Common use of Derecho a la contraprestación Clause in Contracts

Derecho a la contraprestación. El contratista tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios pactados y en los términos previstos en el presente Xxxxxx y en el resto de documentación contractual, de la contraprestación correspondiente por la ejecución, a su riesgo y xxxxxxx, de los servicios objeto del contrato real y correctamente realizados, con las modificaciones que, en su caso, puedan autorizarse. El riesgo y xxxxxxx del contratista implica que el contratista ha evaluado desde su conocimiento y experiencia profesional la dedicación precisa para la ejecución del contrato y el costo final de los servicios prestados, por lo que renuncia a la percepción de una contraprestación diferente a la que realice en su oferta, asumiendo el riesgo empresarial del mayor o menor valor de los servicios contratados. De forma equivalente, GHK tiene obligación de pago de la contraprestación íntegra recogida en la oferta. Solo se admitirán valores superiores al de la adjudicación en caso de que se hayan autorizado por GHK, de forma expresa, escrita y previa a su ejecución modificaciones en la asistencia a realizar respecto de las previstas en la presente licitación, y solo por el valor específico que se haya autorizado para tales modificaciones por escrito, previa y expresamente por GHK. Las modificaciones autorizadas y no valoradas no darán derecho al contratista a una variación del valor de su contraprestación

Appears in 2 contracts

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Prestacion De Servicios Para La Realizacion Del Transporte De Residuos Urbanos De Las Mancomunidades De Debabarrena Y De Txingudi Y Para La Gestion De La Estacion De Transferencia Del Poligono Arriaga De Elgoibar, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Prestacion De Servicios Para La Realizacion Del Transporte De Residuos Urbanos De La Mancomunidad De Debagoiena Y Para La Gestion De La Estacion De Transferencia De Akei en Arrasate

Derecho a la contraprestación. El contratista tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios pactados y en los términos previstos en el presente Xxxxxx y en el resto de documentación contractual, de la contraprestación correspondiente por la ejecución, a su riesgo y xxxxxxx, de los servicios objeto del contrato real y correctamente realizados, con las modificaciones que, en su caso, puedan autorizarse. El riesgo y xxxxxxx del contratista implica que el contratista ha evaluado desde su conocimiento y experiencia profesional la dedicación precisa para la ejecución del contrato y el costo final de los servicios prestados, por lo que renuncia a la percepción de una contraprestación diferente a la que realice en su oferta, asumiendo el riesgo empresarial del mayor o menor valor de los servicios contratados. De forma equivalente, GHK tiene obligación de pago de la contraprestación íntegra recogida en la oferta. Solo se admitirán valores superiores al de la adjudicación en caso de que se hayan autorizado por GHK, de forma expresa, escrita y previa a su ejecución modificaciones en la asistencia a realizar respecto de las previstas en la presente licitación, y solo por el valor específico que se haya autorizado para tales modificaciones por escrito, previa y expresamente por GHK. Las modificaciones autorizadas y no valoradas no darán derecho al contratista a una variación del valor de su contraprestacióncontraprestación En cuanto a las certificaciones parciales o abonos a cuenta, GHK solo tendrá la obligación de abonarlas en caso de que no superen, por sí mismas o en unión a las precedentes, el precio de la adjudicación.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Prestacion De Servicios

Derecho a la contraprestación. El contratista tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios pactados y en los términos previstos en el presente Xxxxxx y en el resto de documentación contractual, de la contraprestación correspondiente por la ejecución, a su riesgo y xxxxxxx, de los servicios objeto del contrato real y correctamente realizados, con las modificaciones que, en su caso, puedan autorizarse. El riesgo y xxxxxxx del contratista implica que el contratista ha evaluado desde su conocimiento y experiencia profesional la dedicación precisa para la ejecución del contrato y el costo final de los servicios prestados, por lo que renuncia a la percepción de una contraprestación diferente a la que realice en su oferta, asumiendo el riesgo empresarial del mayor o menor valor de los servicios contratados. De forma equivalente, GHK tiene obligación de pago de la contraprestación íntegra recogida en la oferta. Solo se admitirán valores superiores al de la adjudicación en caso de que se hayan autorizado por GHK, de forma expresa, escrita y previa a su ejecución modificaciones en la asistencia el servicio a realizar respecto de las previstas los previstos en la presente licitación, y solo por el valor específico que se haya autorizado para tales modificaciones por escrito, previa y expresamente por GHK. Las modificaciones autorizadas y no valoradas no darán derecho al contratista a una variación del valor de su contraprestacióncontraprestación En cuanto a las certificaciones parciales o abonos a cuenta, GHK solo tendrá la obligación de abonarlas en caso de que no superen, por sí mismas o en unión a las precedentes, el precio de la adjudicación.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Prestacion De Servicio De Auditoria De Cuentas Anuales Del Consorcio De Residuos De Gipuzkoa Y Su Sociedad Gipuzkoako Hondakinen Kudeaketa Sau