquella instrucción que se deba manifestar en el Libro de Órdenes de Servicio o los comentarios realizados a través del Libro de Notas de Pedidopodrá ser comunicada a la contraparte mediante correo electrónico a los domicilios constituidos. En caso de contradicción entre la Orden de Servicio/Nota de Pedido, y el correo electrónico posterior, prevalecerá en todos los casos lo manifestado en la Orden de Servicio/Nota de Pedido por sobre lo expresado en el correo. Sin perjuicio de ello, la Administración Contratante podrá establecer otro régimen de notificaciones entre las partes, una vez perfeccionado el Contrato en cualquier etapa de ejecución del mismo, cuando lo considere conveniente a fin de propender el alcance del cumplimiento adecuado y efectivo del contrato. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCBA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido Se considerará domicilio del oferente, aquél que hubiera declarado en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires GCABA y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires El GCABA constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659000, piso 2°Xxxx 0, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx xx xx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales para el GCABA que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresNº 458, de conformidad con el art. 20 de la Ley N° 1218 y lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.Nº 77 /PG/06. Asimismo se considerará domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, conforme a los términos establecidos en el Artículo 6 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concomitante con lo dispuesto en el art 85 deI anexo I del Decreto Nº 326 /17. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras que no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato contratación el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y una vez perfeccionado el contrato el GCABA constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 16590000, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesxx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley el Capítulo II del Anexo I Decreto 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario1145/09. Conforme el Artículo artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes oferente y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, adjudicatario se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará como único domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio válido - el declarado por el mismo en oportunidad calidad de inscribirse constituido en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad). Teniendo en consideración, que la presente licitación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 76 del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por encontrara efectivamente inscripto en el GCABARIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, PLIEG-2021-20880242-GCABA-DGIASINF Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego De Licitacion Pública

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio legal que hubiera declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico El Hospital General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Agudos Donación Santojanni constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOLla xxxxx Xxxxx 000, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación A los efectos de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme presente contratación el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único oferente deberá constituir domicilio dentro del ámbito de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en caso de no hacerlo se realicen entre considerará domicilio constituido el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea denunciado como especial en el transcurso Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del procedimiento Sector Público de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACCiudad. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresN° 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06. Las notificaciones y comunicaciones podrán adelantarse a la firma oferente, en virtud de la modalidad de contratación y en función del principio de celeridad, a la dirección de correo electrónico de la empresa denunciada en el RIUPP, y en su caso, en la oferta, a tenor de lo establecido en el artículo 72 de la Ley N° 2095/06, (texto consolidado por Ley N° 6347), Decreto Reglamentario N° 74/21 (BOCBA 6069).

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio legal que hubiera declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales), . Si no se encontrara efectivamente inscripto en el que RIUPP y hasta tanto se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por formalice el GCABAtrámite de inscripción definitiva se tomara como domicilio legal el denunciado en el momento de retirar del presente Xxxxxx. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xx. Xxxxxxxxxxxxx 000 0xx.Xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430). CONSULTA PLIEGO Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en la Agencia de Sistemas de Información sita en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 0xx.Xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Los mismos pueden ser retirados gratuitamente en virtud de lo normado en el art. 86, apartado 8 del Decreto N° 754-GCABA-08. Asimismo pueden ser consultados en el siguiente sitio web, xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxx

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio legal que hubiera declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires El GCBA constituye domicilio en la xxxxx Xxxxxx Xxxxxx NXxxxxxxxxx 313 4° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOLpiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones ; y notificaciones se rigen por lo dispuesto una vez perfeccionado el contrato constituye domicilio en la reglamentación sede de la Ley NDirección General Recursos Físicos en Salud sita en Xxxxxx Xxxxxxxxxx X° 2.095 (Texto consolidado por Ley N000 Xxxx 00° 5.666) y su Decreto Reglamentarioxx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único A los efectos de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que contratación el oferente deberá constituir domicilio dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en caso de no hacerlo se realicen entre considerará domicilio constituido el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea denunciado como especial en el transcurso Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del procedimiento Sector Público de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACCiudad. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCBA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresN° 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06. Las notificaciones y comunicaciones podrán adelantarse a la firma oferente, en virtud de la modalidad de contratación y en función del principio de celeridad, a la dirección de correo electrónico de la empresa denunciada en el RIUPP, y en su caso, en la oferta, a tenor de lo establecido en el artículo 81 de la Ley N° 2095/06, (texto consolidado por Ley N ° 6017), Decreto Reglamentario N° 168/18(BOCBA 5623).

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación contratación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx NX° 16590000, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, xxxx 0° xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (Mesa de Entradas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto ReglamentarioUPEJOL). Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones GeneralesGenerales y el Decreto Reglamentario N° 326-GCABA/17, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso trascurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACSistema Buenos Aires Compras. Sin perjuicio de ello, la administración contratante podrá establecer otro régimen de notificaciones entre las partes, una vez perfeccionado el contrato en cualquier etapa de ejecución del mismo, cuando lo considere conveniente a fin de propender el alcance del cumplimiento adecuado y efectivo del contrato. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará como único domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio válido - el declarado por el mismo en oportunidad calidad de inscribirse constituido en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad). Teniendo en consideración, que la presente contratación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 76 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por encontrara efectivamente inscripto en el GCABARIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego Contratacion Directa Por Exclusividad

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará como único domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio válido - el declarado por el mismo en oportunidad calidad de inscribirse constituido en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad). Teniendo en consideración, que la presente contratación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 85 del Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por encontrara efectivamente inscripto en el GCABARIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se PLIEG-2020-13514259-GCABA-DGIASINF efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego Contratacion Directa

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0x, xx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Una vez perfeccionado el contrato el GCABA constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Nº 313 Piso 10º de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresAires (Dirección General Recursos Físicos en Salud). Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación el Artículo 85 del Anexo I Decreto N° 168-GCABA/19 reglamentario de la Ley N° 2.095 2095 (Texto texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario6017). Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y PLIEG-2019-25687714-GCABA-DGADCYP los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en la calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se Se considera domicilio electrónico constituido por el oferenteconstituido, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad(RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABAXxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Los domicilios constituidos Se considerará como domicilio legal constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su cambio publicación y mediante BAC, conforme los términos establecidos en el artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, en conjunción con lo dispuesto en los artículos 6° y 7° del Anexo I del Decreto N° 1.145/09. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez DIEZ (10) días de su notificación al Gobiernonotificación. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico La Dirección General Suministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Seguridad constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx Nla Xx. Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx X° 16591142, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en Todas la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidosconstituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresXxxxxxx X° 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20° de la Resolución N.º 77/PG/06Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 5.454).

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a A los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico el constituido por el oferente, Oferente y domicilio electrónico el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente retirar los Pliegos y/o al momento de Proveedores del Sector Público presentación de la Ciudad), Oferta en el los que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio o de domicilio electrónico deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal el primer supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos del presente proceso licitatorio y en tanto dure el proceso de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato selección, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659la Dirección General Técnica, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, Administrativa y Legal de la Ciudad Autónoma Jefatura de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto Gabinete de Ministros, sita en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentarioxxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para Para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante Organismo Contratante y los interesados, oferentes Oferentes y adjudicatariosAdjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contratoselección, se efectúan a través del BACdomicilio electrónico constituido como parte integrante de la oferta (pudiendo el mismo coincidir o no con el declarado en el RIUPP), bajo declaración jurada. Asimismo, al momento de la firma de la Contrata el Adjudicatario y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires constituirán los domicilios electrónicos donde serán válidas todas las comunicaciones que se realicen entre las partes. Se deja establecido que toda aquella instrucción que se deba manifestar en el libro de Órdenes de Servicio o los comentarios realizados a través del libro de Notas de Pedido PLIEG-2018-19755553- -SECAYGC podrán ser comunicadas a la contraparte mediante correo electrónico a los domicilios constituidos. Sin perjuicio de ello, la Administración Contratante podrá establecer otro régimen de notificaciones entre las partes, una vez perfeccionado el Contrato en cualquier etapa de ejecución del mismo, cuando lo considere conveniente a fin de propender el alcance del cumplimiento adecuado y efectivo del Contrato. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará como único domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio válido - el declarado por el mismo en oportunidad calidad de inscribirse constituido en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad). Teniendo en consideración, que la presente licitación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 76 del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de PLIEG-2021-25151261-GCABA-DGSEI Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por encontrara efectivamente inscripto en el GCABARIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego De Licitacion Pública

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases Se considerarán domicilios del OFERENTE, aquellos domicilios físico y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido declarados por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad)RIUPP, en el los que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que (ya sean físicas o electrónicas) cursadas por el GCABAGCBA. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno fijado dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará comunicado fehacientemente al GCBA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobiernonotificación. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen Toda comunicación entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarioso proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan efectuará a través de B.A.C. - cuando el sistema así lo permita – y al domicilio electrónico constituido por la Autoridad de Aplicación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 del BACpresente PCP. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante B.A.C. Para cuestiones relativas al cumplimiento del presente el GCABA constituye domicilio en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno sita en la calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx X° 0000, Xxxx 0° xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y respecto al domicilio electrónico, el mismo será constituido al momento de la suscripción de la correspondiente Orden de Compra. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan efectuaran en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito Cédulas, sita en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresN° 458, de conformidad con lo dispuesto dePLcIoEnGfo-2rm01i8d-a2d96c7o02n5l5o- d-iSsEpCueDsCtIo por la Resolución N.º 77/PG/06-PG/06 (BOCBA N° 2.430).

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido del OFERENTE, la dirección de correo electrónico declarada por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la CiudadCiudad (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen Toda comunicación entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarioso proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan efectuará a través de la plataforma Buenos Aires Compras (BAC). Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto Reglamentario N° 326/17, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Para cuestiones relativas al cumplimiento del presente el G.C.A.B.A. constituye domicilio en las oficinas de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda sito en Xxxx. Xxxxxxxxx X° 000 Xxxx 0° - XXXX. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará como único domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio válido - el declarado por el mismo en oportunidad calidad de inscribirse constituido en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad). Teniendo en consideración, que la presente contratación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 85 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto Nº 207/GCABA/19, se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (PALrItE. G6-º20P20lie-2g9o599Ú5n6i6c-oGCdAeBBAa-DseGsIAySINF Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por encontrara efectivamente inscripto en el GCABARIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego De Contratación Directa Por Exclusividad

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contrataciónlicitación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad)RIUPP, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones válidasPLtIoEdGa-s20la1s9-0n6o6ti7fi7c8a7c9io-GneCsABA-DGPMYCH electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires GCABA y generará efecto una vez transcurridos diez DIEZ (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado licitación, el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires GCABA constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx NXx. xx Xxxx X° 1659575, piso 3, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOLoficina 301, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones GeneralesGenerales y el Decreto Reglamentario N° 326-GCABA/17, para la presente contrataciónlicitación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo Organismo contratante y los interesados, oferentes Oferentes y adjudicatariosAdjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACSistema Buenos Aires Compras. Sin perjuicio de ello, el Organismo contratante podrá establecer otro régimen de notificaciones entre las partes, una vez perfeccionado el contrato, en cualquier etapa de ejecución del mismo, cuando lo considere conveniente a fin de propender el alcance del cumplimiento adecuado y efectivo del contrato. Todas las notificaciones entre las partes partes, sean judiciales o extrajudiciales extrajudiciales, serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido del OFERENTE, la dirección de correo electrónico declarada por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la CiudadCiudad (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, (artículo 6° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda comunicación entre el Organismo Contratante y los oferentes, en el nuevo domicilio que transcurso del procedimiento de selección, se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico efectuará a través de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de plataforma Buenos Aires constituye domicilio Compras (BAC). Durante la ejecución del contrato, toda comunicación se realizara a través de correo electrónico a la cuenta declarada por el adjudicatario ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, virtud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación las disposiciones de la Ley N° 2.095 (Texto texto consolidado por Ley N° 5.6666.017) reglamentada por Decreto N° 168/19 y su modificatorio Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contratoN° 207/19, se efectúan entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC. Las notificaciones se darán por cumplidas a través del BACcorreo electrónico enviado por la Dirección General de Dependencias y Atención Primaria de la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad de Buenos Aires, y el que la empresa declare en la oferta o informe al inicio del contrato. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido Se considerará domicilio del oferente, aquel que oportunamente constituya en su Oferta, el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos cual deberá encontrarse dentro del ejido de la presente contrataciónCiudad de Buenos Aires. De lo contrario, se considera domicilio electrónico constituido estará por aquel declarado ante el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Artículo 6º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales). Asimismo se considerará domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABAGCBA, conforme a los términos establecidos en el Artículo 6 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concomitante con lo dispuesto en los Artículos 6 y 7 del Anexo I del Decreto Nº 1.145-09. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya cual deberá ser estar situado dentro del ámbito geográfico territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresCABA. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires El GCBA constituye domicilio en Xx. Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL346 Piso 3º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCBA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Aires - Departamento Cédulas y Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresNº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará como único domicilio electrónico constituido por el del oferente, el correo electrónico domicilio válido - el declarado por el mismo en oportunidad calidad de inscribirse constituido en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad). Teniendo en consideración, que la presente licitación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 85 del Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por encontrara efectivamente inscripto en el GCABARIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuestoToda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACXxxxx. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA GCABA, respecto de las notificaciones judiciales Judiciales que, para tener validez, deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).

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Samples: Pliego De Licitacion Pública

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato contratación el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0x, xx xx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresXxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Una vez perfeccionado el contrato el GCABA constituye domicilio en Xxxxxxxxxx 000 Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley el Articulo 85 del Anexo I Decreto 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario326/17. Conforme el Artículo artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, adjudicatarios se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.

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DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera Se considerará domicilio electrónico constituido por el oferenteconstituido, el correo electrónico declarado por el mismo proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que xxxx xxxxxxxx. En caso de corresponder, se considerará como domicilio constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la CiudadCiudad (RIUPP), en dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda conforme el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABAArtículo 6º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobiernonotificación. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOLla calle Uspallata 3160, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BACesta Ciudad. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidosconstituidos a que aquí se refiere, excepto para el GCABA respecto Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para las notificaciones judiciales que, para tener validez, validez deberán cursarse estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas Cédulas, sito en la calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/-PG/06.

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