MADRID, 4 DE DICIEMBRE DE 2007
AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (ACUAMED)
PLIEGO DE BASES PARA CONTRATACIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN EL PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (PSARU 2002) EN LA XXXXXX XXX XXXX, 1ª FASE. ACTUACIONES EN LA PROVINCIA DE TARRAGONA
MADRID, 4 DE DICIEMBRE DE 2007
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX DE BASES PARA CONTRATACIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN EL PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (PSARU 2002) EN LA XXXXXX XXX XXXX, 1ª FASE. ACTUACIONES EN LA PROVINCIA DE TARRAGONA
Nº de expediente: ADO/13/07
CONTRATACIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN EL PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (PSARU 2002) EN LA XXXXXX XXX XXXX, 1ª FASE. ACTUACIONES EN LA PROVINCIA DE TARRAGONA
1. Definición del objeto del Contrato
2.1. Cuantía:
En cifra: 1.059.595,00 €
En letra: UN MILLÓN CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS
2.2. Sistema de determinación del precio: Por precios unitarios
2. Presupuesto base de licitación (IVA incluido)
Anualidad año 2008: QUINIENTOS MIL EUROS (500.000,00 €)
Anualidad año 2009: QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS (559.595,00 €)
3. Previsión de distribución en anualidades
20 MESES
ACUAMED, x/ Xxxxxxxx, 00- - 00000 XXXXXX
Plazo total: Lugar:
4. Plazo de ejecución y lugar de entrega de las ofertas
Económicos y financieros: Según lo indicado en la cláusula 2 del Documento nº 2 xxx Xxxxxx de Bases
Técnicos y profesionales: Según lo indicado en la cláusula 2 del Documento nº 2 xxx Xxxxxx de Bases
5. Acreditación de los requerimientos económicos, financieros y técnicos y profesionales
6.1. Existencia de requisitos de publicidad en el DOUE: Sí
6.2. Admisión de soluciones variantes: No
6.3. Existencia de fases: Sí
6. Singularidades en la celebración de la licitación
2% del Presupuesto Base de Licitación 4% del Presupuesto Base de Licitación
7.1. Provisional:
7.2. Definitiva:
7. Garantías a disposición de la Sociedad
8. Programa de trabajo | ||||||||||||
Se presentará Adjudicación. | un | Programa | de | Trabajo | 15 | días | después | de | la | notificación | de | la |
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX DE BASES PARA CONTRATACIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN EL PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (PSARU 2002) EN LA XXXXXX XXX XXXX, 1ª FASE. ACTUACIONES EN LA PROVINCIA DE TARRAGONA
Los precios unitarios que forman parte de la oferta, se revisarán anualmente incrementándolos en el IPC nacional con respecto al de la fecha de licitación una vez ejecutado el 20 % de los trabajos incluidos en el Contrato y transcurrido 1 año
9. Revisión de precios
Por precios unitarios y mediante certificaciones mensuales
10. Sistema de abono
Un (1) año
11. Plazo de garantía
El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación y de la adjudicación a abonar por el adjudicatario es de 10.000 euros
12. Gastos de publicidad
De acuerdo con este cuadro de características se aprueba el presente Pliego de Bases, que consta de los siguientes documentos que se desarrollan a continuación:
• DOCUMENTO Nº 1: CARACTERÍSTICAS GENERALES
• DOCUMENTO Nº 2: CLÁUSULAS REGULADORAS
• DOCUMENTO Nº 3: CONDICIONES TÉCNICAS
• DOCUMENTO Nº 4: PROGRAMA DE TRABAJO Y PRESUPUESTO
• DOCUMENTO Nº 5: ANEXOS
EL SUBDIRECTOR DE CONSTRUCCIÓN
X. Xxxxxxxx Xxxxxxx
Madrid, 4 de diciembre de 2007
APROBADO
EL DIRECTOR DE CONSTRUCCIÓN
CONFORME
EL DIRECTOR GENERAL
D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
X. Xxxxxxxxx Hijós Xxxxxxx
ÍNDICE
Página
DOCUMENTO Nº 1. CARACTERÍSTICAS GENERALES 5
1. INTRODUCCIÓN 7
2. ALCANCE XXX XXXXXX DE BASES 8
3. OBJETO DEL CONTRATO 8
4. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 8
5. NORMATIVA LEGAL 9
6. TRABAJOS A DESARROLLAR 9
7. PLAZO DE EJECUCIÓN 9
8. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO 10
9. FORMA DE PAGO 10
10. CONCLUSIÓN 10
DOCUMENTO Nº 2. CLÁUSULAS REGULADORAS 11
I. LICITACIÓN 13
II. VALORACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 26
DOCUMENTO Nº 3. CONDICIONES TÉCNICAS 35
1. ANTECEDENTES 37
2. OBJETO DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE OBRA 37
3. DOCUMENTOS QUE SE PONDRÁN A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR 39
4. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR 40
APÉNDICE Nº 1. CONTROL ECONÓMICO Y DE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS DE LA OBRAS 50
APÉNDICE Nº 2. RELACIÓN DE ENSAYOS Y TARIFAS 54
DOCUMENTO Nº 4. PROGRAMA DE TRABAJO Y PRESUPUESTO 60
DOCUMENTO Nº 5. ANEXOS 67
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 69
ANEXO II. MODELOS DE GARANTÍA PROVISIONAL 70
ANEXO III.CONTRATO 73
DOCUMENTO Nº 1 CARACTERÍSTICAS GENERALES
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 1 CARACTERÍSTICAS GENERALES
Página
1. INTRODUCCIÓN 7
2. ALCANCE XXX XXXXXX DE BASES 8
3. OBJETO DEL CONTRATO 8
4. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 8
5. NORMATIVA LEGAL 9
6. TRABAJOS A DESARROLLAR 9
7. PLAZO DE EJECUCIÓN 9
8. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO 10
9. FORMA DE PAGO 10
10. CONCLUSIÓN 10
1. INTRODUCCIÓN
Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 xx xxxxx de 2004, se autorizó el cambio de denominación y la sustitución del objeto social de la antigua sociedad estatal Infraestructuras del Trasvase S.A., pasando a denominarse “AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.”, en adelante ACUAMED, y teniendo por objeto la contratación, construcción, adquisición y explotación, en su caso, de toda clase de obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Ley 2/2004, se realizasen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos autorizadas por el artículo 13 de la Ley 10/2001, así como la gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de dichas obras, y el ejercicio de las actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
Posteriormente, la Ley 11/2005 de 22 xx xxxxx, modificó las actuaciones incluidas en el Real Decreto Ley mencionado, de modo que, como consecuencia de esto, el Consejo de Ministros de 22 de julio de 2005 autorizó, entre otras cuestiones relacionadas con ACUAMED, una nueva modificación de su objeto social cuya finalidad fuese incluir otras actuaciones distintas a las contempladas en el Real Decreto Ley 2/2004, de modo que el nuevo objeto contemple:
1. La contratación, construcción adquisición y explotación de toda clase de obras hidráulicas y, en especial, de aquellas obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2005, por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos.
2. La gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de las obras citadas en el párrafo primero, así como el ejercicio de aquellas actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
3. El objeto social podrá realizarse directamente o mediante la participación en el capital de las sociedades constituidas o que pudieran constituirse con alguno de los fines señalados en los apartados anteriores.
Entre estas actuaciones, declaradas de interés general, prioritarias y urgentes, se encuentran las obras que a continuación se relacionan, incluidas todas ellas en la actuación “PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES URBANAS (PSARU 2002) EN LA XXXXXX XXX XXXX (1.ª FASE)”:
• Colectores en alta y estación depuradora de aguas residuales de Horta de San Xxxx (Tarragona)
• Colectores en alta y estación depuradora de aguas residuales de Sant Jaume d’Enveja (Tarragona)
• Estación depuradora de aguas residuales de Ulldemolins (Tarragona)
Con fecha 15 xx xxxxx de 2005 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente resolvió que el proyecto no se encontraba en los supuestos comprendidos en los Anexo I y Anexo II de la Ley 6/2001 de 8 xx xxxx, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 xx xxxxx, de evaluación de impacto ambiental, por lo que no debía someterse a evaluación de impacto ambiental por el mencionado organismo
Por resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar se autorizó la incoación de los expedientes de información pública a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 3 del
Real Decreto Legislativo 1302/86 de evaluación de impacto ambiental y en el artículo 86 de la ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
En este sentido, los proyectos constructivos tienen como misión informar a los licitadores de las características económicas y técnicas fundamentales de los proyectos a realizar, a fin de que sirva de marco para la redacción de la oferta, con el alcance y efectos que se establecen en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en sus documentos anexos. Ello no será obstáculo para que las ofertas de los licitadores cumplan lo expresado en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aunque existan diferencias con lo establecido por el Proyecto Constructivo.
2. ALCANCE XXX XXXXXX DE BASES
El presente Pliego de Bases tiene por objeto describir los trabajos que han de ser materia del Contrato de Consultoría y Asistencia que se presenta, y definir las características técnicas y legales del mismo especificando dentro de dichas características el presupuesto de licitación, que estará compuesto por las unidades, con su precio unitario, que sean necesarias para ejecutar los trabajos, y la duración del Contrato. Asimismo, se concretan las normas para la presentación de proposiciones, para la valoración y adjudicación del Contrato, los requisitos de contratación, las relaciones entre las partes durante el desarrollo de dicho Contrato de Consultoría y Asistencia y los documentos que deben ser entregados por el Consultor.
3. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente Contrato consistirá en la prestación de los servicios de Consultoría y Asistencia por medio del personal puesto a disposición de ACUAMED, así como de los medios técnicos y materiales necesarios, durante el periodo de vigencia del mismo, para llevar a cabo las labores de Asistencia a la Dirección de Obra en las obras a ejecutar en aquellas incluidas en el programa de saneamiento de aguas residuales urbanas (Psaru 2002), en la provincia de Tarragona
La codificación que corresponde al objeto del presente Contrato, según la nomenclatura de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 1996 (CNPA-1996), es la 74.20.31, “Servicios de asesoramiento y consultoría en ingeniería”.
Además, por el importe del Presupuesto Base de Licitación, se debe indicar la codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de los Contratos (CPV) de la Comisión Europea, que en este caso responde al código 74231100.
El Contrato incluye la asistencia a los técnicos de ACUAMED, o a las personas que ésta designe, lo cual implicará, entre otras actividades, la asistencia a las reuniones y visitas que sean solicitadas.
4. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, y la forma será la de CONCURSO SIN VARIANTES. La adjudicación del Contrato se hará atendiendo a la proposición que ACUAMED considere más ventajosa en su conjunto, de acuerdo con los criterios objetivos de adjudicación establecidos en este Pliego.
Se procederá al anuncio de la licitación en el Boletín Oficial del Estado y además en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas1, pues el objeto del Contrato se enmarca dentro de la categoría 12 de las recogidas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante TRLCAP), aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, y modificado por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y alcanza la cuantía que precisa el artículo 203 del TRLCAP.
Los gastos de publicidad de la licitación serán abonados por el adjudicatario.
5. NORMATIVA LEGAL
La presente licitación está sometida al régimen que resulta del artículo 2.1. del TRLCAP. El Contrato, que forma parte indisociable de este Pliego de Bases, se regirá:
1) En cuanto a la capacidad de las empresas, publicidad, formas de adjudicación y procedimientos de licitación por las prescripciones del TRLCAP.
2) En lo referente a su contenido, derechos y obligaciones de las partes y a su ejecución y extinción, por lo establecido en el modelo de Contrato que es anexo inseparable y parte integrante de este Pliego y con arreglo al cual se formalizará el Contrato con el Adjudicatario.
La legislación mercantil se aplicará con carácter supletorio en todo lo no especialmente contemplado en este Pliego, que actuará igualmente como legislación integradora del mismo, sin perjuicio de la normativa que resulte de aplicación a ACUAMED por su carácter de Sociedad Estatal, y en particular de la que se deriva de aquellas Sociedades Estatales que tienen por objeto social la construcción y explotación de obras hidráulicas.
6. TRABAJOS A DESARROLLAR
Se abordarán las actividades de Asistencia a la Dirección de Obra y de redacción de documentos que se relacionan en el Documento nº 3 del presente Pliego de Bases.
7. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo máximo para la ejecución de los trabajos de la presente Asistencia será de veinte (20) meses.
Este plazo podrá prorrogarse por mutuo acuerdo expreso y por escrito de las partes, antes de la finalización del mismo. Los ofertantes deberán tener en cuenta que los servicios de la Asistencia se irán requiriendo conforme se vaya produciendo las aprobaciones de los proyectos y las correspondientes adjudicaciones de las obras, por lo que puede afectar a la previsión de equipos necesarios.
1 la publicación en el DOCE solo será necesario si la cuantía del expediente supera los importes previstos en el articulo 203 del TRLCAP
8. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto base de licitación será el que figura en el apartado 2 del cuadro de características del presente Xxxxxx, entendiéndose como presupuesto máximo, por lo que las ofertas no podrán rebasar en ningún caso su importe.
Las ofertas económicas de los licitadores incluirán, expresamente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que proceda por la ejecución de su prestación.
El Precio del Contrato coincidirá con el presupuesto de la oferta adjudicada.
La Revisión de Precios a aplicar en el presente Contrato es la que se indica en el apartado 9 del cuadro de características.
9. FORMA DE PAGO
El Consultor facturará los trabajos objeto del presente Contrato mensualmente. El importe de las facturas presentadas será el resultado de valorar el grado de desarrollo y la calidad técnica de los trabajos que respondan a los distintos Presupuestos Parciales que, necesariamente, debe ofertar el adjudicatario, tal y como se indica en la cláusula 2.B.3 del Documento nº 2 del presente Pliego de Bases. Esta valoración quedará plasmada en la relación valorada que deberá ser aprobada por ACUAMED.
10. CONCLUSIÓN
Con todo lo expuesto anteriormente, y dada la insuficiencia, falta de adecuación o conveniencia de ampliar los medios personales y materiales con que cuenta ACUSUR para atender las necesidades que se tratan de cubrir a través del Contrato, se considera suficientemente justificada la necesidad de la contratación de la ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE LAS OBRAS PARA EL PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES URBANAS (PSARU 2002), ACTUACIÓN URGENTE APROBADA POR LA LEY 11/2005. ACTUACIONES EN TARRAGONA
DOCUMENTO Nº 2 CLÁUSULAS REGULADORAS
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 2 CLÁUSULAS REGULADORAS
Página
I. LICITACIÓN 13
1. DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 13
2. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 13
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL 14
A.1. Documentos que acrediten la personalidad y capacidad del empresario 14
A.2. Documentos que acrediten, en su caso, la representación 15
A.3. Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso 16
A.4. Requerimientos económicos y financieros 16
A.5. Requerimientos técnicos y profesionales para la realización de los trabajos 17
A.6. Declaración responsable de no inclusión en la prohibición de contratar 20
A.7. Declaración responsable de cumplimiento de obligaciones 21
A.8. Declaración de pertenencia a un grupo de empresas, en su caso 21
A.9. Garantía Provisional 21
A.10. Proforma de póliza de seguros 21
A.11. Exención de presentación de documentación 22
A.12. Requisitos específicos en la documentación que han de presentar los empresarios extranjeros 22
SOBRE B: OFERTA ECONÓMICA 22
B.1. Proposición económica 22
B.2. Precios unitarios 23
B.3 Partidas alzadas 23
SOBRE C: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 23
C.1. Memoria técnica 24
C.2. Programa de trabajo 24
C.3. Calidad y gestión medioambiental 25
II. VALORACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL
CONTRATO 26
3. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS 26
3.1. Oferta técnica 26
3.1.1. Memoria técnica 26
3.1.2. Programa de trabajo 27
3.1.3. Calidad y gestión medioambiental 27
3.2. Oferta Económica 28
3.2.1. Ofertas excluidas previamente a su valoración 28
3.2.2. Valoración de la proposición económica 28
3.2.3. Criterios para la definición de baja temeraria en las Proposiciones Económicas 29
4. APERTURA DE PROPOSICIONES. ADJUDICACIÓN 30
4.1. Cumplimiento de las obligaciones tributarias 31
4.2. Cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social 32
5. GARANTÍA DEFINITIVA 32
6. PÓLIZA DE SEGURO 33
7. PROGRAMA DE TRABAJO 33
8. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 33
I. LICITACIÓN
1. DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Caso de que estén aprobados, se entregará alguno de los siguientes proyectos constructivos:
o Colectores en alta y estación depuradora de aguas residuales de Horta de San Xxxx (Tarragona)
o Colectores en alta y estación depuradora de aguas residuales de Sant Jaume d’ Enveja (Tarragona)
o Estación depuradora de aguas residuales de Ulldemolins (Tarragona)
2. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Podrán optar a la adjudicación de este Contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que acrediten solvencia económica, financiera y técnica y profesional en los términos y por los medios que se especifiquen en el presente Pliego de Bases, y no se hallen comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 20 del TRLCAP.
La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicional de las Cláusulas de este Pliego sin salvedad alguna y la expresa sumisión a la legislación de contratos de las Administraciones Públicas y al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales aplicables, así como la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con ACUAMED.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Las personas o entidades que deseen participar en el concurso regulado en el presente Xxxxxx deberán presentar sus proposiciones dentro del plazo señalado en el anuncio publicado, directamente en la sede social de ACUAMED indicada en dicho anuncio, o en las oficinas de Correos, cumpliendo lo prevenido al efecto en este Pliego de Bases.
Cuando las proposiciones se presenten en oficinas de Correos, deberán remitirse a la sede social de ACUAMED, y cumplirán los requisitos señalados en el Art. 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre (en adelante RGLCAP), debiendo justificarse la fecha y hora de presentación y anunciar a la Sociedad la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del expediente y nombre del licitador. El télex, fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha señalada como límite para la presentación de proposiciones, se admitirá como medio de prueba que el telegrama o fax haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo.
También podrá anunciarse por correo electrónico. El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Si después de transcurridos diez (10) días desde la presentación de las proposiciones no se hubiera recibido la documentación en el domicilio mencionado, ésta no será admitida en ningún caso.
Una vez entregada o remitida la documentación no podrá ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada.
Todos los concursantes deberán señalar en el momento de presentar sus propuestas un domicilio, para la práctica de las comunicaciones y relaciones que en general se deriven del concurso, o que de cualquier manera puedan afectar al concursante.
Las ofertas se presentarán escritas en castellano y a máquina u otros tipos de impresión mecánica o informática, y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, erratas, enmiendas o tachaduras que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
Las proposiciones constarán de tres (3) sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en el exterior de cada uno de ellos:
▪ La letra correspondiente al sobre.
▪ El título de la licitación.
▪ El nombre completo -y siglas en su caso-, dirección, C.I.F. (o N.I.F), número de teléfono y fax y correo electrónico del licitador.
▪ Cualquier otro dato que se exija en el anuncio de licitación.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con la identificación del concursante y demás requisitos expresados en la Cláusula 2 de este Documento nº 2.
Los documentos que así lo requieran podrán presentarse en original o copias que tengan el carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. Igualmente ACUAMED podrá exigir al adjudicatario los justificantes que considere oportunos con objeto de verificar la autenticidad de la documentación referida en los apartados anteriores.
ACUAMED, ante la no presentación de alguno de los documentos relacionados a continuación, o su inexactitud, otorgará a los licitadores que se encuentren en esta situación un plazo de tres (3) días hábiles para la subsanación de los errores detectados. Una vez transcurrido dicho plazo, todo licitador que no haya regularizado su documentación se considerará excluido.
La documentación general contendrá lo siguiente:
A.1. DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DEL EMPRESARIO
Se deberán presentar los documentos que a continuación se indican:
A.1.1. Escritura de constitución
Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad y capacidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución -o modificación, en su caso- inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Caso de presentación de copias de los documentos mencionados, deberán estar autenticados notarialmente.
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial , sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones exigidas en este pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
A.1.2. Para empresarios individuales, Documento Nacional de Identidad
Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia, legitimada notarialmente, del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
A.1.3. CIF del empresario
En los dos supuestos de los apartados anteriores deberá acreditarse el NIF del empresario, debidamente legitimado.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del R.D. 1098/2001.
Los demás empresarios no españoles deberán acreditar su capacidad de obrar con informe expedido por la respectiva representación diplomática española del lugar de domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación de la empresa, que figuran inscritos en el Registro Local Profesional, Comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del Contrato.
En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, de informe de reciprocidad.
A.2. DOCUMENTOS QUE ACREDITEN, EN SU CASO, LA REPRESENTACIÓN
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto y fotocopia, legitimada notarialmente, de su D.N.I. o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, a cuyos efectos deberá presentar la correspondiente justificación. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el Art.
94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
A.3. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, EN SU CASO
Podrán concurrir uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor.
Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, el compromiso formal de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultas adjudicatarios, y la persona o entidad que, durante la vigencia del Contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a ACUAMED. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante ACUAMED y deberán nombrar un representante o apoderado único de la Unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del Contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que pueden otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las Uniones Temporales de Empresas será coincidente con la del Contrato hasta su extinción. Los empresarios que fueren a constituir la Unión Temporal de Empresas deberán presentar individualmente todos los requerimientos expresados en los apartados A.4 y A.5 siguientes.
La proposición presentada por una Unión Temporal de Empresas deberá estar firmada por los representantes en esta licitación de cada una de las empresas componentes de la citada Unión.
A.4. REQUERIMIENTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS
Las personas naturales o jurídicas que concurran a la licitación deberán acreditar su solvencia económica y financiera por los medios siguientes.
A.4.1. Informes originales de instituciones financieras
Informe de instituciones financieras con los que el licitador haya mantenido posiciones de activo o de pasivo significativos en los tres (3) últimos ejercicios, que indique al menos los siguientes extremos:
▪ Cumplimiento de los compromisos de reembolso de operaciones de crédito.
▪ Evaluación global de la entidad.
A.4.2. Cuentas anuales o extracto de las mismas
Tratándose de personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales, o extractos de las mismas, en el supuesto de que su publicación sea obligatoria en los Estados donde aquéllas se encuentren establecidas.
Dichas cuentas deberán acreditar que los recursos propios vinculados a neto patrimonial son como mínimo el veinte por ciento (20%) de la Anualidad Media del Contrato (AMC en adelante), siendo:
AMC =
Presupuesto Base Licitación x 12 Plazo máximo de ejecución en meses
Sin perjuicio de la condición anterior, en caso de Unión Temporal de Empresas cada uno de los componentes de la Unión deberá acreditar que sus recursos propios representan, al menos, el siete por ciento (7%) de AMC.
Si el licitador es persona natural o jurídica no empresarial, lo anterior se sustituirá por un justificante acreditativo de la existencia de un seguro de indemnización por riesgo profesional no inferior al importe del Presupuesto Base de Licitación.
A.4.3. Declaración relativa a la cifra global de negocios Como mínimo será la relativa a los tres (3) últimos años.
Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar alguna de las referencias indicadas en los apartados anteriores, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación, reservándose ACUAMED la apreciación de la suficiencia o no de la documentación presentada.
A.5. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
Las personas naturales o jurídicas que concurran a la licitación deberán acreditar lo siguiente.
A.5.1. Titulaciones académicas y profesionales
Se deberán presentar las titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de Dirección de la Empresa.
A.5.2. Declaración del promedio anual de personal
En ella se indicará el promedio anual de personal de los últimos tres (3) años, con mención del grado de estabilidad del empleo.
A.5.3. Relación de trabajos de Consultoría y Asistencia
Se presentará una relación de los trabajos de Asistencia a Direcciones de Obra y Direcciones Medioambientales, relativas a obras hidráulicas, túneles, estructuras o cualquier otra relacionada con el objeto de los proyectos que se indican en la Cláusula 2 del Documento nº 3 de este Pliego de Bases, cuyo importe individual sea superior a 1.000.000 euros (esta cifra incluirá, en todos los casos, el importe relativo a trabajos de Asistencia a la Dirección de Obra, el cual se podrá incrementar con los correspondientes a Direcciones Medioambientales relativos a la misma Asistencia), habiendo sido realizadas, o estando en fase de ejecución, durante los tres (3) últimos años. En la relación indicada se deberá hacer mención clara de los siguientes aspectos:
▪ Título del trabajo.
▪ Organismo para el que se realizó.
▪ Nombre y persona de contacto.
▪ Honorarios de los trabajos.
▪ Fechas de inicio y terminación.
▪ Presupuesto de Ejecución por Contrata de los trabajos proyectados.
▪ Si se conoce, Presupuesto de Liquidación de las obras, caso de haber finalizado, a que dieron lugar los trabajos proyectados.
La no presentación de esta relación en los términos especificados, o la inexactitud de lo expuesto será motivo de exclusión de la licitación.
A.5.4. Idoneidad del equipo de personal y de los medios materiales para los trabajos
En caso de que los ofertantes requieran para la realización de los trabajos objeto del Contrato la colaboración de personas o medios externos, deberán presentar originales de cartas de compromiso, con fecha reciente, firmadas por personal directivo del colaborador (o por el mismo si es persona física) y con el sello y N.I.F. del mismo.
Equipo de personal
Todo el personal propio adscrito a un Contrato sólo podrá estar desempeñando su trabajo en el mismo, por lo que la propuesta de idéntico personal, total o parcialmente, en una licitación, habiendo sido adjudicatario el Consultor, individual o en Unión Temporal de Empresas, de un Contrato anterior, estando aún vigente la ejecución del mismo, implicará automáticamente la exclusión del concurso.
Se relacionará el equipo de personas de la empresa, asesores y colaboradores que van a intervenir en los trabajos de Asistencia propuestos por el licitante para acometer las distintas actividades. Para ser considerados dentro del equipo de trabajo, se deberán presentar cartas de compromiso y/o colaboración tanto de los asesores como de los colaboradores, debiendo ser originales y con fecha próxima a la de presentación de las ofertas. De cada una de las personas propuestas se indicará la dedicación que tendrán para cada actividad.
Dentro del equipo mencionado deberá estar incluido, aunque dejando clara su separación del resto, el personal, propio o colaborador, que efectúe la supervisión de los trabajos realizados por el Consultor.
Para cada una de las personas que componen el equipo de trabajo, bien sea personal propio de la empresa licitante, o asesores y colaboradores, se presentará un breve historial en el que sólo se incluirá:
▪ Estudios cursados, año de terminación de los mismos y universidad (Facultad y/o Escuela) en la que fueron recibidos. Igualmente se relacionarán los cursos de postgrado realizados.
▪ Empresas en las que ha trabajado desarrollando labores análogas a las que son solicitadas en el presente Pliego de Bases, enmarcadas dentro de Direcciones Facultativas (o de Obras) en obras lineales, túneles, estructuras o cualquier otra relacionada con el objeto de los Proyectos Constructivos que se acompañan como Anejos a este Pliego, indicando dichas Direcciones Facultativas y las fechas de su realización.
▪ Breve explicación de su cometido en la ejecución de las Direcciones Facultativas indicadas en el punto anterior.
▪ Dedicación prevista a la Asistencia que se oferta, referida a las actividades contenidas en el Programa de Trabajo.
El historial mencionado deberá ser resumido, con una extensión máxima de 3 hojas en tamaño DIN- A4 por persona.
El equipo deberá contar como mínimo con los siguientes técnicos, todos ellos perteneciente a la empresa, o, caso de tratarse de una Unión Temporal de Empresas, a alguna de las que la compone:
Delegado y Jefe de Asistencia técnica
1 Ingeniero de Caminos o profesional con la titulación adecuada, con más de 10 años de experiencia en trabajos similares que deberá acreditar, bien como Director de Obra, Jefe de Asistencias Técnicas a la Dirección de Obra, o como Jefe de Obra o de Producción en empresa constructora.
Ayudante del Jefe de Asistencia Técnica
3 Ingenieros de Caminos, o profesionales con la titulación adecuada, con más de 5 años de experiencia en Asistencias a la Dirección de Obra o en construcción y en los ámbitos mencionados.
Actuará como ayudante del Delegado responsabilizándose de la oficina técnica, de las actividades geológico-geotécnicas que se requieran y del seguimiento económico, de calidad y temporal de las obras. Su dedicación será del 100% y la permanencia en las distintas obras coincidirá con el plazo de ejecución de la Asistencia
Topógrafos
2 Topógrafos con titulación de Ingeniero Técnico Topógrafo o similar. Acreditarán titulación y experiencia mínima de 5 años.
Vigilantes de Obra
4 Vigilantes de obra con experiencia en Obra superior a 3 años.
Administrativo
Con experiencia en el sector de la construcción.
El lugar de trabajo de todo el personal descrito hasta el momento será el de las propias obras, debiendo estar su residencia a menos de 20 km de algún punto de las mismas.
Equipo de Proyecto
Con el fin de resolver los problemas técnicos que surjan durante la ejecución de las obras: interpretación de aspectos del Proyecto, resolución de cuestiones técnicas, redacción de posibles modificaciones al mismo, etc., el Consultor deberá disponer de un Equipo de Proyecto, no con dedicación completa a esta Asistencia, pero sí con un tiempo de respuesta, definido por el Director de Obra, adecuado para la definición de las observaciones planteadas.
Este Equipo de Proyecto, cuya relación también se exige, deberá contar con, al menos, las siguientes personas:
▪ Ingeniero de Caminos, o profesional con la titulación adecuada, como Jefe del Equipo de Proyecto, con un mínimo de 15 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto de la presente contratación.
▪ Experto en plantas de tratamiento de agua, con un mínimo de 10 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto de la presente contratación
▪ Experto en cálculos hidráulicos, o profesional con la titulación adecuada, con un mínimo de 10 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto de la presente contratación.
▪ Experto en Geotecnia, con un mínimo de 10 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto de la presente contratación.
Medios Materiales
Los concursantes realizarán una descripción de los medios que proponen utilizar durante los trabajos de Asistencia a la Dirección de Obra, con indicación de los que poseen en propiedad y de los que piensan adquirir o alquilar para la realización de este Contrato.
Estos medios deberán coincidir con los indicados en el Documento nº 4, “Programa de Trabajo y Presupuesto”, así como con lo indicado en las Cláusulas 7 y 8 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo III al presente Pliego de Bases.
La extensión máxima de la descripción indicada no superará las 3 hojas en tamaño DIN-A4.
Una vez presentada la oferta, y antes de la adjudicación, ACUAMED comprobará la veracidad de la declaración realizada, en su caso, y de no ser demostrable el licitante será excluido del concurso.
Asimismo los ofertantes deberán demostrar que están en posesión de los medios informáticos – hardware y software – adecuados para el desarrollo de las aplicaciones a las que se hace referencia en el Documento nº 3 del presente Pliego de Bases.
La extensión máxima de la descripción de los equipos, caso de incluirse, no superará las 7 hojas en tamaño DIN-A4.
A.5.5. Requisitos medioambientales
Las empresas que se presenten a esta licitación deberán tener establecido un sistema de gestión ambiental en desarrollo del reglamento CE EMAS 761/2001, de 19 xx xxxxx de 2001 o disponer de la norma internacional EN ISO 14001 u otra norma equivalente o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes citado.
A.6. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO INCLUSIÓN EN LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
Se presentará una declaración responsable del licitador o su representante legal de que la Sociedad, así como sus administradores o representantes, no están incursos en las prohibiciones para contratar recogidas en el Art. 20 del TRLCAP. La prueba de esta circunstancia deberá hacerse mediante declaración responsable otorgada ante notario público u organismo profesional cualificado, o por cualquiera de los medios señalados en el Art. 21.5 de dicho Texto.
Además, el licitador deberá acreditar por cualquiera de los medios del Art. 21.5 del TRLCAP no haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra el medio ambiente. En el caso que el licitador sea una Unión Temporal de Empresas, la declaración se referirá a cada una de las empresas constituyentes de la Unión.
A.7. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
Asimismo, se presentará una declaración responsable, en las mismas condiciones que las expresadas en el apartado anterior, del licitador o su representante legal, de que la Sociedad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del Documento nº 2 de este Pliego de Bases para el licitador que resultare adjudicatario.
A.8. DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A UN GRUPO DE EMPRESAS, EN SU CASO
Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, y que presenten ofertas diferenciadas, deberán presentar declaración de dicha pertenencia. En caso contrario, serán excluidas de la licitación.
A.9. GARANTÍA PROVISIONAL
La garantía provisional a constituir corresponderá al dos por ciento (2%) del Presupuesto Base de Licitación.
La garantía provisional se constituirá en la forma prevista en los artículos 35 y siguientes del TRLCAP, y 61.1.b), 55, 56, 57 y 58 DEL RGLCAP. Como Xxxxx XX a este Pliego se adjuntan modelos de aval y seguro de caución para la constitución, en su caso, de la garantía provisional.
En caso de Uniones Temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias empresas participantes, siempre que su conjunto alcance la cuantía requerida en este Pliego, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal (art. 61.1. del RGLCAP).
La garantía provisional permanecerá vigente hasta que el órgano de contratación adjudique el Contrato. Una vez realizada la adjudicación la garantía provisional quedará extinguida, acordándose su devolución para todos los licitadores excepto para el empresario adjudicatario, a quien se le retendrá la garantía provisional hasta la formalización del Contrato (artículo 65.1. RGLCAP).
Si algún licitador retirara su proposición injustificadamente antes de la adjudicación o si el adjudicatario no constituyese la garantía definitiva o, por causas imputables al mismo, no pudiese formalizarse en plazo el Contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por él constituida. La falta de contestación a la solicitud de información en los supuestos de presunción de temeridad a que se refiere el artículo 83.3. del TRLCAP, o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, tendrán la consideración de retirada injustificada de la proposición (artículo 62 RGLCAP).
A.10. PROFORMA DE PÓLIZA DE SEGUROS
Entre la documentación que los licitadores deberán presentar al concurso, debe figurar necesariamente una proforma de las pólizas del programa de seguros conforme a lo establecido en la Cláusula 15.2 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo III a este Pliego de Bases, en la que deberán reflejarse las coberturas, exclusiones, límites de indemnización, sublímites y deducibles, así como cualquier otra información que permita conocer con precisión el alcance del seguro. Caso de no ser posible la obtención de esta proforma por causas ajenas a los licitantes, se adjuntará una declaración responsable, legitimada, en la que se haga constar la disposición del ofertante a suscribir una póliza de seguro de idénticas características a las exigidas en la cláusula mencionada anteriormente.
A.11. EXENCIÓN DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
Estarán exentos de presentación de los documentos exigidos en A.1., A.5.1. y A.5.2. aquellas empresas que xxxxx remitido la documentación requerida en los mencionados apartados en concursos celebrados por ACUAMED en el periodo anterior a un (1) año, referido éste a la fecha de presentación de la oferta, siempre que concurran las mismas circunstancias, y acreditándose mediante declaración responsable, en su caso, la vigencia de tal documentación.
A.12. REQUISITOS ESPECÍFICOS EN LA DOCUMENTACIÓN QUE HAN DE PRESENTAR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS
Los empresarios extranjeros que deseen presentarse a la licitación que se rige por el presente Pliego de Bases, además de lo indicado al respecto en los apartados correspondientes, deberán adjuntar lo siguiente:
A.12.1. Informe de reciprocidad
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o a los Estados signatarios de la Organización Mundial de Comercio deberán justificar, mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, la reciprocidad a que se refiere el Art. 23.1 del TRLCAP.
No obstante, deberá prescindirse del informe sobre reciprocidad a que se refiere el párrafo anterior en relación con las empresas de Estado signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
A.12.2. Declaración de sometimiento
Los empresarios extranjeros deberán presentar una declaración en la que hagan constar su disposición de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, así como, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Toda la documentación presentada por empresarios extranjeros deberá efectuarse en castellano. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial.
SOBRE B: OFERTA ECONÓMICA
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con la identificación de la empresa y demás requisitos expresados en la Cláusula 2 de este Documento nº 2. Cuando el firmante de la proposición actúe como representante o apoderado con poder suficiente, deberá acreditar su apoderamiento o representación.
La oferta económica contendrá lo siguiente:
B.1. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
La proposición económica se formulará conforme al modelo que figura en el Anexo I a este Pliego, recogiéndose en la misma el presupuesto total ofertado.
De acuerdo con el modelo de proposición económica que se adjunta, se deberá especificar que el presupuesto total ofertado comprende el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido y del resto de tributos que proceda liquidar. No obstante lo anterior, el Impuesto sobre el Valor Añadido deberá ser repercutido como partida independiente, cuando así proceda, en los documentos que se presenten para el cobro, sin que el importe global del Contrato experimente incremento como consecuencia de la consignación del tributo repercutido.
El importe del presupuesto consignado en la proposición no podrá superar el presupuesto base de licitación.
La proposición económica se presentará en caracteres claros, escrita a máquina y firmada, y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra se estará a lo expresado por esta última.
B.2. PRECIOS UNITARIOS Y PRESUPUESTOS POR CAPÍTULOS
Se presentará el precio unitario por separado para cada una de las partidas incluidas en el Presupuesto recogido en el Documento nº 4, “Programa de Trabajos y Presupuesto”, de este Pliego de Bases, siendo las características de dichas partidas las que en dicho Presupuesto se indican o bien el expresado en la Cláusula 4 del Documento nº 3.
Es potestad de los licitadores presentar el número de profesionales, su dedicación y los meses asignados a la obra que crean más conveniente.
Asimismo, y en base a lo anterior, se obtendrán los presupuestos parciales por capítulos, tal y como vienen conformados en el Presupuesto incluido en el Documento nº 4 antes citado.
Por último, la suma de los presupuestos parciales, multiplicada por el Impuesto sobre el Valor Añadido vigente dará lugar a la proposición económica expresada en la cláusula
2.B.1 anterior.
Los precios unitarios que el licitador oferte para cada una de las partidas que se relacionan en el Presupuesto del Documento nº 4, servirán para determinar las cantidades a abonar al Consultor en los supuestos previstos en las Cláusulas 2.2, 3.5 y 11 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo III a este Pliego de Bases.
B.3 PARTIDAS ALZADAS
Sólo las Partidas Alzadas a justificar, incluidas en el Presupuesto recogido en el Documento nº 4 del presente Pliego de Bases, de las que expresamente se indique en el mismo no estar afectadas por ningún tipo de baja, se ofertarán por la cuantía establecida. El no cumplimiento de esta cláusula será objeto de exclusión del concurso.
SOBRE C: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con la identificación de la empresa y demás requisitos expresados en la Cláusula 2 de este Documento nº 2.
Deberá contener los siguientes apartados:
C.1. MEMORIA TÉCNICA
Se expondrán de manera clara y resumida:
▪ Una descripción de las obras a ejecutar contempladas en los respectivos proyectos, identificando aquella problemática que los licitadores, tras la experiencia adquirida en trabajos similares, hayan detectado, y las soluciones que han propuesto aplicar en esos casos.
▪ Una descripción de los trabajos relativos a la Asistencia a la Dirección de Obra propuestos por los licitadores, y que, a su juicio, den cumplida cuenta de las labores de la Asistencia para cada una de las obras a ejecutar. La referida descripción de los trabajos, se estructurará de manera análoga a la que se recoge en el Documento nº 3, “Condiciones Técnicas”, del presente Pliego de Bases.
▪ Organización y organigrama del equipo de Asistencia a la Dirección de Obra, indicando las misiones encomendadas a cada miembro del equipo y la dedicación prevista al Contrato. Es potestad de los licitadores presentar el número de profesionales, su dedicación y los meses asignados a la obra que crean más conveniente.
Asimismo, los licitadores indicarán en sus ofertas el Plan de Ensayos de Contraste (tipo y medición) que proponen realizar, de acuerdo con la relación de ensayos que se adjunta en el Apéndice 2 del Documento nº 3 de este Pliego de Bases. Caso de requerir, según su criterio, algún otro tipo de ensayos lo indicarán diferenciándolos del resto.
▪ Tipo y contenido de los informes que los licitadores proponen entregar a ACUAMED, a lo largo del período de ejecución del contrato.
▪ Descripción y desarrollo del sistema específico de control que se proponga para el desarrollo de la Asistencia.
La exposición de lo anterior se hará, separadamente en documentos diferenciados dentro de este sobre C.
La extensión máxima de esta Memoria será de 20 hojas en tamaño DIN-A4 para cada una de las obras referidas a los proyectos constructivos que se adjuntan, debiéndose incluir cualquier desarrollo complementario que el Consultor considere de interés como anexos a la misma.
C.2. PROGRAMA DE TRABAJO
Se presentará un Programa de Trabajo ajustado a cada uno de los Planes de Obra de los proyectos de la presente licitación que se adjuntan como Anexo IV a este Pliego de Bases.
Los ofertantes presentarán las actividades que crean más convenientes para el desarrollo de sus trabajos.
El Programa de Trabajo se presentará en forma de diagrama xx Xxxxx, que provenga de la resolución de una red de precedencias, acompañándose un documento con la descripción de las actividades y su duración, de los vínculos entre éstas, calendario de trabajo y de los plazos obtenidos de las estimaciones efectuadas. Se presentará estructurado y desglosado al menos en las mismas actividades contempladas en el presupuesto.
En el programa de trabajo se reflejarán las fechas de inicio y final de las actividades, así como las actividades, según criterio del Consultor, que deben estar sujetas a plazos parciales de finalización (hitos).
Asimismo se definirán las producciones mensuales previstas y las acumuladas a origen de la Asistencia, sin tener en cuenta la baja de la propuesta económica, así como el porcentaje económico de cada actividad a realizar sobre el total. Se deberá complementar con otro organigrama valorado para los medios de mano de obra, materiales y maquinaria, así como para servicios de asesores y colaboradores.
Los ofertantes deberán tener en cuenta que los servicios de la Asistencia se irán requiriendo conforme se vaya produciendo las aprobaciones de los proyectos y las correspondientes adjudicaciones de as obras, por lo que puede afectar a la previsión de equipos necesarios
Será preceptivo que, en documento aparte al del propio del programa informático utilizado para la exposición del cronograma, se especifiquen con claridad los medios humanos requeridos, a juicio del licitante, para cada una de las actividades y subactividades que, en su caso, proponga.
C.3. CALIDAD Y GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL
Los concursantes presentarán el sistema y las medidas de gestión medioambiental que tengan pensado aplicar para las distintas actividades y trabajos englobados en el desarrollo del objeto del Contrato de la presente licitación.
La extensión máxima de lo indicado no podrá superior las 5 hojas en tamaño DIN A-4.
II. VALORACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
3. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS
Una vez realizada la apertura del sobre A y descartadas las ofertas que no hayan presentado la documentación requerida en el mismo después del período de subsanación de errores previsto en la Cláusula 2 de este Documento nº 2, se procederá a efectuar la valoración de las ofertas según se indica a continuación.
3.1. Oferta técnica
Se valorará entre 0 y 70 puntos, de acuerdo con la descomposición que se recoge en los subapartados que siguen, habiendo sido excluidas de esta valoración las empresas que no hayan presentado correctamente la documentación exigida en el sobre A.
Por otra parte, con el fin de que la puntuación técnica tenga el peso relativo que se le pretende asignar con relación a la económica, se aplicará a todas las ofertas la expresión que se indica a continuación, de modo que la máxima puntuación técnica asignada obtenga al final 70 puntos:
Puntuación final Oferta i =
Puntuación real Oferta i x 70
Puntuación máxima ∀ Ofertas
3.1.1. Memoria técnica
Se valorará de 0 a 55 puntos.
De acuerdo con la documentación exigida en la cláusula 1.C.1 anterior, la valoración que se realice de la misma responderá al siguiente baremo:
▪ Descripción de las obras a ejecutar contempladas en los respectivos proyectos, identificando su problemática, se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X1).
▪ Descripción de los trabajos relativos a la Asistencia a la Dirección de Obra propuestos, se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X2).
▪ Definición de la organización y del organigrama del equipo de Asistencia a la Dirección de Obra, indicando las misiones encomendadas a cada miembro del equipo y la dedicación prevista al contrato, se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X3).
▪ Definición del tipo y contenido de los informes que los licitadores proponen entregar a ACUAMED, a lo largo del período de ejecución del contrato, se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X4).
▪ Descripción y desarrollo del sistema específico de control que se proponga para el desarrollo de la Asistencia. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X5).
A raíz de las puntuaciones de cada uno de los conceptos X1, X2, X3, X4 y X5, la puntuación total de la memoria técnica se ponderará según la siguiente expresión:
V1 = 2 X1 + 4 X 2 + 9 X 3 + 4 X 4 + 3X 5
4
3.1.2. Programa de trabajo
Valoración de 0 a 5 puntos, analizándose, de acuerdo con lo expresado en el apartado 1 de este Documento nº 2, las siguientes características del programa:
▪ La racionalidad del programa de trabajo propuesto por cada licitador para el desarrollo de los distintos trabajos que configuran la Asistencia. Se valorará de 0 a 2 puntos.
▪ El detalle de la programación de los trabajos y su coherencia con la oferta económica presentada. Se valorará de 0 a 3 puntos.
3.1.3. Plan de calidad
Valoración de 0 a 3 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
▪ Se adjudicarán de 0 a 3 puntos en función del sistema de control interno de calidad de los trabajos objeto de la Asistencia y de los medios puestos a disposición de dicho autocontrol.
La puntuación será 0 cuando menos del 50% de las actividades de la Asistencia no están sujetas a control interno.
3.1.4. Plan de gestión medioambiental
Valoración de 0 a 7 puntos, de acuerdo con el siguiente criterio:
▪ Se otorgarán de 0 a 7 puntos cuando al menos el 50% de los productos a utilizar durante la realización de las actividades incluidas en el objeto del Contrato, para lo cual deberán aportar una relación de los mismos, sean puestos en el mercado con la etiqueta ecológica regulada en el Reglamento CE 1980/2000 o con otros distintivos de calidad ambiental equivalente, entendiendo por tales aquellos que se hayan concedido siguiendo un procedimiento similar al de la etiqueta ecológica comunitaria.
Con el fin de verificar el cumplimiento de lo anterior, los licitadores deberán aportar certificados expedidos por organismos públicos y privados que acrediten tal cumplimiento relativo a los productos de poseer la etiqueta ecológica comunitaria u otra equivalente.
La puntuación será de 0 puntos cuando no se presente la mencionada relación de productos o cuando, a juicio de Acuamed, dicha relación no se corresponda con materiales previstos para las actividades objeto de la Asistencia.
3.1.5. Criterios para la consideración de ofertas técnicamente no aptas
Se considerarán como ofertas técnicamente no aptas aquellas en las que concurra una de las dos condiciones que se expresan a continuación:
▪ Que las ofertas hayan obtenido una puntuación nula en alguno de los apartados indicados en la oferta técnica.
▪ Que las ofertas no alcancen una puntuación igual o superior a 30 puntos en la valoración técnica, antes de realizada la expansión de la misma.
3.2. Oferta Económica
3.2.1. Ofertas excluidas previamente a su valoración
Habrán sido excluidas de la valoración de la Oferta Económica las empresas que fueran excluidas previamente a la valoración de la Oferta Técnica, por no haber presentado correctamente la documentación exigida en el sobre A o por ser consideradas técnicamente no aptas según lo expresado en el epígrafe 3.1.5 anterior
3.2.2. Valoración de la proposición económica
Se valorará de 0 a 30 puntos con los siguientes criterios:
▪ Se determinarán los valores de los presupuestos característicos siguientes:
o PT: Presupuesto base de licitación.
o PM: Presupuesto medio calculado sobre el 80% de las ofertas admitidas, prescindiendo de las de mayor y menor presupuesto en números iguales en cada caso al 10% del número total de las admitidas, redondeando al entero inferior.
o PB: Presupuesto correspondiente al 90% de PM.
o PA: Presupuesto de la oferta más baja admitida.
▪ Los presupuestos ofertados se puntuarán del siguiente modo:
a) Presupuestos con valores inferiores a PB:
Por interpolación lineal entre las puntuaciones siguientes:
➢ Para PA:
V (PA) = VM , valor máximo de puntuación.
0,1⋅ PT
➢ Para PB:
V (PB) = VM −
PT − PB
b) Presupuestos ofertados con valores iguales o superiores a PB:
A cada Presupuesto ofertado (PO), le corresponderá la puntuación V(PO) resultante de la siguiente fórmula:
⎡ 2,7 PT ⎛ PO − PB ⎞2 ⎤
V (PO) = V ⎢1 −
⋅ ⋅ ⎜ ⎟ ⎥
5 PB PT − PB
⎣⎢ ⎝ ⎠ ⎥⎦
donde V toma los valores:
V = V(PB), si PB es mayor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA, ó
V = VM, si PB es igual o menor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA.
3.2.3. Criterios para la definición de baja temeraria en las Proposiciones Económicas
A efectos de apreciar que la proposición económica no pueda ser cumplida, se considerarán desproporcionadas o temerarias las proposiciones económicas, correspondientes a ofertas admitidas que se encuentren en las situaciones que más adelante se detallan. Previamente se definirán los conceptos que se utilizarán para su apreciación.
▪ PT, Presupuesto base de licitación
▪ POj, proposición económica de la oferta genérica “j”
▪ BOj, baja correspondiente a la oferta genérica “j”
▪ BM, baja media, calculada como se indica más adelante
▪ σ, desviación estándar, calculada como se indica más adelante
▪ BR, baja de referencia, calculada como se indica más adelante
Las situaciones a las que se ha aludido son las siguientes:
a) Cuando el número, “n”, de ofertas admitidas para su valoración económica sea menor que cinco (5), se considerarán desproporcionadas o temerarias todas aquellas ofertas en las que sus bajas correspondientes se encuentren en alguna de las dos siguientes situaciones:
1) si BM < 15 %, se considerará baja temeraria cuando: BOj > BM + 4,5
2) si BM ≥ 15 %, se considerará baja temeraria cuando: BOj > 19,5
b) Cuando el número, “n”, de ofertas admitidas para su valoración económica sea mayor o igual que cinco (5), se considerarán desproporcionadas o temerarias todas aquellas ofertas en las que sus bajas correspondientes se encuentren en alguna de las dos siguientes situaciones:
1) si σ ≥ 4,5, se considerará baja temeraria cuando: BOj > BR + 4,5
2) si σ < 4,5, se considerará baja temeraria cuando: BOj > BR + σ
Los parámetros definidos anteriormente se calculan como sigue:
n ∑
1 j =n
BM = BOj
j=1
⎡ j =n
⎤1/ 2
⎢∑(BO j ) 2 − n(BM ) 2 ⎥
⎢
⎥
σ = ⎢ j =1 ⎥
⎢ n ⎥
⎢
⎥
⎢ ⎥
⎣ ⎦
Entre las mencionadas “n” ofertas admitidas, se elegirán aquellas “n,” ofertas tales que, siendo su baja genérica BOh, cumplan la siguiente condición:
BOh − BM ≤ σ
Considerando sólo con estas “n,” ofertas se calculará el valor de BR, que será igual a:
BR =
h=n,
∑
BOh
h=1
n,
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un Contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja de las distintas empresas pertenecientes al mismo grupo, sin considerar las del resto, a las cuales se les aplicará lo que resulte de dicha consideración.
No obstante todo lo anterior, cuando una oferta se considere desproporcionada o temeraria, la Mesa de Contratación lo notificará al interesado, a fin de que manifieste en el plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la recepción de la comunicación de ACUAMED lo que a estos efectos considere oportuno, tras lo cual la Mesa resolverá sobre la apreciación o no de la temeridad de la propuesta.
4. APERTURA DE PROPOSICIONES. ADJUDICACIÓN
A efectos de la calificación de la documentación presentada, el Presidente de la Mesa ordenará la apertura de la documentación contenida en el sobre A, certificando el Secretario de la Mesa la relación de documentos que figuren en cada uno de los sobres.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través de anuncios del órgano de contratación que se fijaran en el tablón de anuncios del mismo, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación.
De las anteriores actuaciones se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. Una vez realizada la previa calificación de los documentos requeridos en el sobre A y subsanados, en su caso los defectos u omisiones de la documentación presentada, se determinará por la Mesa los licitadores que han sido admitidos a la licitación, los rechazados y las causas del rechazo. Las incidencias comentadas, serán comunicados a los licitadores en el acto público de apertura de la documentación técnica contenida en el sobre C, realizada en el día y hora señalado en el anuncio, acto en el cual se procederá, además de lo expresado anteriormente, al desprecintado de dicho sobre C.
A partir del momento descrito en el párrafo anterior, el personal encargado de la valoración técnica procederá a efectuarla, remitiendo a la Mesa de Contratación, al final de este proceso, un informe con las observaciones realizadas y la puntuación dada a la documentación técnica de las distintas proposiciones.
La Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador cuantos informes técnicos considere necesarios y se relacionen con el objeto del Contrato, así como requerir a los licitadores para que precisen o aclaren el contenido de sus ofertas. Hecho lo anterior, si fuese oportuno, y tras la consideración del informe de valoración realizado por el Departamento correspondiente de la sociedad, la Mesa de Contratación levantará acta en la que queden reflejadas de forma definitiva las valoraciones técnicas de las proposiciones, determinando aquellas que, en su caso, hubiesen sido excluidas de acuerdo con lo definido en el Pliego de Bases del concurso.
Realizado lo anterior, y en el día y hora señalados también en el anuncio de licitación, se procederá, en acto público, a la apertura de las ofertas económicas que no hubiesen sido excluidas durante la fase de valoración técnica de las proposiciones.
Hecho lo anterior, la Mesa de Contratación elevará, con el Acta correspondiente, la propuesta de adjudicación que estime pertinente, al órgano competente de ACUAMED, el cual, a la vista de dicha propuesta, tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el Contrato a la proposición más ventajosa en su conjunto, definida como aquella que reúna en mejor medida las circunstancias que se señalan como criterios de adjudicación en este Pliego, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación del concurso que figuren en el presente Pliego de Bases.
La adjudicación del Contrato deberá ser hecha en el plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la fecha de apertura de las proposiciones.
Previa a la adjudicación definitiva, se exigirá al licitador propuesto como adjudicatario la justificación acreditativa de las condiciones en que se encuentra con relación a los conceptos que se relacionan a continuación, concediéndosele un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde la fecha de requerimiento, para la presentación de la documentación que faltase o para la corrección de la presentada.
4.1. Cumplimiento de las obligaciones tributarias
Se considera que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias cuando concurran las siguientes circunstancias:
a) Estar dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, cuando estén obligadas a ello.
b) Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o de Sociedades, según se trate de personas o entidades sujetas a uno u otro impuesto personal, así como las correspondientes declaraciones por pagos fraccionados, ingresos a cuenta y retenciones que en cada caso procedan.
c) Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones periódicas por el Impuesto sobre el Valor Añadido, así como la declaración resumen anual.
d) No tener con el Estado deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en periodo voluntario. Sin embargo, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de las correspondientes liquidaciones.
Las circunstancias indicadas en los párrafos b) y c) se refieren a declaraciones cuyo plazo reglamentario de presentación hubiese vencido en los doce (12) meses precedentes al mes inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de certificación.
Las circunstancias mencionadas en los párrafos precedentes se acreditarán mediante certificación administrativa positiva expedida por el Órgano competente, excepto el apartado a) que se efectuará, con carácter general, mediante la presentación del alta y del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, complementado con unas declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto, atendiendo, en los casos especiales del art. 15.1 del RGLCAP, a lo dispuesto en el mismo. Dichas certificaciones tendrán una validez de 6 meses para participar en la licitación, desde que se expidieron.
4.2. Cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social
Se considera que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuando concurran las siguientes circunstancias, que se acreditarán mediante certificación positiva del órgano competente:
a) Estar inscrita en el sistema de la Seguridad Social y, en su caso, si se tratare de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda, por razón de la actividad.
b) Xxxxx afiliado, en su caso, y haber dado de alta a los trabajadores que presten servicios a las mismas.
c) Haber presentado los documentos de cotización correspondientes a las cuotas de la Seguridad Social y, si procediese, de los conceptos de recaudación conjunta con las mismas, así como de las asimiladas a aquéllas a efectos recaudatorios, correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la certificación.
d) Estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
Las circunstancias mencionadas en los párrafos precedentes se acreditarán mediante certificación administrativa expedida por el órgano competente, atendiendo, en los casos especiales del art. 15.1 del RGLCAP, a lo dispuesto en el mismo. Dichas certificaciones tendrán una validez de 6 meses para participar en la licitación, desde que se expidieron.
A los efectos de la expedición de las certificaciones, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en la Seguridad Social cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiese acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas. El plazo de validez de dichas certificaciones para participar en la licitación es también de seis
(6) meses desde su expedición.
5. GARANTÍA DEFINITIVA
El Adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de quince (15) días desde que se le notifique la adjudicación, la constitución de una garantía definitiva por el importe del cuatro por ciento (4%) del importe de adjudicación, de acuerdo con el apartado 7 del Cuadro de Características del presente Pliego, a disposición de ACUAMED con arreglo al modelo que se adjunta al Contrato, incluido como Anexo III de este Pliego.
En el supuesto de adjudicación a un empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de temeridad, de acuerdo con lo expresado en 2.2.3, el órgano de contratación exigirá al Consultor la constitución de una garantía definitiva, en el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, por el veinte por ciento (20%) del importe de adjudicación o del presupuesto base de licitación, cuando el precio se determine en función de precios unitarios que sustituirá a la prevista en el apartado 7 del Cuadro de Características.
En caso de incumplimiento de constitución de la garantía en el plazo expresado anteriormente, ACUAMED declarará sin efecto la adjudicación pudiendo reclamar daños y perjuicios.
En caso de amortización o sustitución total o parcial de los valores que constituyen la garantía, el Adjudicatario está obligado a reponerlos en la cuantía necesaria para que el importe de la garantía no se merme por este motivo, debiendo quedar constancia documentada de dicha reposición.
Cuando a consecuencia de la modificación del Contrato, el valor del trabajo contratado experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el presupuesto de los trabajos vigentes en cada momento.
Una vez terminado el plazo de garantía sin producirse ningún defecto no reparado por el Consultor, éste podrá solicitar la devolución o cancelación de la garantía definitiva, estándose para ello a lo dispuesto en el artículo 47 del TRLCAP.
6. PÓLIZA DE SEGURO
El Consultor deberá suscribir a su cargo y mantendrá en vigor el programa de seguros descrito en la Cláusula 15.2 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo III al presente Pliego de Bases.
Dentro de los veinte (20) días siguientes a la adjudicación del Contrato, el Consultor deberá entregar a ACUAMED un certificado emitido por la compañía aseguradora, en el que quede constancia de la futura contratación de la póliza en los términos descritos, aunque aún no se haya emitido el contrato de póliza definitivo.
7. PROGRAMA DE TRABAJO
En el plazo máximo de quince (15) días, contados desde la notificación de la adjudicación, tal y como se recoge en el apartado 8 del Cuadro de Características, o, en su caso, desde la fecha de aprobación de las modificaciones del Contrato, el Adjudicatario presentará un programa de trabajo, en los términos y con el contenido previstos en el apartado C.2 de este Documento nº 2 del presente Pliego de Bases, y con las indicaciones que haga ACUAMED al respecto.
Este programa de trabajo será aprobado por ACUAMED, fijándose en el mismo, si procede, los plazos parciales correspondientes. Tras su aprobación, el programa de trabajo se incorporará al Contrato.
8. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Adjudicatario queda obligado a suscribir en el plazo de treinta (30) días naturales, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, el correspondiente documento de formalización del Contrato con arreglo al modelo que se anexa a este Pliego (Anexo III).
Serán requisitos previos para su formalización:
▪ Haber atendido a cualquier requerimiento hecho por ACUAMED para subsanación de errores, justificación de documentación presentada, o cualquier otro tipo de aclaración relativa a la información incluida en los sobres A, B ó C.
▪ Documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
▪ Que el Adjudicatario haya presentado la garantía definitiva.
▪ Que el Consultor haya presentado a ACUAMED el certificado al que se hace referencia en la Cláusula 6 de este Documento nº 2.
▪ Que el Consultor haya presentado el Programa de Trabajo actualizado.
▪ Que el Adjudicatario haya abonado los gastos de publicación de los anuncios de licitación por una cuantía máxima xx xxxx mil euros (10.000 €).
▪ En el supuesto de que el expediente se haya adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, igualmente, de forma previa a la formalización del Contrato, aquéllas deberán acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, y el CIF asignado a la Unión.
▪ Precontrato de alquiler de las oficinas y locales que piensa utilizar para la ejecución de la presente Asistencia.
Las partes podrán compelerse recíprocamente para el otorgamiento de escritura notarial en formalización del Contrato. Los gastos de otorgamiento correrán, en todo caso, a cargo del Adjudicatario.
El incumplimiento de estas obligaciones, o cualesquiera otras por causa imputable al adjudicatario, implicarán la no formalización del Contrato y la pérdida de la fianza depositada.
DOCUMENTO Nº 3 CONDICIONES TÉCNICAS
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 3 CONDICIONES TÉCNICAS
Página
1. ANTECEDENTES 37
2. OBJETO DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE OBRA 37
3. DOCUMENTOS QUE SE PONDRÁN A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR 39
4. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR 40
4.1. Organización de la Asistencia a la Dirección de Obra 40
4.2. Trabajos previos a la ejecución de la obra 40
4.2.1.Estudio y análisis del proyecto 40
4.2.2.Análisis del Plan de Aseguramiento de Calidad presentado por el
Contratista 41
4.2.3.Establecimiento del Plan de Supervisión del Control 41
4.2.4.Análisis de la oferta técnica del Contratista y del Contrato firmado por
éste con ACUAMED 42
4.3. Trabajos durante la ejecución de las obras 42
4.3.1.Comprobación del terreno, de los materiales y de los equipos 42
4.3.2.Control de ejecución de obra 43
4.3.3.Control Económico 43
4.3.4.Control de Plazos 44
4.3.5.Informes mensuales de obra 44
0.0.0.Xx conformidades 44
4.3.7.Gestión de Servicios Afectados 44
4.3.8.Partidas alzadas a justificar 44
4.3.9.Ensayos de contraste 45
4.4. Trabajos para la recepción y liquidación de las obras 45
4.4.1.Recepción de las obras 45
4.4.2.Liquidación de las obras 45
4.5. Modificaciones al proyecto 46
4.6. Relaciones de la Asistencia a la Dirección de Obra con terceros 47
4.7. Documentación 47
4.7.1.Informe mensual 47
4.7.2.Informes puntuales 48
4.7.3.Correspondencia 48
4.7.4.Actas de reuniones 48
4.7.5.Planos "as built" 48
4.7.6.Informe Final de Obra 48
4.7.7.Otros documentos 49
APÉNDICE Nº 1. CONTROL ECONÓMICO Y DE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS DE LA OBRAS 50
APÉNDICE Nº 2. RELACIÓN DE ENSAYOS Y TARIFAS 54
1. ANTECEDENTES
Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 xx xxxxx de 2004, se autorizó el cambio de denominación y la sustitución del objeto social de la antigua sociedad estatal Infraestructuras del Trasvase S.A., pasando a denominarse “AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.”, en adelante ACUAMED, y teniendo por objeto la contratación, construcción, adquisición y explotación, en su caso, de toda clase de obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Ley 2/2004, se realizasen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos autorizadas por el artículo 13 de la Ley 10/2001, así como la gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de dichas obras, y el ejercicio de las actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
Posteriormente, la Ley 11/2005 de 22 xx xxxxx, modificó las actuaciones incluidas en el Real Decreto Ley mencionado, de modo que, como consecuencia de esto, el Consejo de Ministros de 22 de julio de 2005 autorizó, entre otras cuestiones relacionadas con ACUAMED, una nueva modificación de su objeto social cuya finalidad fuese incluir otras actuaciones distintas a las contempladas en el Real Decreto Ley 2/2004, de modo que el nuevo objeto contemple:
1. La contratación, construcción adquisición y explotación de toda clase de obras hidráulicas y, en especial, de aquellas obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2005, por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos.
2. La gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de las obras citadas en el párrafo primero, así como el ejercicio de aquellas actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
3. El objeto social podrá realizarse directamente o mediante la participación en el capital de las sociedades constituidas o que pudieran constituirse con alguno de los fines señalados en los apartados anteriores.
Entre estas actuaciones, declaradas de interés general, prioritarias y urgentes, se encuentran las siguientes obras:
• Colectores en alta y estación depuradora de aguas residuales de Horta de San Xxxx (Tarragona)
• Colectores en alta y estación depuradora de aguas residuales de Sant Jaume d’ Enveja (Tarragona)
• Estación depuradora de aguas residuales de Ulldemolins (Tarragona)
Con fecha 15 xx xxxxx de 2005 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente resolvió que el proyecto no se encontraba en los supuestos comprendidos en los Anexo I y Anexo II de la Ley 6/2001 de 8 xx xxxx, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 xx xxxxx, de evaluación de impacto ambiental, por lo que no debía someterse a evaluación de impacto ambiental por el mencionado organismo
Por resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar se autorizó la incoación de los expedientes de información pública a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1302/86 de evaluación de impacto ambiental y en el artículo 86 de la ley
30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2. OBJETO DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE OBRA
El objeto de los trabajos a desarrollar dentro del Contrato de Asistencia a la Dirección de Obra PARA EL PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES URBANAS (PSARU 2002) EN LA XXXXXX
XXX XXXX (1.ª FASE), recogido dentro de las actuaciones urgentes encomendadas a ACUAMED, aprobadas por la ley 11/2005, es el siguiente:
▪ Análisis del proyecto, informativo o constructivo, aprobado.
▪ Supervisar la redacción del proyecto constructivo por parte del Contratista, en aquellos aspectos que ACUAMED le encomiende.
▪ Análisis del Programa de Trabajo presentado por el Contratista.
▪ Análisis del Plan de Aseguramiento de la Calidad presentado por el Contratista.
▪ Aprobación de los procedimientos específicos de ejecución propuestos por el Contratista para realización de la obra.
▪ Redactar su Plan de Aseguramiento de la Calidad, con indicación de las inspecciones y ensayos a realizar.
▪ Definición y organización de las medidas de control para asegurar la calidad.
▪ Efectuar el acto de comprobación del replanteo de las obras y extender el correspondiente acta.
▪ Comprobación de la suficiencia cualitativa y cuantitativa de medios por parte del Contratista de las obras.
▪ Interpretación técnica de las obras.
▪ Control de ejecución de la obra, de acuerdo con los documentos contractuales suscritos entre ACUAMED y el Contratista.
▪ Exigir del Contratista, dando previa cuenta al Director de Obra, la existencia de los medios y organización necesarios para la realización de los trabajos en cada una de sus fases.
▪ Ordenar al Contratista de las obras, dando previa cuenta al Director de Obra, la sustitución de elementos o corrección de errores en caso de discordancia entre las obras que se ejecutan y su definición o, si se incumplen las condiciones prescritas, proponer la paralización de los trabajos, si lo estima conveniente.
▪ Dar las órdenes oportunas al Contratista, dando previa cuenta al Director de Obra, para lograr los objetivos del contrato.
▪ Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el desarrollo de los trabajos, estando asistida la Asistencia por aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas que intervengan en los trabajos.
▪ Proponer al Director de Obra, sin carácter vinculante para éste, las modificaciones de obra que impliquen variación en actividades inicialmente previstas, y que estime necesarias o convenientes para el óptimo desarrollo de los trabajos, con explicación del alcance de la misma.
▪ Informar al Director de Obra de las propuestas de modificaciones de obras que formule el Contratista, expresando respecto a éstas su opinión, sin carácter vinculante para aquella.
▪ Con carácter general, gestionar y analizar las propuestas del Contratista que impliquen una alteración de las condiciones del Contrato entre aquél y ACUAMED, y, en caso de aprobación, generar toda la documentación necesaria.
▪ Proponer al Director de Obra, sin carácter vinculante para éste, la conveniencia de estudio y formulación, por parte del Contratista, de actualizaciones del Programa de Trabajo inicialmente aceptado.
▪ Establecer con el Contratista, la forma y contenido de la documentación de constancia de características y condiciones de obras ocultas, antes de su ocultación, e informar y dar traslado al Director de Obra del contenido de tal documentación.
▪ Colaborar con ACUAMED en la redacción de proyectos y documentos relativos a las obras, a solicitud de aquélla.
▪ Redactar y entregar periódicamente a ACUAMED informes sistemáticos y analíticos de la ejecución de las obras, de los resultados del control y del cumplimiento del programa, poniendo de manifiesto los problemas que las obras presenten o puedan presentar y las medidas tomadas o que proponga para evitarlos o minimizarlos. En caso de detectarse factores problemáticos o perturbadores de importancia, dar cuenta a ACUAMED inmediatamente.
▪ Recopilar y presentar a ACUAMED, mensualmente, los planos y documentos definitorios de las obras elementales tal y como se han ejecutado, y elaborar el Proyecto final de obras (as-built) para entregarlo al Director de Obra a la finalización de los trabajos.
▪ Controlar la adopción de las medidas protectoras y correctoras, y proponer, en su caso, otras nuevas cuando se consideren insuficientes.
▪ Controlar la ejecución del Programa de Vigilancia Ambiental.
▪ Acreditación periódica de la obra ejecutada.
▪ Xxxxxxx las demandas referentes a las expropiaciones o afecciones a terceros.
▪ Preparar la información y documentación completa del estado y condiciones de las obras, y de la valoración general de las mismas, previamente a la recepción de éstas por ACUAMED.
3. DOCUMENTOS QUE SE PONDRÁN A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR
Se suministrarán al Adjudicatario los documentos y estudios realizados, o en fase de ejecución, que sirvan de base para el desarrollo de los trabajos. A título orientativo, y como base xx xxxxxxx, se pondrán a disposición:
▪ Los siguientes proyectos constructivos una vez que estén aprobados:
o Colectores en alta y estación depuradora de aguas residuales de Horta de San Xxxx (Tarragona)
o Colectores en alta y estación depuradora de aguas residuales de Sant Jaume d’ Enveja (Tarragona)
o Estación depuradora de aguas residuales de Ulldemolins (Tarragona)
▪ Informes de verificación realizados y/o encargados por ACUAMED.
▪ Trabajos cartográficos o de otro tipo que se hayan realizado, en su caso, con posterioridad a la redacción de los proyectos informativos y constructivos, encargados por ACUAMED.
▪ Oferta del Contratista de las obras una vez haya sido adjudicada.
4. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR
4.1. Organización de la Asistencia a la Dirección de Obra
Se entiende como Equipo de Asistencia a la Dirección de la Obra el conjunto de personas dedicadas al control de la obra.
El Equipo de la Asistencia estará integrado, al menos, por el personal cuyas características figuran en la Cláusula 2.A.5.4 del Documento nº 2 del presente Pliego de Bases.
Los concursantes propondrán la organización de la Asistencia con el correspondiente organigrama y funciones delegadas de las específicamente correspondientes a él para asignarlas a cada titular de la organización.
Especial importancia reviste la figura del Delegado del Consultor como máximo responsable de los trabajos y del Equipo de la Asistencia a la Dirección de Obra, y que deberá ser expresamente aceptado por ACUAMED constituyendo un permanente asesor y colaborador del Director de Obra.
4.2. Trabajos previos a la ejecución de la obra
4.2.1. Estudio y análisis del proyecto
Como aspectos generales, aplicables a proyectos constructivos o informativos, se incluirán en su estudio y análisis los siguientes:
▪ Problemas de orden general.
▪ Obras no relacionadas en el proyecto.
▪ Obras previstas en el proyecto sin definir.
▪ Obras insuficientemente definidas.
▪ Contradicciones del proyecto.
▪ Condiciones de Medición y Abono incluidas en el Pliego de Condiciones (esto no se contemplará en los proyectos informativos).
▪ Comprobación de las bases de replanteo.
▪ Comprobación de la triangulación que define las coordenadas de base de las obras proyectadas.
▪ Mediciones.
▪ Materiales.
▪ Plazo de Ejecución.
▪ Propuesta de estructuración de la obra.
▪ EMISIÓN DEL INFORME PREVIO.
4.2.2. Análisis del Plan de Aseguramiento de Calidad presentado por el Contratista
Este análisis incluirá:
a) Análisis del Plan de Calidad del Contratista, emitiendo el correspondiente informe que analice al menos los siguientes aspectos:
▪ Adecuación y contraste de los equipos de ensayo empleados en el control.
▪ Criterios de muestreo y control estadístico.
▪ Adecuación de los formatos previstos para el registro y manejo de datos, teniendo en cuenta:
o Objetivos del Contrato.
x Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
o Ordenes Circulares.
▪ Control de Materiales.
▪ Relación cuantificada de los materiales a usar:
o Incorporables a obra.
o Auxiliares.
De esta lista se seleccionaran los que se someterán a control.
b) Aprobación de materiales a usar.
c) Control de suministros.
d) Control de avances e inventario.
4.2.3. Establecimiento del Plan de Supervisión del Control
El Plan de Supervisión del Control que se establezca deberá contemplar los siguientes aspectos:
a) Topográfico que garantice que los movimientos de los terrenos durante la fase de excavación, sobre todo en el tramo realizado por métodos convencionales corresponde con las hipótesis realizadas sobre los mismos.
b) Seguimiento de las características de los materiales excavados que permita definir el sostenimiento necesario y la forma de aplicar los precios a emplear.
c) Cualitativo, que garantice la calidad de los materiales empleados.
d) Geométrico, comprobando que la obra realizada se adapta a lo definido en el Proyecto o a las modificaciones aprobadas.
e) Cuantitativo, controlando la medición de la obra realizada y las relaciones valoradas presentadas por el Contratista.
f) Ejecución.
Este control tendrá distintas fases:
▪ Primero determinar las unidades que van a ser contempladas en el PAC y esbozar programas de control.
▪ Procedimientos Constructivos.
o El contratista presenta el Procedimiento.
o La Asistencia analiza técnicamente el procedimiento.
▪ Control de Realización - Planos de Obra.
o En las unidades de “Control Sistemático”.
o Programa con frecuencia de la inspección o puntos de avance en los que tendrá lugar.
o Antes del inicio de la unidad el Contratista presenta el Plano de Obra para su verificación y aprobación - rellenar el formato de “Aprobación planos de detalle”.
4.2.4. Análisis de la oferta técnica del Contratista y del Contrato firmado por éste con ACUAMED
Este análisis deberá recoger:
▪ Análisis de las zonas de préstamos y vertederos propuestos.
▪ Viabilidad del programa de obra.
▪ Comprobación de la adecuación de la oferta al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del proyecto.
▪ Análisis de la adecuación de los medios propuestos por el Contratista para cumplir el Plan de Obras.
4.3. Trabajos durante la ejecución de las obras
4.3.1. Comprobación del terreno, de los materiales y de los equipos
La propuesta de variación de la geometría y de los materiales del Proyecto deberán ser elaborados siguiendo lo dictaminado a ese efecto por el Contrato suscrito entre ACUAMED y el Contratista.
Las actividades a realizar por la Asistencia en este apartado son las siguientes:
a) Replanteos de geometría Incluye:
▪ Comprobación y ajuste de la geometría del Proyecto a la topografía del terreno.
▪ Comprobación y ajuste de la geometría del Proyecto a los terrenos expropiados.
b) Terrenos
Acerca de los terrenos atravesados u ocupados por las infraestructuras habrá que realizar:
▪ Comprobación de las previsiones de los Proyectos en cuanto x xxxx, suelos, y medios de excavación a emplear.
▪ Caracterización del terreno para la correcta aplicación de los cuadros de precios.
▪ Capacidad portante del cimiento de las obras.
▪ Cauces: posibilidad de socavaciones, etc.
c) Materiales
Las actividades con relación a los materiales durante la ejecución de la obra serán:
▪ Definición y/o aprobación de los materiales a utilizar en las obras, tanto los suministrados por ACUAMED, como los que son responsabilidad del Contratista.
▪ Comprobación de la existencia de los préstamos y canteras propuestas por el Contratista y su adecuación en cantidad y calidad a lo expresado en el Proyecto.
▪ Comprobación de la existencia, calidad y eficacia de los equipos ofertados por el Contratista.
▪ Análisis de las propuestas de materiales del Contratista y adecuación de las mismas a las calidades exigidas en el Proyecto.
4.3.2. Control de ejecución de obra
La Asistencia tendrá la misión de comprobar la calidad general de los tajos de los distintos tipos de obra que se realizan, extendiendo la vigilancia a todo el proceso de realización.
En todo momento el personal dependiente de la Asistencia Técnica exigirá el cumplimiento de lo preceptuado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto de Construcción, en cuanto se refiere a los materiales y al sistema de ejecución, así como lo descrito en la oferta del Contratista que no contradiga al citado Xxxxxx, o a otros apartados del Proyecto.
En el caso de que alguna operación no estuviese definida en el citado Xxxxxx, definirá las cláusulas adicionales correspondientes que serán aprobadas, con el Visto Bueno de ACUAMED, tramitándose según lo establecido en el Contrato suscrito entre ACUAMED y el Contratista.
4.3.3. Control Económico
La Asistencia a la Dirección de Obra deberá recoger las modificaciones aprobadas o conocidas relativas a:
▪ Mediciones.
▪ Precios unitarios.
▪ Unidades nuevas o suprimidas
a) Mediciones
Los Contratistas presentarán las mediciones mensuales de la obra ejecutada en soporte informático en el programa aprobado por el Director de Obra.
La Asistencia verificará la medición y la aprobará o rechazará, con las observaciones pertinentes que a su vez se verificarán.
Asimismo se incorporarán, durante la verificación, las posibles variaciones y se incorporarán las diferencias a la evaluación de la totalidad de la obra
b) Certificaciones
La Asistencia verificará las correcciones presentadas y firmará su Conforme para ACUAMED y se lo presentará a su firma.
También constatará las condiciones del Contrato de ACUAMED - Contratista.
Igualmente redactará su propuesta de certificación según el modelo que ACUAMED le entregará.
4.3.4. Control de Plazos
La Asistencia realizará de forma sistemática un control de la obra ejecutada y las desviaciones que se presentan respecto al Programa actualizado del Contratista, indicando las causas por las que se han producido las desviaciones. En la oferta, se indicará el procedimiento propuesto para el control de plazos.
4.3.5. Informes mensuales de obra
Mensualmente se emitirán informes referentes al seguimiento y control de la obra. Su contenido está especificado en la Cláusula 4.7.1 de este Documento nº 3 del presente Pliego de Bases.
4.3.6. No conformidades
En el momento que el Consultor a través de cualquiera de las personas de su equipo detecte una desviación a la realización de las obras, el redactará la correspondiente “no conformidad” de la que tendrá conocimiento inmediato su superior, que la pondrá a conocimientos del Director de Obra.
Las “no conformidades” llevarán una breve explicación de las causas que la han motivado y establecerá un plazo máximo para su solución.
El ofertante propondrá en su oferta el tratamiento previsto a las “no conformidades” y al seguimiento de las mismas.
4.3.7. Gestión de Servicios Afectados
La Asistencia, partiendo de los servicios afectados detectados en el Proyecto, gestionará, definirá y valorará la reposición de la totalidad de servicios afectados. Para la detección de los servicios que no figuran en el Proyecto colaborará con el Contratista.
Establecerá los contactos con los organismos, compañías, empresas o particulares propietarios del servicio en cuestión, presentará planos de la afección y propuesta de la reposición, siguiendo los criterios establecidos en el Proyecto.
La conformidad de la reposición, incluida la valoración, deberá aprobarla ACUAMED, quien tendrá a su vez en cuenta la propuesta y el asesoramiento de la Asistencia Técnica.
4.3.8. Partidas alzadas a justificar
Se han incluido en el Presupuesto distintas Partidas Alzadas a justificar, cuyos importes pueden ser modificados, excepción hecha de la partida para Asesorías Específicas, que no admite variación.
El no cumplimiento de esta cláusula será objeto de exclusión del concurso.
4.3.9. Ensayos de contraste
La Asistencia realizará un seguimiento sistemático de los ensayos realizados por el Contratista de acuerdo con el programa de autocontrol, cuyos resultados deberán ser ratificados mediante los correspondientes ensayos de contraste por parte de la Asistencia.
A su vez el Director de Obra podrá solicitar a la Asistencia aquellos ensayos que en su momento estime oportunos.
Los concursantes indicarán en sus ofertas el Plan de Ensayos de Contraste (tipo y medición) que propone realizar, de acuerdo con la relación de ensayos que se adjunta en el Apéndice 2 del presente Documento.
4.4. Trabajos para la recepción y liquidación de las obras
4.4.1. Recepción de las obras
Para el momento de recepción de las obras, será necesario disponer de los documentos que acrediten las inspecciones, pruebas y actas realizadas, así como los planos as-built de la obra.
Antes de la fecha de recepción la Asistencia procederá a la inspección física detallada de toda la obra ejecutada, para lo cual la dividirá en partes lógicas y para cada una de ellas, y en formatos adecuados, recogerá posibles defectos de ejecución y conservación encontrados en la visita.
Los impresos antes mencionados los entregará al Contratista para la corrección, caso de ser necesaria, de los defectos a los que se haga referencia en los mismos.
Posteriormente se pasará inspección en los puntos concretos para constatar que se han tomado las medidas de corrección adecuadas.
Se prepararán baterías de pruebas, basadas en el Contrato para comprobar la eficiencia de la instalación repitiendo el proceso anterior.
Se redacta un “Informe de Recepción” en el que se recogen los defectos no corregidos (si los hay) dando al Contratista un plazo dentro del “Periodo de Garantía” para su eficaz reparación o proponerles una deducción en la liquidación final compensatoria del defecto sin corregir.
4.4.2. Liquidación de las obras
Al final de las obras el Contratista presentará un estado general de mediciones y una valoración de las mismas.
La Asistencia examinará la documentación anterior y recabará la corrección de cualquier defecto encontrado y copia de la justificación documental de aprobación de cualquier modificación en la obra o en los precios.
Recopilada toda la información anterior se presentará un informe a ACUAMED de estas cuentas provisionales destacando los puntos de no acuerdo con el Contratista.
Se arbitrará una solución por parte de ACUAMED, ayudado la Asistencia; caso de no llegar a un acuerdo con el Contratista se acudirá a un arbitraje, en los modos y maneras contenidos en el Contrato.
4.5. Modificaciones al proyecto
Las posibles modificaciones podrán ser debidas a:
a) Variaciones técnicas (sustitución de unas unidades por otras).
b) Variaciones de medición (desviación de mediciones respecto a lo previsto en proyecto).
c) Ejecución de obras no previstas inicialmente.
d) Supresión de obras previstas en el proyecto.
e) Variación de los procedimientos de construcción indicados en el proyecto.
Las modificaciones indicadas podrán estar generadas o propuestas por:
1. ACUAMED, a propuesta propia o de la Asistencia a la Dirección de Obra.
2. El Contratista.
3. La Asistencia a la Dirección de Obra.
En cualquier caso, la Asistencia a la Dirección de Obra actuará de gestor de la propuesta y la presentará a ACUAMED con un análisis completo de la misma, incluyendo:
▪ Aspectos Técnicos.
▪ Constructivos.
▪ Ambientales.
▪ Influencias en los plazos.
▪ Alteración del precio total de la obra.
▪ Pertinencia contractual.
▪ Opinión y recomendaciones de todo lo anterior.
La aprobación de las posibles modificaciones será exclusiva de ACUAMED.
Caso de aprobación, la Asistencia generará y tramitará, apoyándose en el Equipo de Proyecto, toda la documentación necesaria, informando, además, al Contratista.
La presentación de dicha documentación se atendrá a las directrices que, en su momento, dicte el Director de Obra.
En caso de que en el desarrollo de las obras se observara la necesidad de ejecutar alguna unidad de obra no prevista en el Proyecto, se formulará por la Asistencia el correspondiente precio de la nueva unidad de obra, sobre la base de los precios unitarios del cuadro de precios y su descomposición.
En caso de que no fuera posible determinar el precio de la nueva unidad de obra con arreglo a tales referentes, los nuevos precios se fijarán contradictoriamente entre ACUAMED y el Contratista.
En caso de que la unidad de obra objeto de precio contradictorio se ejecutase antes de la determinación definitiva del citado precio, se certificará en aquel mes según el precio propuesto por ACUAMED. Una vez alcanzado mutuo acuerdo sobre el mismo o resuelto el arbitraje fijándolo, ACUAMED abonará o descontará la diferencia con la actualización equivalente al tipo de interés legal, fijado en la Ley de Presupuestos, descontando su importe de la suma a pagar al Contratista en el vencimiento inmediato siguiente.
El Contratista estará obligado a ejecutar las unidades de obra no previstas en el proyecto que expresamente le ordene ACUAMED, según lo previsto en el Contrato suscrito por las dos partes, aun en el caso de desacuerdo sobre el importe del precio contradictorio de esta unidad, sometiéndose en tal supuesto, y, en todo caso, una vez ejecutadas tales unidades de obra, al sistema de fijación de precios contradictorios y, en último extremo, al arbitraje previsto en este contrato.
En todo caso, los precios contradictorios se referirán a la fecha de licitación.
4.6. Relaciones de la Asistencia a la Dirección de Obra con terceros
Se establecerá con el Contratista un “Manual de Procedimiento” que fije las condiciones particulares que rijan el funcionamiento de los procedimientos descritos.
Se determinará la forma de llevar la correspondencia (cartas, notas, estadillos, etc.), las reuniones periódicas o no, la forma de canalizar las quejas de una y otra parte y los detalles operativos que se considera esenciales.
Hay que acordar entre la Asistencia y el Contratista la resolución de disputas (salvando lo previsto en el Contrato ACUAMED - Constructor y las leyes) buscando una solución rápida de cualquier desacuerdo.
En cualquier caso el Consultor se abstendrá de dar órdenes directas al Contratista salvo delegación expresa del Director de Obras.
4.7. Documentación
La Asistencia generará los documentos que a continuación se indican y cuya forma, lugar y tiempo de presentación, así como sus características o requisitos que deban cumplir serán las que, en cada momento, determine el Director de Obra.
4.7.1. Informe mensual
El Informe mensual que, conforme a las directrices de ACUAMED, contendrá como mínimo:
▪ Comentario General. Hechos más destacados.
▪ Descripción del avance de obra valorando las unidades básicas en que se ha dividido la obra.
▪ Comparación del avance con el Plan de Obra y evaluación de retraso o adelanto tanto del plazo total como de los plazos parciales de las distintas partes de la obras. Los licitadores propondrán el sistema para realizar dicha comparación.
▪ Situación de aprobación de materiales, planos de obra, etc., cuadros estadísticos.
▪ Control de calidad
o Resumen de inspecciones.
o Resumen estadístico Laboratorio.
o Control inventario (entradas y salidas).
▪ Relación de medios de los Contratistas, equipo técnico, mano de obra, equipos, etc.
▪ Informe de Seguridad y Salud según Normativa vigente, dado por el Coordinador de Seguridad y Salud.
▪ Informe del plan de seguimiento de vigilancia medioambiental, facilitado por el Director Medioambiental.
▪ Relación de medios de la Asistencia a la Dirección de Obra.
▪ Evaluación del presupuesto final de acuerdo con las modificaciones de mediciones, precios o nuevas unidades.
▪ Modificaciones unidades, precios y presupuestos.
▪ Asuntos varios tales como: reuniones con los Contratistas, acuerdos, incidentes, etc.
▪ Conclusiones: Desarrollo de la obra y perspectivas.
4.7.2. Informes puntuales
Informes puntuales sobre hechos específicos de relevancia por iniciativa propia o a petición de la Dirección de Obra.
4.7.3. Correspondencia
Se llevará un registro con copias archivadas y tratamiento de las “no conformidades”.
4.7.4. Actas de reuniones
Se remitirán las Actas a las partes implicadas y se llevará un registro de las mismas.
4.7.5. Planos "as built"
La Asistencia entregará en soporte informático y en papel Planos “as built” de las obras realmente ejecutadas, a la finalización de las mismas.
Si ACUAMED lo considera necesario podrá exigir avances de dichos planos de las zonas ejecutadas en su totalidad.
4.7.6. Informe Final de Obra
La Asistencia a la Dirección de Obra redactará un Informe Final de Obra en el que se haga una recopilación de las incidencias más significativas de la misma, de forma que su conocimiento ayude a las actividades futuras de explotación y mantenimiento.
Este Informe contendrá como mínimo los siguientes aspectos:
▪ Documentación descriptiva sobre el estado final de las obras.
▪ Libro Diario de Incidencias.
▪ Informe de las pruebas de funcionamiento.
▪ Informe de recopilación, conteniendo:
o Datos del Proyecto y su tramitación.
o Modificaciones respecto al Proyecto inicial.
o Información gráfica más significativa del desarrollo de la obra.
o Descripción de las tecnologías especiales utilizadas en la obra.
o Ratios por ml. de obra lineal, en su caso, y otras variables comparativas.
▪ Incidencias especiales durante las obras.
▪ Aspectos geológicos-geotécnicos o medioambientales más significativos.
▪ Nombres de las empresas y técnicos participantes en la obra. Ficha resumen de características de la obra.
Tanto el Libro de Órdenes como el Libro de Incidencias constituirán anejos del Informe Final de Obra.
4.7.7. Otros documentos
Entre otros cabe destacar a los siguientes:
▪ Reportaje Fotográfico y de Vídeo mensual.
▪ Tramitación de materiales, planos de obra, procedimientos constructivos.
▪ Control de calidad.
▪ Control de ejecución de obra.
▪ Mediciones y Certificaciones.
▪ Recepción final. Liquidación
Se guardará copia y registro de todo ello.
APÉNDICE Nº 1
CONTROL ECONÓMICO Y DE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS DE LA OBRAS
1. CONTROL ECONÓMICO DE LA OBRA
1.1. Alcance
La Asistencia preparará mensualmente, en los cinco primeros días de cada mes, y con referencia al último día del mes anterior, una relación valorada en la que consten todas las mediciones parciales y al origen del trabajo realizado en todas y cada una de las actividades y unidades de obra.
La valoración de las obra se realizará aplicando a las unidades de obra ejecutada, los precios unitarios que para cada una de las mismas figuren en la oferta del Contratista. Las actividades u obras elementales no acabadas, podrán ser valoradas también por el Asistencia Técnica que aplicará, bajo su responsabilidad, el criterio que para cada caso estime más adecuado.
ACUAMED, emitirá la certificación mensual a partir de la relación valorada confeccionada y firmada por la Asistencia Técnica, teniendo tal certificación el carácter de abono a cuenta.
1.2. Desviaciones
Paralelamente, la Asistencia deberá incorporar a la relación valorada una enumeración detallada a origen de las desviaciones de medición respecto al contrato, y que nacen, con carácter enunciativo y no limitativo, de cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Incorrecta medición de proyecto para los elementos diseñados, y cuya realización conlleve un exceso de medición sobre contrato. Esta tarea debe iniciarse con el estudio del proyecto previo al inicio de las obras.
b) Aparición, durante el desarrollo de la obra, de situaciones que supongan un incremento de mediciones en partidas del presupuesto, superándose el importe establecido para ellas en el contrato: servicios afectados, trabajos geotécnicos, etc.
c) De modo similar, se recogerán los excesos de medición presupuestada (si los hubiere) frente a la cantidad realmente ejecutada en las unidades de obra concluidas.
d) Existencia de tareas o unidades de obra que no puedan ser medidas con ninguno de los precios de contrato, y por tanto exijan la aprobación de nuevos precios, de acuerdo al procedimiento establecido en el contrato del adjudicatario de las obras.
Estas variaciones deben incorporarse a las relaciones valoradas a medida que aparezcan y conformarán el montante de desviaciones actuales (producidas hasta la fecha) o previstas (recogidas de las estimaciones de la Asistencia Técnica).
En todo caso, las desviaciones han de quedar suficientemente detalladas en su génesis, cantidad y asignación al presupuesto, en caso de ser procedentes, y deben ser conocidas y aceptadas por ACUAMED.
2. CONTROL DE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS DE OBRA
2.1. Inicio de las obras
El Contratista de las obras está obligado a presentar un Programa de Obra detallado, en formato Diagrama Espacios-Tiempos, el cual debe ser supervisado por la Asistencia Técnica informando a ACUAMED de las posibles anomalías o inconsistencias que pueda presentar en los siguientes campos:
▪ Definición de tareas relacionadas con el presupuesto del Proyecto.
▪ Apreciación de fases si así lo impone el Proyecto.
▪ Suficiente desagregación de tareas que permita el seguimiento minucioso.
▪ Precedencia razonada de tareas.
▪ Duraciones extraídas a partir de un uso de recursos realista y nivelado.
▪ Holguras acotadas a límites factibles.
La Asistencia exigirá igualmente del Contratista de las obras un listado que exprese de manera clara y unívoca la asignación de todas y cada una de las líneas que componen el presupuesto a las tareas que componen el plan de trabajos, de modo que el 100% del presupuesto tenga un reflejo en un Diagrama xx Xxxxx.
Esta asignación, en la que una línea de presupuesto puede descomponer su cuantía en varias tareas y una tarea puede estar compuesta por varias líneas de presupuesto, será estudiada por la Asistencia Técnica con profundidad, informando al Contratista de las obras de las posibles mejoras que puedan incluirse y transmitirá a ACUAMED el resultado final de la asignación. Este plan de obra, será la base para el control temporal de la obra, y de su integración con el presupuesto resultará el huso de previsión de certificaciones.
2.2. Desarrollo de las obras
Adjunto a la relación valorada, la Asistencia entregará a ACUAMED el estado de avance de las tareas del Programa de Obra vigente, materializado sobre el Diagrama Espacios-Tiempos o sobre el diagrama xx XXXXX con la información que se detalla:
▪ Fecha de comienzo real de cada tarea recogida en el Programa.
▪ Porcentaje de avance de la tarea.
▪ Fecha de finalización real de las tareas (en caso de conclusión).
▪ Días restantes previstos hasta la finalización de la tarea.
La utilización de aplicaciones informáticas especificas facilita la inclusión de estos datos en el Programa de Trabajos vigente, a la vez que permite el análisis continuado de la marcha económico - temporal de la obra (previsión de certificaciones y fin de obra) en fase de progreso.
En el supuesto de existir tareas que no consumen recursos económicos pero sí de tiempo (caso de replanteos, preparativos, etc.) es imprescindible informar igualmente de su evolución, dada su importancia en la predicción de la fecha final de obra, al realizarse reajustes en el Programa de Trabajos original.
Cuando las desviaciones temporales sean tales que desvirtúen el Programa vigente, el Asistencia Técnica exigirá al Contratista de las obras una reedición de la planificación de la obra restante, que habrá de ser informada a ACUAMED a efectos contractuales.
3. SOFTWARE A EMPLEAR
El sistema a emplear para el seguimiento y control de la obra será el paquete informático PRESTO, TCQ-2000 o similar, integrado por los módulos: Presupuesto y banco de precios, Seguimiento económico y Planificación.
APÉNDICE Nº 2
RELACIÓN DE ENSAYOS Y TARIFAS ORIENTATIVAS
1. SUELOS. ENSAYOS DE IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN | |
Código Ensayo Xxxxx | Xxxxxx |
SUL.01/01 Humedad de un suelo mediante secado en estufa UNE 103300 | 14,42 € |
SUL.01/02 Densidad de un suelo UNE 103301 | 14,42 € |
SUL.01/03 Porosidad de un terreno UNE 7045 | 29,45 € |
SUL.01/04 Densidad relativa de las partículas de un suelo UNE 103302 | 39,82 € |
SUL.01/05 Análisis granulométrico de suelo por tamizado UNE 103101 | 42,31 € |
SUL.01/06 Análisis granulométrico por tamizado, en zahorras UNE 103101 | 39,82 € |
SUL.01/07 Material que pasa por el tamiz UNE 0,08 mm | 29,03 € |
SUL.01/08 Límites xx Xxxxxxxxx UNE 103103/104 | 36,36 € |
SUL.01/09 Comprobación de la no plasticidad | 21,94 € |
SUL.01/10 Equivalente de arena de un suelo UNE 7324 | 27,04 € |
SUL.01/11 Ensayo de apisonado de suelos por el método Xxxxxxx Normal UNE 103500 | 71,40 € |
SUL.01/12 Ensayo de apisonado de un suelo por el método Xxxxxxx Modificado UNE 103501 | 95,86 € |
SUL.01/13 Índice CBR,(no incluye ensayo Xxxxxxx) UNE 103502 | 132,22 € |
SUL.01/14 Expansividad de un suelo en el aparato Lambe UNE 103600 | 75,90 € |
SUL.01/15 Resistencia al desgaste de los áridos por medio de la máquina de Los Ángeles
NLT-149 90,15 €
2. SUELOS. ENSAYOS MECÁNICOS | |||
Código Ensayo | Xxxxx | Xxxxxx | |
Ensayo xx xxxxx directo en muestras inalteradas o remoldeadas SUL.02/03 con humedad y densidad determinadas (3 puntos).Consolidado y | ASTM D 3080 | 101,30 € | |
s/drenado | |||
SUL.02/04 Ensayo de consolidación unidimensional de un suelo en edómetro | UNE 103405 | 177,30 € | |
SUL.02/05 Ensayo de hinchamiento libre de un suelo en edómetro | UNE 103601 | 68,21 € | |
SUL.02/06 | Ensayo para calcular la presión de hinchamiento de un suelo en edómetro | UNE 103602 | 68,21 € |
SUL.02/01 | Ensayo de compresión simple, en suelos (incluso tallado) | UNE 103400 | 42,07 € |
SUL.02/02
Ensayo xx xxxxx directo en muestras inalteradas o remoldeadas con humedad y densidad determinadas (3 puntos).Consolidado y drenado
ASTM D 3080 140,23 €
3. SUELOS. ENSAYOS QUÍMICOS
Código Ensayo Xxxxx Xxxxxx
SUL.03/02 Determinación del contenido de materia orgánica por el método del permanganato potásico
UNE 103204 30,05 €
SUL.03/03 | Contenido de sulfatos solubles | UNE 103201 | 33,06 € |
SUL.03/04 | Determinación del pH de un suelo | 23,14 € | |
SUL.03/01 | Carbonatos en suelos por el método del calcímetro xx Xxxxxxx | UNE 103200 | 23,89 € |
4. SUELOS. ENSAYOS "IN SITU"
Código | Ensayo | Norma | Precio |
SUL.04/01 | Ud. De ensayo de carga de terrenos con placa. (No incluye la preparación del dispositivo de reacción) | UNE 7391 | 200,00 € |
SUL.04/03
Determinación de la densidad "in situ" incluyendo la humedad por métodos de isótopos radiactivos (mínimos cinco determinaciones por desplazamiento)
UNE ASTM D 3017 23,80 €
5. CEMENTOS | ||
Código Ensayo | Xxxxx | Xxxxxx |
CEM.05/01 Tiempo de fraguado | UNE EN 196-3 | 68,70 € |
CEM.05/02 Estabilidad de volumen | UNE EN 196-3 | 84,20 € |
CEM.05/03 Pérdida por calcinación | UNE EN 196-2 | 19,35 € |
CEM.05/04 Residuos insolubles | UNE EN 196-2 | 27,89 € |
CEM.05/05 Determinación de cloruros | UNE 80217 | 52,11 € |
CEM.05/06 Determinación de sulfatos | UNE EN 196-2 | 28,89 € |
CEM.05/07 Puzonalidad a 8 y 15 días | UNE EN 196-5 | 168,88 € |
CEM.05/08 Anhídrido carbónico | UNE 83217 | 111,43 € |
CEM.05/09 Sulfuros | UNE EN 196-2 | 371,43 € |
CEM.05/10 Resistencia a compresión (2 edades) | UNE EN 196-1 | 69,12 € |
CEM.05/11 Resistencia a la flexotracción (2 edades) | UNE EN 196-1 | 69,12 € |
CEM.05/12 Ensayo completo de inyección | 144,26 € |
6. AGUA | ||
Código Ensayo | Xxxxx | Xxxxxx |
AGU.06/01 Determinación de sulfatos | UNE 7131 | 31,37 € |
AGU.06/02 Determinación de cloruros | UNE 7178 | 26,20 € |
AGU.06/03 Sustancias disueltas | UNE 7130 | 31,37 € |
AGU.06/04 Sustancias orgánicas disueltas en éter | UNE 7235 | 26,20 € |
AGU.06/05 Hidratos de carbono | UNE 7132 | 42,13 € |
AGU.06/06 Determinación del pH | UNE 7234 | 15,03 € |
7. ÁRIDOS. ENSAYOS SOBRE GRAVAS | ||
Código Ensayo | Xxxxx | Xxxxxx |
ARI.07/01 Análisis granulométrico | UNE EN 933-2 | 33,06 € |
ARI.07/02 Contenido de finos menores de 0,063 mm | UNE EN 933-1 | 30,05 € |
ARI.07/03 Xxxxxxxx xx xxxxxxx | UNE 7133 | 30,05 € |
ARI.07/04 Partículas ligeras e impurezas | UNE 7244 | 32,70 € |
ARI.07/05 Densidad y absorción de agua | UNE 83134 | 55,32 € |
ARI.07/06 Compuestos totales de azufre | UNE EN 1733-1 | 143,82 € |
ARI.07/07 Sulfatos solubles en ácido | UNE EN 1744-1 | 60,01 € |
ARI.07/08 Reactividad álcali-sílice | UNE 146507-1 EX | 90,35 € |
ARI.07/09 Partículas blandas | UNE 7134 | 58,48 € |
ARI.07/10 Coeficiente de forma | UNE 7238 | 58,48 € |
ARI.07/11 Desgaste de Los Ángeles | UNE EN 1097-2 | 85,10 € |
ARI.07/12 Reactividad álcali-carbonato | UNE 146507-2 EX | 90,35 € |
ARI.07/13 Índice de lajas | UNE EN 1367-2 | 58,48 € |
ARI.07/14 Estabilidad en sulfato magnésico | UNE EN 1367-2 | 90,35 € |
8. ÁRIDOS. ENSAYOS SOBRE ARENAS | ||
Código Ensayo | Xxxxx | Xxxxxx |
ARI.08/06 Compuestos totales de azufre | UNE EN 1744-1 | 143,82 € |
ARI.08/07 Sulfatos solubles en ácido | UNE EN 1744-1 | 60,01 € |
ARI.08/08 Reactividad álcali-sílice | UNE 146507-1 EX | 90,35 € |
ARI.08/09 Friabilidad | UNE 83115 EX | 75,20 € |
ARI.08/10 Equivalente de arena | UNE 83131 | 30,50 € |
ARI.08/11 Materia orgánica (humus) | UNE EN 1744-1 | 30,59 € |
ARI.08/12 Reactividad álcali-carbonato | UNE 146507-2 EX | 90,35 € |
ARI.08/13 Azul de metileno | UNE EN 933-9 | 65,71 € |
ARI.08/14 Estabilidad en sulfato magnésico | UNE EN 1367-2 | 90,35 € |
ARI.08/01 Análisis granulométrico | UNE EN 933-2 | 33,06 € |
ARI.08/02 Contenido de finos | UNE EN 933-1 | 30,05 € |
ARI.08/03 Xxxxxxxx xx xxxxxxx | UNE 7133 | 30,05 € |
ARI.08/04 Partículas ligeras e impurezas | UNE 7244 | 32,70 € |
ARI.08/05 Densidad y absorción de agua | UNE 83133 | 52,11 € |
9. HORMIGONES | |||
Código Ensayo | Xxxxx | Xxxxxx | |
Toma de muestras de hormigón fresco, incluyendo muestreo del | |||
HOR.09/01 hormigón, medida del asiento, fabricación de hasta cuatro | UNE 83301, 83303 y 83304 | 92,55 € | |
probetas cilíndricas de 15x30, curado, refrentado y rotura | |||
Toma de muestra de hormigón fresco, fabricación de cinco | |||
HOR.09/02 probetas cilíndricas de 15x30 cm curado, medida de asiento, | UNE 83301, 83303 y 83304 | 99,12 € | |
refrentado y rotura | |||
Toma de muestra de hormigón fresco, fabricación de seis probetas | |||
HOR.09/03 cilíndricas de 15x30 cm curado, medida de asiento, refrentado y | UNE 83301, 83303 y 83304 | 105,78 € | |
rotura | |||
HOR.09/04 Medida del asiento. Xxxx xx Xxxxxx | UNE 83313 | 13,22 € | |
HOR.09/05 Curado y ensayo a tracción de probeta cilíndrica de hormigón | |||
(ensayo brasileño) | |||
HOR.09/06 | Extracción y ensayo testigo de D=75 mm | UNE 83304 | 90,00 € |
HOR.09/07 | Extracción y ensayo testigo de D=100 mm | UNE 83304 | 108,10 € |
HOR.09/08 | Extracción y ensayo testigo de D=150 mm | UNE 83304 | 120,10 € |
UNE 83301 y 83306 29,21 €
9. | HORMIGONES | ||
Código | Ensayo | Xxxxx | Xxxxxx |
HOR.09/09 Hormigón proyectado. Toma de muestra, extracción de seis probetas, corte, curado, refrentado y ensayo
UNE 83602 y 83605 270,46 €
HOR.09/10 Determinación del contenido de fibras xx xxxxx UNE 83512 48,08 €
HOR.09/11 Reconocimiento esclerométrico para estudio de calidad del hormigón. Por cada determinación
HOR.09/12 Reconocimiento ultrasónico para estudio de calidad del hormigón.
Por cada determinación
Toma de muestras de hormigón fresco, incluyendo muestreo del
UNE 83307 10,91 €
UNE 83308 18,21 €
HOR.09/13
HOR.09/14
hormigón, medida del asiento de cono, fabricación de hasta cinco probetas prismáticas, curado y rotura
Toma de muestras de hormigón fresco, incluyendo muestreo del hormigón, medida del asiento de cono, fabricación de hasta tres probetas prismáticas, curado y rotura
UNE 83301, 83303, 83035 148,45 €
UNE 83301, 83303, 83035 94,36 €
DOCUMENTO Nº 4 PROGRAMA DE TRABAJO Y PRESUPUESTO
PROGRAMA DE TRABAJO
Los ofertantes presentarán un Programa de Trabajo ajustado a los Planes de Obra de los proyectos aprobados objeto de la presente licitación de Asistencia a la Dirección de Obra, que se adjuntan en el Anexo IV al presente Pliego de Bases, presentando las actividades que crean más convenientes para el desarrollo de sus trabajos.
El programa de trabajo se ajustará de modo que esté actualizado a la fecha de formalización del Contrato. Asimismo, el programa de trabajo se actualizará por el adjudicatario cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales.
PRESUPUESTO
De acuerdo con lo establecido en la Cláusula 2.C.1 del Documento nº 2 del presente Pliego de Bases, los licitadores organizarán el Equipo de Asistencia a la Dirección de Obra. Por ello el Equipo que se propone a continuación es orientativo, pudiendo variarse en función de las necesidades de la obra; no obstante, en cualquier caso, el equipo ofertado estará constituido por profesionales que cumplan los requisitos exigidos en las partidas del “Capítulo 1: Personal”, que coinciden con lo expresado en la Cláusula 2.A.5.4 del citado Documento nº 2, por lo que deben figurar en la oferta el precio unitario de la totalidad de las partidas.
No se podrá modificar el precio de la siguiente partida:
▪ “P-12 P.A. Asesorías Específicas”.
El importe de cada uno de los capítulos se obtendrá multiplicando los precios unitarios por sus mediciones correspondientes y se incrementarán con los coeficientes de gastos generales (13%) y beneficio industrial (6%).
Al importe total anterior se le añadirá el IVA correspondiente.
CAPITULO 1-PERSONAL
P-1 Delegado y Jefe de asistencia técnica
1 Ingeniero de Caminos, o profesional con la titulación adecuada, con más de 10 años de experiencia. Deberá acreditar suficiente experiencia en trabajos similares, bien sea como Asistencia técnica, Dirección de Obra, o construcción.
Incluyendo sueldos, pluses, dietas, cuotas a la Seguridad Social, gastos de desplazamiento y otros, según se establece en la Cláusula 2.1. del modelo de Contrato.
Dedicación del 100% durante el plazo de vigencia del contrato.
1 x [dedicación] x 20 meses x [precio ofertado] = Euros
P-2 Jefe de unidad asistencia técnica
Ingenieros de Caminos, o profesional con la titulación adecuada, con más de 5 años de experiencia en Asistencias a la Dirección de Obra o en construcción y en los ámbitos mencionados.
Actuarán como ayudantes del Delegado responsabilizándose de la oficina técnica, de las actividades geológico-geotécnicas que se requieran y del seguimiento económico y temporal de las obras. Su dedicación será del 100% y la permanencia en las distintas obras coincidirá con el plazo de ejecución de la Asistencia.
Incluyendo sueldos, pluses, dietas, cuotas a la Seguridad Social, gastos de desplazamientos y otros, según se establece en la Cláusula 2.1. del modelo de Contrato.
X x 20 meses x [precio ofertado] Euros/mes = Euros
P-3 Topógrafo
Topógrafos con titulación de Ingeniero Técnico Topógrafo o similar. Acreditarán titulación y experiencia mínima de 5 años.
Su permanencia en las distintas obras coincidirá con el plazo de 17 meses.
Incluyendo sueldos, pluses, dietas, cuotas a la Seguridad Social, gastos de desplazamientos, equipos de topografía y otros, según se establece en la Cláusula 2.1. del modelo de Contrato.
X x 20 meses x [precio ofertado] Euros/mes = Euros
P-4 Vigilante de Obra
Vigilantes de obra con experiencia en Obra superior a 3 años.
Su dedicación será del 100% y su permanencia en las distintas obras coincidirá con el plazo de construcción.
Incluyendo sueldos, pluses, dietas, cuotas a la Seguridad Social, gastos de desplazamientos y otros, según se establece en la Cláusula 2.1 del modelo de Contrato.
X x 20 meses x [precio ofertado] Euros/mes = Euros
P-5 Secretaria / Administrativo
1 Secretaria/Administrativo con experiencia en el sector de la construcción. Su permanencia en obra coincidirá con el plazo de 17 meses.
Incluyendo sueldos, pluses, dietas, cuotas a la Seguridad Social, gastos de desplazamientos y otros, según se establece en la Cláusula 2.1. del modelo de Contrato.
1 x 20 meses x [precio ofertado] Euros/mes = Euros
P-6 Equipo de Proyecto
Con el fin de resolver los problemas técnicos que surjan durante la ejecución de las obras: interpretación de aspectos del Proyecto, resolución de cuestiones técnicas, redacción de posibles modificaciones al mismo, etc., el Consultor deberá disponer de un Equipo de Proyecto, no con dedicación completa a esta Asistencia, pero sí con un tiempo de respuesta, definido por el Director de Obra, adecuado para la definición de las observaciónes planteadas.
Este Equipo de Proyecto, cuya relación también se exige, deberá contar con, al menos, las siguientes personas:
▪ Ingeniero de Caminos, o profesional con la titulación adecuada, como Jefe del Equipo de Proyecto, con un mínimo de 15 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto de la presente contratación.
▪ Experto en plantas de tratamiento de agua, con un mínimo de 10 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto de la presente contratación
▪ Experto en cálculos hidráulicos, o profesional con la titulación adecuada, con un mínimo de 10 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto de la presente contratación.
▪ Experto en Geotecnia, con un mínimo de 10 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto de la presente contratación.
▪ Experto en filtros verdes y humedales artificiales, con un mínimo de 10 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto de la presente contratación.
La dedicación prevista a este Contrato del Equipos será del 20% durante el plazo de vigencia del mismo.
1 x [precio ofertado] Euros = Euros
CAPÍTULO 2.- OFICINAS
P-7 Alquiler y mobiliario de oficinas, comunicaciones, medios informáticos
Gasto mensual de alquiler y mobiliario de oficinas, comunicaciones, medios informáticos, o amortización mensual si la instalación es propiedad del Consultor, incluye gastos de primera
instalación, energía, agua, material de oficina, vigilancia y otros hasta dejar la oficina completamente operativa.
Algunas de las características exigidas a las oficinas se recogen en la Cláusula 8 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo III al presente Pliego de Bases.
X x 20 meses x [precio ofertado] Euros/mes = Euros
CAPÍTULO 3.- VEHÍCULOS Y LOCOMOCIÓN
P-8 Vehículos todo-terreno
Vehículos todo-terreno.
Incluyendo consumos, seguros, averías, mantenimiento, gastos de amortización ó reposición y otros.
Algunas de las características exigidas a las oficinas se recogen en la Cláusula 8 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo III al presente Pliego de Bases.
X x 20 meses x [precio ofertado] Euros/mes = Euros
P-9 Vehículos furgoneta
Vehículos furgoneta.
Incluyendo consumos, seguros, averías, mantenimiento, gastos de amortización ó reposición y otros.
Algunas de las características exigidas a las oficinas se recogen en la Cláusula 8 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo III al presente Pliego de Bases.
X x 20 meses x [precio ofertado] Euros/mes = Euros
CAPÍTULO 4 ENSAYOS DE CONTRASTE
Los licitadores indicarán en sus ofertas el presupuesto del Plan de Ensayos de Contraste que propone realizar, indicando el tipo del ensayo, la medición, su precio unitario y el importe parcial para cada ensayo, de acuerdo con la relación de ensayos que se adjunta en el Apéndice 2 del Documento nº 3 de este Pliego de Bases. Caso de requerir, según su criterio, algún otro tipo de ensayos lo indicarán diferenciándolos del resto.
La suma de cada uno de los importes reflejará el presupuesto del Plan de Ensayos de Contraste.
CAPÍTULO 5.- PARTIDAS ALZADAS A JUSTIFICAR
P-11.- P.A. Supervisión de los proyectos e Informes Previos.
P.A. Revisión y supervisión del proyecto e Informe Previo incluyendo, además del análisis técnico, comprobación de mediciones, de datos de topografía, etc.
1 P.A. x [precio ofertado] Euros = Euros
P-12.- P.A. Asesorías Específicas
P.A. a justificar para asesorías específicas que considere necesario ACUAMED (este importe no es modificable).
1 P.A. x 40.000 Euros = 40.000 Euros
P-13.- P.A. Gestión de servicios afectados
Incluye la detección del servicio, excepto la maquinaria necesaria para la realización de catas, la definición de la reposición, su valoración y la tramitación de los permisos necesarios para su reposición y su seguimiento.
1 P.A. x [precio ofertado] Euros = Euros
P-14.- P.A. Control del equipamiento electromecánico
Incluye el control por parte de la Asistencia a la Dirección de Obra con la colaboración de una empresa o entidad especializada en los trabajos de inspección y recepción del equipamiento electromecánico.
1 P.A. x [precio ofertado] Euros = Euros
P-15.- P.A. Control de las pruebas de explotación
Incluye el control por parte de la Asistencia a la Dirección de Obra con la colaboración de una empresa o entidad especializada en sistemas de telecontrol para hacerse cargo de los trabajos de inspección y recepción del sistema.
1 P.A. x [precio ofertado] Euros = Euros
P-16.- P.A. Elaboración del proyecto del “Estado Final de las Obras” (incluyendo los Planos “as built”) y el informe final de la obra
Incluye la elaboración de los planos del “Estado Final de las Obras” (Planos As Built). Se entregarán en soporte informático y en papel.
1 P.A. x [precio ofertado] Euros = Euros
Asimismo, los ofertantes deberán tener en cuenta a la hora de calcular los costes imputables a la presente Asistencia, los de visado de los trabajos incluidos en la misma.
DOCUMENTO Nº 5 ANEXOS
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 5 ANEXOS
Página
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 69
ANEXO II. MODELOS DE GARANTÍA PROVISIONAL 70
ANEXO III. CONTRATO 73
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D......................................................................., domiciliado en ,
provincia de ..............................., calle. , número,
.........con Documento Nacional de Identidad Número ........................., actuando en nombre
.................................................... (propio o de la Empresa que representa. En el caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado de las condiciones y requisitos iniciales que se exigen para la adjudicación mediante Procedimiento Abierto y en su forma de Concurso, del Contrato de Asistencia para ……..........................................................................................., se
compromete a tomarlos a su cargo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de ……………………. EUROS (.... €), de los que ........ EUROS (.... €), corresponden al IVA vigente.
(expresar claramente, escrita en letra y cifra, las cantidades en euros que se proponen).
..................................... a ..... de ............. de 20......
MODELOS DE GARANTÍA PROVISIONAL
A) MODELO DE AVAL BANCARIO
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ......................................., (NIF ……….)y en su
nombre y representación Don .................y Don .................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA a ............... (razón social del avalado) NIF/CIF .................., en virtud de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, normativa de desarrollo y Pliego de Bases que rige la licitación del Contrato de ......................, ante la Entidad AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A., en
concepto de GARANTÍA PROVISIONAL, para responder de las obligaciones derivadas de la participación en la referida licitación, por importe de ……………….....................................................
EUROS (en letra) ( €) (en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo
56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia a los beneficio de excusión, orden y división y con compromiso de pago al primer requerimiento de AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A., con sujeción a los términos previstos en la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y en sus normas de desarrollo en cumplimiento a las cláusulas del Contrato y xxx Xxxxxx de Bases.
Este aval será de duración indefinida permaneciendo vigente hasta que AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. o quien en su nombre sea legalmente habilitado para ello resuelva expresamente declarar la extinción de las obligaciones garantizadas y la cancelación o devolución del aval en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones públicas y normas de desarrollo.
En .................,a ....... de ................... de 20.....
............................ (razón social de la entidad)
.............................. (firma de los apoderados)
B) MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número .......................................(en adelante, asegurador), con domicilio en calle y
CIF.......debidamente presentado por Xxx ....................................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de .........
ASEGURA
A .........................................................NIF/CIF, ............................en concepto de tomador del
seguro, ante AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (en adelante, asegurado), hasta el importe de ………………..................................................... EUROS (en letra) (… €)
(en cifra), en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, normativa de desarrollo y Pliego de Bases por las que se rige el Contrato de..................................................................................................................................................
..............................en concepto de GARANTÍA PROVISIONAL para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El tomador declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el Contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. en los términos establecidos en la legislación aplicable al efecto.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS,
S.A. o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución,
de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
En .........................., a ...... de ................... de 20.....
Firma (Asegurador):
ANEXO III CONTRATO
En ................., a ..... de .................de 20....
REUNIDOS
De una parte, D .........................................................……………………………………
De otra, D. ...........................................................................................................
INTERVIENEN
D. ..................................................., en nombre y representación de la entidad AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. domiciliada en MADRID, X/ Xxxxxxxxx Xxxxxxx, 000, 0x, CIF n° X-00000000, constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada el día 7 xx Xxxxx de 2002, ante el Notario de MADRID, Xxx XXXX XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXX, con el n° 1255 de su Protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil al tomo 17.481, Libro 0, folio 10, hoja M-300094, inscripción 1.
D. ................................................. actúa en su condición de ........................... de ACUAMED
ostentando la representación legal de la Sociedad para la formalización de este Contrato, según las facultades que se le otorgan en la escritura de fecha 0 xx xxxxx xx 0000, x xx xxxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxx adoptados en su Consejo de Administración del mismo día.
En adelante, esta parte será denominada en el Contrato “ACUAMED”.
D. ......................., en nombre y representación de ..........................) domiciliado en ,
C/ .............., CIF n° ............., constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada el día ...
de ......... de ...., ante el Notario de ............., Don ....................., con el n° ..... de su Protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil al tomo ...., Libro ...., folio ..., hoja ........., inscripción ...
D. ................................................. actúa en su condición de ........................... del Consultor
ostentando la representación legal de la Sociedad para la formalización de este Contrato, según las facultades que se le otorgan en la escritura de fecha [...] de [...] de [...], y en ejecución de los Acuerdos adoptados en (datos del acuerdo correspondiente).
En adelante, esta parte será denominada “el Consultor o Adjudicatario”.
EXPONEN
I. ACUAMED es una Sociedad estatal de las previstas por el artículo 6.1 a) del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, que se rige por las normas de Derecho Mercantil, Civil o Laboral (salvo en las materias en las que les sea de aplicación la propia Ley General Presupuestaria), así como por lo dispuesto en el artículo 132.1 del Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, por el Real Decreto Ley 2/2004, de 10 xx Xxxxx que derogó el artículo 13 de la Ley 10/2001 de 5 de Xxxxx XXX, y por el Convenio de Gestión Directa formalizado entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Sociedad con fecha de noviembre de 2004, por el cual se encarga a dicha Sociedad la realización de los trabajos necesarios para efectuar toda clase de obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la 11/2005, de 22 xx xxxxx, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para las transferencia de recursos hídricos autorizadas por el artículo 13 de la citada Ley, entre los que se encuentran los relativos a la ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE LAS OBRAS PARA EL PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES URBANAS (PSARU 2002) EN LA XXXXXX XXX XXXX (1.ª FASE), ACTUACIÓN URGENTE APROBADA POR LA LEY 11/2005. ACTUACIONES EN TARRAGONA.
II. El Consejo de Administración de ACUAMED, en su reunión de fecha y de acuerdo
con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación de la Sociedad en relación a la licitación del Contrato para la citada Consultoría y Asistencia, ha acordado adjudicar el concurso antes mencionado a ........................................
III. El Consultor ha acreditado frente a la Mesa de Contratación de ACUAMED, su personalidad y capacidad de obrar para contratar y obligarse, en especial, para el otorgamiento del presente Contrato y ha constituido la fianza definitiva exigida en las bases del concurso, que ha quedado depositada a la disposición de ACUAMED a los efectos previstos en este Contrato.
IV. Ambas partes proceden a la formalización de este Contrato con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
1. OBJETO
1.1. El objeto del Contrato lo constituye la ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE LAS OBRAS PARA EL PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES URBANAS (PSARU 2002) EN LA XXXXXX XXX XXXX (1.ª FASE), ACTUACIÓN URGENTE APROBADA POR LA LEY 11/2005. ACTUACIONES EN TARRAGONA en el plazo establecido, adquiriendo ACUAMED la propiedad de todos los documentos utilizados y generados en el desarrollo de estos trabajos.
Serán cometidos básicos de la Asistencia a la Dirección de Obra los propios de esta actividad facultativa según las normas y prácticas habituales que se le definen y, con carácter meramente enunciativo, los siguientes:
■ Colaborar con ACUAMED en la redacción del proyecto constructivo.
■ Análisis del Programa de Trabajo presentado por el Contratista.
■ Análisis del Plan de Aseguramiento de la Calidad presentado por el Contratista.
■ Aprobación de los procedimientos específicos de ejecución propuestos por el Contratista para realización de la obra.
■ Redactar su Plan de Aseguramiento de la Calidad, con indicación de las inspecciones y ensayos a realizar.
■ Definición y organización de las medidas de control para asegurar la calidad.
■ Efectuar el acto de comprobación del replanteo de las obras y extender el correspondiente acta.
■ Comprobación de la suficiencia cualitativa y cuantitativa de medios por parte del Contratista de las obras.
■ Interpretación técnica de las obras.
■ Control de ejecución de la obra, de acuerdo con los documentos contractuales suscritos entre ACUAMED y el Contratista.
■ Exigir del Contratista, dando previa cuenta al Director de Obra, la existencia de los medios y organización necesarios para la realización de los trabajos en cada una de sus fases.
■ Ordenar al Contratista de las obras, dando previa cuenta al Director de Obra, la sustitución de elementos o corrección de errores en caso de discordancia entre las obras que se ejecutan y su definición o, si se incumplen las condiciones prescritas, proponer la paralización de los trabajos, si lo estima conveniente.
■ Dar las órdenes oportunas al Contratista, dando previa cuenta al Director de Obra, para lograr los objetivos del contrato.
■ Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el desarrollo de los trabajos, estando asistida la Asistencia por aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas que intervengan en los trabajos.
■ Proponer al Director de Obra, sin carácter vinculante para éste, las modificaciones de obra que impliquen variación en actividades inicialmente previstas, y que estime necesarias o convenientes para el óptimo desarrollo de los trabajos, con explicación del alcance de la misma.
■ Informar al Director de Obra de las propuestas de modificaciones de obras que formule el Contratista, expresando respecto a éstas su opinión, sin carácter vinculante para aquella.
■ Con carácter general, gestionar y analizar las propuestas del Contratista que impliquen una alteración de las condiciones del Contrato entre aquél y ACUAMED, y, en caso de aprobación, generar toda la documentación necesaria.
■ Proponer al Director de Obra, sin carácter vinculante para éste, la conveniencia de estudio y formulación, por parte del Contratista, de actualizaciones del Programa de Trabajo inicialmente aceptado.
■ Establecer con el Contratista, la forma y contenido de la documentación de constancia de características y condiciones de obras ocultas, antes de su ocultación, e informar y dar traslado al Director de Obra del contenido de tal documentación.
■ Colaborar con ACUAMED en la redacción de proyectos y documentos relativos a las obras, a solicitud de aquélla.
■ Redactar y entregar periódicamente a ACUAMED informes sistemáticos y analíticos de la ejecución de las obras, de los resultados del control y del cumplimiento del programa, poniendo de manifiesto los problemas que las obras presenten o puedan presentar y las medidas tomadas o que proponga para evitarlos o minimizarlos. En caso de detectarse factores problemáticos o perturbadores de importancia, dará cuenta a ACUAMED inmediatamente.
■ Recopilar y presentar a ACUAMED, mensualmente, los planos y documentos definitorios de las obras elementales tal y como se han ejecutado, y elaborar el Proyecto final de obras (as-built) para entregarlo al Director de Obra a la finalización de los trabajos.
■ Controlar la adopción de las medidas protectoras y correctoras, y proponer, en su caso, otras nuevas cuando se consideren insuficientes.
■ Acreditación periódica de la obra ejecutada.
■ Xxxxxxx las demandas referentes a las expropiaciones o afecciones a terceros.
■ Preparar la información y documentación completa del estado y condiciones de las obras, y de la valoración general de las mismas, previamente a la recepción de éstas por ACUAMED.
Una definición más detallada del objeto del Contrato, así como los requisitos que debe cumplir el Consultor a la hora de desarrollarlo se incluyen en el apartado 4 del Documento nº 3 xxx Xxxxxx de Bases del concurso, el cual se adjunta como Anexo nº 1 al presente Contrato.
1.2. Los trabajos realizados por el Consultor para el cumplimiento del Contrato (en adelante, la “Asistencia”), serán desarrollados bajo el control de ACUAMED, de acuerdo con las especificaciones y en los términos establecidos en este Contrato y en la documentación que se adjunta con carácter contractual, cuyo contenido íntegro el Consultor manifiesta conocer, aceptar y se obliga a cumplir íntegramente.
1.3. Con esta finalidad se incluyen como parte integrante del presente Contrato, debidamente identificados por las partes:
a) El Pliego de Bases aplicable a este Contrato, que se adjunta como Anexo nº 1.
b) La oferta presentada por el Consultor, que se adjunta como Anexo nº 2.
c) Los proyectos constructivos de las obras incluidas en la actuación urgente PROGRAMA DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES URBANAS (PSARU 2002) EN LA XXXXXX XXX XXXX (1.ª FASE), ACTUACIÓN URGENTE APROBADA POR LA LEY 11/2005. ACTUACIONES EN TARRAGONA, actuación urgente aprobada por la ley 11/2005, cuando estén aprobados.
d) El Programa de trabajo actualizado a la fecha de formalización del Contrato, que se adjunta como Anexo nº 4, que podrá coincidir o no con el de la oferta presentada por el Consultor (en adelante, el “Programa de Trabajo”).
e) Copia de la fianza constituida por el Consultor, que se adjunta como Anexo nº 5.
f) Certificado de cobertura por cada uno de los seguros mencionados en la cláusula 15.2 del presente Contrato, así como los justificantes de pago de las primas correspondientes a cada uno de ellos, como Anexo nº 6.
De la documentación que acaba de indicarse como definitoria del objeto de este Contrato, manifiestan ambas partes poseer copia exacta, formando parte integrante del Contrato.
En caso de discordancia o contradicción entre el presente Contrato con el contenido de los documentos contractuales señalados en los apartados a) a f) anteriores, será de aplicación preferente este Contrato y, después, los documentos referidos en dichos apartados, relativos al tema de que se trate, dando prioridad al Pliego de Bases con relación a la oferta.
1.4. Los servicios y trabajos objeto de este Contrato y sus anexos, serán ejecutados en todo caso bajo el control de ACUAMED, de acuerdo con lo especificado en los documentos señalados en el apartado anterior.
Toda esta documentación será la base para las tareas de Asistencia a la Dirección de Obra.
También serán base para las actividades de la Asistencia a la Dirección de Obra, las modificaciones de obra que establezca ACUAMED. Por todo ello, la Asistencia a la Dirección de Obra habrá de actuar de acuerdo con la citada documentación, siendo necesaria la autorización expresa y escrita de ACUAMED para modificar el contenido de la misma, especialmente en lo que se refiere a la calidad, coste, plazos parciales y término de la obra contratada.
1.5. Los servicios y trabajos de referencia se realizarán directamente por la Asistencia a la Dirección de Obra, sin que pueda cederlos ni subcontratarlos en ningún caso, ni siquiera parcialmente, y bajo su exclusiva responsabilidad. Se exceptúan, en su caso, los trabajos de campo de geología y geotecnia y los de topografía, cuya ejecución podrá ser subcontratada por la Asistencia a la Dirección de Obra con una empresa de reconocido prestigio en el sector, previa autorización expresa y escrita de ACUAMED.
Además, en este supuesto, la Asistencia a la Dirección de Obra se responsabilizará solidariamente de la totalidad de las obligaciones de los terceros subcontratistas.
ACUAMED quedará siempre ajena y al margen de las relaciones entre la Asistencia a la Dirección de Obra y los posibles subcontratistas, no siendo responsable en ningún caso, de las consecuencias de cualquier clase derivadas del contrato que éstos celebren entre sí, y continuará, por tanto, relacionándose exclusivamente con la Asistencia a la Dirección de Obra a todos los efectos.
1.6. El Consultor deberá observar en la realización del encargo las disposiciones legales aplicables en las prestaciones de este tipo de Asistencias, aunque no estuviesen vigentes en la fecha de la oferta, con tal de que lo estén cuando finalice el plazo de los trabajos, y aún después, si su obligatoriedad se extendiese a tal periodo.
Los documentos que el Consultor habrá de presentar a ACUAMED se ajustarán a lo expresado en el Pliego de Bases, debiendo ser redactados de conformidad con las normas que le sean de aplicación.
Los documentos que el Consultor habrá de presentar a ACUAMED serán propiedad exclusiva y excluyente de ACUAMED, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 16 del Contrato.
1.7. En la redacción de los estudios objeto del presente Contrato, será necesario cumplir lo que disponen las normas legales vigentes en lo que se refiere a la protección del Medio Ambiente en los procesos constructivos a los que se haga referencia en los trabajos a desarrollar en virtud del Contrato.
2. PRECIO DEL CONTRATO
2.1. El importe total estimativo a abonar al Consultor, se establece en la cantidad de EUROS ( €), más el IVA correspondiente (en adelante, el “Precio del Contrato”), salvo en el caso de que proceda, en cualquier momento o por cualquier causa, la exención de dicho impuesto , y se corresponderá con el precio pactado entre ACUAMED y el Consultor.
No obstante la vigencia inicial de este presupuesto, el precio no es por ajuste o por precio alzado, siendo por tanto el precio final el que resulte de aplicar a las unidades realmente realizadas los precios establecidos para cada una en el cuadro de precios unitarios incorporado como Anexo nº 2.
El Precio del Contrato será el resultado de aplicar a las mediciones de las unidades expresadas en el Documento nº 4 xxx Xxxxxx de Bases, “Programa de Trabajo y Presupuesto”, que se acompaña como Anexo nº 1 a este Contrato, los precios que el Consultor haya ofertado para dichas unidades (en adelante, los “Precios Unitarios”).
El Precio del Contrato comprende la totalidad de los conceptos, costes y gastos necesarios para el correcto y completo cumplimiento del Contrato, y se desglosa como sigue, sin que la relación sea limitativa:
■ La completa realización de los trabajos contratados.
■ Los sueldos, pluses y dietas del personal asignado a la realización de la Asistencia.
■ Los costes más elevados que puedan derivarse de la realización de los trabajos nocturnos, tanto en horas extraordinarias como en días festivos, aun cuando la causa de realización de los mismos no sea imputable a la voluntad de la Asistencia a la Dirección
de Obra, o aun cuando vengan impuestos por necesidades del mantenimiento de servicios a terceros o por el tránsito.
■ Alquileres, amortizaciones y consumos de locales, instalaciones, medios de transporte, material de oficina, maquinaria y programas necesarios, específicamente los programas informáticos utilizados por ACUAMED de los cuales habrá de disponer necesariamente la Asistencia a la Dirección de Obra, con los gastos y aprendizaje de gestión y manejo de los mismos a su cargo.
■ Los gastos generales de la empresa y el beneficio industrial del Consultor Adjudicatario.
■ Los gastos e impuestos de toda clase que se devenguen con motivo del contrato, con la única excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido.
■ Seguros de todo tipo.
■ Los tributos, derechos, compensaciones, descuentos y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
■ Permisos y licencias necesarios (excepto los que facilite directamente ACUAMED y que se mencionan expresamente en el Pliego de Bases).
■ Indemnización de todos los daños y perjuicios ocasionados a terceros, como consecuencia de los trabajos requeridos para la ejecución del presente Contrato.
■ Los gastos de los anuncios de licitación y adjudicación, que no podrán superar, conjuntamente la cantidad xx XXXX MIL EUROS (10.000 €), cantidad que será facturada por ACUAMED al Consultor.
■ Los gastos y costes derivados de cualquier subcontratación del Consultor, autorizada por ACUAMED.
2.2. En el supuesto de que se aumentasen los trabajos o servicios objeto de este Contrato, de acuerdo con lo previsto en la Cláusula 11.1, se valorará dicho aumento de acuerdo con los Precios Unitarios vigentes en cada momento, señalados en la oferta del Consultor, o, caso de no ser posible realizar la valoración con dichos Precios Unitarios vigentes, se procederá a acordar unos precios nuevos entre ACUAMED y el Consultor (en adelante, los “Precios Contradictorios”) para efectuar la valoración del aumento de los trabajos. Si no fuese posible el acuerdo, se estará a lo establecido en la cláusula arbitral de este documento.
2.3. Los Precios Unitarios que forman parte de la oferta se revisarán anualmente, con efectos el primer mes de cada año, incrementándolos en el diferencial del IPC nacional, respecto al de la fecha de presentación de ofertas, siempre y cuando (i) se haya ejecutado el veinte por ciento (20%) de los trabajos incluidos en el Contrato y (ii) haya transcurrido, al mismo tiempo, un (1) año desde la fecha de la adjudicación.
3. FORMA DE PAGO
3.1. El Consultor facturará los trabajos objeto del presente Contrato con carácter mensual. Las facturas presentadas serán el resultado de valorar el grado de desarrollo y calidad técnica de las distintas unidades que componen el trabajo.
3.2. La valoración de los trabajos se realizará teniendo en cuenta los Precios Unitarios ofertados, que se incorporan como Anexo nº 2. Dicha valoración se efectuará con carácter mensual a origen, siendo aprobada por ACUAMED que tomará como base la relación valorada redactada por el Consultor, y su cuantía se obtendrá aplicando a los trabajos realmente ejecutados y/o servicios prestados en el intervalo de medición a facturar, el valor de cada precio unitario fijado en el Anexo nº 2 referido.
3.3. Si, por causa justificada, ACUAMED estimara conveniente una modificación del equipo de la Asistencia a la Dirección de Obra en lo relativo a su cuantía, composición y/o dedicación, durante algún período de tiempo, las valoraciones se realizarán mediante la aplicación de los precios unitarios, contenidos en el Anexo nº 2 a las unidades realmente ejecutadas.
3.4. En el momento de libramiento de los planos “as built”, caso de ser conformes, el Consultor facturará la cantidad consignada a tal efecto, en las mismas condiciones estipuladas en este Contrato.
3.5. En su caso, las Partidas Alzadas a justificar se facturarán una vez realizado el trabajo encomendado y entregado el informe correspondiente. Los encargos y aprobaciones económicas de los trabajos correspondientes a dichas partidas serán competencia exclusiva de ACUAMED.
Para fijar el precio a satisfacer por las Partidas Alzadas, se procederá de la siguiente forma:
■ Se determinará el alcance de los trabajos.
■ Se determinará por ACUAMED y el Consultor, si procede aplicar los Precios Unitarios o los Precios Contradictorios.
■ Se procederá a valorar los trabajos entre ACUAMED y el Consultor, estableciéndose el correspondiente precio, que incluirá todos los gastos contemplados en la Cláusula 2.1 del presente Contrato.
■ En caso de divergencia entre ACUAMED y el Consultor, se deberá recurrir al arbitraje de acuerdo con lo especificado en la Cláusula 19 del presente Contrato.
3.6. La valoración mensual de los trabajos se realizará aplicando los Precios Unitarios ofertados para cada una de las unidades definidas en el Pliego de Bases del presente Concurso, a los porcentajes o medición de ejecución de cada unidad, porcentajes o medición que serán propuestos por el Consultor y, en su caso, aceptados por ACUAMED. Esta valoración deberá presentarse a ACUAMED en los primeros cinco (5) días del mes siguiente al correspondiente a los trabajos certificados. ACUAMED dispondrá xx xxxx (10) días para (i) revisar y, en su caso, aceptar la valoración y continuar la tramitación del pago, o (ii) para devolver la certificación con su estimación de valoración.
Las partidas alzadas a justificar se certificarán, en su caso, una vez realizado el trabajo encomendado y entregado el informe correspondiente. Los encargos y aprobaciones económicas de los trabajos correspondientes a dichas partidas serán competencia exclusiva de ACUAMED.
3.7. Una vez admitida la certificación por ACUAMED, el pago de las facturas será realizado, mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique el Consultor, el primer día de pago de ACUAMED del mismo mes, si ello fuese posible o, en su caso, del mes siguiente al de emisión de la Certificación, presentando el Consultor en esta fecha la oportuna factura de acuerdo con la legislación vigente.
3.8. Asimismo, el Consultor facturará, en su caso, a la Asistencia a la Dirección Ambiental y a la Asistencia para la Coordinación de Seguridad y Salud, las cantidades que entre ellas acuerden como alquiler de parte de sus dependencias a dichas Asistencias.
4. PLAZO
El plazo inicialmente previsto para la ejecución de los trabajos de Asistencia a la Dirección de Obra es de VEINTE (20) MESES.
Este plazo quedará automáticamente ajustado a la duración real de ejecución de las obras.
Los trabajos de Asistencia a la Dirección de Obra, se iniciarán el día de la firma de este Contrato, y continuarán durante todo el período de ejecución real de las obras, su liquidación, elaboración del "as built" y duración del plazo de garantía.
En caso que la entrega del "as-built" se demorara más de dos (2) meses contados desde la finalización de las obras, se podrá penalizar a la Asistencia a la Dirección de Obra con un importe mensual equivalente al uno (1) por ciento del importe total del presente Contrato. Esta penalización se aplicará por meses enteros, y se abonará con cargo a las certificaciones pendientes o a la garantía definitiva.
5. PROGRAMA DE TRABAJO
El Programa de Trabajo aplicable a la Asistencia es el que el Consultor haya preparado, con posterioridad a la adjudicación del Contrato, y consensuado por ACUAMED. El Programa de Trabajo está actualizado a la fecha de formalización del Contrato y se incorpora como Anexo nº 4.
El Programa de Trabajo, podrá coincidir o no con el programa de trabajo presentado por el Consultor en su oferta.
A fin de no tener dificultades en el cumplimiento del Programa de Trabajo, el Consultor habrá de solicitar, con la antelación necesaria, a los organismos y/o personas correspondientes, todos los permisos y licencias que necesite. Los gastos de obtención de estos permisos y licencias y toda su tramitación serán a cargo suyo.
6. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
La dirección de los trabajos corresponde a ACUAMED, que la ejercerá por medio del Director del
Contrato, ó Director de Obra, Don/Doña
las funciones del mismo las indicadas a continuación:
, siendo una relación, no exhaustiva, de
▪ Analizar (junto con las Asistencias correspondientes) el proyecto adjudicado.
▪ Analizar (junto con las Asistencias correspondientes) el Programa de Trabajo presentado por el Contratista.
▪ Analizar (junto con las Asistencias correspondientes) el Plan de Aseguramiento de la Calidad presentado por el Contratista.
▪ Aprobar los procedimientos específicos de ejecución propuestos por el Contratista para la realización de la obra.
▪ Comprobar (junto con las Asistencias correspondientes) la suficiencia cualitativa y cuantitativa de medios por parte del Contratista de las obras.
▪ Definir y organizar las medidas de control para asegurar la calidad, independientes de las correspondientes al Contratista.
▪ Interpretar (junto con las Asistencias correspondientes) el proyecto y adoptar las medidas necesarias para su desarrollo.
▪ Controlar (junto con las Asistencias correspondientes) la ejecución de la obra, de acuerdo con los documentos contractuales suscritos entre ACUAMED y el Contratista.
▪ Controlar periódicamente (junto con las Asistencias correspondientes) la obra ejecutada, aprobar y comprobar y tramitar la certificación correspondiente.
▪ Controlar (junto con las Asistencias correspondientes) la adopción de las medidas protectoras y correctoras, según el Programa de Vigilancia Ambiental, y proponer, en su caso, otras nuevas cuando se consideren insuficientes, así como la ejecución del Programa de Vigilancia Ambiental.
▪ Supervisar (junto con las Asistencias correspondientes) y coordinar la correcta definición, y efectiva aplicación posterior, de los principios generales de Prevención, Seguridad y Salud, a la hora de planificar y ejecutar los trabajos, fases, o tajos, que vayan a desarrollarse durante el transcurso de la obra, adoptando las medidas necesarias en caso de incumplimiento de lo anterior.
▪ Atender (junto con las Asistencias correspondientes) las actuaciones y necesidades referentes a las expropiaciones o afecciones a terceros.
▪ Gestionar y analizar (junto con las Asistencias correspondientes) las propuestas del Contratista que impliquen una alteración de las condiciones del Contrato entre aquél y ACUAMED, y, en caso de aprobación por el órgano correspondiente, generar (junto con las Asistencias correspondientes) toda la documentación necesaria.
▪ Preparar (junto con las Asistencias correspondientes) la documentación necesaria para la recepción y liquidación de las obras.
ACUAMED podrá decidir, a su libre elección, modificar la persona que ejerza el cargo de Director del Contrato o cualquier otro cargo, cuyo nombramiento sea competencia de ACUAMED, debiendo notificar al Consultor la identidad del sustituto.
7. PERSONAL DE LA ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE OBRA
7.1. El personal del Consultor será el que ACUAMED considere suficiente y con la titulación adecuada para el desarrollo de sus funciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 1, pero en todo caso, habrá de incluir necesariamente, y como mínimo, el detallado en la Cláusula
2.A.5.4 del Documento nº 2 xxx Xxxxxx de Bases que se adjunta como Anexo nº 1 a este Contrato. La no incorporación de los medios humanos propuestos, o la no dedicación de los mismos a los trabajos en los términos indicados por el Consultor sin justificación aceptable, puede dar lugar a la resolución del Contrato o a la aplicación de lo expresado en la Cláusula 7.4.
ACUAMED planificará trimestralmente el número de personal que estime necesario para el cumplimiento de dichas funciones.
En cualquier caso, durante el plazo de garantía de las obras cuya Asistencia a la Dirección de la Obra es también objeto del presente Contrato, el Consultor reducirá el equipo técnico y personal en atención a las necesidades y en la forma que ACUAMED le indique.
7.2. Los Delegados propuestos por el Adjudicatario para este Contrato, que serán, asimismo, los que asuman la máxima responsabilidad de la Asistencia a la Dirección de Obra en cada una de las obras, recaerán en D./Dña. , con poder suficiente para gestionar ante ACUAMED todo cuanto se relaciona con este Contrato y tomar, en relación al mismo, y a los proyectos y las obras que se ejecutan, decisiones que vinculen al Consultor frente a ACUAMED.
El Adjudicatario deberá sustituir a los Delegados durante el período de vacaciones de éstos. Dichos sustitutos deberán ser aceptados previamente por ACUAMED.
7.3. ACUAMED valorará libremente la idoneidad de las personas propuestas por el Consultor para llevar a término las funciones específicas asignadas, y podrá en cualquier momento, exigir la sustitución de cualquiera de éstas. No obstante, el Consultor responderá, en todo caso, de la cualificación de todo el personal asignado.
El Consultor habrá de atender esta exigencia en el plazo de las dos (2) semanas siguientes al referido requerimiento. Su incumplimiento dará derecho a ACUAMED para resolver el Contrato con pérdida de la garantía definitiva constituida, o para imponerle una penalización de hasta un veinte por ciento (20%) en cada uno de los abonos correspondientes a los meses en que se mantenga esta situación.
7.4. La composición del equipo humano que ACUAMED haya considerado suficiente para el desarrollo de las funciones de la Asistencia, no se podrá alterar sin autorización escrita de ACUAMED, en respuesta a una petición motivada por parte del Consultor.
Si el Consultor modificara unilateralmente el personal técnico propuesto, bien al inicio o bien durante el transcurso de los trabajos, ACUAMED podrá aplicar una reducción xxx xxxx (10) por ciento a las mediciones correspondientes a los nuevos técnicos que se vean afectados, a partir del momento de su incorporación y hasta la finalización de los trabajos, salvo que, mediante escrito motivado, el Consultor demuestre la absoluta necesidad de la sustitución del personal.
7.5. La responsabilidad profesional del control de calidad interno de los trabajos por parte del Consultor (“Auditoría Interna de la Asistencia”), recaerá en, D./Dña. , con poder suficiente para cualquier actuación ante ACUAMED. El titulado ofertado podrá también poseer la titulación comunitaria homologable.
7.6. El Consultor facilitará a ACUAMED cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del Contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información al público, etc. Esta obligación se mantendrá hasta dos (2) años después de la recepción de los trabajos.
8. MEDIOS MATERIALES DE LA ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE OBRA
8.1. El Adjudicatario habrá de proveerse de las oficinas y de los locales necesarios para el desarrollo de su cometido, suficientes para ubicar a su personal equipándolos, como mínimo, con servicios de teléfono, fax y módem. Cuando menos estos locales dispondrán de:
▪ Dos despachos para el personal de ACUAMED.
▪ Una sala de reuniones suficiente para doce personas, donde habrá una mesa donde se puedan desplegar planos del formato UNE A.0 sin exceder ninguna dimensión de aquélla.
▪ Un despacho para la Asistencia a la Dirección Ambiental.
▪ Un despacho para la Asistencia para la Coordinación de Seguridad y Salud.
8.2. Estas oficinas y locales habrán de situarse a menos xx xxxx (10) kilómetros de las obras.
8.3. En el caso que ACUAMED ponga a la disposición del Consultor el local, se detraerá del presupuesto la parte correspondiente al precio en alquiler (o venta caso de tratarse de elementos consumibles o de elevada depreciación por uso u obsolescencia) de los elementos cedidos.
8.4. El Consultor dispondrá de los medios de transporte adecuados, que aseguren la movilidad de sus componentes y del personal a su cargo.
Los vehículos todo-terreno que disponga, en su caso, el Consultor, tendrán al menos 2.500 cc. de cilindrada, y estarán dotados de aire acondicionado. De éstos, uno estará el servicio de la Dirección de Obra.
Las furgonetas y turismos que, en su caso, disponga el Consultor para el servicio del personal de las obras, tendrán al menos 1.500 cc de cilindrada y estarán dotados de aire acondicionado.
8.5. Asimismo, contará con los aparatos topográficos necesarios para las comprobaciones de control geométrico; máquinas de escribir, ordenadores, lector de disquetes de 3” ½, DVD y CD ROM, impresora, fax, fotocopiadora, tablero de dibujo, etc. y los materiales y programas de todo tipo, precisos para el cumplimiento de las tareas encomendadas.
9. LABORATORIOS PARA ENSAYOS
9.1. Durante el mes de actuación precedente al comienzo de la obra, el Consultor validará el Plan de Control o Aseguramiento de la Calidad del Contratista, de lo que resultará un listado con el número de ensayos de cada tipo a realizar. ACUAMED, una vez aprobado este Plan, autorizará el laboratorio propuesto por el Contratista, si reúne las condiciones adecuadas.
9.2. En base a lo prevenido en el Contrato de ejecución de las obras, la Asistencia a la Dirección de Obra conformará las facturas del laboratorio que, con cargo al plan de control o aseguramiento de calidad, presente el Contratista.
9.3. El Consultor desarrollará el Plan de Contraste de Aseguramiento de Calidad conjuntamente con ACUAMED, encargando todos los ensayos que se hayan establecido directamente en los laboratorios contratados por ACUAMED. Igualmente, ACUAMED podrá encargar directamente la ejecución de los ensayos que considere pertinentes.
9.4. El laboratorio transmitirá las facturas del Plan de Contraste del Aseguramiento de Calidad cada mes al Consultor, que una vez comprobadas y subsanadas, si fuese el caso, las transmitirá con su visto bueno a ACUAMED para su abono.
10. PENALIZACIONES
Las penalizaciones descritas en los apartados 10.1. y 10.2. posteriores, no excluyen la indemnización a la que pueda tener derecho ACUAMED por los daños y perjuicios originados por retrasos y trabajos defectuosos y mal ejecutados por parte del Consultor.
10.1. Los retrasos de más de dos (2) semanas en los plazos parciales no imputables a ACUAMED, darán lugar, si ACUAMED lo considera conveniente, a la ejecución de la fianza y/o a la resolución de este Contrato. En cualquier caso, el Consultor está obligado a responder de los daños y perjuicios que ACUAMED hubiera de soportar a causa del incumplimiento de dichos plazos.
Al margen de la situación anterior, si el Consultor, por causas no imputables a ACUAMED, incurriera en demora respecto al cumplimiento de los plazos total y/o parciales, ACUAMED podrá optar indistintamente por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,12 euros (doce céntimos de euro) por cada seiscientos un euro con un céntimo (601,01 euros) del Precio del Contrato, o por la resolución del Contrato, caso de que dichas penalizaciones hubieran alcanzado el veinte (20) por ciento del Precio del Contrato.
Si durante la ejecución del Contrato la producción acumulada a origen (es decir, el valor acumulado de lo certificado desde el inicio del Contrato hasta el mes de que se trate), fuese inferior a la prevista en el Programa de Trabajo aprobado, por causas no imputables a ACUAMED, ésta aplicará mensualmente en cada certificación una penalización xxx xxxx (10) por ciento de la diferencia entre las producciones prevista y real. No obstante lo anterior, si en el
mes inmediato posterior a aquel en el que se hubiera producido el retraso, se recupera por el Consultor la producción prevista, ACUAMED, una vez verificada dicha circunstancia, podrá devolver la penalización recibida del Consultor con respecto al mes anterior, importe que será abonado por ACUAMED en la certificación del mes siguiente a aquel en el ACUAMED hubiera verificado la recuperación de la producción.
Los importes de las penalizaciones por demora, se harán efectivos mediante la deducción de los mismos en las certificaciones posteriores, o en la liquidación final.
Si los retrasos fueran producidos por motivos no imputables al Consultor, ACUAMED, si lo considera oportuno, podrá conceder una prórroga para el cumplimiento de sus compromisos.
10.2. El Consultor responderá de la redacción de las modificaciones al proyecto constructivo que se le encargasen, en su caso, realizadas al amparo del presente Contrato y de los defectos que en ella hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de ACUAMED los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales o totales.
El Director del Contrato redactará un escrito motivado sobre los defectos encontrados en los trabajos entregados por el Consultor, en las fechas señaladas para los hitos reflejados en el Programa de Trabajo (parciales o final), en el plazo xx xxxx (10) días, teniendo derecho el Consultor a formular las alegaciones que considere oportunas ante ACUAMED en el plazo de tres (3) días contados a partir de la fecha en que reciba la correspondiente notificación.
En el supuesto de que ACUAMED no admita, total o parcialmente, las alegaciones presentadas por el Consultor y comunicada esta decisión por escrito a éste por parte del Director del Contratos de ACUAMED, el Consultor estará obligado a la subsanación de los mismos en un plazo que no podrá exceder de un (1) mes desde la recepción de la comunicación del defecto por parte de ACUAMED, transcurrido el cual, si las deficiencias no se hubiesen corregido, ACUAMED podrá optar (i) por la resolución del Contrato, exigiendo al Consultor una penalidad equivalente al 100 por 100 del importe de la garantía, o (ii) exigir el cumplimiento específico del Contrato y cumulativamente una penalidad equivalente al 25 por 100 del importe de la garantía. En este segundo escenario de cumplimiento específico del Contrato, ACUAMED podrá optar entre (a) conceder al Consultor un plazo adicional de cinco (5) días para la corrección de deficiencias y la subsanación de los defectos encontrados, o (b) subsanar los defectos y/o deficiencias detectadas de manera unilateral, con cargo al Consultor. En el supuesto de que se optara por la alternativa (a), y si transcurrido el plazo de (5) días, el Consultor no hubiera procedido a la corrección de las deficiencias, ACUAMED podrá proceder a la resolución del Contrato, exigiendo al Consultor una penalidad equivalente al 50 por 100 del Precio del Contrato.
Por otra parte, si al ejecutar las obras correspondientes a las modificaciones redactadas se detectan desviaciones en el presupuesto de las mismas como consecuencia de errores debidos al Consultor, se procederá como sigue:
■ Si la desviación es superior al diez (10) por ciento e inferior al veinticinco (25) por ciento, la indemnización será del veinticinco (25) por ciento del Precio del Contrato.
■ Si la desviación es superior al veinticinco (25) por ciento, la indemnización correspondiente será del cincuenta (50) por ciento del Precio del Contrato.
El procedimiento a seguir para la exigencia de la indemnización, será el siguiente:
■ Conocida la desviación producida, ACUAMED comunicará fehacientemente al Consultor el alcance de la misma y el importe estimado de la indemnización que corresponda, para que por el Consultor se realicen las manifestaciones que considere oportunas respecto a la desviación producida y a la cuantía de la citada indemnización.
■ Realizadas dichas manifestaciones, o no aportadas en el plazo de quince (15) días, ACUAMED determinará el importe definitivo de la indemnización debida en función de los criterios anteriormente indicados, que deberá ser satisfecha por el Consultor en el plazo de un (1) mes desde que reciba la correspondiente comunicación.
10.3. El Consultor responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución de las obras se causen bien sean a cualquier Administración, a ACUAMED, o a terceros, con motivo de la realización de los trabajos que son objeto del presente Contrato o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales, reglamentarios o contractuales en que el mismo haya incurrido, imputables a aquél.
La indemnización derivada de la responsabilidad exigible al Consultor alcanzará el cincuenta
(50) por ciento del importe de los daños y perjuicios causados, hasta un límite máximo de cinco
(5) veces el Precio del Contrato y será exigible dentro del término xx xxxx (10) años, contados desde la recepción del mismo por ACUAMED.
En caso de divergencia entre ACUAMED y el Consultor sobre la responsabilidad de la desviación del Presupuesto, se deberá recurrir al arbitraje de acuerdo con lo especificado en la Cláusula 19 del presente Contrato.
11. MODIFICACIONES
11.1. ACUAMED podrá, durante la ejecución del presente Contrato, modificarlo mediante:
■ La contratación de nuevos trabajos o servicios complementarios al objeto del presente Contrato.
■ El incremento del alcance de los trabajos contratados.
■ La eliminación de algunos de los trabajos contratados.
En cualquiera de los casos el importe total del incremento o disminución del importe del Contrato operado a instancia de ACUAMED, no podrá exceder el veinte (20) por ciento del Precio del Contrato señalado en la Cláusula 2.1, al objeto de que los trabajos o servicios complementarios sean de obligado cumplimiento para el Consultor.
En estos supuestos, el Consultor quedará obligado a ejecutar, en su caso, los trabajos o servicios complementarios, de conformidad con lo establecido en el presente Contrato, sin derecho a reclamar ninguna indemnización, tanto en el caso de aumento como en el de
disminución, y sin que por ningún motivo pueda disminuir el ritmo de los trabajos o servicios ni suspenderlos. Los trabajos y servicios complementarios serán objeto de retribución en la forma señalada en la Cláusula 2.2 anterior.
11.2. El importe de la realización o no de tales modificaciones, se fijará aplicando lo dispuesto en la Cláusula 2.2. de este Contrato.
11.3. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Consultor queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo.
12. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
12.1. Si por causas no imputables directa y exclusivamente a ACUAMED, se procediese a la paralización de todas o parte de las obras, ACUAMED podrá, con un preaviso mínimo de treinta
(30) días, reducir los servicios de la Asistencia a la Dirección de Obra contratados, de forma proporcional a la paralización sucedida.
En este supuesto, las mensualidades citadas en la Cláusula 3, se reducirán proporcionalmente en atención a la reducción del equipo.
12.2. Si la suspensión pudiese resultar definitiva, o si fuese por tiempo superior a seis (6) meses, ACUAMED podrá optar por resolver el contrato y abonar al Consultor, además de las cantidades ya acreditadas por ésta, el seis (6) por ciento del importe restante de aquél.
Se entenderá además que dicho porcentaje, constituye la indemnización pactada por las Partes por todos los conceptos considerados en esta Cláusula.
12.3. Queda entendido que, en ningún caso y bajo ningún concepto, podrá el Consultor suspender ni retrasar las obras ni sus actividades, ni tampoco abandonarlas, (salvo en los supuestos de resolución o desistimiento de la Cláusula 17 del presente Contrato), bajo el fundamento o la alegación de tener pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o entidad, ni bajo la excusa de que tales reclamaciones hubieran dado lugar o no, a procedimientos arbitrales, judiciales o contenciosos de cualquier clase.
Por su parte ACUAMED, en estos mismos casos, no podrá dejar de abonar los pagos no discutidos que según este contrato le corresponda realizar.
13. RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LOS TRABAJOS
13.1. La recepción definitiva de los trabajos realizados por el Consultor, se producirá mediante la entrega por el Consultor a ACUAMED de toda la documentación desarrollada en cumplimiento íntegro del objeto del Contrato y de sus anexos.
ACUAMED dispondrá de un plazo de dos (2) meses para revisar la adecuada calidad de los trabajos recibidos, y si entendiera que los mismos son conformes a lo establecido en el
Contrato, será necesario un acto formal y positivo de conformidad. En otro caso, señalará las causas que lo impidan.
13.2. El Consultor se obliga a subsanar, corregir y solucionar todos los posibles defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que pudiesen contener los documentos generados en el desarrollo de la Asistencia, en el plazo de un (1) mes a contar desde la recepción de la comunicación del defecto por parte de ACUAMED. Transcurrido el plazo anterior, si las deficiencias no se hubiesen corregido, ACUAMED podrá optar (i) por la resolución del Contrato, ejecutando la garantía, o (ii) exigir el cumplimiento específico del Contrato y cumulativamente una penalidad equivalente al 25 por 100 del Precio de Contrato. En este segundo escenario de cumplimiento específico del Contrato, ACUAMED podrá optar entre (a) conceder al Consultor un plazo adicional de cinco (5) días para la corrección de deficiencias y la subsanación de los defectos encontrados, o (b) subsanar los defectos y/o deficiencias detectadas de manera unilateral, con cargo al Consultor. En el supuesto de que se optara por la alternativa (a), y si transcurrido el plazo de (5) días, el Consultor no hubiera procedido a la corrección de las deficiencias, ACUAMED podrá proceder a la resolución del Contrato, exigiendo al Consultor una penalidad equivalente al cincuenta (50) por ciento del Precio del Contrato.
14. RÉGIMEN DE XXXXXXXXX Y FIANZAS
14.1. La ejecución del presente contrato se realizará bajo el riesgo y xxxxxxx del Consultor.
14.2. El Consultor responderá de todas las reclamaciones por los daños personales o materiales que, como consecuencia de la inspección y vigilancia o de acciones u omisiones del personal de la Asistencia a la Dirección de Obra, o de los subcontratistas y sus empleados, puedan causarse a personas de cualesquiera entidades participantes en la obra, o a terceros. Asimismo responderá en los mismos términos de los daños a los bienes propiedad de ACUAMED o de terceros.
14.3. El Consultor queda obligado, durante el plazo de dos (2) años contados desde la finalización de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones que ACUAMED le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los informes que, por cualquier concepto, emita para ACUAMED.
14.4. Se incorpora a este Contrato como Anexo nº 5 una copia de la fianza constituida por el Consultor a favor de ACUAMED, mediante aval en los términos fijados en el Pliego de Bases, según modelo que se adjunta, por un importe del CUATRO (4) por ciento sobre el importe del Presupuesto Base de Licitación. Esta fianza será cancelada a la finalización del periodo de garantía, siéndole devuelta al Consultor.
El objeto de la garantía definitiva, es el aseguramiento del exacto cumplimiento de las obligaciones y de las otras responsabilidades derivadas del contrato y sus anexos que asume el Consultor.
En el supuesto de que se incrementara el importe del presente Contrato, se deberá incrementar también el importe de la garantía definitiva en igual proporción.
14.5. La fianza responderá del incumplimiento de todas las obligaciones del Consultor procedentes del Contrato y sus Anexos, así como de las que se sigan indirectamente del mismo; de su ejecución o de su eventual resolución; del reintegro de las cantidades que, en su caso, ACUAMED hubiera abonado en exceso a raíz de la liquidación final; del resarcimiento de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones, incluidos los que pudiesen ser reclamados a ACUAMED por cualesquiera terceros y, singularmente, por la Administración a tenor de los términos que regulen la obra encomendada a aquélla, por razón del desarrollo de la Asistencia; y con carácter general, del cumplimiento de todas sus obligaciones, tanto expresamente previstas en este contrato y sus anexos, como de las que se sigan indirectamente del mismo.
14.6. En cualquiera de los supuestos de incumplimiento previstos, ACUAMED podrá ejecutar por su exclusiva determinación la fianza constituida, todo ello, sin perjuicio de las acciones, reclamaciones o recursos que el Consultor considere oportuno, que no suspenderán, en ningún caso, la ejecución de la fianza por parte de ACUAMED. La única obligación de ACUAMED será reintegrar al Consultor, en su día las sumas dispuestas, si resultase improcedente su disposición, más los intereses legales contados a partir de la fecha de disposición.
14.7. La garantía definitiva será devuelta, si procede, en el mismo momento de finalizar el periodo de garantía de las obras, si estuvieran cumplidas todas las obligaciones del Consultor.
15. OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
15.1. OBLIGACIONES LABORALES Y FISCALES
15.1.1. El Consultor y quienes de la misma dependan por cualquier título, incluso, en su caso, los subcontratistas del mismo, habrán de cumplir y encontrarse al corriente en todo momento, de las obligaciones que les correspondan en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social, de Seguridad y Salud en el trabajo.
El Consultor responderá con carácter exclusivo del cumplimiento de cualquiera de tales obligaciones, tanto propias del Consultor como de sus subcontratistas, en su caso, quedando ACUAMED completamente al margen de las mismas.
15.1.2. A los efectos de control por parte de ACUAMED, y sin que ello implique que la misma asuma obligación alguna al respecto, el Consultor habrá de acreditar, siempre que le sea requerido por ACUAMED, el tener cumplidas todas las obligaciones citadas en el párrafo anterior, poniendo a disposición de ACUAMED, en todo momento, los documentos y comprobantes que ésta le solicite, referentes al cumplimiento de tales obligaciones.
Igual control podrá exigir ACUAMED al Consultor, respecto del cumplimiento por sus subcontratistas, en caso de que los haya, de todas las obligaciones mencionadas.
15.1.3. El Consultor asume expresamente la obligación de cumplir y hacer cumplir, tanto a sus empleados como a los subcontratistas, en su caso, durante la ejecución de los trabajos, todas las disposiciones legales vigentes sobre Seguridad y Salud en el trabajo.
ACUAMED podrá exigir del Consultor la expulsión de la obra a quienes infrinjan la citada normativa en cualquiera de sus puntos o aspectos.
15.1.4. El Consultor será responsable, con carácter único y exclusivo, y sin que bajo ningún concepto pueda trasladar tal responsabilidad a ACUAMED, de cualesquiera accidentes que pudieran acaecer a todo su personal o de sus subcontratistas, en su caso, como consecuencia directa o indirecta de la realización de los trabajos objeto del presente Contrato y sus anexos.
15.1.5. El Consultor se responsabilizará plenamente frente a las autoridades laborales, y exclusivamente frente a ACUAMED, de cualquier infracción a las normas de seguridad en la que se pudiera incurrir durante la realización de los trabajos contratados.
15.1.6. El Consultor responde también de dotar y de mantener en sus equipos de campo y gabinete, los elementos de Seguridad y Salud en el Trabajo previstos en la legislación vigente, en los términos establecidos en los apartados anteriores de esta Cláusula, así como de dar cumplimiento a las obligaciones recogidas en el Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, respecto del Estudio y Plan de Seguridad.
15.1.7. ACUAMED podrá promover y asistir en todo momento a las reuniones de los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el supuesto de que éstos se constituyeran en cumplimiento de la normativa vigente, haciendo las recomendaciones que estime oportunas para la debida seguridad y salubridad de la obra.
15.1.8. El Consultor responde de dotar y de mantener en sus equipos de campo y gabinete, los elementos de prevención de riesgos laborales previstos en la legislación vigente.
15.2. SUSCRIPCIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO
El Adjudicatario deberá presentar una póliza, o Certificado Original de haber contratado un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional con un límite mínimo por siniestro de TRES MILLONES DE EUROS (3.000.000 €) y Responsabilidad Civil Patronal con un límite por víctima mínimo de TRESCIENTOS MIL (300.000) EUROS, para cubrir las reclamaciones de terceros por daños materiales, daños corporales y sus consecuencias económicas de los que el adjudicatario sea civilmente responsable, bien sea directa o subsidiariamente, y que sean consecuencia del desarrollo de sus obligaciones conforme a lo establecido en el Contrato.
Dicha Póliza o Certificado de Seguro deberá acompañarse del correspondiente comprobante de pago de la prima expedido por la compañía aseguradora, y deberá indicar el nombre de la
empresa asegurada, su NIF/CIF (que deberá coincidir con el del solicitante), el importe de las coberturas o garantías antes mencionadas, la duración de la garantía -que corresponderá con la duración de los trabajos objeto de la adjudicación más veinticuatro (24) meses posteriores a su entrega-, y mencionará expresamente que incluye a ACUAMED como asegurado adicional.
Este seguro dará cobertura a los siniestros producidos durante su vigencia (duración de los trabajos objeto de la adjudicación más veinticuatro (24) meses posteriores a su entrega), y que sean reclamados por terceros al asegurado en ese período y hasta doce (12) meses después de su expiración.
Además de lo expresado en los párrafos anteriores el Consultor está obligado a lo expresado a continuación:
■ Dentro de los 20 días siguientes a la adjudicación del Contrato, el Consultor deberá entregar a ACUAMED un certificado de cobertura por cada uno de los seguros mencionados en la cláusula 1, así como justificante de pago de las primas correspondientes a cada uno de ellos.
■ El Consultor queda obligado a informar a ACUAMED de cualquier incidencia que afecte a la vigencia, eficacia y condiciones de los seguros contratados, descritos anteriormente.
■ En caso de siniestro, cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones, ya sea por aplicación de franquicias u otro tipo de descubierto, de los seguros contratados, deberán ser soportados por el Consultor.
■ El Consultor se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en las pólizas de seguro descritas anteriormente, a fin de llevar a buen término los trabajos objeto del presente Contrato conforme las obligaciones y responsabilidades asumidas en el mismo. La contratación de las pólizas descritas no eximirá ni limitará las obligaciones y responsabilidades de las derivadas de este Contrato.
■ ACUAMED podrá solicitar el cambio de asegurador cuando el mismo no merezca confianza en virtud de situaciones económicas y/o financieras sobrevinientes que demostraren un estado de solvencia y/o cualquier otra circunstancia que pusiera en duda la validez de la cobertura otorgada.
■ El Consultor no podrá solicitar ante la aseguradora la anulación, modificación o enmienda de las pólizas suscritas, sin el previo consentimiento por escrito de ACUAMED.
16. PROPIEDAD, RESERVA Y SIGILO
16.1. Todos los trabajos que se realicen en cualquiera de las fases de la Asistencia a la Dirección de Obra, y los documentos a los que den lugar, serán propiedad de ACUAMED.
16.2. La información, datos o especificaciones facilitadas por ACUAMED al Consultor y al personal a su servicio o a los que hayan accedido, en ejecución del Contrato, deberán ser consideradas por éstos como estrictamente confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, copia, utilización, cesión o préstamo a terceros.
El Consultor y el personal a su servicio adquieren la obligación de custodiar fiel y rigurosamente la información, documentación o datos que se le entregue para la realización de los trabajos y, con ello, el compromiso de que los mismos no lleguen, en ningún caso, a poder de terceras personas distintas a las que se le indique expresamente por ACUAMED, y no serán utilizadas más que en la medida estrictamente necesaria en la ejecución del presente Contrato.
El Consultor y el personal a su servicio no podrán acceder a aquellas informaciones, datos o especificaciones que no se deriven estrictamente del Contrato.
16.3. Sin previa autorización escrita de ACUAMED, el Consultor no podrá publicar noticias, dibujos ni reproducciones de cualquiera de los documentos relacionados con el Contrato, ni autorizar su publicación a terceros.
16.4. El incumplimiento de lo dispuesto en los dos cláusulas anteriores por el Consultor y/o personal a su servicio, sin perjuicio de las responsabilidades criminales que pudiesen ser exigibles por aplicación de lo dispuesto en el Artículo 199 del Código Penal, podrá ser causa de resolución del Contrato y dará lugar a la indemnización de daños y perjuicios que pudiesen derivarse para ACUAMED o para terceras personas.
16.5. ACUAMED se reserva el derecho de tomar, reproducir, montar y editar y, de cualquier manera, explotar directamente o mediante acuerdos con terceros, productos, gráficos o audiovisuales preparados a partir de los documentos desarrollados en cumplimiento del Contrato.
16.6 El Consultor no podrá hacer uso publicitario del encargo relativo al Contrato y a cualquiera de sus Anexos, sin la previa aprobación de ACUAMED.
17. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
17.1. Cumplimiento del Contrato
El Contrato se entenderá cumplido cuando el Consultor haya realizado, de acuerdo con los términos establecidos en aquél y a satisfacción de ACUAMED, el objeto de dicho Contrato.
La constatación del hecho mencionado exigirá, por parte de ACUAMED, un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente al de recepción de los trabajos objeto del Contrato, en los términos de la Cláusula 10 anterior.
17.2. Resolución del Contrato
Serán causas de resolución del Contrato:
1) Las que tengan su origen en actuaciones del Consultor, tales como:
■ La disolución o extinción de la empresa adjudicataria, cualquiera que sean las causas de tales supuestos.
■ La no incorporación de los medios humanos propuestos en la Cláusula 2.A.5.4 xxx Xxxxxx de Bases que se adjunta como Anexo nº 1 a este Contrato, o la no dedicación de los mismos a los trabajos en los términos indicados por el Consultor en la Cláusula 2.C.2 xxx Xxxxxx citado anteriormente, sin justificación aceptable, puede dar lugar a la resolución del Contrato.
■ La ausencia injustificada del Delegado del Consultor durante más de una (1) semana continuada, o siete (7) días laborables alternos dentro de un trimestre.
■ La determinación de importes de penalizaciones por demora superiores al veinte
(20) por ciento del importe del Contrato.
■ La no subsanación de errores detectados durante la redacción de los Proyectos Informativos.
■ Si ACUAMED lo considerase oportuno, el retraso superior a dos (2) semanas, por causas imputables al Consultor, en la finalización, parcial y/o global, de los trabajos.
■ El incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones materiales o formales exigidas en la cláusula 15.2, relativas al seguro.
■ La transmisión, comprobada, de información a terceros imputable al Consultor.
■ Graves deficiencias en el cumplimiento de las prescripciones técnicas incluidas en el R.D. 1131/1988 que desarrolla el R.D. Legislativo 1302/1986, de 28 xx xxxxx, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 xx xxxx.
■ Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato.
La apreciación de concurrencia de alguna de las causas señaladas, quedará al libre criterio y decisión de ACUAMED, la cual podrá optar por la resolución del Contrato, o por su continuación en las condiciones que se pacten.
2) Asimismo, serán causa de resolución del Contrato, si así lo decidiese el Consultor:
■ La suspensión, por causas imputables a ACUAMED, del inicio del Contrato en un plazo superior a seis (6) meses.
■ La suspensión del Contrato, una vez iniciado, por plazo superior a ocho (8) meses acordada por ACUAMED.
■ La falta de pago por parte de ACUAMED en el plazo de ocho (8) meses.
3) Darán también lugar a la resolución del Contrato:
■ El mutuo acuerdo entre las partes.
■ El desistimiento por parte de ACUAMED.
■ En su caso, la emisión negativa de la DIA en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo indicado en el Pliego de Bases.
■ El vaciamiento del objeto social de ACUAMED, la disolución o la extinción de ACUAMED, cualquiera que sean las causas de tales supuestos.
La concurrencia de cualquiera de las causas señaladas en las cláusulas 1) y 2) tendrá efectos inmediatos desde su comunicación por una de las Partes, sin perjuicio de las acciones, reclamaciones o recursos de los que se crea asistida la otra Parte.
La resolución del Contrato por cualquiera de las causas mencionadas en la presente Cláusula o en cualquier otra parte del Contrato producirá los siguientes efectos:
a) Se procederá a un inventario de todos los documentos preparados o en preparación, del "as built", y de toda la información recopilada en archivos físicos e informáticos.
El Consultor entregará a ACUAMED todo el trabajo realizado hasta la fecha de la resolución, el cuál se valorará y abonará según el criterio del Director del Contrato, una vez descontados los gastos que la resolución ocasione a ACUAMED y las penalizaciones que corresponda aplicar. Como consecuencia de ello, se procederá a una liquidación sumaria de los trabajos realizados por el Consultor.
b) ACUAMED podrá continuar la Asistencia a la Dirección de Obra por el procedimiento que estime más conveniente, y a tal fin, podrá disponer inmediatamente de los locales, medios de locomoción y diversos dedicados a dirigir la obra, a título de adquisición o arrendamiento, y con facultad expresa, que se entiende otorgada con la sola firma de este Contrato, para utilizarlo directamente o cederlo a un nuevo equipo de Asistencia a la Dirección de Obra, tanto en un caso como en el otro, aplicando la valoración contractual.
Por tanto, ambas partes reconocen que en tal supuesto de resolución del Contrato, la posesión de dichos bienes, locales y elementos adscritos al servicio de la obra o su dirección, y muy especialmente la totalidad de documentos, planos, estudios, controles de calidad etc., pertenecen con carácter exclusivo y excluyente a ACUAMED, que ostenta respecto a todos ellos la cualidad de propietaria y poseedora, sin que pueda el Consultor alegar tal posesión a su favor en ningún caso y para ningún supuesto de hecho ni de derecho.
En este sentido, si requerido el Consultor para la entrega de dichos bienes, medios o documentos, no los entregase a ACUAMED, o a quien ésta designe, en el plazo máximo de una (1) semana, se devengará a favor de ACUAMED, sin perjuicio y además de la indemnización de daños que corresponda por la resolución del Contrato, una penalización diaria adicional de un 0,1% del Precio del Contrato, por el concepto de daños específicos causados por la ocupación ilegítima de dichos bienes, locales, planos y/o documentos.
c) A falta de acuerdo entre las Partes sobre el precio de ocupación de los locales y elementos de la obra, y sin perjuicio de la obligación de inmediata entrega de los mismos pactada en los párrafos anteriores, ambas Partes podrán recurrir al procedimiento arbitral previsto en la Cláusula 19 del presente Contrato, en defensa de sus intereses, con vigencia y validez provisionales del precio y otras condiciones determinadas por ACUAMED, en tanto no resuelvan definitivamente mediante resolución firme las discrepancias que mantengan al respecto.
Como ya se ha indicado, la existencia de cuestiones económicas por resolver, o la falta de acuerdo en la liquidación, no podrán ser motivo para que el Consultor no entregue a ACUAMED la totalidad de los trabajos realizados hasta la fecha de la resolución, o no permita la ocupación de los locales y elementos de la obra, pudiendo ACUAMED continuar inmediatamente con el cumplimiento del Contrato por el procedimiento que estime más adecuado.
d) ACUAMED hará efectivos con cargo a la garantía definitiva, hasta donde ésta alcance, los daños y perjuicios que le haya causado el hecho motivador de la resolución y que sean imputables al Consultor, notificando a éste la pertinente relación y liquidación de tales daños y perjuicios, sin detrimento del derecho de ACUAMED a todo el trabajo realizado hasta la fecha, y sin perjuicio en todo caso de los derechos de ACUAMED a reclamar al Consultor el exceso que eventualmente no quedara cubierto por el importe de la garantía definitiva, así como sin perjuicio también del derecho del Consultor a ejercitar las acciones, reclamaciones y recursos que estime que le asisten contra la comunicación realizada por ACUAMED.
e) Si, de acuerdo con lo indicado en 2), el Consultor optase por la resolución del Contrato, habrá de comunicarlo por escrito a ACUAMED, de modo que en un plazo no superior a treinta (30) días se producirá la valoración y liquidación de los trabajos realizados por el Consultor hasta la fecha de la resolución, y contra el abono o garantía por la cantidad que corresponda, el Consultor entregará a ACUAMED todo el trabajo realizado hasta la fecha. Además, ACUAMED abonará una indemnización del seis (6) por ciento del valor restante del Contrato. Se entenderá que este porcentaje, constituye la indemnización pactada por las Partes por todos los conceptos, para el supuesto de resolución del Contrato por las causas mencionadas en 2), sin mediar causa imputable, ni directa ni indirectamente, del Consultor. En el caso de no haber acuerdo en la valoración de esta liquidación, se estará a lo dispuesto en la Cláusula 19.
f) En los casos de resolución por los motivos expuestos en 3), ACUAMED habrá de devolver al Consultor la fianza dentro de un plazo máximo de treinta (30) días, excepto cuando existiesen causas contractuales justificadas para rechazar esta devolución o estuvieran pendientes de determinar otros daños y perjuicios causados por el Consultor.
ACUAMED podrá, en cualquier momento, desistir de este Contrato, por determinación propia, abonando al Consultor todas aquellas cantidades que tuviese acreditadas y, además, una indemnización calculada en el seis (6) por ciento del valor restante del Contrato en el momento del desistimiento. Se entenderá además que dicho porcentaje, constituye la indemnización pactada por las Partes por todos los conceptos, para el supuesto de desistimiento unilateral de este contrato por ACUAMED sin mediar causa imputable, ni directa ni indirectamente, del Consultor. En el caso de no haber acuerdo en la valoración de esta liquidación, se estará a lo dispuesto en la Cláusula 19.
18. PERÍODO DE GARANTÍA DE LOS TRABAJOS
El plazo de garantía de los trabajos será de dos (1) años contados a partir del día siguiente de la recepción definitiva de los mismos.
19. ARBITRAJE
Cualquier cuestión, disputa o diferencia que pudiera surgir entre las partes proveniente de la interpretación y/o ejecución del presente Contrato y sus anexos, se resolverá mediante el arbitraje que prevé la Ley 60/2003 de 26 de diciembre, sin perjuicio de la plena efectividad de los compromisos contractuales expresados en el presente documento y sus Anexos que, no obstante, habrán de acomodarse a la decisión del arbitraje.
Las partes se someten al arbitraje institucional de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA), a quien se le encarga la designación del Árbitro o Árbitros y la administración del arbitraje, obligándose desde ahora dichas partes al cumplimiento de la decisión arbitral.
El arbitraje será de derecho. El plazo para dictar el laudo será de ciento ochenta (180) días desde la aceptación del arbitraje. Su regulación y el procedimiento aplicable quedará sometido a la mencionada Ley, o a la posterior que la sustituya, y al Reglamento de Procedimiento de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje.
20. RÉGIMEN JURÍDICO
El Contrato se regirá:
▪ En cuanto a la capacidad de las empresas, publicidad, formas de adjudicación y procedimientos de licitación por las prescripciones del TRLCAP.
▪ En lo referente a su contenido, derechos y obligaciones de las partes y a su ejecución y extinción, por lo establecido en este Contrato y en el Pliego de Bases del que es anexo inseparable.
La legislación mercantil se aplicará con carácter supletorio en todo lo no especialmente contemplado en este Contrato y en el Pliego de Bases, que actuará igualmente como legislación integradora del
mismo, sin perjuicio de la normativa que resulte de aplicación a ACUAMED por su carácter de Sociedad Estatal, y en particular de la que se deriva de aquellas Sociedades Estatales que tienen por objeto social la construcción y explotación de obras hidráulicas.
Y, para que así conste, y en prueba de conformidad con todo lo contenido en este documento, se firma por las partes el presente documento, en el lugar y fecha de encabezamiento.
El presente Contrato se formaliza en este documento privado. Las partes podrán, en cualquier momento, compelerse recíprocamente al otorgamiento de escritura notarial elevándolo a público. Los gastos de la formalización notarial, si se instase de acuerdo con esta cláusula, serán siempre a cargo del Consultor.
Por. DE ACUAMED
D. D.
ANEXO AL CONTRATO N° ...
MODELO DE AVAL
(Garantía definitiva)
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ................................................., (NIF ………) y
en su nombre y representación Don ............................y Don ................................, con poderes suficientes para este acto,
AVALA a .......................................... (NIF ………) ante la Entidad AGUAS DE LAS CUENCAS
MEDITERRÁNEAS, S.A., garantizando el cumplimiento por .................. de las obligaciones derivadas del Contrato de Consultoría y Asistencia para efectuar del
que es Adjudicatario.
En consecuencia, la fianza responderá de todas las obligaciones del Adjudicatario procedentes del Contrato y sus Anexos, así como de las que se sigan indirectamente del mismo; de su ejecución o de su eventual resolución; del reintegro de las cantidades que, en su caso, AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. hubiera abonado en exceso a raíz de la liquidación final; del resarcimiento de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones, incluidos los que pudiesen ser reclamados a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. por cualesquiera terceros y, singularmente, por la Administración a tenor de los términos que regulen la obra encomendada a aquélla.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo
56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
La garantía que se constituye tiene el carácter de solidaria con
.....................................................con renuncia a los beneficios de excusión, orden y división, y se podrá hacer efectiva por AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. mediante la sola comunicación a este Avalista del concepto reclamado y de su importe, debiendo el Avalista hacer entrega del mismo en el plazo xx xxxx (10) días a contar desde el requerimiento.
Este aval se concede por importe de (en cifra y en letra) .................................. EUROS, y estará vigente hasta tanto AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. o quien en su nombre sea legalmente habilitado autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo, mediante comunicación dirigida al Avalista, con devolución de este documento.
............................, a ...... de .................... de 20.....