Desviaciones Cláusulas de Ejemplo

Desviaciones. Se considera desviación todo “error”, “reserva”, “omisión”, “informalidad” o “disconformidad” que la oferta presente en relación con las condiciones o términos xxx xxxxxx o frente a las reglas vigentes en la ciencia, la técnica o la práctica aplicables a la realización de los servicios y/o actividades. Sin perjuicio de su entendimiento en el lenguaje común, para los efectos de este pliego los términos acabados de señalar se entenderán, también, con el siguiente alcance:
Desviaciones. Se considera desviación la disconformidad de la oferta frente a las condiciones de la solicitud de ofertas. Las demás desviaciones son no sustanciales y serán corregidas directamente por EL CONTRATANTE cuando ello sea factible a partir de la información consignada por el oferente; en caso contrario, EL CONTRATANTE se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones, precisiones o correcciones que sean necesarias, sin que ello suponga el derecho del oferente a modificar los otros aspectos de la oferta. El oferente requerido deberá atender el llamado dentro del término que para el efecto se le señale; en caso de no hacerlo se podrá eliminar su oferta.
Desviaciones. Paralelamente, la Asistencia deberá incorporar a la relación valorada una enumeración detallada a origen de las desviaciones de medición respecto al contrato, y que nacen, con carácter enunciativo y no limitativo, de cualquiera de las siguientes situaciones:
Desviaciones. Los errores de carácter matemático, aritmético o formal que presenten las ofertas serán corregidos directamente por CHEC y son de forzosa aceptación por el contratista, de la siguiente manera:
Desviaciones significativas del consumo. Son los aumentos o reducciones en los consumos, en el período de facturación correspondiente, que comparados con los promedios de los últimos tres (3) o seis (6) períodos de facturación, dependiendo si la facturación es bimestral o mensual, sean mayores a los porcentajes que se señalan a continuación: Treinta y cinco por ciento (35%) para usuarios con un promedio de consumo mayor o igual a cuarenta metros cúbicos (40 m3) mensuales. Sesenta y cinco por ciento (65%) para usuarios con un promedio de consumo menor a cuarenta metros cúbicos (40 m3) mensuales. válidos, el límite superior a partir del cual se considera existe una desviación significativa será de uno punto sesenta y cinco (1.65) veces el consumo promedio para el estrato o categoría de consumo y el límite inferior a partir del cual se considera existe una desviación significativa será xx xxxx punto treinta y cinco (0.35) Multiplicado por dicho consumo promedio. consumo, la comparación del consumo a que se refiere este artículo, Podrá realizarse con el mismo mes del año inmediatamente anterior.
Desviaciones. El Suministrador, tan pronto como detecte una desviación o falta de conformidad respecto a lo establecido o especificado para los materiales, procedimientos, planos, etc., deberá cumplimentar el correspondiente Informe de Desviación, indicando el objeto del mismo y la solución propuesta, debiendo enviar al Comprador, a la mayor brevedad posible, una copia del mismo. El Comprador valorará dicha propuesta aceptándola o proponiendo otra equivalente consensuada con el Suministrador. Independientemente de la resolución adoptada por el Suministrador, el Comprador se reserva el derecho de la aceptación o no de la misma. Las desviaciones que afecten al diseño propiamente dicho, tales como el no cumplimiento de los requisitos de calidad exigidos a los materiales, deberán estar aprobadas y justificadas en su propuesta por la ingeniería del Suministrador en base a los criterios y cálculos de diseño establecidos. Las desviaciones que afecten a no conformidades respecto a planos constructivos aprobados, tales como la adición de cordones de soldadura no previstos en los mismos, medidas fuera de tolerancia que supongan en su resolución la modificación de otras piezas, etc., implicará obligatoriamente efectuar una nueva revisión de los planos, que deberán enviarse al Comprador.
Desviaciones. Se considera desviación la disconformidad de la oferta frente a las condiciones xxx xxxxxx.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.