DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS Cláusulas de Ejemplo

DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. Motivos por los cuales las propuestas serán desechadas.
DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. De conformidad con lo que señalan los artículos 35 fracción I y 37 fracción I de la LAASSP, al haber recibido las proposiciones, se hará constar la documentación entregada, sin que ello implique la evaluación de su contenido, consecuentemente se desechará la propuesta del licitante hasta la emisión del fallo, expresando las razones legales, administrativas, técnicas o económicas que sustentan tal determinación, indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumplan, enunciativa y no limitativamente si se incurre en una o varias de las situaciones que a continuación se describen:
DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en estas “Bases”, será causa de desechamiento de las “Propuestas”, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 fracción III de la “Ley”.
DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. De conformidad con lo que señalan los artículos 35 fracción I y 37 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, al haber recibido las proposiciones, se hará constar la documentación entregada, sin que ello implique la evaluación de su contenido, consecuentemente se desechará la propuesta del licitante hasta la emisión del fallo, expresando las razones legales, administrativas, técnicas o económicas que sustentan tal determinación, indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumplan, enunciativa y no limitativamente si se incurre en una o varias de las situaciones que a continuación se describen:
DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. Se desechará la propuesta del licitante que no cumpla con cualquiera de los requisitos de cumplimiento obligatorio solicitados en la convocatoria de la presente licitación:
DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases, será causa de desechamiento de las propuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 Fracción III de la ley.
DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LOS REQUISITOS O DOCUMENTOS ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPUESTAS, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 43 FRACCIÓN I DE “LA LEY”.
DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. SE DESECHARÁ LA PROPUESTA DE LOS LICITANTES EN CUALQUIERA DE LAS ETAPAS QUE INTEGRAN LA LICITACIÓN, CUANDO INCURRAN EN UNA O VARIAS DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES:
DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en esta convocatoria, que afecten directamente la solvencia de la proposición o la comprobación de que algún invitado ha acordado con otros elevar el costo del servicio, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás invitados, será causa de desechamiento de la o las propuestas que se encuentren en dicha hipótesis, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 fracción XV de la Ley.