Common use of Dirección de Obra Clause in Contracts

Dirección de Obra. El Comitente estará representado por una persona de existencia física u organismo de su dependencia denominado Dirección de Obra, siendo sus funciones dirigir y su- pervisar la ejecución de los trabajos. Las relaciones del Contratista con SBASE se realizarán exclusivamente a través de la Dirección de Obra. La DO por medio de otro organismo subordinado, denominado indistintamente “Ins- pección de la Obra” o “Inspección” o “IO”, tendrá también a su cargo el control de la calidad de los materiales y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. La DO y la IO tendrán libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Con- tratista y a sus oficinas en el Obrador. El Contratista mantendrá permanentemente en el lugar de los trabajos al Represen- tante Técnico propuesto en su Oferta, previamente aceptado por SBASE, el que de- berá satisfacer los requisitos exigidos en el PCP y acreditar las facultades para repre- sentarlo y obligarlo. El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará au- torizado por el Contratista para recibir órdenes de la DO, notificarse de las Órdenes de Servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al Con- tratista ante SBASE. Será responsable de la correcta ejecución de los trabajos y del suministro de todos los datos que le requiera la DO, dentro del marco contractual, para la mejor marcha de las tareas. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como parti- cipar del replanteo y de las mediciones para la certificación y suscribir las actas co- rrespondientes, actos que se considerarán implícitamente aceptados por el Contratis- ta si el Representante Técnico no concurriese. Deberá concurrir a las citaciones y reuniones a las que fuera convocado por la DO, las que se harán por Orden de Servicio con una anticipación mínima de un (1) día há- bil. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a su remoción. En caso de ausencia provisoria (transitoria) del Representante Técnico, éste deberá comunicarla y justificarla previamente por escrito a la DO y proponer en su reemplazo a un profesional capacitado, cuyo nivel e incumbencia profesional respondan a lo exi- gido en el pliego. La DO podrá aceptar o rechazar la solicitud de licencia y el reempla- zante propuesto; en caso de silencio se tendrá por aceptado transcurridos dos (2) días de la solicitud. Toda inasistencia del Representante Técnico, deberá justificarse por escrito ante la DO, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el Li- bro de Órdenes de Servicio. Si la ausencia del Representante Técnico no obedeciera a razones justificadas, a jui- cio de la DO, dará motivo a la aplicación de una multa diaria igual al incumplimiento de una Orden de Servicio. En caso de proponer el Contratista el reemplazo del Representante Técnico, deberá manifestar las causas y agregar sus antecedentes. La DO analizará sus anteceden- tes, que deberán cumplir con los requisitos exigidos en la documentación contractual, y aprobará o no expresamente la designación, a su sólo juicio. Si se produjera la vacante del Representante Técnico por decisión propia o de SBA- SE, el Contratista deberá proponer reemplazante dentro de un máximo de dos (2) días corridos de producida, siendo competencia de SBASE su aceptación o rechazo. El incumplimiento de lo previsto en esta cláusula podrá hacer pasible al Contratista y/o a su Representante Técnico, de las penalidades y sanciones previstas en este PCG. Toda la documentación que integre el Contrato deberá ser considerada recíprocamen- te explicativa, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán acla- radas y resueltas por SBASE. El procedimiento para su resolución será como sigue:

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Samples: Pliego De Condiciones Generales, Pliego De Condiciones Generales, Pliego De Condiciones Generales

Dirección de Obra. El Comitente estará representado por una persona A efectos de existencia física u organismo de su dependencia denominado este contrato la Dirección de Obraobra comprenderá las facultades del Director de la obra, siendo sus funciones dirigir y su- pervisar la las del Director de ejecución de la obra, las del Coordinador de seguridad y salud y las de los trabajosingenieros técnicos que actúen bajo la coordinación del Director de la obra. Las relaciones del Contratista con SBASE se realizarán exclusivamente La Administración, a través de la Dirección de Obra. La DO por medio de otro organismo subordinadoobra, denominado indistintamente “Ins- pección efectuará la inspección, comprobación y vigilancia de la Obra” o “Inspección” o “IO”obra contratada. Las facultades del responsable del contrato previsto en el artículo 41 de la LCSP se entenderán sin perjuicio de las que corresponden a los Directores facultativos. Cuando dichas instrucciones fueran de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, tendrá también para que sean vinculantes para las partes. El contratista podrá formular por escrito las alegaciones oportunas al respecto, que habrán de ser resueltas por el órgano de contratación. En todo caso, el régimen de vinculación de las partes a su cargo tales instrucciones será el establecido en la cláusula 4 de este pliego. Con el objeto de garantizar el control de calidad de las obras, el Director facultativo podrá ordenar que se realicen los estudios, ensayos, análisis de materiales, instalaciones y unidades de obra que considere necesarios, por laboratorios homologados en cada especialidad hasta un porcentaje no superior al ofertado por el adjudicatario siempre que no resulte inferior al que figura en el cuadro de características de este pliego. Los abonos correspondientes a los gastos derivados del Control de Calidad se podrán realizar directamente por el adjudicatario o mediante su deducción en las certificaciones de obra. En el caso de que la calidad Consejería de Educación tenga establecido convenio con un Organismo Oficial para el control de los materiales y de la mano unidades de obra empleada, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. La DO y la IO tendrán libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Con- tratista y a sus oficinas en el Obrador. El Contratista mantendrá permanentemente en el lugar de los trabajos al Represen- tante Técnico propuesto en su Oferta, previamente aceptado por SBASE, el que de- berá satisfacer los requisitos exigidos en el PCP y acreditar las facultades para repre- sentarlo y obligarlo. El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará au- torizado por el Contratista para recibir órdenes de la DO, notificarse de las Órdenes de Servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al Con- tratista ante SBASE. Será responsable de la correcta ejecución de los trabajos y del suministro de todos los datos que le requiera la DO, dentro del marco contractual, para la mejor marcha de las tareas. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como parti- cipar del replanteo y de las mediciones para la certificación y suscribir las actas co- rrespondientes, actos que se considerarán implícitamente aceptados por el Contratis- ta si el Representante Técnico no concurriese. Deberá concurrir a las citaciones y reuniones a las que fuera convocado por la DO, las que se harán por Orden de Servicio con una anticipación mínima de un (1) día há- bil. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a su remoción. En caso de ausencia provisoria (transitoria) del Representante Técnico, éste deberá comunicarla y justificarla previamente por escrito a la DO y proponer en su reemplazo a un profesional capacitado, cuyo nivel e incumbencia profesional respondan a lo exi- gido en el pliego. La DO podrá aceptar o rechazar la solicitud de licencia y el reempla- zante propuesto; en caso de silencio se tendrá por aceptado transcurridos dos (2) días de la solicitud. Toda inasistencia del Representante Técnico, deberá justificarse por escrito ante la DO, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el Li- bro de Órdenes de Servicio. Si la ausencia del Representante Técnico no obedeciera a razones justificadas, a jui- cio de la DO, dará motivo a la aplicación de una multa diaria igual al incumplimiento de una Orden de Servicio. En caso de proponer el Contratista el reemplazo del Representante Técnico, deberá manifestar las causas y agregar sus antecedentes. La DO analizará sus anteceden- tes, que deberán cumplir con los requisitos exigidos en la documentación contractual, y aprobará o no expresamente la designación, a su sólo juicio. Si se produjera la vacante del Representante Técnico por decisión propia o de SBA- SEcontratados, el Contratista deberá proponer reemplazante dentro de un máximo de dos (2) días corridos de producida, siendo competencia de SBASE su aceptación o rechazo. El incumplimiento de lo previsto vendrá obligado a realizarlo en esta cláusula podrá hacer pasible al Contratista y/o a su Representante Técnico, de las penalidades y sanciones previstas en este PCG. Toda la documentación que integre el Contrato deberá ser considerada recíprocamen- te explicativa, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán acla- radas y resueltas por SBASE. El procedimiento para su resolución será como sigue:dichos organismos.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Tramitación Anticipada, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Dirección de Obra. El Comitente estará representado por una persona de existencia física u organismo Sin perjuicio de su dependencia denominado Dirección adjudicación preliminar, la contratación de Obra, siendo sus funciones dirigir y su- pervisar esta fase se efectuará solo en el caso de que se tenga constancia de la viabilidad de la ejecución del proyecto en función de los trabajos. Las relaciones del Contratista con SBASE se realizarán exclusivamente criterios técnicos, económicos o de explotación a través criterio de la Dirección de ObraParadores. Si se decidiese la ejecución del proyecto por parte del mismo adjudicatario, no será precisa nueva licitación. PARADORES podrá por tanto desistir de la ejecución de la asistencia técnica una vez concluida la fase de proyecto, e incluso licitarla de nuevo posteriormente, sin compensación económica de ningún tipo al adjudicatario preliminar. Para esta fase se considerará condición imprescindible que figure como miembros del equipo habitual del adjudicatario ingenieros con experiencia en actuaciones similares que asistan a todas las visitas de obra necesarias para coordinación de instalaciones y arquitectura. La DO por medio asistencia técnica incluirá: - Programación técnica y económica, en coordinación con los técnicos coordinadores de otro organismo subordinadoParadores de Turismo, denominado indistintamente “Ins- pección la Dirección del Parador y la empresa constructora adjudicataria. - Calendario de trabajos. - Elaboración y firma de Acta de Replanteo y cumplimentación del Libro de Órdenes. - Informe de las visitas realizadas, indicando el estado de la Obra” obra, el cumplimiento del contrato por la empresa constructora y los posibles imprevistos. - Seguimiento económico de las Certificaciones de Obra y de los Precios Contradictorios que pudieran surgir, comunicando las variaciones sobre el importe previsto. - Estudio y desarrollo de posibles modificaciones, a propuesta de Paradores. - Realización de la Coordinación de Seguridad y Salud entre la empresa o “Inspección” empresas adjudicatarias. - Seguimiento y coordinación del Plan de Control de Calidad si la Propiedad decide descontarlo de la adjudicación a la constructora para su contratación directa. - Control de plazos de ejecución establecidos en el plan de obra, indicando las causas por las que puedan ser imputables los posibles retrasos. - Seguimiento y control a realizar de la gestión de residuos a realizar por el adjudicatario o “IO”adjudicatarios. - Control de costes (presupuestario), tendrá también con un seguimiento económico de las Certificaciones de Obra y de los precios Contradictorios, comunicando las variaciones que puedan surgir de manera previa a su cargo aceptación a la constructora. - Liquidación de obra, informando sobre el control estudio entre importe adjudicado y final por partidas que presentará la contrata. - Recepción Provisional. Listado de la calidad de los materiales repasos y de la mano trabajos pendientes. - Realización y entrega del Certificado final de obra empleada, visado. - Realización del acta de Recepción Definitiva. - Exigencia a la marcha de los trabajos y el cumplimiento empresa adjudicataria de las obligaciones del Contratista. La DO y obras la IO tendrán libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Con- tratista y a sus oficinas en el Obrador. El Contratista mantendrá permanentemente en el lugar presentación de los trabajos al Represen- tante Técnico propuesto en su Oferta, previamente aceptado por SBASE, el que de- berá satisfacer los requisitos exigidos en el PCP y acreditar las facultades para repre- sentarlo y obligarlo. El Representante Técnico tendrá a su cargo planos “as built” (visados) una vez finalizada la conducción de los trabajos y estará au- torizado por el Contratista para recibir órdenes de la DO, notificarse de las Órdenes de Servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al Con- tratista ante SBASE. Será responsable de la correcta ejecución de los trabajos y del suministro de todos los datos que le requiera la DO, dentro del marco contractual, para la mejor marcha de las tareas. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajosobra, así como parti- cipar toda aquella documentación necesaria para el conocimiento del replanteo y de las mediciones para la certificación y suscribir las actas co- rrespondientes, actos que se considerarán implícitamente aceptados por el Contratis- ta si el Representante Técnico no concurriese. Deberá concurrir a las citaciones y reuniones a las que fuera convocado por la DO, las que se harán por Orden de Servicio con una anticipación mínima de un (1) día há- bil. La negligencia demostrada en la ejecución funcionamiento de los trabajos, el incumplimiento equipos instalados y que soliciten los organismos competentes de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia cara a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a su remoción. En caso de ausencia provisoria (transitoria) del Representante Técnico, éste deberá comunicarla y justificarla previamente por escrito a la DO y proponer en su reemplazo a un profesional capacitado, cuyo nivel e incumbencia profesional respondan a lo exi- gido en el pliego. La DO podrá aceptar o rechazar la solicitud de licencia y el reempla- zante propuesto; en caso de silencio se tendrá por aceptado transcurridos dos (2) días de la solicitud. Toda inasistencia del Representante Técnico, deberá justificarse por escrito ante la DO, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el Li- bro de Órdenes de Servicio. Si la ausencia del Representante Técnico no obedeciera a razones justificadas, a jui- cio de la DO, dará motivo a la aplicación de una multa diaria igual al incumplimiento de una Orden de Servicio. En caso de proponer el Contratista el reemplazo del Representante Técnico, deberá manifestar las causas y agregar sus antecedentes. La DO analizará sus anteceden- tes, que deberán cumplir con los requisitos exigidos en la documentación contractual, y aprobará o no expresamente la designación, a su sólo juicio. Si se produjera la vacante del Representante Técnico por decisión propia o de SBA- SE, el Contratista deberá proponer reemplazante dentro de un máximo de dos (2) días corridos de producida, siendo competencia de SBASE su aceptación o rechazo. El incumplimiento de lo previsto en esta cláusula podrá hacer pasible al Contratista y/o a su Representante Técnico, de las penalidades y sanciones previstas en este PCG. Toda la documentación que integre el Contrato deberá ser considerada recíprocamen- te explicativa, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán acla- radas y resueltas por SBASE. El procedimiento para su resolución será como sigue:cualquier legalización..

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Samples: Pliego De Condiciones Para La Prestación Del Servicio De Asistencia Técnica De Arquitectos Para La Elaboración De Proyecto Y Dirección De Obra Para Distintas Actuaciones a Realizar en El Parador De Turismo De Aiguablava

Dirección de Obra. El Comitente estará representado Director Facultativo de la obra es la persona designada por una persona la Administración con titulación adecuada y suficiente responsable de existencia física u organismo la dirección y control de su dependencia denominado Dirección de Obra, siendo sus funciones dirigir y su- pervisar la ejecución de los trabajos. Las relaciones del Contratista con SBASE se realizarán exclusivamente a través la obra, asumiendo la representación de la Dirección Administración ante el contratista. El Director Facultativo asumirá, además de Obra. La DO las funciones derivadas del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por medio el que se establecen disposiciones mínimas de otro organismo subordinadoseguridad y de salud en las obras de construcción y demás normativa concordante sobre la materia, denominado indistintamente “Ins- pección las funciones del responsable del contrato previstas en el artículo 62 de la Obra” o “Inspección” o “IO”Ley 9/2017, tendrá también a su cargo de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en concreto las siguientes: Aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 31/12/2018 Página 20 de 22 — Realizar el control seguimiento material de la calidad ejecución del contrato, para constata que el contratista cumple sus obligaciones de ejecución en los materiales términos acordados en el contrato. — Verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario en materia social, fiscal y de la mano de obra empleadamedioambiental, la marcha de y en relación con los trabajos y subcontratistas si los hubiera, así como el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. La DO y la IO tendrán libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Con- tratista y a sus oficinas establecidas en el Obradorcontrato supongan la aportación de documentación o la realización de trámites de tipo administrativo. El Contratista mantendrá permanentemente en el lugar — Promover las reuniones que resulten necesarias al objeto de los trabajos al Represen- tante Técnico propuesto en su Oferta, previamente aceptado por SBASE, el solucionar cualquier incidente que de- berá satisfacer los requisitos exigidos en el PCP y acreditar las facultades para repre- sentarlo y obligarlo. El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará au- torizado por el Contratista para recibir órdenes de la DO, notificarse de las Órdenes de Servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al Con- tratista ante SBASE. Será responsable de la correcta ejecución de los trabajos y del suministro de todos los datos que le requiera la DO, dentro del marco contractual, para la mejor marcha de las tareas. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como parti- cipar del replanteo y de las mediciones para la certificación y suscribir las actas co- rrespondientes, actos que se considerarán implícitamente aceptados por el Contratis- ta si el Representante Técnico no concurriese. Deberá concurrir a las citaciones y reuniones a las que fuera convocado por la DO, las que se harán por Orden de Servicio con una anticipación mínima de un (1) día há- bil. La negligencia demostrada surja en la ejecución del objeto del contrato, sin perjuicio de los trabajos, su resolución por el incumplimiento órgano de contratación por el procedimiento contradictorio que establece el artículo 97 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las resoluciones pertinentesAdministraciones Públicas. — Dar al contratista las instrucciones oportunas para asegurar el efectivo cumplimiento del contrato en los términos pactados, o la incomparecencia a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a su remoción. En caso de ausencia provisoria (transitoria) del Representante Técnico, éste deberá comunicarla y justificarla previamente por escrito serán inmediatamente ejecutivas en cuanto puedan afectar a la DO y proponer seguridad de las personas o cuando la demora en su reemplazo a un profesional capacitadoaplicación pueda implicar que devengan inútiles posteriormente en función del desarrollo de la ejecución del contrato; en los demás casos, cuyo nivel e incumbencia profesional respondan a lo exi- gido en el pliego. La DO podrá aceptar o rechazar la solicitud de licencia y el reempla- zante propuesto; en caso de silencio se tendrá por aceptado transcurridos dos (2) días mostrar su disconformidad el adjudicatario, resolverá sobre la medida a adoptar el órgano de la solicitud. Toda inasistencia del Representante Técnicocontratación, deberá justificarse por escrito ante la DO, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el Li- bro de Órdenes de Servicio. Si la ausencia del Representante Técnico no obedeciera a razones justificadas, a jui- cio de la DO, dará motivo a la aplicación de una multa diaria igual al incumplimiento de una Orden de Servicio. En caso de proponer el Contratista el reemplazo del Representante Técnico, deberá manifestar las causas y agregar sus antecedentes. La DO analizará sus anteceden- tes, que deberán cumplir con los requisitos exigidos en la documentación contractual, y aprobará o no expresamente la designación, a su sólo juicio. Si se produjera la vacante del Representante Técnico por decisión propia o de SBA- SE, el Contratista deberá proponer reemplazante dentro de un máximo de dos (2) días corridos de producida, siendo competencia de SBASE su aceptación o rechazo. El incumplimiento de lo previsto en esta cláusula podrá hacer pasible al Contratista y/o a su Representante Técnico, sin perjuicio de las posibles indemnizaciones que puedan proceder. — Proponer la imposición de penalidades por incumplimientos contractuales. — Informar en los expedientes de reclamación de daños y sanciones previstas en este PCG. Toda perjuicios que haya suscitado la documentación que integre el Contrato deberá ser considerada recíprocamen- te explicativa, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán acla- radas y resueltas por SBASE. El procedimiento para su resolución será como sigue:ejecución del contrato.

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Dirección de Obra. El Comitente estará representado por Partiendo de que la obra se ejecuta en base a una persona de existencia física u organismo concesión público administrativa y que la responsabilidad de su dependencia denominado Ejecución corresponde al Concesionario de la misma, serán asimismo responsabilidad del concesionario, la realización de los trabajos relacionados con la ejecución de la misma, como los desvíos y reposición de las redes de servicios urbanos, la seguridad y salud en la obra, la resolución a las afecciones al tráfico, la gestión de permisos y autorizaciones de los gestores de los servicios públicos, incluso de los departamentos del propio Ayuntamiento, y la dotación de las asistencias técnicas necesarias para dirigir, coordinar y gestionar las tareas precisas. La Dirección de la Obra nombrada por el Concesionario, intervendrá con la profesionalidad y la independencia necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos del contrato, priorizando el interés público en caso de discrepancia. La Dirección de Obra, siendo sus funciones dirigir y su- pervisar la ejecución bien mediante el propio Director de Obra, o mediante alguno de los trabajosmiembros de su Equipo, girará visitas diarias a la misma, que tendrán la duración requerida por los trabajos que se estén desarrollando. Las relaciones del Contratista El Concesionario dispondrá en todo momento en la obra de un Jefe de Obra, con SBASE dedicación exclusiva a la misma, al que se realizarán exclusivamente a través le habrá de facultar para resolver y decidir en tiempo y forma sobre las incidencias de la obra, habrá de ser competente para ejercer sus funciones, y poseer la formación adecuada para interpretar las órdenes e instrucciones de la Dirección de Obra, y responsabilizarse del seguimiento y actualización del Plan de Obra. La DO por medio de otro organismo subordinado, denominado indistintamente “Ins- pección Institución Municipal se reserva el derecho de la Obra” o “Inspección” o “IO”, tendrá también a su cargo el control de la calidad de los materiales inspección y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y el comprobación del cumplimiento de las obligaciones y compromisos del ContratistaConcesionario de Obra Pública. La DO y la IO tendrán libre acceso, sin aviso previoDirección de Obra presentará, a las plantas y depósitos del Con- tratista y a sus oficinas la Institución Municipal, un Informe mensual con reportaje fotográfico, en el Obrador. El Contratista mantendrá permanentemente en el lugar que se reflejarán las incidencias con especial atención a la calidad de materiales y resultados de los trabajos al Represen- tante Técnico propuesto en su Oferta, previamente aceptado por SBASEensayos. La Jefatura de Obra presentará mensualmente a la Institución Municipal, el que de- berá satisfacer los requisitos exigidos en el PCP y acreditar las facultades para repre- sentarlo y obligarlo. El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción Plan de los trabajos y estará au- torizado por el Contratista para recibir órdenes de la DOObras actualizado, notificarse con expresión de las Órdenes partes de Servicio obra ejecutadas y darles cumplimientopendientes de ejecutar. La firma del Representante Técnico obliga al Con- tratista ante SBASE. Será responsable presentación de la correcta ejecución estos documentos podrá tener lugar en las reuniones de los trabajos y del suministro de todos los datos que le requiera la DO, dentro del marco contractual, para la mejor marcha de las tareas. Deberá concurrir a diario a los lugares en seguimiento que se realicen los trabajos, así como parti- cipar del replanteo y de las mediciones para la certificación y suscribir las actas co- rrespondientes, actos que se considerarán implícitamente aceptados por el Contratis- ta si el Representante Técnico no concurriese. Deberá concurrir a las citaciones y reuniones a las que fuera convocado por la DO, las que se harán por Orden de Servicio con una anticipación mínima de un (1) día há- bil. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a su remoción. En caso de ausencia provisoria (transitoria) del Representante Técnico, éste deberá comunicarla y justificarla previamente por escrito a la DO y proponer en su reemplazo a un profesional capacitado, cuyo nivel e incumbencia profesional respondan a lo exi- gido en el pliego. La DO podrá aceptar o rechazar la solicitud de licencia y el reempla- zante propuesto; en caso de silencio se tendrá por aceptado transcurridos dos (2) días de la solicitud. Toda inasistencia del Representante Técnico, deberá justificarse por escrito ante la DO, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el Li- bro de Órdenes de Servicio. Si la ausencia del Representante Técnico no obedeciera a razones justificadas, a jui- cio de la DO, dará motivo a la aplicación de una multa diaria igual convoquen al incumplimiento de una Orden de Servicio. En caso de proponer el Contratista el reemplazo del Representante Técnico, deberá manifestar las causas y agregar sus antecedentes. La DO analizará sus anteceden- tes, que deberán cumplir con los requisitos exigidos en la documentación contractual, y aprobará o no expresamente la designación, a su sólo juicio. Si se produjera la vacante del Representante Técnico por decisión propia o de SBA- SE, el Contratista deberá proponer reemplazante dentro de un máximo de dos (2) días corridos de producida, siendo competencia de SBASE su aceptación o rechazo. El incumplimiento de lo previsto en esta cláusula podrá hacer pasible al Contratista y/o a su Representante Técnico, de las penalidades y sanciones previstas en este PCG. Toda la documentación que integre el Contrato deberá ser considerada recíprocamen- te explicativa, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán acla- radas y resueltas por SBASE. El procedimiento para su resolución será como sigue:efecto.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Han De Regir en El Contrato De Concesión De Obra Pública

Dirección de Obra. El Comitente estará representado por una persona Para la prestación del servicio de existencia física u organismo de su dependencia denominado Dirección de ObraObra se asignará personal técnico que contará como mínimo con la titulación académica y profesional habilitante, siendo sus que cumpla las condiciones exigidas para el ejercicio de la profesión, colegiado, que asumirá las funciones dirigir de Director de Obra conforme a la legislación vigente. Las obligaciones y su- pervisar funciones a desarrollar por dicho servicio serán las siguientes: - Realizar la Dirección de Obra de las obras, llevando a cabo la interpretación técnica de las mismas, velando que se realicen de conformidad con el proyecto vigente. - Dar solución técnica a las incidencias y contingencias que se produzcan en el desarrollo de la obra y consignar en el libro de órdenes (cuando sea preceptiva su existencia) y/o en otro medio establecido las instrucciones precisas para la correcta interpretación del Proyecto. - Verificar el replanteo y la viabilidad del proyecto. - Proponer al Director del Expediente las modificaciones del proyecto, que regularicen las incidencias surgidas en la ejecución de la obra siempre que las mismas se adapten tanto a la normativa vigente como de los trabajospliegos y disposiciones contractuales de la obra, y si éstas se autorizan por el órgano de contratación, elaborar los correspondientes proyectos modificados. Las relaciones - Suscribir el Acta de replanteo, el Acta de recepción y el certificado final de obra con los visados que en su caso fuesen preceptivos, así como c o n f o r m a r las certificacionesparciales y la liquidación final de la obra ejecutada. - Cumplimiento de la normativa de Seguridad y Salud, a cuyo efecto actuará como representante de AEROCAS en el nombramiento del Coordinador de Seguridad y Salud, exigiendo a la empresa constructora la presencia de los recursos preventivos necesarios. - Velar por el cumplimiento de plazos parciales y total de ejecución, analizando el programa de obra del Contratista y exigiendo los medios necesarios en el caso de detectarse cualquier retraso en el seguimiento continuo del mismo. - Control económico de la inversión detectando cualquier posible desviación presupuestaria, avisando y proponiendo medidas para su corrección al Director del Expediente. Acreditará periódicamente la obra ejecutada. - Realizar la propuesta de liquidación de la obra una vez finalizadas, que deberá ser ratificada por el Director del Expediente para su remisión al Órgano competente. - Impulsar y controlar el cumplimiento de los requisitos de Calidad mediante la aprobación del Plan de Aseguramiento de la Calidad, revisando y aprobando los materiales, los procedimientos de ejecución, los subcontratistas, y la documentación final comprobando su fidelidad con SBASE se realizarán exclusivamente la Obra ejecutada. - Impulsar y controlar el cumplimiento de los requisitos ambientales a través del Plan de Vigilancia Ambiental. - Compatibilizar la Dirección ejecución de Obralas obras en zona lado aire con la normal operación del aeropuerto, coordinando las actuaciones a realizar con el aeropuerto. La DO por medio de otro organismo subordinado, denominado indistintamente “Ins- pección de la Obra” o “Inspección” o “IO”, tendrá también - Comunicar al Director del Expediente cualquier circunstancia ajena a su cargo el ámbito y control de que impida la calidad consecución de los materiales anteriores objetivos y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y funciones. - Para el cumplimiento de las anteriores funciones y obligaciones se deberán prestar los siguientes servicios de Dirección de Obra: - Analizar detalladamente el proyecto que define la ejecución de las obras, verificando la viabilidad del Contratistamismo. La DO - Suscribir, conjuntamente con el Director del Expediente, el Acta de Comprobación del replanteo. - Realizar la Dirección Facultativa de las obras. Para ello contará con la organización, instalaciones y los medios humanos y materiales necesarios para la IO tendrán libre accesocorrecta y adecuada prestación del servicio en cada momento. Cumplimentará además todas aquellas órdenes u orientaciones que reciba del Director del Expediente. - Analizar e informar del Programa de Trabajos presentado por el Contratista al Director del Expediente para su aprobación, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Con- tratista y a sus oficinas en controlando el Obrador. El Contratista mantendrá permanentemente en el lugar cumplimiento de los trabajos al Represen- tante Técnico propuesto en su Ofertaplazos total y parciales, previamente aceptado por SBASE, y especialmente el que de- berá satisfacer de las actividades críticas. - Aprobar los requisitos exigidos en el PCP y acreditar las facultades para repre- sentarlo y obligarlo. El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción Procedimientos específicos de los trabajos y estará au- torizado ejecución propuestos por el Contratista para recibir órdenes la ejecución de la DOobra, notificarse informando al Director del Expediente de las Órdenes de Servicio incidencias y darles cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al Con- tratista ante SBASE. Será responsable resultados de la correcta aplicación de los mismos. - Velar por el cumplimiento de los Procedimientos específicos para el Control y Vigilancia de la Obra, informando al Director del Expediente de las incidencias y resultados de la aplicación de los mismos. - Comprobar el cumplimiento de los requisitos definidos en el Plan de Obra, efectuando su actualización cuando la evolución de la obra lo requiera. - Comprobar y responsabilizarse de que las obras se ejecuten conforme al proyecto vigente, y que las condiciones de calidad, cantidad y características geométricas, en su caso, de materiales y unidades de obra ejecutadas corresponden a las prescritas en los pliegos. - Redactar y presentar al Director del Expediente, mensualmente, los informes sobre el desarrollo de las obras, en los que consten, como mínimo: • Incidencias existentes durante la ejecución. • Programas vigentes y su seguimiento. • Resultados del control de calidad y su interpretación. • Resultados del control cuantitativo y geométrico de las unidades de obra ejecutadas. • Valoración de los servicios ejecutados. • Incidencias observadas durante la ejecución de las Obras. • Acreditar la obra ejecutada y emitir las certificaciones periódicas correspondientes, así como actualizar la Previsión económica del contrato. - Analizar las incidencias detectadas por éste en el desarrollo de su labor, abriendo No Conformidades en los trabajos y del suministro de todos los datos que le requiera la DO, dentro del marco contractual, para la mejor marcha de las tareas. Deberá concurrir a diario a los lugares casos en que se realicen considere necesario. - Realizar las gestiones necesarias acerca de los trabajostitulares de bienes y servicios afectados, así como parti- cipar de acuerdo con el Director del replanteo Expediente. - Informar al Director del Expediente, al menos, una vez cada quince (15) días de los resultados de dichas acciones. - Supervisar y someter a la aprobación del Director del Expediente, el Plan de las mediciones Obra entre cuyo contenido incluirá el Plan de Puntos de Inspección y Ensayos (PPI) del PAC del Contratista y el Plan de Inspección y Ensayos de la AT.D. O - Recopilar los Planes de Aseguramiento de la Calidad del Contratista y la AT.D.O. para la certificación y suscribir las actas co- rrespondientes, actos que se considerarán implícitamente aceptados por el Contratis- ta si el Representante Técnico no concurriese. Deberá concurrir a las citaciones y reuniones a las que fuera convocado por la DO, las que se harán por Orden de Servicio con una anticipación mínima su entrega al Director del Expediente en un plazo máximo de un (1) día há- bilmes desde la autorización para el inicio de las obras. La negligencia demostrada - Velar por el cumplimiento de las prescripciones contenidas o aprobadas en la Declaración de Impacto Ambiental (en caso de que exista) y en el Plan de Vigilancia Ambiental. - Compatibilizar la ejecución de las obras con la normal operatividad del aeropuerto. Aquellos trabajos que afecten a las áreas restringidas xxx xxxxxxx aeroportuario serán debidamente coordinados con AEROCAS y el Gestor de la Explotación del Aeropuerto EDEIS, definiendo el cronograma de los distintos tajos que pudieran afectar a la misma. - Obligar al Contratista a la instalación, a su xxxxx, de las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de éstos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones. Así mismo obligará al Contratista a instalar, a su xxxxx, los carteles de obra, cumpliendo las especificaciones establecidas por AEROCAS - Aprobar a los subcontratistas propuestos para la obra. Xxxxxxx y controlar que la subcontratación de las obras esté debidamente realizada de acuerdo a la Ley 32/2006 de Subcontratación - Supervisar elregistro de documentación de obra y su distribución - Aprobar materiales. - Velar por el cumplimiento de la Normativa de Seguridad y Salud, tal como esté establecido en el Plan de Seguridad y Salud de la Obra, aprobado por el coordinador de Seguridad y Salud. - Dirigir la ejecución de las obras y que las mismas se realicen de conformidad con el proyecto vigente y de acuerdo con las normas y facultades contempladas en los procedimientos de Dirección de Obra. - Elaborar la documentación para la liquidación del contrato y revisión de precios en el caso que estuviera considerado en el pliego, suscribir el Acta de recepción y certificado final de las obras, así como la elaboración y comprobación de la documentación final de la obra ejecutada que proceda para la entrega de la obra a AEROCAS - Revisar y aprobar la documentación "As built', comprobando su correspondencia con la obra realmente ejecutada. - Informar a l Director del Expediente de posibles Modificados del Proyecto y los consiguientes Precios Contradictorios no ejecutando los mismos sin la aprobación correspondiente, elaborando las modificaciones del proyecto con la aprobación del Director del Expediente, que regularicen las incidencias surgidas en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de la obra siempre que las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia a las citaciones que mismas se le formulen, podrá dar lugar a su remoción. En caso de ausencia provisoria (transitoria) del Representante Técnico, éste deberá comunicarla y justificarla previamente por escrito adapten tanto a la DO normativa vigente durante la redacción del proyecto como de los pliegos y proponer en su reemplazo a un profesional capacitado, cuyo nivel e incumbencia profesional respondan a lo exi- gido en el pliego. La DO podrá aceptar o rechazar la solicitud de licencia y el reempla- zante propuesto; en caso de silencio se tendrá por aceptado transcurridos dos (2) días disposiciones contractuales de la solicitud. Toda inasistencia del Representante Técnico, deberá justificarse por escrito ante la DO, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el Li- bro de Órdenes de Servicio. Si la ausencia del Representante Técnico no obedeciera a razones justificadas, a jui- cio de la DO, dará motivo a la aplicación de una multa diaria igual al incumplimiento de una Orden de Servicio. En caso de proponer el Contratista el reemplazo del Representante Técnico, deberá manifestar las causas y agregar sus antecedentes. La DO analizará sus anteceden- tes, que deberán cumplir con los requisitos exigidos en la documentación contractual, y aprobará o no expresamente la designación, a su sólo juicio. Si se produjera la vacante del Representante Técnico por decisión propia o de SBA- SE, el Contratista deberá proponer reemplazante dentro de un máximo de dos (2) días corridos de producida, siendo competencia de SBASE su aceptación o rechazo. El incumplimiento de lo previsto en esta cláusula podrá hacer pasible al Contratista y/o a su Representante Técnico, de las penalidades y sanciones previstas en este PCG. Toda la documentación que integre el Contrato deberá ser considerada recíprocamen- te explicativa, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán acla- radas y resueltas por SBASE. El procedimiento para su resolución será como sigue:obra.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas

Dirección de Obra. El Comitente estará representado por una persona adjudicatario ostentará la representación permanente del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en lo referente a las obras objeto de existencia física u organismo este contrato- ante la empresa encargada de su dependencia denominado Dirección ejecución y los Organismos y Entidades Oficiales o particulares, debiendo ajustarse en su trabajo a los siguientes principios y normas de Obraactuación: - La dirección facultativa de las obras e instalaciones se ajustará a todas las Normas vigentes que sean de aplicación y en especial, siendo sus funciones dirigir a las indicadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y su- pervisar al presente Pliego. - Las relaciones técnicas del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y el contratista adjudicatario de la realización de las obras, serán encauzadas a través de la dirección facultativa de las obras. Las sugerencias o reclamaciones que dicho contratista quiera hacer al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx deberán ir siempre acompañadas de un informe redactado por la dirección facultativa. - El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx procurará que la dirección facultativa reciba por parte del contratista adjudicatario de su realización cuantas facilidades precise para realizar la labor que tiene encomendada y en consecuencia, tendrá acceso a todos los tajos de la obra, talleres, instalaciones etc. Asimismo, durante la ejecución del contrato, deberá: - Desarrollar las actividades necesarias para que la ejecución, el control y el abono de las obras durante la marcha de las mismas y hasta su liquidación se ajusten a las determinaciones del proyecto aprobado y sean adecuados a las estimaciones previstas. - Suministrar al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx cuantos informes y documentos le sean solicitados durante el desarrollo de las obras, así como después de concluidas éstas, hasta que finalice el plazo de garantía y se liquiden. Tiene encomendadas las siguientes competencias, sin perjuicio de aquellas específicas que por su titulación o por la normativa de aplicación le correspondan: o Con anterioridad al acta comprobación del replanteo, se compromete, junto con los otros componentes de la Dirección Facultativa, a comprobar los datos sobre el terreno y a verificar los obstáculos que puedan hacer inviable la ejecución del proyecto de obras aprobado. o Verificar el replanteo de las obras. o Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de Órdenes las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto. o Coordinar el desarrollo de los proyectos parciales de instalaciones y los informes correspondientes. o Definir las condiciones y los aspectos técnicos que puedan surgir en cuanto a interpretación de planos, condiciones de materiales y de ejecución de unidades de obra y aquellos otros que los pliegos dejan a criterio de la dirección de obra, sin que se modifiquen las condiciones de Contrato. o Suscribir el acta de comprobación del replanteo y el certificado final de obras. o Suscribir el Programa de trabajo a presentar por el contratista adjudicatario de la realización de las obras después de la adjudicación, así como el control y revisión del definitivamente aprobado. o Realizar las visitas necesarias a las obras, para el normal desarrollo de las mismas. o Entregar la documentación gráfica (planos, documentación técnica de obra) que precise el contratista para el normal desarrollo de los trabajos. Las relaciones del Contratista con SBASE se realizarán exclusivamente a través o Conformar las certificaciones parciales, según la medición y valoración de la Dirección obra realizada en cada mensualidad, y la liquidación final de Obralas unidades de obra ejecutadas. La DO por medio o Obtener y facilitar datos precisos para redactar el informe mensual sobre la marcha de otro organismo subordinadolas obras, denominado indistintamente “Ins- pección gráficos y resultado de los ensayos y controles efectuados. o Poner en conocimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx cualquier incidencia de la Obra” obra. o “Inspección” Estudiar las propuestas sobre los problemas e incidencias que se planteen en la obra y que impidan el normal desarrollo del Contrato o “IO”aconsejen su modificación. o Aprobar, tendrá también junto con la supervisión municipal, el plan de control de calidad de las obras. o Coordinar la realización de pruebas, comprobaciones e inspecciones necesarias con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética del edificio terminado y suscribir este certificado, que se incorporará al libro del edificio. o Preparar lo necesario a fin de que la recepción de la obra se lleve a cabo dentro del mes siguiente a su cargo el control terminación. o Elaborar y suscribir la documentación de la calidad obra ejecutada para entregarla al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (pdf, Word, dwg, etc, reportaje fotográfico del transcurso de los materiales las obras y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. La DO y la IO tendrán libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Con- tratista y a sus oficinas en el Obrador. El Contratista mantendrá permanentemente en el lugar de los trabajos al Represen- tante Técnico propuesto en su Oferta, previamente aceptado por SBASE, el que de- berá satisfacer los requisitos exigidos en el PCP y acreditar las facultades para repre- sentarlo y obligarlo. El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará au- torizado por el Contratista para recibir órdenes de la DO, notificarse de las Órdenes de Servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al Con- tratista ante SBASE. Será responsable de la correcta ejecución de los trabajos y del suministro de todos los datos que le requiera la DO, dentro del marco contractual, para la mejor marcha de las tareas. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como parti- cipar del replanteo y de las mediciones para la certificación y suscribir las actas co- rrespondientes, actos que se considerarán implícitamente aceptados por el Contratis- ta si el Representante Técnico no concurriese. Deberá concurrir a las citaciones y reuniones a las que fuera convocado por la DO, las que se harán por Orden de Servicio con una anticipación mínima de un (1) día há- bil. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a su remoción. En caso de ausencia provisoria (transitoria) del Representante Técnico, éste deberá comunicarla y justificarla previamente por escrito a la DO y proponer en su reemplazo a un profesional capacitado, cuyo nivel e incumbencia profesional respondan a lo exi- gido en el pliego. La DO podrá aceptar o rechazar la solicitud de licencia y el reempla- zante propuesto; en caso de silencio se tendrá por aceptado transcurridos dos (2) días de la solicitud. Toda inasistencia del Representante Técnico, deberá justificarse por escrito ante la DO, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el Li- bro de Órdenes de Servicio. Si la ausencia del Representante Técnico no obedeciera a razones justificadas, a jui- cio de la DO, dará motivo a la aplicación de una multa diaria igual al incumplimiento de una Orden de Servicio. En caso de proponer el Contratista el reemplazo del Representante Técnico, deberá manifestar las causas y agregar sus antecedentes. La DO analizará sus anteceden- tes, que deberán cumplir con los requisitos exigidos en la documentación contractual, y aprobará o no expresamente la designación, a su sólo juicio. Si se produjera la vacante del Representante Técnico por decisión propia o de SBA- SE, el Contratista deberá proponer reemplazante dentro de un máximo de dos (2) días corridos de producida, siendo competencia de SBASE su aceptación o rechazo. El incumplimiento de lo previsto en esta cláusula podrá hacer pasible al Contratista y/o a su Representante Técnico, de las penalidades y sanciones previstas en este PCG. Toda la documentación que integre el Contrato deberá ser considerada recíprocamen- te explicativa, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán acla- radas y resueltas por SBASE. El procedimiento para su resolución será como sigue:terminada).

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Procedimiento Abierto Contrato De Servicios