Definitiva. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos del Sector Público
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Las Obras De Reposición Pavimentos en Viario, Pliego De Cláusulas Administrativas Del Contrato Privado De Arrendamiento De Local Para Uso Como Dependencias De Los Servicios De Patrimonio Y Archivo Muncipales Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad No Sujeto a Regulación Armonizada, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios Que Tiene Por Objeto El Mantenimiento De Ascensores Y Elementos Mecánicos De Santurtzi
Definitiva. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos del Sector Público
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Samples: Contrato Privado De Las Pólizas De Los Seguros De Responsabilidad Civil, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato De Los Servicios De Reparto De Correspondencia, Notificaciones, Buzoneos, Colocación De Bandos Y Carteles Y Portes, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios Que Tiene Por Objeto La Impartición Del Curso De Formación Ocupacional en La Especialidad De Camarero/a De Restaurante Bar a Realizar en El c.i.f.o. De Santurtzi Durante
Definitiva. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos 95 del Sector PúblicoTR-LCSP.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para El Contrato De Obras De Construcción De Un Pantalán, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios Que Tiene Por Objeto La Prestación Del Servicio De Control De Plagas en El Municipio De Santurtzi, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato Que Tiene Por Objeto La Prestación Del Servicio De Limpieza De Edificios Y Locales Municipales
Definitiva. El adjudicatario Quien resulte propuesto/a adjudicatario/a del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos 95 del Sector PúblicoTR-LCSP.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios Generales De Limpieza Urbana, Recogida Y Transporte De Residuos Sólidos Urbanos en El Municipio De Santurtzi, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato Que Tiene Por Objeto La Prestación De Los Servicios De Telefonía Fija Y Móvil, www.serantes.com
Definitiva. El adjudicatario Quien resulte propuesto/a adjudicatario/a del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos 95 del Sector PúblicoTR- LCSP.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios Que Tiene Por Objeto La Impartición Del Curso Del Formación Profesional, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios De Mediación De Seguros Privados, Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad No Sujeto a Regulación Armonizada
Definitiva. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos 95 del Sector PúblicoTRLCSP.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion, Por Procedimiento Abierto, De Las Pólizas De Los Seguros De Responsabilidad Civil, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion, Por Procedimiento Abierto, De Las Pólizas De Los Seguros De Responsabilidad Civil
Definitiva. El adjudicatario Quien resulte propuesto/a adjudicatario/a del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 95 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion, Por Procedimiento Abierto, Del Suministro, Mediante Arrendamiento Con Opción De Compra, De Equipos Informáticos, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato Mixto De Suministro Y Obras
Definitiva. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 95 del TRLCSP. La devolución de la Ley garantía, se realizará de Contratos acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Sector PúblicoTRLCSP, una vez vencido el plazo de garantía, cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales, y se haya adoptado el oportuno acuerdo por órgano de contratación.
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Definitiva. El adjudicatario La empresa que resulte adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado obligada a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos 95 del Sector PúblicoTR-LCSP.
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Definitiva. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoCPC.
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Samples: www.santurtzi.net
Definitiva. El Quien resulte propuesto adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos 95 del Sector PúblicoTR-LCSP.
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Definitiva. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, correspondiente a todas sus anualidades, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula Carátula, o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 95 del TR de la Ley de Contratos del Sector Público
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación
Definitiva. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos del Sector Público.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato
Definitiva. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoCarátula.
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Definitiva. El adjudicatario Quien resulte empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos 95 del Sector PúblicoTR-LCSP.
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Definitiva. El adjudicatario Quien resulte propuesto/a adjudicatario/a del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de la adjudicación, excluido el IVA, y en el caso de precios unitarios, del presupuesto del contrato, salvo que se indique otra cuantía en la Carátula o no se exija la garantía definitiva en aplicación de lo dispuesto en el art. 83 de la Ley de Contratos 95 del Sector PúblicoTR-LCSP .
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